APSE INFORMA Y CELEBRA
EL LOGRO OBTENIDO CON LA PROMULGACION DEL REGLAMENTO DE SERVICIO PARA LOS AGENTES DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA
La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA ( APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de sus asociados, INFORMA:
Que en la Gaceta N°7 del jueves 10 de enero del 2013, se publicó el Reglamento de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia y Auxiliares de Vigilancia del Ministerio de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 37439-MEP; el cual constituye una de las conquistas laborales y gremiales más significativas para los compañeros y compañeras que laboran en estas clases de puesto y que constituyen un sector muy importante de nuestra afiliación Apsina.
Luego de un largo e intenso proceso de negociación iniciado en el año 2011, en el seno de la Comisión Bipartita MEP-Magisterio en Acción, denominada “Comisión de Agentes de Seguridad y Vigilancia”, en la cual se destaca la notable y fundamental participación de la APSE, por el aporte de las propuestas de mejoras laborales que se llevaron a la mesa de negociación; finalmente con gran orgullo y satisfacción, vemos el producto del logro obtenido.
Resulta necesario destacar y celebrar el logro obtenido en la instauración del día 29 de julio, de cada año como el *DÍA DEL AGENTE DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA Y DEL AUXILIAR DE VIGILANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA,*para lo cual conforme lo establece el artículo 60 del citado Reglamento, el MEP procurará otorgar el respectivo permiso para su celebración.
Esta conquista representa sin duda alguna, un reconocimiento a la labor de estos compañeros y compañeras que exponen o que incluso han perdido su vida en el cumplimiento de sus funciones.
Es por ello que desde ya la APSE procederá a celebrar año con año este día con el fin de compartir tan grato acontecimiento y gestionará ante el MEP el permiso correspondiente.
Destacamos además los logros obtenidos en el tema de Salud Ocupacional, cuando se dispone que el Agente de Seguridad y Vigilancia o el Auxiliar de Vigilancia:
– “…*tendrá un lugar adecuado e higiénico para colocar o guardar sus pertenencias y para consumir sus alimentos. Asimismo tendrá a su disposición un servicio sanitario durante su jornada laboral.” ( art. 53)*
– “Que el Ministerio de Educación Pública suministrará a los Agentes de Seguridad y Vigilancia y a los y las Auxiliares de Vigilancia, los implementos o equipos necesarios para poder cumplir con sus labores y garantizar su integridad física.” ( art.54)
En el tema de la adquisición y asignación de arma se logró que:
“ Los gastos por concepto de compra e inscripción del arma, del curso teórico y práctico de portación de armas y el examen psicológico, así como la renovación del permiso de portación de armas y el examen psicológico, deben ser sufragados por la Junta Administrativa o de Educación, la Dirección Regional de Educación o la Dirección de Servicios Generales, perteneciente al Ministerio de Educación Pública, según corresponda.”
En el tema de la Jornada Laboral, se dispone como otro gran logro que:
“ Dentro de su jornada habitual de trabajo, se pondrá a disposición un teléfono para uso exclusivo del Agente de Seguridad y Vigilancia o del Auxiliar de Vigilancia, para reportar cualquier emergencia o necesidad que se presente, o cualquier otra eventualidad que ponga en peligro su seguridad personal y del centro de trabajo.”
Corresponde ahora compañeros y compañeras, velar y exigir por el cumplimiento de este Decreto Ejecutivo, para lo cual también como Organización nos comprometemos a estar vigilantes y a exigir su cumplimiento no solo al MEP sino a los Directores Institucionales.
Para celebrar tan grande acontecimiento, les reiteramos la invitación, para que se hagan presentes el día lunes 28 de enero a la actividad que se llevará a cabo a partir de las 8:00 a.m en la Finca de Recreo de la APSE, para lo cual se cuenta con el respectivo permiso del MEP.
IVM.-