APSE y ANDE participaron la tarde de este martes 1° de octubre de 2019, en una audiencia en la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, para externar su posición de rechazo al proyecto de ley N° 21336 «Ley Marco de Empleo Público».
Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE, explicó en su intervención, que el Empleo Público es uno de los principales motores que inciden directamente en la generación de valor público, por lo que es necesario promover una gestión justa, bien remunerada, con claro respeto a los derechos de los trabajadores, donde se anteponga el bienestar laboral sobre los intereses políticos, para mejorar las condiciones laborales de los empleados públicos y por lo tanto el valor que su trabajo brinda a todos los costarricenses.
Tras el análisis del proyecto de ley 21336, concluyó que se trata de un proyecto de ley incompleto, sesgado, particularmente enfocado en definir nuevas estructuras de control, más que en definir nuevas políticas de gestión en pro de los trabajadores, lo que es inaceptable para nuestra organización sindical. Este análisis fue compartido con la Ministra de Planificación en la mesa de trabajo previa a la presentación del proyecto.
Indicó que el proyecto reúne afirmaciones carentes de sustento técnico y científico, como mencionar que el déficit fiscal es producto de la estructura salarial del sector público, y que todos los salarios del sector público son excesivamente altos y desproporcionados en comparación al sector privado. También desmintió otras falacias, como que la solución del déficit fiscal recae en forma integral en una reforma al Empleo Público como mecanismo para retener el excesivo incremento del gasto público, o que la evaluación del desempeño debe servirse como mecanismo de exclusión del trabajador ineficiente. Señaló que la mayoría de estas afirmaciones nace de estigmas sociales y de un imaginario social que dibuja un sector público ineficiente, caro y burocrático, todo ello producto de la manipulación hecha por sectores poderosos.
Consideró que es una realidad que la gestión pública actualmente carece de múltiples componentes para una adecuada producción de bienes y servicios, lo que provoca que el resultado final sea altamente cuestionable por el usuario final. Puso como ejemplo, la anteposición de criterios políticos para la construcción de las escuelas y colegios, conllevando a un estado deficitario de la infraestructura y equipamiento educativo.
Se refirió a algunos estudios, como el de la Academia de Centroamérica, el cual pretende comprobar que la estructura salarial del sector público supera la del sector privado, a partir de una grosera comparación de las diferencias existentes entre el sector público y privado, desconociendo que el sector privado supera por mucho el tamaño del sector público, y obviando que el sector público está compuesto en su mayoría por grupos profesionales, mientras que en el sector privado la mayoría son trabajadores operativos, siendo además la dispersión del sector privado otro factor que incide en su peso, pues posee grupos profesionales en algunos rangos y en otros se trata de trabajadores con malos salarios, algunos inferiores a los salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo, todo lo cual considera que representa una falencia técnica significativa de dicho informe.
Por ello, considera que este y todo proyecto de ley debe basarse en estudios que desmitifiquen al empleo público como disparador del déficit fiscal, o que en consecuencia considere que la solución al déficit sea el congelamiento de los salarios públicos. Para analizar y proponer mejoras al Empleo Público, deben reconocerse las diferencias entre los diversos subregímenes que lo componen y los factores que inciden en su correcto desarrollo.
Señaló algunos componentes específico del proyecto de ley 21336 que son de suma preocupación:
- Uno de los problemas más serios es que el Empleo Público pasa a la rectoría de MIDEPLAN, primero porque históricamente se ha contado con el apoyo de la Dirección General de Servicio Civil, así como por ser un Ministerio del Gobierno central, sin haber claridad sobre si esta rectoría es o no vinculante para los diferentes regímenes.
- Se propone la creación de un Consejo Técnico Consultivo de Empleo Público, donde extrañamente sólo se incluye representación de 3 de los 8 subregímenes que plantea el proyecto, lo que evidencia una carencia en la definición y es una falencia inadmisible y poco equitativa.
- No se define claramente en el artículo 15, el subregimen propio del sistema educativo, ya que no se entiende si su alcance abarca a todos los trabajadores del Título I del Régimen de Servicio Civil del Ministerio de Educación Pública, o solo los laboran en centros educativos.
- Se incluye el concepto de Alta Dirección Pública, careciendo de una definición clara y objetiva, susceptible a una gestión con tintes políticos y partidarios, situación contraria a una verdadera reforma del Empleo Público.
- En lo que corresponde a la gestión de la compensación del trabajo (capítulo 7 del proyecto de ley) propone postulados rectores para la compensación salarial usando los estudios de mercado para fijar los salarios del sector público. En el caso de educación, el sector público contrata el 90% de profesionales en educación, por lo que la representatividad del mercado privado carece de validez técnica y representa un alto riesgo de precarización de los salarios de las personas trabajadoras del sector educativo.
- Establece un incentivo monetario a aquellas personas trabajadoras que hayan obtenido una calificación de «excelente» en su evaluación del desempeño, que se podrá pagar solo a 30% de los funcionarios. Indicó que no se oponen al incentivo en sí, sino al tope de 30%, preguntándose que ocurrirá si más del 30% de funcionarios alcanza esa calificación, y poniendo en duda el criterio para determinar ese límite.
- Respecto al proceso de reclutamiento y selección, es un serio retroceso en el proceso de selección y una duplicidad de funciones, ya que primero establece que el Servicio Civil debe realizar un proceso preliminar de selección mediante la medición psicométrica del oferente, y posteriormente cada institución contratante deberá realizar pruebas técnicas, anteponiendo el factor psicométrico al conocimiento técnico, además se requiere una inversión de parte de todas las instituciones públicas para implementar pruebas de conocimiento, se adicionan funciones en el proceso de reclutamiento sin atender que son funciones propias de Servicio Civil, promoviendo más burocratización del proceso.
- En la definición de salario global (salario único) considera que el proceso conlleva un retroceso en las condiciones y derechos adquiridos de los trabajadores, cometiéndose además el error de aplicar esta metodología solo para 3 subregímenes.
En función de lo anterior, se concluye que este proyecto de ley carece de elementos sustantivos para lograr mejorar la gestión de la función pública, además de carecer de una articulación operativa que explique la relación jerárquica, política y técnica entre las diferentes instancias y de la definición rectora de diferentes ámbitos, como las municipalidades o las universidades públicas. Consideró que este proyecto no es una solución integral ni articulada de lo que debe ser la política pública sobre Empleo Público, sino parece más bien una carrera contrarreloj por cumplir con un compromiso político en menoscabo de una solución integral, consensuada y armónica.
Por estas y otras razones, APSE expresa su rechazo al proyecto de ley 21336 y alerta sobre los riesgos de aprobar una propuesta parcial y desarticulada.