Violentan derechos del trabajador público incapacitado
Prensa APSE/Marzo 2015
Los profesores Héctor Marín, Marisol Cubero (centro) y Dunnia Guzmán muestran preocupación por el irrespeto a los derechos de la persona que se incapacita por enfermedad.
Desde que se puso en marcha el sistema de pagos Integra 2, a las personas incapacitadas por enfermedad no se les aplica ningún rebajo. ¿Por qué? El 40% del salario que paga el Estado-Patrono durante el periodo de incapacidad por enfermedad está siendo considerado, erróneamente, como un subsidio y no como un salario.
A estas personas no se les están aplicando las deducciones de ley. Están como si no cotizaran para ningún régimen de pensiones ni para la póliza de la Sociedad de Seguros de Vida.
Cuando la persona sufre una enfermedad terminal o crónica puede realizar el trámite de pensión por invalidez, pero si no cuenta con la cantidad de cotizaciones requeridas, aunque la Comisión Calificadora de Invalidez la declare inválida, requisito para pensionarse, la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional o el Ministerio de Trabajo, según sea el régimen, no autoriza la pensión. Entonces, la opción sería reponer el tiempo; sin embargo, mucha gente no lo puede hacer debido a la gravedad de su enfermedad. Es decir, se sufre un doble castigo: la enfermedad y trabajar más tiempo.
En el caso de la cuota de la póliza de la Sociedad de Seguros de Viva del Magisterio Nacional, el trabajador tiene que ir a pagarla personalmente porque tampoco se la están deduciendo del 40% del salario que recibe del MEP. La situación es más preocupante cuando el cotizante (por su enfermedad) no puede hacerlo y la familia no tiene ni idea de lo que está sucediendo.
La suspensión de las rebajas de las obligaciones financieras de las personas incapacitadas tiene graves consecuencias, ya que se corre el riesgo de perder casas de habitación y otros patrimonios, y también afecta a los fiadores que son del magisterio.
Desde hace casi un año, se planteó el caso en la Comisión Bipartita de Alto Nivel, y hasta el momento se ha incumplido el acuerdo de que el Poder Ejecutivo eleve una consulta a la Procuraduría General de la República.
Tema de agenda en Comisión Bipartita de Alto Nivel
La APSE advirtió el 9 de julio de 2014 que el cambio abrupto en la naturaleza del subsidio por incapacidad que paga el Estado afecta el monto de las pensiones y el salario escolar.
Si no hay deducción de la cuota de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, la persona que lleva varios años o meses incapacitada no se podrá pensionar en el tiempo que le correspondía, con el agravante de que las cuotas de Jupema solo se pueden cancelar por deducción, y no personalmente.
La situación se agrava porque la Caja Costarricense del Seguro Social calcula el pago del subsidio con base en el último salario percibido correspondiente a tres meses antes de la incapacidad, y entre más se prolonga la incapacidad mayor será el grado de afectación económica para el trabajador. Por ejemplo, una persona que está incapacitada desde hace cinco años recibe, en este momento, un subsidio basado en el salario devengado tres meses antes de haberse incapacitado.
También se planteó que el beneficiario de la póliza de la Sociedad de Seguros de Vida perdería el derecho de recibirla si al momento de la muerte del funcionario existe un atraso de tres meses en el pago.
El 30 de julio de 2014, la Comisión Bipartita de Alto Nivel acordó convocar a una comisión de abogados MEP-Magisterio para que elaborara una propuesta tendente a que el pago que realiza el Ministerio de Educación por incapacidad se considere salario y no un subsidio. La ministra Sonia Marta Mora sería la encargada de presentar una consulta a la Procuraduría General de la República sobre el asunto en cuestión.
Los abogados presentaron el informe, con fecha 21 de agosto de 2014; sin embargo, en la sesión de la Comisión Bipartita de Alto Nivel, realizada el 5 de noviembre de ese mismo año, la representación gubernamental no había cumplido con el acuerdo.
Informe jurídico
La comisión de abogados señala en su informe los aspectos jurídicos que fundamentan la posición a favor de que los porcentajes a cargo del Estado-Patrono, durante periodos de incapacidad por enfermedad, deben tener la condición de salario para todo efecto legal, en especial, el rebajo de las deducciones de ley.
Considera que se debe corregir el sistema de pago en vigencia para todas las personas funcionarias adscritas al Régimen de Servicio Civil a la mayor brevedad posible.
Situación actual
La consulta a la Procuraduría de la República debe ir firmada por los ministros de Educación y de Trabajo. En la última sesión de la Comisión Bipartita de Alto Nivel, efectuada el 26 de enero de este año, se informó de que el documento fue enviado al despacho del ministro de Trabajo, Víctor Morales. No obstante, ha transcurrido más de un mes y no lo ha firmado.
¡APSE en pie de lucha por los derechos del trabajador incapacitado!