Secretaría de la Mujer

SECRETARÍA PERMANENTE DE LA CONDICIÓN DE LA MUJER DE APSE

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INTEGRACIÓN DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DE LA CONDICIÓN DE LA MUJER DE APSE

NORA GÓMEZ MORA

Secretaria Permanente de la Condición de la Mujer

AVISOS DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DE LA CONDICIÓN DE LA MUJER DE APSE


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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DE LA CONDICIÓN DE LA MUJER DE APSE

ESTATUTO DE APSE

CAPÍTULO XV

DE LAS SECRETARIAS PERMANENTES

ARTÍCULO 59.-

El Consejo Nacional contará con cinco secretarías permanentes,que jerárquicamente dependerán de la Presidencia de la Junta Directiva, y cuyos Secretarios formarán, junto con la SecretaríaGeneral, un Comité Asesor, el cual funcionará como una unidad técnica y ejecutora y se reunirá ordinariamente dos veces al mes y extraordinariamente cuando lo convoque el Secretario General.

Las indicadas Secretarías se denominarán:

a) Secretaría de Organización

b) Secretaría de Formación y Divulgación

c) Secretaría de Asuntos Profesionales, Culturales y Deportivos

d) Secretaría Permanente de la condición de la Mujer

e) Secretaría Permanente de Asuntos del Pensionado, del Jubilado y del Adulto Mayor.


ARTÍCULO 64.-

Son funciones de la Secretaría Permanente de la Condición de la Mujer:

a) Facilitar procesos educativos que permitan la concientización y apropiación de los derechos propios de la condición de la mujer y en especial de la mujer apsina.

b) Contribuir con la formación y capacitación de las trabajadoras afiliadas, en el conocimiento y defensa de sus derechos humanos.

c) Las demás funciones, atribuciones y obligaciones que la Junta Directiva y el Consejo Nacional le señalen por acuerdo firme.


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0 comentarios en «Secretaría de la Mujer»

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