APSE capacita a nuevos dirigentes regionales

APSE capacita a nuevos dirigentes regionales

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Los nuevos directivos de las 34 Regionales de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) recibieron el sábado 29 de noviembre del 2014 una capacitación sobre las funciones que deben desempeñar según lo establece el Estatuto y los Reglamentos. Se estudiaron casos relacionados con las responsabilidades de cada uno de los puestos, para discutir sobre el abordaje de las eventualidades que ocurran en las Regionales.

Ana Doris González González, presidenta del sindicato, hizo un repaso de las políticas gubernamentales que afectan a la clase trabajadora, como empleo público, plan fiscal y situación laboral en el país.

También informó sobre el avance de las sesiones de la Comisión Bipartita de Alto Nivel y la segunda mesa de negociación, instancias creadas tras el acuerdo suscrito en junio pasado que puso fin a la huelga decretada por los problemas de pago salarial.

APSE entregó estudios técnicos de distritos que solicitan pago de incentivo

APSE entregó estudios técnicos de distritos que solicitan pago de incentivo de zona de menor desarrollo

La presidenta Ana Doris González entregó 13 estudios técnicos

en el MEP el 3 de diciembre del 2014.

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) inició la entrega parcial al Ministerio de Educación Pública de los estudios técnicos de los centros educativos que solicitan ser valorados para el pago del incentivo de zona de menor desarrollo.

Se trata de los distritos de Los Guido, Barranca (Puntarenas), Cachí (Cartago), El Roble (Alajuela), La Palmera de San Carlos, Carmona de Nandayure, Quepos, San Antonio (Alajuela), San Diego de Tres Ríos, San Juan de Dios de Desamparados, San Pablo y San Pedro de Turrubares y Vuelta de Jorco de Aserrí.

Los estudios técnicos elaborados por los apsinos serán analizados en la Comisión Tripartita de Zona de Menor Desarrollo, a la cual la Procuraduría General de la República le otorgó la potestad de incluir distritos que estén ubicados en zonas de bajo o muy bajo desarrollo social, para que los docentes reciban el pago del incentivo.

En la sesión de la Comisión efectuada el 3 de diciembre del 2014, la presidenta de la APSE, Ana Doris González González, exigió que se respete la resolución de la Procuraduría y se haga la selección por distrito, no por colegio, para no correr el riesgo de que algunos centros educativos queden excluidos.

La APSE propuso que el análisis de los estudios técnicos se inicie con el distrito Carmona de Nandayure en la próxima sesión.

Regulación de modalidad de Teletrabajo para profesionales y puestos de oficina

APSE INFORMA

PARA: OFICINISTAS E INTEGRANTES DE LOS EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS  DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

FECHA: 12 DE DICIEMBRE DEL 2012

ASUNTO: REGULACION DEL TRABAJO DURANTE EL PERIODO DE VACACIONES DOCENTES

En razón de que el régimen de vacaciones de los servidores (as) que laboran  como oficinistas  y como Profesionales integrantes de los Equipos Interdisciplinarios en los centros educativos públicos del país, está regulado por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, artículo 37 y que por  tanto es distinto al régimen de vacaciones de los servidores docentes, regulado en el Título II del Estatuto de Servicio Civil ( Ley de Carrera Docente); nos permitimos comunicar, que ante la inconveniencia que genera su obligación de laborar durante ese período, la señora Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante, procedió a emitir la Circular DM-046-12-2014 de fecha 01 de diciembre  de 2014,la cual rige  a partir de su otorgamiento y hasta el día  09 de febrero de 2015.

En la citada circular se establece la *REGULACION DEL TRABAJO DURANTE EL PERIODO DE VACACIONES DOCENTES* y al efecto dispone como excepción a la obligación de prestar los servicios en el centro educativo y en el horario regular durante ese período, las dos siguientes modalidades:

A) TELETRABAJO TEMPORAL:

DE considerarse viable el Director de cada centro educativo podrá autorizar que el personal profesional de los equipos interdisciplinarios  y el personal de oficina, realicen la labores indispensables de organización, proyección, control y mejoramiento de sus funciones mediante el desarrollo de tareas que realizará desde su domicilio, bajo la modalidad de teletrabajo por resultados, con lo cual, al ingreso del período de vacaciones  docentes, el servidor se reintegrará a prestar sus servicios regulares en la institución, debiendo presentar no solo su trabajo debidamente realizado, sino también un informe detallado de lo actuado durante el período de trabajo domiciliar.”

REQUISITOS PARA LA AUTORIZACION DEL TELETRABAJO:

Para que se autorice por parte del Director institucional esta modalidad de trabajo a distancia o en el hogar, debe existir común acuerdo con el funcionario y el servidor designado deberá demostrar que voluntariamente y por su cuenta pone a disposición de su trabajo al menos lo siguiente: equipo de cómputo con posibilidades de acceso a internet, teléfono o fax para comunicaciones y   cuenta de correo electrónico, la protección de la información y materiales institucionales puestos en su custodia, dejar clara la dirección de su domicilio y estar dispuesto a recibir la visita del Asesor Supervisor en horarios que no incomoden su vida familiar.

B) *DES*TACAMENTO TEMPORAL DE APOYO DE LABORES EN OFICINAS CENTRALES Y/O REGIONALES

Esta modalidad de apoyo consiste en que ” el Director del centro educativo, valorando la pertinencia e indispensable necesidad del trabajo en el centro educativo durante el período de vacaciones Y A SOLICITUD VOLUNTARIA EXPRESA DEL PERSONAL PROFESIONAL Y DE OFICINA, podrá autorizar que el servidor(a) temporalmente se destaquen como apoyo en las oficinas centrales o regionales del Ministerio de Educación Pública, con el fin de colaborar en las diferentes tareas propias de estas dependencias públicas y que permitan también al servidor, aprender de esta otra parte del quehacer institucional.

El servidor que temporalmente labore en oficinas centrales y regionales, conserva íntegramente todos sus derechos y deberes como funcionario público” ( El énfasis es nuestro)

Sobre este particular cabe advertir, que la posibilidad de laborar en otra sede de trabajo, procede única y exclusivamente si el servidor o servidora voluntariamente así lo acepta, y no puede mediar ninguna imposición o coacción al respecto.

FUNCIONARIOS EXCLUIDOS DE LA MODALIDAD DE TELETRABAJO

Se excluye de la posibilidad de conceder la modalidad de teletrabajo o de destacamento temporal de apoyo de labores en oficinas centrales o regionales, a aquel personal no profesional ni de oficina que por la propia naturaleza de sus funciones deba permanecer en el centro educativo, tales como  los Agentes de Seguridad y vigilancia y cocineras de comedores escolares.

En relación con el personal de Cocina, se giran instrucciones a los Directores de Centros Educativos, a fin de prever y coordinar con las Juntas de Educación y Administrativas, su acceso al centro educativo en el período de vacaciones docentes.

Se adjunta la Circular DM-046-12-2014

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APSE entrega más estudios técnicos de zona de menor desarrollo

Un funcionario del MEP recibe de la presidenta Ana Doris González los estudios técnicos

de distritos que solicitan ser evaluados para el pago de zona de menor desarrollo.

Norma Umaña/APSE/Diciembre 2014

Se elevó a 20 el número de estudios técnicos que la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) ha entregado al Ministerio de Educación Pública para que se valore la posibilidad de que más docentes reciban el incentivo por laborar en distritos de bajo o muy bajo desarrollo social.

La presidenta del sindicato, Ana Doris González González, llevó el 9 de diciembre pasado siete estudios, los que se suman a los 13 que entregó una semana antes.

Se trata de los distritos de Los Guido, Barranca (Puntarenas), Cachí (Cartago), El Roble (Alajuela), La Palmera de San Carlos, Carmona de Nandayure, Quepos, San Antonio (Alajuela), San Diego de Tres Ríos, San Juan de Dios de Desamparados, San Pablo y San Pedro de Turrubares y Vuelta de Jorco de Aserrí. En la segunda entrega se incluyeron los distritos Central (Acosta), Central (Aserrí), Central (Hojancha, Guanacaste), Central (Tarrazú), Puente de Piedra (Grecia), San Antonio (Tejar) y San Gabriel (Aserrí).

Los estudios técnicos elaborados por los apsinos serán analizados en la Comisión Tripartita de Zona de Menor Desarrollo, a la cual la Procuraduría General de la República (pronunciamiento C-137-2014) le otorgó la potestad de incluir distritos que estén ubicados en zonas de bajo o muy bajo desarrollo social.

Se avecina dura lucha contra proyecto de empleo público

APSE advierte que se avecina  dura lucha contra proyecto de empleo público

– Con la implementación del salario único, se reducirá en un 40% el salario del trabajador público

– Los funcionarios públicos podrían ser cesados y recibirían una indemnización de únicamente

  2 años de antigüedad

Norma Umaña/APSE/Diciembre 2014

El sábado 6 de diciembre del 2014, la Comisión de Lucha de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) inició la preparación logística de las movilizaciones que comenzarán a principios del próximo año contra el proyecto Ley de Empleo Público, expediente N.° 19.431, presentado en la Asamblea Legislativa por el Movimiento Libertario.

La presidenta del sindicato, Ana Doris González González, dijo, en conferencia de prensa, que a partir del 5 de enero del 2015 convocará a las comisiones de lucha regionales de la APSE, para continuar con el proceso de preparación de las acciones que sean necesarias, a fin de frenar todo intento de arrebatarles derechos a los trabajadores públicos.

“Uno de los artículos nefastos es el número 67, que se refiere a la implementación del salario único, con lo cual se pretende eliminar todos los componentes salariales. A muchos de los compañeros se les reduciría en un 40% su salario”, indicó la dirigente, quien dio a conocer el análisis jurídico que la organización hizo del proyecto de ley.

Otra amenaza grave son los despidos. La iniciativa contempla el traslado de funcionarios a otros ministerios, y en caso de que no acepten serán despedidos y recibirán una indemnización de solo 12 años de antigüedad.

“En acatamiento al mandato de nuestras bases apsinas realizaremos una fuerte lucha”, advirtió González González.

*Trámite.*El proyecto de _Ley de Empleo Público_ingresó el 3 de diciembre pasado, pero aún se encuentra en la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, a la espera de ser convocado por el Poder Ejecutivo en sesiones extraordinarias, requisito necesario para que se le asigne comisión y se envíe a publicar al diario oficial La Gaceta. En caso contrario, el trámite reglamentario se iniciará en mayo del 2015, en sesiones ordinarias.

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Comisión de Alto Nivel fija fecha para verificar pago de salario escolar

Comisión de Alto Nivel fija fecha para verificar pago de salario escolar

APSE estará pendiente de que los depósitos al inicio de año sean correctos

La presidenta de la APSE, Ana Doris González González (centro), le manifestó a la

viceministra administrativa, Rocío Solís (izq.), que espera que el

próximo año los pagos sean completos y oportunos.

El próximo 26 de enero del 2015, el tema central de la agenda de la Comisión Bipartita de Alto Nivel será la verificación del pago del salario escolar.

La tesorera nacional, Marta Cubillo, informó de que el salario escolar se cancelará en dos tractos, como ocurrió con el aguinaldo, para evitar contratiempos.

Pablo Zúñiga, asesor de la ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora, aseguró que el pago del aguinaldo de este año fue un ensayo de lo que va a ser el depósito del salario escolar.

Ana Doris González entregó a la tesorera nacional, Marta Cubillo, una lista de

 compañeros que al parecer no recibieron completo el aguinaldo.

“Esperamos que se pueda resolver el pago salarial de principio año y el salario escolar, y no se repita el problema del pasado; antes de eso no podemos afirmar que se ha mejorado la gestión de recurso humano por parte del MEP”, manifestó la presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, Ana Doris González González, el 3 de diciembre pasado en la sesión de la Comisión Bipartita.

La viceministra administrativa, Rocío Solís, dijo que el plazo para que los directores de los centros educativos entreguen los cuadros de personal vencerá el 15 de diciembre, a fin de que el pago de salarios sea satisfactorio al inicio del curso lectivo.

Algunos directores no han entregado los cuadros de personal, indicó la directora de Recursos Humanos, Yaxinia Díaz.

Magisterio en Acción se opone al nefasto Proyecto Ley de Empleo Público

¡Alerta, trabajadores!

Magisterio en Acción se opone al nefasto Proyecto Ley de Empleo Público

El Magisterio en Acción rechaza en todos sus extremos el nefasto Proyecto de Ley de Empleo Público, Expediente Legislativo N.° 19.431*, *impulsado por la Fracción del Movimiento Libertario, a través del cual, entre otros aspectos perjudiciales, se plantea una reforma integral al régimen del empleo de naturaleza pública, sin  exclusión  de ningún ente público; con el consecuente propósito de uniformar las condiciones de empleo, por medio  del cercenamiento de derechos laborales adquiridos, que es una de las principales garantías del Estado de Derecho (artículo 64 y Transitorio I), reconociéndose por concepto de indemnización por esta causa,  un tope máximo de doce años de antigüedad ( artículo 61); la interpretación de las normas de la relación de empleo público conforme a las reglas y principios generales del derecho administrativo, donde el Código de Trabajo, demás legislación laboral y sus principios, quedan virtualmente derogados ( artículo 5 y 6); creación de una jurisdicción de empleo público con principios contrarios al derecho laboral  ( Pro Estado, no Pro Trabajador, artículo 102); sometimiento del empleado (a)  público (a) a la**potestad modificadora unilateral de las condiciones de trabajo*(IUS VARIANDI)* (artículos  31, 54 y 56, 57, 59) , Potestad de aplicar*TRASLADOS O REUBICACIONES *( artículo 57);REUBICACION INTERPATRONAL     ( artículo 58)*;  REORGANIZACIONES*, ( artículo 59);  *REASIGNACIONES*( ARTÍCULO 60); plazo de * nombramientos interinos*en plazas vacantes  por un período máximo de 6 meses*;* aumento del período de prueba a seis meses, tanto para el nombramiento de  ingreso en propiedad como para los ascensos (art. 40);  límites a cualquier forma de negociación, al disponerse “*la naturaleza no contractual”* de la relación de empleo público, ( artículo 28), eliminándose toda posibilidad de negociación en materia de REMUNERACION o SALARIO, incluida la negociación colectiva; * *límites a los aumentos salariales semestrales por costo de vida  (artículo 66), imposición del  sistema de SALARIO UNICO (artículo 67),  con la consecuente eliminación del reconocimiento de  anualidades,  aguinaldo y otros pluses salariales; LIMITACIONES A LA LIBERTAD SINDICAL al disponerse en el Transitorio II que: “Las convenciones colectivas y otros convenios similares vigentes y que se opongan a esta Ley continuarán rigiendo por un año más, improrrogable.”, lo cual generará una gran conflictividad laboral, e implicará la eliminación de convenciones colectivas de trabajo; establecimiento de un nuevo  RÉGIMEN SANCIONATORIO( artículos 69 y siguientes),**con tipificación de faltas poco claras y sin rigor técnico, que colocarían al funcionario**en un estado de inseguridad e indefensión;  posibilidad de no seguir el debido proceso en casos de urgencia a juicio de la administración ( artículo  81), establecimiento de NUEVAS FORMAS DE FINALIZACIÓN DE LA RELACIÓN DE EMPLEO, incluyéndose la no posible reubicación “ cuando el servidor se desempeñe en funciones que fueren legalmente suprimidas(caso típico de concesión o privatización de servicios), así como “*En cualquier otro caso en que de hecho o jurídicamente la relación no pueda continuar”*( art.101 inc d); implementación de nuevas reglas en materia de Evaluación del Desempeño, ( introducción de un artículo 32 bis en el Estatuto de Servicio Civil).

Conforme a los expuesto y dadas las repercusiones jurídicas, económicas y sociales, que un proyecto de ley de esta naturaleza provocaría a la clase trabajadora del sector público, desde ya nos mantendremos en posición de   alerta y de convocatoria inmediata a los movimientos de presión que sean necesarios para detener iniciativas como esta o cualquier otra, en las que  se pretendan cercenar las conquistas y derechos laborales.

¡Defendamos juntos nuestros derechos laborales y salariales!

Finalización del Curso Lectivo 2014

APSE INFORMA

FINALIZACIÓN DEL CURSO LECTIVO  2014

A raíz de las constantes consultas recibidas en nuestra organización, sobre la finalización del curso lectivo del presente año, nos permitimos manifestar lo siguiente:

1.- De conformidad con el Calendario Escolar 2014, el día lunes 15 de diciembre finaliza el curso lectivo, por lo tanto, los servidores Docentes*, no se encuentran obligados*  a presentarse a la institución después de esa fecha, únicamente podrán ser convocados al acto de clausura o graduación, según obligación contenida en el artículo 176 de la Ley de Carrera Docente y artículo 88 de su Reglamento.

2.- Con respecto a  los ACTOS DE GRADUACIÓN, conforme  al Calendario Escolar su realización se llevará a cabo durante los días 16 y 17 de diciembre

3. Los servidores Técnico Docentes y Administrativo Docentes  concluyen oficialmente sus labores el miércoles 17 de diciembre.

4.- Los conserjes de los centros educativos, finalizan sus labores el día lunes 15 de diciembre, conjuntamente con los docentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 38 del Reglamento de Servicios de Consejería, de manera que no existe obligación de su parte de presentarse a la institución después de esa fecha.

Con respecto a su asistencia a los Actos de Graduación, por no ser esta una actividad inherente a su puesto, los conserjes no tienen  la obligación de asistir ni se les puede obligar a limpiar el gimnasio o salón de actos para tal fin después del día 15 de diciembre.

5- Los Agentes de Seguridad y Vigilancia de las diversas dependencias del M.E.P e instituciones educativas, por la naturaleza de sus funciones, laborarán normalmente, de acuerdo con lo establecido.

.-Para el resto de servidores no comprendidos en la Carrera Docente ( Oficinistas, cocineras de comedores escolares y miembros de equipos interdisciplinarios), que laboran en los centros educativos, su periodo de vacaciones se regula por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, artículo 37 inciso b), razón por la cual  su disfrute  no se regula en los mismos periodos que las vacaciones  de los servidores docentes. De ahí que durante ese período para los servidores (as) que les aplica,  pueden  optar por la modalidad de teletrabajo o bien que el Director de cada institución asigne en ese período, los trabajos indispensables que habrán de cumplir en el centro educativo.

Se adjunta Circular DVM-AC-043-2014

Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero