Gracias a una consulta realizada por el Departamento Legal de APSE, el Ministerio de Educación Pública, MEP, confirmó la vigencia de un criterio legal que indica que los trabajadores del MEP reubicados por motivos de salud, conservan el derecho a que se realice la correspondiente estimación y pago del equivalente a los recargos que ostentaban en el curso lectivo en que se dio la reubicación.
Dicho criterio, suscrito por Daniel Jurado Laurentín, Director de Asuntos Jurídicos había sido publicado en oficio DAJ-C-0122-08-2022, desde el pasado 3 de agosto de 2022. Sin embargo, su correcta aplicación no estaba siendo acatada por algunos mandos medios.
Esto motivó al Departamento Legal de APSE a elevar una consulta el 31 de marzo del presente año, por un caso de un trabajador reubicado por salud al que se le modificaba la estimación del pago que le corresponde.
En el oficio DVM-A-DRH-4947-2023, Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos del MEP, recuerda que el criterio antes citado “deja sin efecto el contenido de los criterios emanados con oficio DAJ-2848-2008 y oficio DAJ-046-C-02- 2009.”
APSE insta a su afiliación a recurrir a nuestro Departamento Legal para canalizar sus dudas o consultas sobre sus condiciones de trabajo, no solo para defender sus propios derechos, sino también en respaldo a muchos otros compañeros que sufren atropellos similares en sus trabajos.
Ana Doris González González, Presidente
Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidente
Marvin Padilla Lemus, Secretario General
Prensa APSE, 13 de abril de 2023
APSE INFORMA Y CELEBRA
EL CAMBIO DE CRITERIO JURÍDICO EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MEP, QUE RECONOCE Y MANTIENE EL PAGO DE SOBRESUELDOS A LAS PERSONAS FUNCIONARIAS DOCENTES REUBICADAS POR SALUD.
La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de sus afiliados, INFORMA:
I.- Con gran júbilo, anunciamos que luego de años de que la APSE ha dado una lucha a nivel judicial, para que las personas docentes reubicadas por salud pudieran mantener sus recargos o sobresueldos; hemos conocido el trascendental criterio jurídico emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del MEP, N° DAJ-C-0122-08-2022, del 03 de agosto del 2022, en el que ante la reiterada jurisprudencia emanada de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, modifica los anteriores criterios jurídicos sostenidos por esa Dirección Jurídica y concluye de manera vinculante para la Administración, que:
“a) … las personas funcionarias reubicadas por salud, y mientras dicha reubicación persista, conservan el derecho a que se realice la correspondiente estimación y pago del equivalente a los recargos que ostentaban en el curso lectivo en que se dio la reubicación.
b) En concordancia con la línea jurisprudencial vigente de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, corresponde al Ministerio de Educación Pública mediante su Dirección de Recursos Humanos, desarrollar el proceso de estimación del monto percibido por el recargo, como parte del salario total que servirá de base al cálculo de la remuneración que deberá percibir la persona servidora durante la reubicación.”
II.- Tenemos entonces, que se ha rectificado la incorrecta interpretación y posición asumida por el MEP en esta materia y a partir de este curso lectivo 2023 todas las personas funcionarias docentes que soliciten reubicación por salud o a quienes en esa condición se les prorrogue la reubicación, se les mantendrá intacto el reconocimiento y pago del equivalente a los recargos que ostentaban en el curso lectivo en que se dio la reubicación.
III.- Producto de este criterio jurídico, la APSE ha logrado gestionar las nuevas reubicaciones por salud y sus prórrogas, obteniendo a partir del mes de abril de este año, la respuesta positiva de la Unidad de Licencias del MEP, con lo cual se mantienen incólumes los recargos que se venían laborando antes de la reubicación.
IV.- En relación conlos procesos judiciales de los docentes reubicados por salud, que la APSE tiene en trámite, se procederá a hacer un análisis conjunto con la Dirección de Recursos Humanos del MEP, a efecto de determinar cuál sería el tratamiento que se dé a estos casos.
V.- Ante cualquier duda, consulta o ampliación sobre este tema, pueden contactarse al Departamento Legal o Laboral de la APSE.