APSE en defensa de todos los accionistas de la Caja de ahorro y prestamos de la Asociación Nacional de Educadores

APSE en defensa de todos los accionistas de la Caja de ahorro y prestamos de la Asociación Nacional de Educadores, repudia el acuerdo tomado por su Junta Directiva, excepto la representación de APSE, por el cierre de varias líneas de crédito y eleva ese repudio debidamente fundamentado al Presidente del Banco Central de Costa Rica, a fin de que se exima a la Caja de ANDE de la aplicación de Limites en el tope de sus carteras de crédito

San José, 27 de febrero del 2013

Doctor

Rodrigo Bolaños Zamora

Presidente

Banco Central de Costa Rica

Presente

Estimado señor:

La suscrita, Beatriz Ferreto López, en mi condición de Presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), me dirijo ante Usted como representante de una Organización que forma parte de la Junta Directiva de la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores, según lo dispone  el artículo 7 de su Ley Constitutiva  ( Ley N° 12 del 13 de octubre de 1944).

Por acuerdo tomado por la Junta Directiva del Banco Central, en la sesión  N° 5582/07 celebrada el 30 de enero del año en curso, se acordó:

“ Establecer un límite global de 9% al crecimiento acumulado entre el 1 de febrero y el 31 de octubre del 2013 para el saldo de la cartera de crédito e inversiones al sector privado no financiero concedida por los intermediarios financieros supervisados por la Superintendencia General de Entidades Financieras…”

En cumplimiento de dicho acuerdo, la Junta Directiva de Caja de Ande, en total afectación de sus accionistas, procedió a suspender el otorgamiento de varios tipos de préstamos, entre ellos: Compra de equipo de cómputo, Vivienda Fiduciario, Compra y Construcción de Bienes Inmuebles, Vivienda Hipotecario Alternativo, Cancelación de Hipoteca y Compra de Vehículo Nuevo y Usado.

No obstante lo anterior, nos surgen una serie de dudas en el sentido, de si una medida de esta naturaleza, tomada por la entidad que Usted preside, resulta vinculante para la Caja de ANDE. Lo anterior por cuanto  de acuerdo con un criterio legal emitido por la Asesoría Jurídica de la Superintendencia General de Entidades Financieras, en el  oficio SUGEF 43 82-20030822, de 30 de octubre de 2003,  * *se indica lo siguiente:

“… un criterio legal emitido por la Asesoría Jurídica de esta Superintendencia, considera   que   la   Caja  de  Ahorro y   Préstamos  de   la   Asociación Nacional de Educadores se encuentra autorizada por Ley para la administración de los ahorros de los inversionistas, así como para el otorgamiento de préstamos a sus accionistas. Por otro lado, estima que esa sociedad no realiza intermediación financiera de conformidad con la definición que dicho concepto da el artículo 116 de la Ley No. 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Asimismo, dicha entidad se encuentra sometida a la supervisión de esta Superintendencia, no por ser una entidad que realice intermediación financiera, sino por mandato expreso que su misma Ley establece.” (el subrayado es del original)

Asimismo, de acuerdo con el oficio SUGEF 1795/200401885 de 7 de mayo de 2004, la Superintendencia reitera que:

“… la actividad desplegada por la Caja de Ande no constituye una actividad de intermediación financiera que deba ser regulada y supervisada por la Superintendencia General de Entidades Financieras…”

De conformidad con lo trascrito y conforme a  la Directriz emanada del Banco Central, y siendo que la misma  va dirigida a los intermediarios financieros supervisados por la Superintendencia General de Entidades Financieras, tenemos que ésta no resulta aplicable a una institución financiera como Caja de ANDE, dada la singularidad que tiene, en la cual no se captan recursos del público, sino sólo de sus accionistas, y no se destinan tales recursos a cualquier forma de crédito o inversión en valores, sino a los fines permitidos por la legislación, al prestar los dineros de sus accionistas.

En virtud de lo anterior, nos permitimos muy respetuosamente solicitar de forma urgente una audiencia  a la Junta Directiva del Banco Central, a fin de exponer  nuestros argumentos, o en su lugar que los mismos sean trasladados por su digno medio de inmediato, con el propósito de que se exima a la Caja de ANDE de una Directriz de esa naturaleza, la cual no se ajusta al modelo económico-financiero-legal de esta noble  institución.

Quedo a sus órdenes mediante el fax 2221-7011 o bien al correo electrónico bferreto@costarricense.cr.

Atentamente

Beatriz Ferreto López

Presidenta APSE

c.c  – Junta Directiva de Caja de ANDE

– Lic. Adrian Soto Fernández, Gerente de Caja de ANDE

– Auditoría Caja de ANDE

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