Interinos pueden concursar por plazas en igual condición que los propietarios

Sala Constitucional establece mediante resolución de  acción de inconstitucionalidad presentada por la APSE,  que propietarios e interinos del MEP, tienen el mismo derecho para participar en concursos internos

La mayoría de la Sala Constitucional y por sentencia 2012-17059 del 05 de diciembre, declaró parcialmente con lugar una acción de inconstitucionalidad presentada contra varias normas relacionadas con la participación de propietarios e interinos en los concursos internos en el Régimen del Servicio Civil.

Los alcances de esta resolución, llegan a que se permita a todas las personas interesadas,  participar en los concursos internos efectuados por el MEP, sea que estas cuenten con un nombramiento en propiedad, o que se encuentren interinas en algún puesto del Ministerio de  Educación Pública.

Los magistrados consideraron que efectivamente hay una violación al principio de igualdad, ya que la jurisprudencia ha sido abundante en el sentido de que la administración no puede impedir la participación de sus funcionarios en concursos por plazas, por la sola condición de ser interinos.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Julio César Hernández Romero contra los artículos 34 del Estatuto de Servicio Civil, 21 del Reglamento del Estatuto del Servicio civil, los Decretos Ejecutivos 24025-MP y 35268-MP, la Circular DG-009-2009 y la resolución DG-144-2009.  Hernández consideró que estas normas resultan discriminatorias ya que para participar en un concurso debe tener la condición de propietario, impidiéndole a los funcionarios interinos optar para un puesto en propiedad dentro del régimen del Servicio Civil.

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