INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA
Junta Directiva de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, APSE, 2026-2027.
Período: 1 de enero 2026 – 31 de diciembre de 2027:
- Presidente: Dennis Javier Solís Cruz
- Vicepresidente: Jessie Tatiana Valverde Andrade
- Secretario General: Carmen Lidia Quesada Campos
- Suplente de Secretaría General: Jorge Antonio Chacón Vargas
- Tesorero Nacional: Olger Chaves Flores
- Suplente de Tesorería Nacional: Nelson Mauricio Alvarado Aguilar
- Fiscalía General: Reyman Navarro Cordero
- Suplente de Fiscalía General: José Eduardo Brenes Vargas
- Secretaría de Actas: Irene Nájeras Cerdas
- Vocal I: Oscar Gerardo Pérez Ledezma
- Vocal II: Leonel Bonilla Madrigal
- Vocal III: Lindel Enríquez Zúñiga
- Vocal IV: Yessenia Soto Arana
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
CAPITULO IX
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTICULO 24.-
La Junta Directiva estará integrada por los siguientes puestos:
Dicha integración procurará la representación paritaria de ambos sexos.
ARTÍCULO 25.-
Los miembros titulares de la Junta Directiva, los suplentes de la Secretaría General, Tesorería Nacional, el Fiscal General y su correspondiente suplente, serán electos, entre los candidatos propuestos por las bases, por votación universal, directa y secreta, por mayoría simple de los votos válidos emitidos.
La votación para la elección de la Junta Directiva,Fiscal General y los respectivos suplentes, se efectuará dentro de los treinta días naturales anteriores a la realización de la Asamblea General.
El período del mandato será de dos años, que inicia el primero de enero y termina el treinta y uno de diciembre del año siguiente. La sesión de instalación se efectuará dentro de los diez días posteriores al primer día hábildel reinicio de labores de la Organización.
Los miembros de la Junta Directiva, coordinadoresy Fiscal General no podrán ser reelectos, de manera consecutiva, en el mismo o cualquier otro cargo directivo a nivel nacional o en el deFiscalGeneral, durante los siguientes dos años. Los Suplentes de la Secretaría General, de la Tesorería Nacional y del Fiscal General, pueden ser reelectos para cualquier otro cargo de elección nacional, hasta por un período de dos años más.
Todos los miembros titulares y vocales de la Junta Directiva y el Fiscal General, mientras duren en sus cargos no podrán manifestarse de manera electoral o proselitista a favor o en contra de tendencias o de personas que aspiran a ocupar puestos en la Junta Directiva.
Los miembros de la Junta Directiva y el Fiscal General durante su período de ejercicio, no podrán ser miembros de la Directiva Regional, ni ser Fiscal Regional.
ARTÍCULO 26.-
ARTICULO 27.-
El quórum de la Junta Directiva lo constituirá la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por la mayoría absoluta de los presentes.
ARTÍCULO 28.-
ARTICULO 29.-
ARTICULO 30.-
ARTICULO 31.-
ARTICULO 32.-
ARTICULO 33.-
ARTICULO 34.-
El Reglamento Orgánico contemplará las demás atribuciones y obligaciones propias de cada cargo de la Junta Directiva.
Información actualizada el 5 de enero de 2026. AQG