Reforma al artículo 70 de la Ley de Pensiones del Magisterio Nacional
Aprobado en primer debate proyecto que beneficia a pensionados y activos
Los diputados aprobaron en primer debate el proyecto de ley de reforma del artículo 70 de la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (Ley 7531), el 26/11/2012.
“La iniciativa hará justicia con los(as) trabajadores(as) y pensionados(as) del Régimen Transitorio de Reparto, que han sido castigados(as) con cotizaciones muy elevadas”, manifestó la presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), Beatriz Ferreto López.
Con la reforma del artículo 70, *todos los funcionarios activos*del Magisterio Nacional, que cotizan para el Régimen Transitorio de Reparto, recibirán un 1.25% adicional de su salario; esto debido a que la cotización va a disminuir de un 10% a un 8.75% en el primer rango de cotización, o sea, hasta dos veces la base cotizable (dos veces el salario mínimo de la Administración Pública).
El salario mínimo de la Administración Pública es de ¢219.750.00; por lo tanto, el primer rango de cotización es de ¢439.500.00.
Los pensionados con ingresos iguales o inferiores a 2.8 salarios mínimos de la Administración Pública (¢615.300) quedarán exonerados del pago de la cotización.
La base cotizable para la exoneración de la cotización será revisada cada dos años hasta llegar a tres salarios mínimos.
Para los pensionados con ingresos superiores a 2.8 salarios mínimos, se establece una escala con montos que van de un 12% a un 16% sobre los excesos y no sobre los totales como dicta la ley actual.
De acuerdo con la información proporcionada por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, ese grupo de pensionados recibiría en sus ingresos aproximadamente ¢65.000 de más con respecto a lo que perciben en este momento.
La aprobación de la reforma es producto de ingentes esfuerzos y negociaciones de la APSE y demás organizaciones que integran el Foro de Presidentes y Secretarios Generales del Magisterio Nacional.
Hoy jueves podría votarse en segundo debate en la Asamblea Legislativa.