APSE GANA RECURSO DE AMPARO QUE OBLIGÓ AL MEP A CORREGIR ERROR EN TRÁMITE DE LICENCIA POR MATERNIDAD
APSE hace valer una vez más los derechos de su afiliación mediante la vía judicial, al ganar un recurso de amparo presentado ante la Sala Constitucional, para obligar al Ministerio de Educación Pública a aplicar correctamente el disfrute de la licencia por maternidad por los 4 meses establecidos por ley.
Se trata del caso de una afiliada trabajadora del Ministerio de Educación Pública, quien estando embarazada tuvo un parto prematuro en un hospital de la Caja Costarricense de Seguro Social. Luego de recibir la atención médica, a la trabajadora se le extendió el aviso de incapacidad y licencia por maternidad por un plazo de 3 meses, cuando lo correcto era dictar la licencia por 4 meses (reconociendo un mes de licencia previo a la fecha esperada de parto, que en este caso se adelantó por causas naturales, y 3 meses posteriores al alumbramiento).
El inconveniente se generó cuando la trabajadora afectada presentó su incapacidad ante la Dirección Regional de Educación Grande de Térraba. Funcionarios del MEP le advirtieron que el médico cometió un error en la licencia, por lo que su incapacidad solo aplicaría por 3 meses. Ante ello, la trabajadora acudió al centro médico a solicitar un dictamen adicional de incapacidad por el mes omitido. El MEP no tramitó ese mes adicional, pues exigió presentar un único documento que indique la licencia por plazo de 4 meses. En vista de que el MEP impuso más requisitos y trámites para otorgar la licencia en los términos dictados por ley, la trabajadora acudió ante APSE para interceder por la defensa de sus derechos.
APSE presentó el amparo bajo expediente 17-012225-0007-CO, el cual fue recibido por la Sala Constitucional. En su descargo ante la Sala, la Dirección de Recursos Humanos del MEP respondió que ya se encontraba elaborada la acción de personal por los 4 meses de licencia. Quedó evidenciado que el MEP corrigió el acto recurrido solo después de confirmar que APSE acudió a la vía del amparo en representación de su afiliada. En vista de ello, la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso mediante sentencia 2017-14978 de las 9:15 del 22 de setiembre de 2017, donde condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados.
De esta forma, APSE suma un nuevo logro al dictarse jurisprudencia laboral favorable para su afiliación y de todas las personas trabajadoras de la educación, al garantizar la tutela y cumplimiento efectivo de la licencia por maternidad, la cual no debe ser limitada ni interpretada en perjuicio de la persona trabajadora, mucho menos por errores administrativos ajenos al accionar de las afectadas.
Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General
2 de octubre de 2017