PERMISO PARA ASAMBLEAS DE LAS REGIONALES 01,04,10,13,16 Y 33 DE APSE

PERMISO PARA ASAMBLEAS DE LAS REGIONALES 01,04,10,13,16 Y 33 DE APSE

Mediante oficio DVM-A-1730-2017 el Ministerio de Educación Pública, rectificó las fechas de algunas Asambleas Regionales de APSE que estaban programadas originalmente el 17 de noviembre, fecha en que se celebra el Día de la Confraternidad.

De acuerdo con este permiso, las nuevas fechas de esas Asambleas Regionales serán las siguientes:

VIERNES 10 DE NOVIEMBRE 2017: Regionales APSE 01,04,10,13 y 16. – JUEVES 16 DE NOVIEMBRE 2017: Regional APSE 33

Este permiso es complementario a otras dos circulares que fijan las fechas de las demás asambleas regionales de APSE de la siguiente manera:

————————————
PREESCOLAR Y PRIMARIA (oficio DVM-A-1631-2017):

MARTES 31 DE OCTUBRE 2017: Regionales 46, 51, 48, 35, 40
MIÉRCOLES 01 DE NOVIMEBRE 2017: Regionales 41, 43, 39, 36, 42
JUEVES 02 DE NOVIEMBRE 2017: Regionales 49, 47, 38, 37, 50
VIERNES 03 DE NOVIEMBRE 2017: Regional 34

————————————
SECUNDARIA (oficio DVM-A-1629-2017)

LUNES 13 DE NOVIMEBRE 2017: Regionales 09, 44, 29, 19, 08, 02 y 17
MARTES 14 DE NOVIEMBRE 2017: Regionales 28, 25, 32, 20, 18, 05, 07
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE 2017: Regionales 27, 30, 12, 22, 45, 03, 11
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE 2017: Regionales 23, 24, 31, 21, 15, 06, 14

Los permisos pueden ser consultados en el sitio web de APSE, en en enlace http://apse.cr/asambleas_regionales_2017

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ESCUELA SINDICAL DE APSE CONVOCATORIA SEGUNDA SESIÓN DEL NIVEL SUPERIOR GRUPO PUNTARENAS – VI PROMOCIÓN 2017

ESCUELA SINDICAL DE APSE
CONVOCATORIA SEGUNDA SESIÓN DEL NIVEL SUPERIOR
GRUPO PUNTARENAS – VI PROMOCIÓN 2017

El sábado 28 de Octubre el Grupo 5 que se reúne en Puntarenas continuará las clases del Nivel Superior de la Escuela Sindical de APSE “Luisa González Gutiérrez”.

Por este medio se les convoca formalmente a todas las personas cursistas de este Grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. La actividad se realizará en el Hotel Puerto Azul (antiguo Hotel Colonial) que se ubica en El Cocal, Puntarenas, después de la Angostura.

Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Favor comunicarse si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir.

Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan media hora después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.

Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com

También le invitamos a darle me gusta a nuestra página en
Facebook: www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE donde se estará publicando información relativa a la Escuela.

(f)
Ricardo Molina Vega
Presidente de APSE

Teléfono: 25477861
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NOTA: Esta convocatoria corresponde a la reposición de la clase programada para el sábado 14 de octubre en Puntarenas, la cual fue suspendida debido al estado de emergencia decretado tras el paso de la tormenta tropical Nate por el territorio nacional.

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ANTE CONSULTAS DE APSE Y TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, EL MEP EMITE CIRCULAR CON LINEAMIENTOS PARA ASIGNACIÓN DE RECARGOS, AMPLIACIÓN DE JORNADA Y AUMENTO DE LECCIONES

ANTE CONSULTAS DE APSE Y TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, EL MEP EMITE CIRCULAR CON LINEAMIENTOS PARA ASIGNACIÓN DE RECARGOS, AMPLIACIÓN DE JORNADA Y AUMENTO DE LECCIONES

APSE sostuvo una reunión este viernes 20 de octubre de 2017 con la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, para abordar múltiples consultas de personas trabajadoras de la educación sobre los lineamientos que deben aplicarse para asignar recargos de funciones, ampliaciones de jornada y aumentos de lecciones interinas durante el año 2018.

Ante las infundadas interpretaciones y lineamientos implementados por algunos Directores Institucionales y Direcciones Regionales respecto al procedimiento para asignar recargos de funciones, ampliaciones de jornada y aumentos de lecciones interinas, la Dirección de Recursos Humanos del MEP se vio obligada a emitir el Oficio Circular DRH-11122-2017-DIR de fecha 14 de octubre de 2017, que indica a los directores de los centros educativos los criterios que deben seguir obligatoriamente para asignar esos recargos. Este oficio se emite en complemento del Oficio Circular DRH-9875-2017-DIR del 29 de agosto de 2017, que definía lineamientos en esta materia.

Conforme a lo anterior, “el presente Oficio Circular deja sin efecto cualquier otro documento o disposición que le resulten contrarias”, por lo que resultan sin efecto cualquier otro oficio, lineamiento, disposición o criterio emitido por los Directores de centros educativos ó Direcciones Regionales, contrarios a los criterios de selección establecidos en el artículo 114 y el artículo 83 del Título II del Estatuto de Servicio Civil.

Según lo dispone el Oficio DRH-11122-2017-DIR, los únicos lineamientos que se deben seguir en orden para el otorgamiento de recargos, ampliaciones de jornada y aumento de lecciones interinas, son los siguientes:

1- En primera instancia, tomar en cuenta el GRUPO PROFESIONAL que ostente el servidor al momento del análisis, al amparo de los artículos 114 y 115 del Estatuto de Servicio Civil.

2- En caso de que existan dos o más funcionarios con igual grupo profesional, deberán valorarse los AÑOS DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN LAS CLASE Y ESPECIALIDAD DE PUESTO, discriminando por su CALIFICACIÓN. Se podrán sumar periodos inferiores a un año siempre que conste su calificación.

3- Si persiste empate en las categorías de grupo profesional y años de experiencia, se deberá considerar a aquel funcionario que posea alguna FORMACIÓN ACADÉMICA O COMPLEMENTARIA EN EL CAMPO DE LA EDUCACIÓN.

4- En caso de persistir la igualdad tras estos 3 filtros, será necesario valorar la EXPERIENCIA EN OTRAS CLASES DE PUESTOS de los estratos Docente, Administrativo-Docente o Técnico-Docente.

5- Si se mantiene la igualdad en todos los aspectos anteriores, será necesario valorar y considerar al funcionario que al momento del análisis registrara el MAYOR PUNTAJE DE CARRERA PROFESIONAL reconocido dentro del sistema de pagos INTEGRA 2 (P21 y P22).

6- Solo se podrá designar el recargo a otro funcionario, si el director del centro educativo cuenta con una nota que indique falta de interés o de capacidad horaria del interesado para otorgar dicho recargo.

Estos factores deberán ser tomados en cuenta en los casos en que los recargos de funciones o las ampliaciones de jornada, se requiera asignar a un servidor que no labore en el centro educativo.

Se excluyen de esta norma: – Ampliaciones de jornada y recargos en centros educativos indígenas, – Proyectos de la Fundación Omar Dengo que exijan capacitación previa, – Proyecto de Huertas Escolares – Proyecto PIAD (por requerir conocimiento y habilidades en el uso de la herramienta) – Recargo de Cooperativismo – Recargo de apoyo académico a mujeres, niños y niñas albergados en centros de atención para mujeres del INAMU.

20 de octubre de 2017

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MEP EMITE NUEVA CIRCULAR ACLARATORIA SOBRE ASIGNACIÓN DE RECARGOS Y AUMENTO DE LECCIONES GRACIAS A GESTIONES REALIZADAS POR APSE

ESCUELA SINDICAL DE APSE CONVOCATORIA TERCERA SESIÓN DEL NIVEL SUPERIOR GRUPO SAN JOSÉ 01 – VI PROMOCIÓN 2017

ESCUELA SINDICAL DE APSE
CONVOCATORIA TERCERA SESIÓN DEL NIVEL SUPERIOR
GRUPO SAN JOSÉ 01 – VI PROMOCIÓN 2017

El sábado 21 de Octubre continuamos la Tercera Sesión de clases del Nivel Superior de la Escuela Sindical de APSE “Luisa González Gutiérrez”.

Por este medio se les convoca formalmente a todas las personas cursistas del Grupo 2 de San José para que asistan a las clases este día, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. La actividad se realizará en el Auditorio de la APSE que se encuentra en los altos del Parqueo de las Oficinas Centrales. Del Colegio Superior de Señoritas, 100 metros al Sur. En San José. La entrada es por el parqueo.

Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Favor comunicarse si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir.

Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan media hora después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.

Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com

También le invitamos a darle me gusta a nuestra página en
Facebook: www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE donde se estará publicando información relativa a la Escuela.

(f)
Ricardo Molina Vega
Presidente de APSE

Teléfono: 25477861
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ESCUELA SINDICAL DE APSE CONVOCATORIA TERCERA SESIÓN DEL NIVEL SUPERIOR GRUPO SAN JOSÉ 02 – VI PROMOCIÓN 2017

ESCUELA SINDICAL DE APSE
CONVOCATORIA TERCERA SESIÓN DEL NIVEL SUPERIOR
GRUPO SAN JOSÉ 02 – VI PROMOCIÓN 2017

El sábado 30 de Setiembre continuamos las clases de la Segunda Sesión del Nivel Superior de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez”

Por este medio se les convoca formalmente a todas las personas cursistas del Grupo 2 de San José para que asistan a las clases este día, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. La actividad se realizará en el Auditorio de la APSE que se encuentra en los altos del Parqueo de las Oficinas Centrales. Del Colegio Superior de Señoritas, 100 metros al Sur. En San José. La entrada es por el parqueo.

Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Favor comunicarse si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir.

Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan media hora después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.

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(f)
Ricardo Molina Vega
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APSE INFORMA DIA DE LA CONFRATERNIDAD – 17 DE NOVIEMBRE 2017

APSE INFORMA
DIA DE LA CONFRATERNIDAD – 17 DE NOVIEMBRE 2017

PARA: DIRECTORES INSTITUCIONALES, PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO DOCENTE, TECNICO DOCENTE Y ADMINISTRATIVOS

DE: RICARDO MOLINA VEGA
PRESIDENTE APSE
___________________________________________________

En atención a la gran cantidad de consultas que hemos recibido en nuestra Organización, sobre la celebración del “Día de la Confraternidad”, nos permitimos comunicar y aclarar lo siguiente:

1.- Que dicha celebración, fue creada mediante Decreto Nº 9 del 21 de noviembre de 1963, con la idea de que se instaurara el día 23 de noviembre de cada año, como su día de celebración y con el objetivo de que los docentes ( docente que imparte lecciones, técnico-docente y administrativo-docente) puedan una vez al año, realizar “diversas actividades que alienten la fraternización y estimulen el convivio social y cultural en cada institución educativa.”

2.- Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37251-MEP del 30 de mayo del 2012, se reformó el Decreto Ejecutivo N° 9, citado anteriormente, con el fin de hacer extensiva la celebración a todas las personas funcionarias, cuyo trabajo en general, está al servicio del Ministerio de Educación Pública, para fortalecer las relaciones interpersonales y la fraternidad laboral entre estas.

Esto significa que a partir de la vigencia de este Decreto, todos los funcionarios y funcionarias sin excepción, independientemente del puesto que ocupen para el MEP, podrán unirse a esta celebración, es decir incluye: conserjes, oficinistas, trabajadoras de comedores escolares, agentes de seguridad, funcionarios de Direcciones Regionales y de oficinas centrales del MEP.

Esta inclusión hace justicia a los funcionarios que por muchos años fueron excluidos de su celebración

3.- Que en virtud de lo anterior, se emite la Circular DM-040-10-2017, de fecha 02 de octubre de 2017, suscrita por la señora Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública, que señala:

“ I.- Que las actividades del “ Día de la Confraternidad”, según las disposiciones normativas presentes en el artículo N°1 del Decreto Ejecutivo N° 37251-MEP y el artículo 48 de la Convención Colectiva MEP-SEC-SITRACOME-ANDE, deben celebrarse el tercer viernes del mes de noviembre de cada año, por lo tanto, para el curso lectivo 2017 todas las dependencias del Ministerio de Educación Pública ejecutarán las actividades el día viernes 17 de noviembre de 2017”.

II.- En razón de lo anterior y con el fin de garantizar el objeto con que fue concebido el “Día de la confraternidad”, los superiores jerárquicos de cada dependencia o institución educativa deberán propiciar la ejecución de actividades que integren al personal MEP a su cargo. Aquellos centros de trabajo, que por su contexto, organicen más de una actividad, deberán propiciar la participación del mayor número de funcionarios, fin último de la celebración del día de la confraternidad.

III.- Los funcionarios que participen en las actividades organizadas durante el convivio o celebración del “Día de la Confraternidad”, tienen justificada la suspensión de labores; sin embargo, aquellos funcionarios que decidan no participar, deberán permanecer en el cumplimiento de sus funciones dentro del horario institucional.” ( El énfasis es nuestro)

4.- ¿SE DEBE ASISTIR A UNA ÚNICA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL?

De conformidad con la citada Circular, se colige con suma claridad, que en cada centro de trabajo o dependencia del MEP, se puede realizar o ejecutar MÁS DE UNA ACTIVIDAD SOCIAL, con motivo de la celebración de este día. Es decir no todos los funcionarios tienen obligatoriamente que acudir a la misma actividad si por las circunstancias o el contexto institucional así se organiza.

Así tenemos que si por alguna razón, como lo es la erogación de sumas de dinero para cubrir la actividad o algún paseo o viaje, a algunas personas no les es posible sufragar dichos gastos, o se les hace imposible asistir por razones de distancia u otras razones personales, éstas pueden juntarse y organizar la actividad que esté al alcance de sus posibilidades, como sería compartir un desayuno o un almuerzo en el lugar que así lo dispongan.

No existe razón alguna para que algún Director institucional se oponga a la organización de una o varias actividades.

Conforme a lo expuesto, les instamos a ser creativos, toda vez que al posibilitarse la realización de varias actividades sociales, podrían organizarse eventos que no conlleven todo el día y así poder contar con un espacio de tiempo libre para su disposición.

5.- ¿QUÉ SUCEDE SI POR RAZONES PERSONALES NO SE PUEDE PARTICIPAR DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALICEN ESE DIA?

La referida circular en el punto III, al respecto es clara en indicar que:

“…aquellos funcionarios que decidan no participar, deberán permanecer en el cumplimiento de sus funciones dentro del horario institucional.”

Al respecto debemos señalar que conforme al Calendario Escolar 2017, este día forma parte de los 200 días lectivos, razón por la que se obliga a su participación, de lo contrario se debe cumplir con las labores o bien presentar la respectiva justificación por la no asistencia.

Elaborado por la Licda. Ileana Vega Montero.-
Asesora Lega de la Dirigencia Nacional de la APSE

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LISTADO PARA PRESENTAR AMPARO DE LEGALIDAD

LISTA DE PERSONAS QUE INTERPUSIERON RECLAMOS MEDIANTE EL DEPARTAMENTO LABORAL DE APSE HACE MÁS DE DOS MESES, SIN QUE SE HAYA RECIBIDO RESPUESTA A LA FECHA POR PARTE DE LAS DIFERENTES INSTANCIAS A LAS QUE SE HAN PRESENTADO

Las personas que aparecen en los siguientes listados, han presentado gestiones ante el MEP, mediante el Departamento Laboral de APSE hace más de dos meses sin que se haya recibido respuesta, por lo que recomendamos presentarse personalmente para interponer amparo de legalidad en el Departamento Legal de la APSE.

En caso de que su situación haya sido resuelta o se le haya notificado personalmente la resolución, NO ES NECESARIO PRESENTARSE A NUESTRAS OFICINAS.

(f)
Ricardo Molina Vega
Presidente de APSE

17 de octubre de 2017

PROTOCOLO DE ENTREGA DE AYUDAS ESPECIALES PARA ATENDER LA EMERGENCIA DE LA TORMENTA TROPICAL “NATE”

PROTOCOLO DE ENTREGA DE AYUDAS ESPECIALES PARA ATENDER LA EMERGENCIA DE LA TORMENTA TROPICAL “NATE”

APSE establece el siguiente protocolo para la recepción de solicitudes y entrega de ayuda únicamente a afiliados afectados por la tormenta Nate.

Requisitos para la recepción de solicitudes de ayuda:

1. La persona solicitante debe contar con la condición de ser afiliada a la APSE desde antes de que sucediera la emergencia; además de haber sufrido afectación directa en su hogar (no se harán extensivas ayudas a familiares de afectados)

2. La persona que necesita la ayuda deberá demostrar las afectaciones sufridas en su vivienda o enseres, mediante documento oficial emitido por los órganos competentes (Comisión Cantonal o Comisión Nacional de Emergencia, Bomberos, Cruz Roja o Fuerza Pública)

3. La persona interesada debe emitir una nota dirigida a la APSE para tramitar su ayuda y adjuntar todos los requisitos, esta carta detallará los hechos ocurridos, el nombre y cédula del solicitante (adjuntar copia de cédula) y deberá venir firmada ya sea por el coordinador regional o el presidente de base, y por supuesto firmada por el solicitante que requiere la ayuda.

4. En el caso de las personas afiliadas a la APSE que han sufrido daños deben aportar documento que certifique que la propiedad afectada es del interesado, ya sea con una copia del título de la propiedad o certificación de consulta por número de finca o concesión de Registro Nacional de la Propiedad (son gratuitas y se pueden obtener por la página web del Registro Nacional de la Propiedad)

– EN CASO DE PERSONAS QUE ALQUILAN VIVIENDA: – Sobre la pérdida o daño de enseres y equipos electrodomésticos, se aclara que en la carta de solicitud de ayuda que se menciona en el punto 3 del Protocolo, deben detallarse los hechos ocurridos y las pérdidas sufridas

Sobre la pérdida o daño de enseres y equipos electrodomésticos, se aclara que en la carta de solicitud de ayuda que se menciona en el punto 3 del Protocolo, deben detallarse los hechos ocurridos y las pérdidas sufridas

5. Los documentos requeridos para esta ayuda se tramitan y reciben ÚNICAMENTE en la APSE mediante la entrega de documentos en FÍSICO a los promotores o coordinadores regionales de la APSE; también se recibirán en las oficinas centrales de APSE. NO se tramitarán solicitudes vía correo electrónico, vía WhatsApp ni otros medios informales.

6. El periodo de recepción de documentos para estas ayudas será del lunes 16 de octubre al 06 de noviembre del 2017.

7. La nota de solicitud de ayuda debe incluir la información bancaria requerida para efectos de tramitar el debido depósito vía transferencia, para lo cual se necesita que el interesado anote el número de cuenta de la siguiente manera:
a. Si se tiene cuenta en el Banco Nacional (BN), debe indicar el número de cuenta corriente denominado Cuenta-Cuenta.
b. Si la cuenta pertenece a otro banco que no sea el Banco Nacional, debe indicar en la solicitud (carta) de ayuda el número de Cuenta Cliente.

CONDICIONES DE ENTREGA DE AYUDAS:
-Solo se tramitarán las solicitudes que cumplan con los requisitos correspondientes. La falta de requisitos implicará que no se tramite la solicitud de ayuda.
-La donación se entregará vía depósito a la cuenta bancaria que esté a nombre del afiliado.
-La donación se realizará directa y exclusivamente a la persona afiliada apsina.

PERSONAL DE APSE SE CAPACITA SOBRE REFORMA PROCESAL LABORAL

PERSONAL DE APSE SE CAPACITA SOBRE REFORMA PROCESAL LABORAL

Personal del Departamento Legal, cuerpo de Promotores, Prensa e integrantes de la Junta Directiva de APSE, llevaron a cabo una capacitación sobre la Reforma Procesal Laboral a cargo de expertos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el jueves 12 de octubre de 2017 en el auditorio de las oficinas centrales de APSE en San José.

El taller conversatorio fue impartido por la Licda. Ivannia Barrantes Venegas y el Dr. Erick Briones Briones, quienes son Subdirectora y Director respectivamente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, quienes enfocaron su charla en temas como el derecho a huelga, los casos de discriminación en el empleo, asignación de recargos y prórrogas, además de los procedimientos de despido y cese en sector público y privado.

Posterior a la capacitación los participantes aplicaron algunos de los elementos revisados en el taller, elaborando algunos documentos de carácter legal relacionados con el quehacer sindical y la defensa de los derechos de los trabajadores de la educación.

El objetivo es que esta capacitación se divulgue mediante el personal capacitado para hacerla del conocimiento de las diversas estructuras que componen la APSE, con el fin de que todas las apsinas y todo los apsinos dominen a fondo la Reforma Procesal Laboral para saber actuar ante posibles interpretaciones incorrectas de esta norma que los vaya a afectar laboralmente.

INSTRUCTIVO PARA PERSONAS TRABAJADORAS DE LA EDUCACIÓN EN CASO DE QUE PERSISTAN CONDICIONES DE RIESGO EN CENTROS EDUCATIVOS O DE TRABAJO COMO CONSECUENCIA DE LA TORMENTA TROPICAL NATE

INSTRUCTIVO PARA PERSONAS TRABAJADORAS DE LA EDUCACIÓN EN CASO DE QUE PERSISTAN CONDICIONES DE RIESGO EN CENTROS EDUCATIVOS O DE TRABAJO COMO CONSECUENCIA DE LA TORMENTA TROPICAL NATE

APSE brinda instrucciones a todas las personas trabajadoras de la educación, para conocer cuáles deben ser las medidas a tomar en caso de que en su centro educativo o de trabajo, o en los caminos de acceso a estos, persistan situaciones que impliquen riesgo para su integridad y su vida.

1. LAS LABORES NO DEBE REINICIARSE EN CENTROS EDUCATIVOS O DE TRABAJO DONDE PERSISTA INSEGURIDAD Y RIESGOS

Debe quedar claro que la orden de reinicio del curso lectivo no se puede aplicar estrictamente en todas las regiones del país, hasta tanto el Director del centro educativo o de trabajo realice una inspección general de las instalaciones para “valorar la situación de su institución en materia de seguridad, limpieza, acceso, servicios básicos (agua, electricidad, posibilidad de reanudar el servicio de alimentación, entre otros)”.

Indica la orden del MEP en oficio DM-045-10-2017 que “en caso de considerar que existe algún riesgo para la seguridad o para la debida atención de la población estudiantil, podrá suspender las lecciones en coordinación con la Dirección regional respectiva, y comunicarlo con la mayor antelación posible a los padres y madres de familia”.

APSE considera que la valoración de la infraestructura debe llevarse a cabo con el acompañamiento de algún profesional calificado en la materia que pertenezca a instituciones oficiales tales como la Comisión Nacional de Emergencias, la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del MEP o el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, que sea capaz de descartar con certeza la existencia de daños estructurales.

2. ACCIONES A TOMAR CUANDO EXISTAN CONDICIONES DE RIESGO O INSEGURIDAD EN EL CENTRO DE TRABAJO O CAMINOS DE ACCESO

Si se ordena el cierre del centro educativo o de trabajo, por motivo de situaciones de inseguridad y riesgos, dicha orden aplicará de forma generalizada al personal que labora en el centro, sin necesidad de solicitar una licencia particular para ello.

Las personas trabajadoras de la educación podrían registrar las siguientes situaciones extraordinarias que motivan su imposibilidad de regresar a su centro de trabajo:

– Que persistan las condiciones de riesgo a la seguridad, la integridad física, y la vida en su centro educativo o de trabajo.

– Que las rutas de la red vial para acceder al centro educativo o de trabajo estén dañadas, cerradas, o hayan desaparecido.

– La ausencia o irregularidad de transporte público hacia la comunidad donde labora.

– Que en su casa de habitación se hayan registrado daños cuantiosos, se registre la condición de vivienda inhabitable, o que el traslado hacia el centro de trabajo implique dejar en estado de indefensión a su familia y dependientes quedando en situación de riesgo, o que se encuentren alojados en albergues por situación inhabitable de su vivienda.

3. APLICACIÓN DE ESTAS NORMAS PARA CADA GRUPO LABORAL DEL MEP

– Personal puramente docente, administrativo-docente, técnico-docente (Título II):

Se regula por el artículo 165 inciso d) del Estatuto de Servicio Civil, que indica lo siguiente:

“Artículo 165.- Los servidores docentes tendrán derecho al goce de licencia con sueldo completo, en caso de:

d) Fuerza mayor o caso fortuito, mientras prevalezcan las condiciones que les impidan desempeñar sus funciones”

– Conserjes:

Se regula por el artículo 30 inciso d) del Reglamento de Servicio de Conserjería de las Instituciones Educativas Oficiales, que indica lo siguiente:

“Artículo 30.-Los conserjes de las instituciones educativas, tendrán derecho a licencia con goce de sueldo completo, por ocho días naturales, en los siguientes casos:

d. Fuerza mayor o caso fortuito.”

– Personal administrativo (Título I):

Se regula por la potestad discrecional de la Ministra de Educación Pública de otorgar licencias especiales de excepción en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.

En todos los casos, debe primar la aplicación del artículo 21 de la Constitución Política que establece la protección prioritaria del derecho a la vida, así como el artículo 50 constitucional que obliga al Estado a garantizar la salud y un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

4. PROCESO PARA SOLICITAR LAS LICENCIAS

– Personal del Título II y de conserjería: Lo correspondiente es realizar un escrito ante el Director o jefe inmediato, indicando la situación de fuerza mayor que se presentó y solicitando se apruebe la licencia con base en el artículo de la norma correspondiente.

– Personal administrativo: Elaborar un documento dirigido a la Ministra de Educación Pública indicando la situación de fuerza mayor que se presentó y solicitando se apruebe la licencia especial de excepción en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.

En todos los casos, es necesario que se documente la situación ocurrida mediante fotografías, videos, testimonios, o actas emitidas por instituciones oficiales, que sirvan como prueba de las condiciones que impiden el desarrollo normal de la jornada laboral.

Si no existen condiciones para la entrega material de este documento, debe recurrirse a otros canales de comunicación como el correo electrónico, correo postal, fax u otros medios tecnológicos existentes, o remitirlo por medio de un tercero. Se recomienda no limitarse solo a comunicarlo por vía telefónica, a efectos de que quede constancia documental de la gestión.