El Tribunal Electoral de APSE (TEAPSE) informa a toda la afiliación que, a partir de este momento, se encuentran disponibles las Candidaturas Inscritas y Aprobadas para las Elecciones Regionales 2026, conforme al calendario electoral.
No obstante, se comunica que se habilita un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la publicación del presente comunicado, con el fin de que las personas candidatas puedan solicitar correcciones exclusivamente en cuanto al nombre, en caso de existir algún error meramente formal.
Finalizado este período, las candidaturas se considerarán definitivas y no se admitirán modificaciones posteriores.
Asimismo, se informa que a partir de la publicación del presente comunicado, las personas candidatas debidamente inscritas y aprobadas quedan formalmente autorizadas para iniciar las actividades de proselitismo y propaganda electoral, relacionadas con su respectiva candidatura a los puestos de Directiva Regional correspondientes.
Con el fin de garantizar un proceso electoral transparente, ordenado y respetuoso, este Tribunal establece las siguientes pautas de conducta y disposiciones sobre proselitismo electoral, de estricto cumplimiento:
1.Respeto en la propaganda
Toda propaganda electoral deberá enmarcarse en el respeto mutuo entre candidaturas. No se permitirá ningún tipo de contenido ofensivo, injurioso o difamatorio dirigido hacia oponentes.
2.Conducta ejemplar
Las personas candidatas deberán abstenerse de incitar, permitir o promover acciones que deslegitimen a otros postulantes o afecten el clima democrático del proceso.
3.Restricción durante las votaciones
Durante el período de votación, comprendido del 8 al 12 de junio de 2026, se prohíbe estrictamente todo tipo de propaganda electoral en los siguientes espacios:
→ Dentro de los recintos de votación, sin excepción.
→ En las filas de ingreso o áreas inmediatas a los centros electorales.
→ Mediante expresiones verbales de apoyo hacia candidaturas dentro de los recintos.
→ A través de distribución o exhibición de material proselitista, como folletos, volantes o brochur’s dirigidos a promover candidaturas específicas, en el interior del centro de votación.
4.Sobre el respeto institucional
Se recuerda que todas las personas participantes deberán mantener una actitud de respeto hacia los miembros del TEAPSE, quienes actúan como autoridad electoral.
El irrespeto, desacato o intento de deslegitimación hacia este órgano será considerado una falta grave, sujeta a las disposiciones disciplinarias del Reglamento Electoral.
5. Sobre las interpretaciones electorales
Es importante señalar que, en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38 del Reglamento del TEAPSE, se establece lo siguiente:
“Cuando corresponda dar trámite a interpretaciones en asuntos electorales, este Tribunal decidirá por simple mayoría de votos.
Esto implica que cualquier situación no contemplada de forma expresa en el reglamento será resuelta de manera colegiada por el Tribunal Electoral, en ejercicio de su competencia.
Cualquier manifestación de irrespeto, desacato o deslegitimación hacia esta instancia será considerada una falta grave y podrá acarrear sanciones conforme al Reglamento Electoral de APSE.
Directiva del Tribunal Electoral
APSE Sindicato


