CONSULTAS FRECUENTES SOBRE EL INICIO DEL CURSO LECTIVO 2026

APSE Sindicato facilita a nuestra afiliación y a los trabajadores de la educación en general, algunas respuestas a consultas frecuentes sobre el inicio del curso lectivo 2026. Este tema se amplía en nuestro programa Asesoría a su alcance del miércoles 28 de enero de 2026.


¿Cómo es la organización del proceso formativo que va del 9 al 20 de febrero 2026?

  • Circular DM-CIR-001-2026 de fecha 19 de enero del 2026, suscrita por el señor Ministro de Educación Pública.
  • El 9 de febrero de 2026 cada funcionario inicia normal sus labores en los centros educativos, solo que sin estudiantes.
  • Será a través de procesos de capacitación.
  • Debemos esperar a que en cada centro educativo, el director, como jefe inmediato se autoorganice.
  • Se divide en dos semanas:
    • Primera semana: del 9 al 13 de febrero
    • Segunda semana: del 16 al 20 de febrero
  • Este calendario formativo contempla espacios dentro de la jornada laboral para la atención de asuntos organizativos previo al ingreso de los estudiantes.
  • La oferta formativa debe organizarse de acuerdo con las jornadas laborales de cada persona funcionara, según el tipo de institución y las distintas modalidades educativas.

¿Cuándo se aplicarán las convocatorias de ampliación de la Prueba Nacional Estandarizada en Primaria y de Secundaria?

  • Primaria: Aplicación de la Prueba Nacional Estandarizada de ampliación de Primaria, CINDEA, IPEC Y CONED: Del 10 al 13 de febrero.*

* Excepto: 6to grado, 9no año de Educación General Básica, 11no de la Educación Diversificada y el último año de la Educación Técnica o su equivalente de educación para jóvenes y adultos.

  • Secundaria: Del 16 al 20 de febrero.

¿Cuándo se aplicarán las convocatorias de ampliación de Primaria y de Secundaria?

Aplicación de la 2da prueba de ampliación para todos los niveles educativos: Del 9 al 13 de febrero.


¿Las actividades formativas son de carácter obligatorio?

Sí, son de carácter obligatorio. Los funcionarios deberán asistir y permanecer durante el desarrollo de las actividades conforme al horario para el cual se encuentren nombrados. La jornada de capacitación es parte de la jornada laboral.

En cada actividad formativa se solicitará el registro de asistencia. Y cada director del centro educativo llevará el control institucional de asistencia.


¿Quiénes participan de este proceso formativo?

Todo el personal del centro educativo, sin excepción: docentes, técnicos docentes, administrativo docentes y administrativos (agentes de seguridad, oficinistas, conserjes, cocineras) Título I y Título II.


¿Cuáles son las disposiciones en relación con los reubicados o readecuados?

Deben participar igualmente de las actividades formativas y su participación es dentro del tiempo que según su nombramiento deben estar en el centro educativo.


¿A cuál institución deben asistir quienes tengan ampliación de jornada, condición itinerante?

Deben asistir y mantenerse en el centro educativo correspondiente a su código.


¿A cuál institución deben asistir los docentes nombrados por lecciones que tengan lecciones en varios centros educativos?

Su participación se realizará en el centro educativo donde cuente con la mayor carga lectiva. Y esto debe ser comunicado a las jefaturas inmediatas respectivas.


¿En qué situaciones excepcionales la participación del personal debe hacerse en otro centro educativo?

Podrían darse situaciones como como el tema de la falta de conexión a internet. En esos casos especiales se permite a los funcionarios participar a una distancia no mayor a 10 km, o ser ubicados en organizaciones comunales, u otras instituciones públicas o privadas.

Lo importante es que en estos casos nadie podrá permanecer más de la jornada que le corresponde.

Cuando el funcionario deba trasladarse de su centro educativo a otro lugar para participar en las actividades programadas, deberá coordinar previamente con su jefatura inmediata, con el fin de garantizar la cobertura de la póliza de riesgos de trabajo.

De no ser posible esta participación en otro lugar, deberá el director del centro educativo, con el aval del supervisor correspondiente, buscar otras alternativas.


Si alguien trabaja en modalidad nocturna, lo pueden convocar a la jornada de capacitación en jornada diurna?

La jornada de capacitación es parte de la jornada laboral. De manera que, para los funcionarios con jornada nocturna, las capacitaciones serán en su horario. No procede convocar a nadie fuera de su jornada.


¿En el caso de los conserjes, guardas y trabajadoras de comedores escolares, además de tener que participar en las capacitaciones, ¿deberán cumplir con los servicios que brindan?

Sí, en el caso de estos funcionarios se contará con una capacitación específica.

Corresponde al director del centro educativo velar porque este personal este personal participe de las formaciones, sin que se vean afectados los servicios que brindan.

El director como jefe inmediato debe realizar la organización correspondiente, para que este personal pueda ejercer ambas funciones, sin abusar del tiempo y sin violentar sus derechos laborales.