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TERCER-ENTREGABLE-DE-PREGUNTAS-FRECUENTES-APSE-INFORMA-vf0-1-1APSE en cumplimiento con el deber de comunicación oportuna y veraz, pone a disposición de la afiliación, la siguiente GUÍA DE PREGUNTAS FRECUENTES, recopilada de las constantes consultas que hemos recibido por parte del personal administrativo, administrativo docente, técnico docente y propiamente docente. Su correspondiente respuesta se da a la luz de las diferentes resoluciones, circulares, lineamientos y directrices emanadas del Ministerio de Educación Pública:
SOBRE MEDIACIÓN PEDAGÓGICA A DISTANCIA
Esta potestad no se encuentra regulada en el documento de “Orientaciones para el Apoyo del proceso Educativo a Distancia”. Si vemos este documento en la página 38 y siguientes, en las que se establecen el rol de los directores y directoras de los centros educativos, no se menciona nada al respecto. Y en la pág., 41, solo se señala que los directores: “Revisan los planes, cronogramas y actividades curriculares, así como las estrategias de mediación pedagógica virtual, sean sincrónicas o asincrónicas, para garantizar las actividades propuestas por el personal docente. Además revisa todos los planes y cronogramas de trabajo para garantizar que no existe choque de actividades entre docentes…”
Conforme a lo expuesto, el director o directora solo supervisa las Guías de Trabajo Autónomo, que vino a sustituir el planeamiento didáctico y demás actividades mencionadas.
R/ El documento de “Orientaciones para el apoyo del proceso educativo a distancia” es claro en señalar (pág. 14) que: “Las actividades virtuales y autónomas en casa no pueden ser idénticas, en tiempo, al horario regular presencial.
Es por esto que en este documento, en la misma página 14, señala las actividades que deben considerarse al momento de impartir las clases virtuales:
1.- Los hogares donde hay un único dispositivo tecnológico (computadora, tableta, celular),
2.- La asignación horaria, que va a depender de las edades de las personas menores de edad ( Ej: Niños de preescolar, que deben estar acompañados por sus padres)
3.- Otros factores como problemas emocionales, sociales o económicos de las familias
Pero además, resulta muy esclarecedor e importante, lo consignado en el apartado del” Rol de los docentes” como actores de la mediación pedagógica a distancia, página 32, en el sentido que: “…si bien el docente debe cumplir con su jornada presencial semanal, ésta comprende o integra” … actividades como: Planificación de actividades, cronograma para revisión de trabajos asignados a las personas estudiantes, diseño de estrategias de comunicación y realimentación individual para promover el aprendizaje y desarrollo de las habilidades y competencias, cronograma de reuniones virtuales con asesores específicos…” E incluso las reuniones virtuales en las que participa con su jefatura para reportar avances o situaciones particulares.
De manera que todas las horas o el tiempo que el docente utiliza para preparar su trabajo, es parte de su jornada semanal presencial y no solo el tiempo que destina a impartir clases virtuales, que incluso en algunos casos hasta se supera con creces.
El docente no es el encargado de llamar a sus alumnos para preguntar quién requiere de material de trabajo impreso.
El documento de Orientaciones es claro en señalar que en el mes de abril el personal docente, administrativo docente, técnico docente, liderados por el director o directora y apoyados por los funcionarios de la DRE, tenían que: “Identificar los escenarios de acceso de tecnología y los recursos físicos disponibles en estudiantes, (pág. 11 y 12).
Una vez realizada esta identificación, se podían tener los siguientes escenarios:
– Estudiantes que cuentan con dispositivos tecnológicos, pero que no tienen acceso a internet; o
– Estudiantes que no cuentan con dispositivos tecnológicos.
En este último caso, deben imprimirse las Guías de Trabajo Autónomas por asignatura y los estudiantes deben contar con material impreso dirigido a las familias. Para ello los docentes deben comunicar y coordinar con el Director del centro educativo, para aprovechar el contacto de las Juntas de Educación y Administrativas con las familias, con ocasión de las entregas de alimentos, para la entrega de los materiales impresos.
Igualmente el director debe coordinar con la Junta, el préstamo de dispositivos tecnológicos disponibles en el centro educativo, uso de biblioteca o de laboratorios de cómputo, siguiendo los respectivos protocolos sanitarios.
Ante este escenario el documento de Orientaciones desarrolla todas las ideas de Apoyo educativo que se pueden implementar, como por ejemplo, entrega de Guías de Trabajo Autónomo por asignatura, fotocopias con temas de repaso, lecturas especializadas, uso de antologías, libros de la biblioteca, material impreso dirigido a las familias, entre otros.
En el documento de “Orientaciones para el proceso de apoyo educativo a distancia” se regula ampliamente este tema.
La implementación de un control horario a distancia, no procede bajo ninguna circunstancia. Como lo manifestamos en la respuesta de la pregunta publicada la semana pasada, la jornada horaria semanal presencial nunca puede ser replicada de manera virtual, toda vez que en la modalidad de mediación pedagógica a distancia se incluyen como parte de esta jornada muchas actividades propias de la labor docente.
La plataforma virtual Teams en la cual se registraron y activaron los docentes y estudiantes, es la plataforma oficial del MEP. O sea que entrar a la Plataforma Teams es como estar entrando al aula. Y desde ahí oficialmente se debe trabajar e incluso no requiere pedir permiso a los padres; caso distinto sucede, cuando se utiliza Whatsapp, en cuyo caso, si se debe pedir autorización a los padres de familia en caso de menores de estudiantes menores de edad.
Por otra parte, en el escenario de mediación pedagógica con acceso a tecnología, debe ponerse en práctica el uso de lo que se denomina Netiqueta, que es el conjunto de normas de etiqueta y comportamiento general en Internet; lo cual impone por parte del docente, el uso de vocabulario e imágenes apropiados al contexto estudiantil y protocolo de vestimenta (aún cuando se esté trabajando desde la casa).
No, por supuesto que no. Eso constituye un abuso de autoridad e incluso un reclamo de pago extraordinario por esa convocatoria, más tratándose un feriado de pago obligatorio.
SOBRE TERCERA ENTREGA DE PAQUETES DE ALIMENTOS
El 04 de mayo de 2020, la Dirección de programas de Equidad, emitió la“Actualización del protocolo general para la distribución de alimentos en centros educativos públicos por la suspensión de lecciones, a raíz de la emergencia nacional por COVID-19”
En este documento se propone una tercera entrega de alimentos perecederos y no perecederos para continuar garantizando por tres semanas más (25 mayo al 13 de junio 2020), el equivalente al tiempo de almuerzo para la población estudiantil beneficiaria.
La entrega de paquetes debe realizarse entre el 18 y 22 de mayo.
Los paquetes de alimentación son únicamente para estudiantes beneficiarios de los comedores estudiantiles, del Programa de Alimentación y Nutrición del Escolar y del Adolescente (PANEA). No a toda la matrícula.
Se entrega un paquete de alimentación de productos perecederos y no perecederos por estudiante beneficiario, NO es un paquete por hogar.
Una vez recibidos los alimentos, la Junta de Educación o Administrativa en conjunto con la Dirección del centro educativo, deberán organizar las personas que van a colaborar en la preparación de los paquetes individuales de cada beneficiario del centro educativo.
En estas labores, según lo dispone la resolución 2592-2020, participan las trabajadoras de comedores escolares y los conserjes.
La Junta de Educación y Administrativa en conjunto con el director del centroeducativo debe organizar la logística de entrega relacionada con:
La comunicación a familias o personas encargadas, el horario y día de entrega, la forma de entrega de los productos para no comprometer la inocuidad de estos y el cumplimiento del protocolo establecido por el Ministerio de Salud para mitigarla expansión del COVID-19 (lavado de manos, protocolo de tos y estornudo,evitar las aglomeraciones).
El comedor estudiantil se cierra por 3 semanas. En caso de continuar la emergencia se procederá a entregar otro paquete de alimentos, de lo contrario se estaría abriendo de nuevo el servicio de comedor.
Una vez entregados los paquetes de alimentos, las personas trabajadoras del comedor pueden retirarse del centro educativo.
SOBRE PERSONAL TÍTULO I
No, en absoluto, tienen una causa justificada para no presentarse a laborar.
Llamar al Departamento Legal de APSE, para emprender ante la jefatura inmediata las acciones correspondientes, o en su defecto autoridades regionales o Dirección de Recursos Humanos del MEP.
Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero
Coordinadora Departamento Legal y asesora Junta Directiva APSE
ZARAY ESQUIVEL MOLINA
Presidenta
SILVIA ROVIRA ABARBCA
Vicepresidenta
DENNIS SOLÍS CRUZ
Secretario General
PRENSA APSE, 12 de mayo de 2020