JUNTA DIRECTIVA

INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA

Junta Directiva de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, APSE, 2024-2025.

Período: 1 de enero 2024 – 31 de diciembre de 2025:

  • Presidente: Vivian Chaves Chinchilla
  • Vicepresidente: Juan José Pineda Solís
  • Secretario General: Mauricio Jiménez Alvarado
  • Suplente de Secretaría General: Jeffre Martín Leal Gómez
  • Suplente de Tesorería Nacional: Johana Cubero Castro

  • Fiscalía General: Ileana Ugarte Vílchez
  • Suplente de Fiscalía General: María del Rocío Meza Ramírez
  • Secretaría de Actas: Daniel Vicente Solano Calvo
  • Vocal I: María Isabel Benavides Montero
  • Vocal II: Christian Eduardo Castro Ulate
  • Vocal III: José Luis López Valverde
  • Vocal IV: Marvin Antonio Hernández Hernández

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

ESTATUTO DE APSE SINDICATO

CAPITULO IX

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO 24.-

La Junta Directiva estará integrada por los siguientes puestos:

  • a) Presidencia
  • b) Vicepresidencia
  • c) Secretaría General
  • d) Tesorería Nacional
  • e) Secretaría de Actas
  • f) Vocalía 1
  • g) Vocalía 2
  • h) Vocalía 3
  • i) Vocalía 4

Dicha integración procurará la representación paritaria de ambos sexos.

ARTÍCULO 25.-

Los miembros titulares de la Junta Directiva, los suplentes de la Secretaría General, Tesorería Nacional, el Fiscal General y su correspondiente suplente, serán electos, entre los candidatos propuestos por las bases, por votación universal, directa y secreta, por mayoría simple de los votos válidos emitidos.

La votación para la elección de la Junta Directiva,Fiscal General y los respectivos suplentes, se efectuará dentro de los treinta días naturales anteriores a la realización de la Asamblea General.

El período del mandato será de dos años, que inicia el primero de enero y termina el treinta y uno de diciembre del año siguiente. La sesión de instalación se efectuará dentro de los diez días posteriores al primer día hábildel reinicio de labores de la Organización.

Los miembros de la Junta Directiva, coordinadoresy Fiscal General no podrán ser reelectos, de manera consecutiva, en el mismo o cualquier otro cargo directivo a nivel nacional o en el deFiscalGeneral, durante los siguientes dos años. Los Suplentes de la Secretaría General, de la Tesorería Nacional y del Fiscal General, pueden ser reelectos para cualquier otro cargo de elección nacional, hasta por un período de dos años más.

Todos los miembros titulares y vocales de la Junta Directiva y el Fiscal General, mientras duren en sus cargos no podrán manifestarse de manera electoral o proselitista a favor o en contra de tendencias o de personas que aspiran a ocupar puestos en la Junta Directiva.

Los miembros de la Junta Directiva y el Fiscal General durante su período de ejercicio, no podrán ser miembros de la Directiva Regional, ni ser Fiscal Regional.


ARTÍCULO 26.-

a) Sesionar en forma ordinaria una vez por semana,excepto en la semana que se reúna el Consejo Nacional y extraordinariamente por convocatoria del presidente o por éste a solicitud de cinco de sus miembros.

b) Representar al Sindicato en las relaciones ynegociaciones obrero patronales y ante las demás organizaciones.

c) Representar al Consejo Nacional en las audiencias que le sean concedidas y atender las que solicite cualquier interesado, cuando lo considere pertinente.

d) Nombrar y remover al Personal Administrativo de la APSE,con excepción de los Secretarios de las Secretarías Permanentes.

e) Distribuir los asuntos que competan a las Secretarías Permanentes o a las Comisiones Especiales para su estudio e informe, de previo a ponerlos en conocimiento del Consejo Nacional.

f) Elaborar el proyecto de plan anual de trabajo.

g) Informar al Consejo Nacional, mensualmente, acerca del estado general del Sindicato.

h) Autorizar el pago de las erogaciones del Sindicato y controlar permanentemente la ejecución y aplicación del presupuesto.

i) Llamar a los Vicecoordinadores o a los Vocales de las Directivas Regionales, cuando corresponda, para llenar las vacantes temporales o definitivas que dejen los Coordinadores Regionales. Asimismo llamara los Suplentes del Secretario General, del Tesorero Nacional o del Fiscal General, cuando se trate de las vacantes dejadas por éstos. Cuando la vacante temporal del Secretario General fuese menor aun mes, quedará a juicio de la Junta Directiva llamar al Suplente del Secretario General o recargar las funciones en otro miembro de ella.

j) Informar a las Directivas Regionales, con la debida anticipación, de los puestos a elegir en el TEAPSE, Tribunal de Ética y decualquier otra instancia que conforme la normativa interna de laAPSE.

k) Ejecutar sus propios acuerdos, los del Consejo Nacional y la Asamblea General.

l) Administrar los bienes generales y servicios de la APSE.

m) Resolver las situaciones no previstas en el Estatuto.

n) Atender y resolver las solicitudes o proposicionesescritas que individual o colectivamente presenten los afiliados y afiliadas.

o) Dotar al TEAPSE y al Tribunal de Ética de los recursos humanos, materiales y logísticos necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.

p) Contratar cada dos años una auditoría externa para presentarla con su dictamen a la Asamblea General correspondiente, conforme a la normativa propia en materia de auditorías.

q) Las demás atribuciones y deberes que le señale el Estatuto y Reglamentos del Sindicato.


ARTICULO 27.-

El quórum de la Junta Directiva lo constituirá la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por la mayoría absoluta de los presentes.


ARTÍCULO 28.-

a) Ejercer la representación judicialy extrajudicial de la APSE con facultades de Apoderado General.

b) Participar como figura política en todas las actividades que se relacionen con el accionar del Sindicato.

c) Representar al Sindicato en actos oficialesy extraoficiales, intersindicales, nacionales e internacionales.

d) Presentar al ConsejoNacional en la sesión ordinaria de febrero, conjuntamente con la SecretaríaGeneral, el proyecto de Plan Anual de Trabajo.

e) Abrir y levantar las sesiones del ConsejoNacional y de la Junta Directiva, dirigiry orientar los debates, decretar los recesos que fueren necesarios y aplicar las sanciones disciplinarias a los miembros de uno u otro órgano que incurrieren en faltas al respeto, cortesía y normas éticas durante las deliberaciones.

f) De acuerdo con los resultados,declarar la aprobación o improbación de los asuntos sometidos a votación.

g) Elaborar la agenda u orden del día de las sesiones ordinarias de común acuerdo con la SecretaríaGeneral.

h) Firmar:

h.1 La convocatoria a Asamblea General.

h.2. Las convocatorias a sesionesextraordinarias del Consejo Nacional, de la Junta Directiva y delas Asambleas Generales.

h.3. Las actas de las sesiones de la Asamblea General, del ConsejoNacional y la Junta Directiva.

h.4. Los cheques y órdenes de pago conjuntamenteconla Tesorería Nacionalen ausencia dela SecretaríaGeneral.

i) Suscribir, conjuntamente con laVicepresidenciay laSecretaríaGeneral, los pronunciamientos oficiales que el ConsejoNacional decida hacer del conocimiento público por medio de los órganos de comunicación social.

j) Representar al Consejo Nacional y la Junta Directivaen todo actoprotocolariopúblico o privado a que debe concurrir en su calidad de Presidente de la APSE o, en su caso, delegar esa representación en otro miembro o funcionario del Sindicato.

k) Mantenerse al tanto de los proyectos de Ley y de todos aquellos planes o programas que se relacionen directamente con la educación nacional y con los derechos e intereses profesionales y laborales del Magisterio Nacional, e informaroportunamente al Consejo Nacional y a la Junta Directiva para que éstos tengan conocimiento de los mismos y tomen los acuerdos o medidas que le convengan al Sindicato.

l) Proponer conjuntamente con la SecretaríaGeneral, los nombres de las personas que integrarán ComisionesEspeciales que coadyuven con el cumplimiento de los fines y objetivos de la APSE.

m) Asesorar a las Directivas Regionales y de Base en su funcionamiento.

n) Presentar en cada sesión de Consejo Nacional y de Junta Directivaun informe de labores.

o)Ejercer como superior jerárquico de los Secretarios y Secretarias Permanentes.

p)Ejercer y cumplir las demás atribuciones y deberes propios del cargo o que el Consejo Nacional o la Junta Directiva, previo acuerdo, autorice o establezca.

q) Dedicar tiempo completo al ejercicio de sus funciones por lo cual devengaráun salario equivalente a 40 lecciones de su grupo y categoría profesional en enseñanza media, más el 55% de este salario por dedicación exclusiva.

r) Conforme se produzca un aumento de salario en los puestos que le dieron origen al salario que devengue, se incrementará su salario en la misma cantidad.

s) No podrá trabajar ni devengar salario con otro patrono, ni aceptar cargos o nombramientos que impliquen cualquier clase de subordinación jerárquica, esto es, laboral, administrativa, política, religiosa, entre otras.

t) Hacer entrega formal del cargo a su sucesor.


ARTICULO 29.-

a) Ejercer las funciones de la Presidenciaenausencia o por delegación desu titular y asumirla de forma permanente cuando se produzca la vacante definitiva del cargo.

b) Suscribir, conjuntamente con la Presidencia y la Secretaría General, los pronunciamientos oficiales quela Junta Directiva y el Consejo Nacional decida hacer del conocimiento público por medio de los órganos de comunicación social.

c) Hacer entrega formal del cargo a su sucesor.


ARTICULO 30.-

a) Ejecutar los acuerdos y resoluciones firmesde la Junta Directiva y el Consejo Nacional.

b) Presentar al Consejo Nacional, en la sesión ordinariade febrero,conjuntamente con la Presidencia, el proyecto de Plan Anual de Trabajo.

c) Ejecutar como superior jerárquico del personal administrativo y técnico,los nombramientos, remociones y movimientos de personal que acuerde la Junta Directiva y el Consejo Nacional, según corresponda.

d) Aplicar las sanciones disciplinarias al personal administrativo, cuando el caso lo amerite, salvo lo dispuesto en el inciso anterior. e)Velar porque se dé a la afiliación un servicio eficiente y de calidad.

f) Coordinar las funciones del Comité Asesor, de las Secretarías Permanentes y de las Comisiones Especiales.

g) Presentar una evaluación trimestral anteel Consejo Nacional sobre el funcionamiento de las Secretarías Permanentes y de las Comisiones Especiales.

h) Presentar un informe de labores en cada sesión ordinaria de la Junta Directiva y Consejo Nacional.

i) Asesorar a las Directivas Regionales y de Base en su funcionamiento.

j) Proponer, conjuntamente con la Presidencia, al Consejo Nacional,los nombres de las personas que integrarán las Comisiones Especiales que coadyuven al cumplimiento de los fines y objetivos de la APSE.

k) Autorizar con su firma todas las órdenes de compra que se hagan a nombre de la APSE.

l) Firmar, junto con la Tesorería Nacional, las órdenes de pago y los cheques que se giren.

m) Dedicar tiempo completo al ejercicio de sus funciones, por lo cual devengaráun salario equivalente a 40 lecciones de su grupo y categoría profesional en enseñanza media, más el 55% de este salario por dedicación exclusiva.

n) Conforme se produzca un aumento de salario en los puestos que le dieron origen al salario que devengue, se incrementará su salario en la misma cantidad.

o) No podrá trabajar ni devengar salario con otro patrono, ni aceptar cargos con nombramientos que impliquen cualquier clase de subordinación jerárquica, esto es, laboral, administrativa, político, religiosa, entre otras.

p) Dotar al TEAPSE de los recursos humanos, materiales y logísticos necesarios para el adecuado desempeño de su función.

q) Hacer entrega formal del cargo a su sucesor.


ARTICULO 31.-

a) Firmar las órdenes de pago y los cheques girados junto con la Secretaría General; y en ausencia de éste junto con la Presidencia.

b) Presentar un informe mensual al Consejo Nacional y a la Junta Directiva y un informe anual sobre el estado financiero del sindicato, ante la Asamblea General.

c)Reunirse con los Tesoreros Regionales y supervisar el trabajo de éstos al menos una vez al año.

d)Velar por las inversiones que el Sindicato realice en bienes muebles e inmuebles.

e) Coordinar la Comisión de Finanzas.

f) Dedicar tiempo completo al ejercicio de sus funciones en el Sindicato, por lo cual, devengará un salario equivalente a 40 lecciones de su grupo y categoría profesional docente en enseñanza media, más el 55% (cincuenta y cinco por ciento) de ese salario por dedicación exclusiva.

g) Garantizar sus actuaciones con una póliza de fidelidad a cargo de la APSE.

h) Hacer entrega formal del cargo a su sucesor.


ARTICULO 32.-

a) Tomar el acta de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General. Igualmente las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional y de la Junta Directiva, para su lectura y aprobación en la sesión inmediata siguiente.

b) Firmar las actas aprobadas y velar porque también lo haga la Presidencia.

c) Hacer entrega formal del cargo a su sucesor.


ARTICULO 33.-

a)Fungir como Presidente ad-hoc en ausencia de la Presidencia y de la Vicepresidencia.

b) Fungir como Secretario General ad-hoc en ausencia del titular y de su respectivo suplente.

c) Desempeñar indistintamente cualquier cargo de la Junta Directiva por ausencia de los respectivos titulares.

d) Todas las demás atribuciones y deberes propios del cargo, o que el Consejo Nacional y la Junta Directiva le señale por acuerdo firme.


ARTICULO 34.-

El Reglamento Orgánico contemplará las demás atribuciones y obligaciones propias de cada cargo de la Junta Directiva.

Última actualización: 3 de enero 2022 – Prensa APSE-AQG