Sala IV ordenó la actualización del registro de elegibles
Concurso docente fue suspendido
– MEP devuelve al Servicio Civil el concurso propiamente docente
– APSE celebra decisión del Ministerio
– No habrá nuevas plazas en propiedad en el curso lectivo 2013
El ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo, ordenó devolver, el 5/12/2012, a la Dirección General de Servicio Civil, Área de Carrera Docente, la Propuesta de nombramientos en propiedad para el curso lectivo del 2013.
Esta decisión se funda en los votos de la Sala Constitucional que han declarado con lugar los recursos de amparo planteados contra la Dirección General de Servicio Civil, por el retardo en la actualización del Registro de Elegibles, lo cual impide a los docentes oferentes optar por un puesto en propiedad en el Ministerio de Educación Pública.
Con el apoyo de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), cientos de afiliados/as interpusieron recursos de amparo.
La APSE celebra la sentencia de la Sala Constitucional, así como la decisión del MEP, porque se han reivindicado los principios constitucionales de idoneidad comprobada, eficacia y eficiencia. Además, el derecho de acceso a la función pública, en condiciones de igualdad, que indica el Régimen de Méritos para acceder a los cargos públicos.
De las 3.400 plazas, que el Servicio Civil iba a adjudicar en este concurso con base en un registro desactualizado, 650 docentes las rechazaron porque ya tenían nombramiento en propiedad, según informó el departamento de Recursos Humanos del MEP.
*Actualización del registro.*La Sala Constitucional ordenó al Director General del Servicio Civil y a la Directora del Área de Carrera Docente, que de inmediato actualicen los atestados de cada amparado en el Registro de Elegibles 2009, para los nombramientos en propiedad del 2013, con base en la información suministrada por estos en el sitio web, a fin de que no remita al Ministerio de Educación Pública ningún registro de elegibles en el que pudiera participar la parte accionante, hasta tanto no proceda con la actualización indicada.
La Sala Constitucional también ordena al Director de Recursos Humanos del MEP que omita hacer designaciones en propiedad en las plazas en las que la parte recurrente manifestó interés en participar, hasta tanto el Director del Área de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil no cumpla con la actualización de los atestados profesionales de los oferentes.
Además, en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la notificación de la sentencia, se debe solucionar de forma definitiva el proceso mediante el cual se realiza la actualización de los atestados de los funcionarios del MEP.