Tribunal Contencioso Administrativo no ha rechazado petición de APSE contra planes de Educación para la Vida Cotidiana
Con el fin de aclarar la información que en forma malintencionada ha hecho circular el MEP, en el sentido de que los Tribunales rechazaron la petición de APSE contra los planes de Educación para el Hogar, nos permitimos comunicar que el Proceso Contencioso Administrativo mediante el cual la APSE demandó al Consejo Superior de Educación, por la modificación de los Programas de Estudio de Educación para el Hogar del Tercer Ciclo, que entrarán a regir para el curso lectivo del año 2013, aún no ha sido resuelto.
En esta primera etapa del proceso, lo que el Juez tramitador del Tribunal Contencioso Administrativo resolvió, fue sobre la medida cautelar solicitada por la APSE, con la que se pretendía la suspensión preliminar del acuerdo impugnado y sus efectos, así como del Plan Piloto puesto en ejecución por el MEP, en 19 colegios del país, a partir del segundo trimestre de este año.
El proceso ordinario contencioso administrativo, planteado por la APSE, se inició con la solicitud de medida cautelar y demanda presentada contra el Estado. El juez tramitador del Tribunal procede en primer término a resolver la medida cautelar planteada, y decide no suspender en forma preliminar los nuevos Programas de Estudio, mientras se dicta la sentencia definitiva.
Por su parte nuestra demanda fue revisada, admitida y trasladada al demandado ( El Estado) a fin de que éste proceda a su contestación, en un plazo de 30 días hábiles, lo que a la fecha aún está pendiente.
Una vez contestada la demanda, se señalará fecha para la celebración de una audiencia de conciliación, y si esta fracasa, se pasará a una audiencia preliminar, en la cual se resolverá el saneamiento del proceso y se determinarán los hechos controvertidos. Posteriormente se realiza el juicio oral, concluido el cual los jueces integrantes del Tribunal se retirarán a deliberar y dictarán sentencia.
Como podemos apreciar, el proceso judicial aún está pendiente de su resolución mediante sentencia definitiva, y aún falta por cumplir una serie de etapas procesales, entre las cuales está la celebración del juicio, en el que se estarán evacuando todas la pruebas técnicas, periciales y testimoniales, que dan sustento a nuestras pretensiones, y será hasta después de su celebración que los jueces decidirán si la APSE tenía o no la razón.