APSE ACLARA ASPECTOS RELACIONADOS CON PERMISO PARA DIRECTIVAS DE BASE

APSE aclara algunos aspectos relativos a la licencia otorgada para reuniones de Directivas de Base, indicada en el oficio DVM-A-0875-2021, del 10 de setiembre de 2021, del Ministerio de Educación Pública.

Según lo señala el Lic. Gabriel Cordero Guzmán, coordinador del Dpto. Laboral de APSE:

  • La Directiva de Base puede celebrarse fuera de la institución.

  • Es una licencia sindical, con plena cobertura de los derechos y garantías laborales, entre ellos la cobertura de la CCSS y el seguro de riesgos de trabajo del INS, siempre que realicen labores propiamente sindicales, y que no excedan las 4 horas de licencia.

  • Se puede realizar el trabajo de campo que la Directiva de Base considere.

  • La hora de sesión de la Directiva de Base puede ser cualquiera después de la 1:00 p.m. y antes de medianoche, en las fechas indicadas y siempre que no afecten las pruebas FARO. Las Bases nocturnas pueden celebrar su sesión en la noche.

  • Si alguno de los miembros de la Directiva de Base, tienen jornada laboral después de transcurridas las 4 horas, deben regresar a sus labores.

  • Deben presentar su comprobante de asistencia firmado por el Presidente de Base, además de acatar los protocolos sanitarios propios de la pandemia por Covid.

  • Quienes participen en estas Directivas de Base, deben informar con antelación a su Jefatura el permiso concedido, así como presentar los correspondientes comprobantes de asistencia y participación.

  • La licencia se otorga al amparo del artículo 10 de la III Convención Colectiva.

Zaray Esquivel Molina, Presidenta
Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta
Dennis Solís Cruz, Secretario General


Prensa APSE, 16 de setiembre de 2021