Apse logra respeto a conserjes


La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE), cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de su afiliación, INFORMA:

1.- Que de una forma totalmente arbitraria y contraviniendo la normativa existente, la Dirección de Recursos Humanos del MEP ordenó la apertura de sendos procedimientos disciplinarios, contra dos compañeros conserjes que laboran en el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí, producto de la denuncia presentada por la Directora de ese centro educativo, atribuyéndoles la presunta comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones, al haberse ausentado los días 02,03,04,05 y 06 de febrero del 2015 ( semana previa al inicio del curso lectivo.)

2.- Que posteriormente y pese a la firme defensa legal de la APSE, esa Dirección emitió las correspondientes resoluciones, en la cuales se sanciona estos compañeros conserjes, mediante la suspensión por ocho días sin goce de salario.

3.- Que ante la improcedencia de una sanción de esa naturaleza, la asesoría legal de la APSE, interpone Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio, solicitando se dejen sin efecto las sanciones impuestas. Sin embargo, en primera instancia, la Dirección de Recursos Humanos procede a declarar sin lugar los recursos de revocatoria planteados.

4.- Finalmente, el día 23 de junio del año en curso, en las oficinas centrales de la APSE, se recibe la notificación de la resolución N° 2368-15, de las 9:00 horas del 16 de junio del 2015, emitida por el Despacho de la señora Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante, en la que con gran júbilo logramos constatar, que en esta instancia se nos da la razón a favor de uno de los compañeros conserjes, ( queda pendiente la notificación del otro caso) y se ordena dejar sin efecto la suspensión sin goce de salario dictada.

5.- Hoy queremos resaltar este fallo, con el que se reivindica y se respeta el derecho de los compañeros y compañeras conserjes a gozar del mismo período de vacaciones de los docentes, esbozando la tesis que siempre ha sido proclamada y garantizada por la APSE, en el sentido de que conforme al artículo 37 del Reglamento de Consejería:

“…los directores no pueden convocar con carácter de obligatoriedad sino de colaboración, por lo que efectivamente llevaría razón la recurrente en el tanto la directora institucional no puede violentar lo dispuesto mediante directrices y la normativa dispuesta por este Despacho, por lo que acusar ausentismo de los días en cuestión devendría arbitrario e improcedente, dado que el inicio del curso lectivo se encuentra puntualmente establecido, por lo que denunciar ausencias en días fuera de dicho período, sería contrario a la ley y demás disposiciones que regulen el tema de las vacaciones en cuestión.”

Elaborado por
Licda. Ileana Vega Montero

Zona de Menor Desarrollo


Con visto bueno de doña Yaxinia, procedo a remitirle la información solicitada, la cual contiene 3 pestañitas con información

Es importante aclarar que el distrito Gutiérrez Brown se incluirá de manera manual, por lo que las Unidades del Departamento de Asignación, se encuentran realizando dicha gestión.

SITUACIÓN DE LAS PERSONAS REUBICADAS EN CUANTO AL PAGO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO, SEGÚN CONSULTA REALIZADA AL DEPARTAMENTO DE ASIGNACIÓN Y PROMOCIÓN DEL RECURSO HUMANO DEL MEP

– Personas reubicadas por conflicto: De conformidad con el artículo 39 de la Constitución Política en cuanto al Debido Proceso, *el MEP tendría que cancelar el pago de la Zona de Menor Desarrollo a todas las personas que se encuentren reubicadas por conflicto.
*
– Personas reubicadas por salud: Las personas reubicadas por salud, podrían estar en cuatro situaciones o status diferentes.

1- Las que se encuentran reubicadas en la misma institución en la que tiene su propiedad o su nombramiento interino y esta se encuentra en un distrito en el cual sí le corresponde el pago. A estas personas sí se les debe de cancelar el incentivo DE Zona de Menor Desarrollo.

2- las personas que tienen su propiedad o su nombramiento interino en una institución que se encuentra en un distrito en el que no les corresponde pago del incentivo de Zona de Menor Desarrollo, pero que están reubicadas en otra institución que se encuentra en un distrito en el que sí corresponde el pago del incentivo de Zona de Menor Desarrollo. A ESTAS PERSONAS SÍ SE LES DEBE DE CANCELAR EL INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO.

3- Las personas que tienen su propiedad o su nombramiento interino en una institución que se encuentra en un distrito en el que sí les corresponde el pago del incentivo de Zona de Menor Desarrollo, pero que están reubicadas en otra institución que se encuentra en un distrito en el que no les corresponde el pago del Incentivo de Zona de Menor Desarrollo. A ESTAS PERSONAS NO SE LES CANCELARÁ EL INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO.

4- Las personas que se encuentran reubicadas en supervisiones o Direcciones Regionales. A ESTAS PERSONAS NO SE LES CANCELARÁ EL INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO.

Sobre estos casos puede consultar en nuestro Departamento Laboral

Licda. . Vivian Chaves Chinchilla
Coordinadora Departamento Laboral
APSE SINDICATO

El ajuste salarial fantasma


APSE califica de ridícula la propuesta presentada por el Gobierno para el aumento salarial del sector público. De hacerse efectiva se estaría demostrando el incumplimiento de la palabra de la administración Solís y el PAC de que ningún aumento iba a ser por vía del decreto. En este momento las Organizaciones sindicales que integran el BUSSCO (Bloque Unitario Social y Sindical Costarricense) han tomado la decisión de reunirse el próximo lunes para tomar decisiones conjuntas y coordinadas. Ante la presión, el Viceministro de Trabajo ha vuelto convocar a reunión a la Comisión Negociadora de Salarios para el próximo jueves 23 de Julio. A continuación les dejamos una copia de la propuesta presentada por el Gobierno:

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