Violentan derechos del trabajador público incapacitado

Violentan derechos del trabajador público incapacitado

Prensa APSE/Marzo 2015

Los profesores Héctor Marín, Marisol Cubero (centro) y Dunnia Guzmán muestran preocupación por el irrespeto a los derechos de la persona que se incapacita por enfermedad.

Desde que se puso en marcha el sistema de pagos Integra 2, a las personas incapacitadas por enfermedad no se les aplica ningún rebajo. ¿Por qué? El 40% del salario que paga el Estado-Patrono durante el periodo de incapacidad por enfermedad está siendo considerado, erróneamente, como un subsidio y no como un salario.

A estas personas no se les están aplicando las deducciones de ley. Están como si no cotizaran para ningún régimen de pensiones ni para la póliza de la Sociedad de Seguros de Vida.

Cuando la persona sufre una enfermedad terminal o crónica puede realizar el trámite de pensión por invalidez, pero si no cuenta con la cantidad de cotizaciones requeridas, aunque la Comisión Calificadora de Invalidez la declare inválida, requisito para pensionarse, la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional o el Ministerio de Trabajo, según sea el régimen, no autoriza la pensión. Entonces, la opción sería reponer el tiempo; sin embargo, mucha gente no lo puede hacer debido a la gravedad de su enfermedad. Es decir, se sufre un doble castigo: la enfermedad y trabajar más tiempo.

En el caso de la cuota de la póliza de la Sociedad de Seguros de Viva del Magisterio Nacional, el trabajador tiene que ir a pagarla personalmente porque tampoco se la están deduciendo del 40% del salario que recibe del MEP. La situación es más preocupante cuando el cotizante (por su enfermedad) no puede hacerlo y la familia no tiene ni idea de lo que está sucediendo.

La suspensión de las rebajas de las obligaciones financieras de las personas incapacitadas tiene graves consecuencias, ya que se corre el riesgo de perder casas de habitación y otros patrimonios, y también afecta a los fiadores que son del magisterio.

Desde hace casi un año, se planteó el caso en la Comisión Bipartita de Alto Nivel, y hasta el momento se ha incumplido el acuerdo de que el Poder Ejecutivo eleve una consulta a la Procuraduría General de la República.

Tema de agenda en Comisión Bipartita de Alto Nivel

La APSE advirtió el 9 de julio de 2014 que el cambio abrupto en la naturaleza del subsidio por incapacidad que paga el Estado afecta el monto de las pensiones y el salario escolar.

Si no hay deducción de la cuota de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, la persona que lleva varios años o meses incapacitada no se podrá pensionar en el tiempo que le correspondía, con el agravante de que las cuotas de Jupema solo se pueden cancelar por deducción, y no personalmente.

La situación se agrava porque la Caja Costarricense del Seguro Social calcula el pago del subsidio con base en el último salario percibido correspondiente a tres meses antes de la incapacidad, y entre más se prolonga la incapacidad mayor será el grado de afectación económica para el trabajador. Por ejemplo, una persona que está incapacitada desde hace cinco años recibe, en este momento, un subsidio basado en el salario devengado tres meses antes de haberse incapacitado.

También se planteó que el beneficiario de la póliza de la Sociedad de Seguros de Vida perdería el derecho de recibirla si al momento de la muerte del funcionario existe un atraso de tres meses en el pago.

El 30 de julio de 2014, la Comisión Bipartita de Alto Nivel acordó convocar a una comisión de abogados MEP-Magisterio para que elaborara una propuesta tendente a que el pago que realiza el Ministerio de Educación por incapacidad se considere salario y no un subsidio. La ministra Sonia Marta Mora sería la encargada de presentar una consulta a la Procuraduría General de la República sobre el asunto en cuestión.

Los abogados presentaron el informe, con fecha 21 de agosto de 2014; sin embargo, en la sesión de la Comisión Bipartita de Alto Nivel, realizada el 5 de noviembre de ese mismo año, la representación gubernamental no había cumplido con el acuerdo.

Informe jurídico

La comisión de abogados señala en su informe los aspectos jurídicos que fundamentan la posición a favor de que los porcentajes a cargo del Estado-Patrono, durante periodos de incapacidad por enfermedad, deben tener la condición de salario para todo efecto legal, en especial, el rebajo de las deducciones de ley.

Considera que se debe corregir el sistema de pago en vigencia para todas las personas funcionarias adscritas al Régimen de Servicio Civil a la mayor brevedad posible.

Situación actual

La consulta a la Procuraduría de la República debe ir firmada por los ministros de Educación y de Trabajo. En la última sesión de la Comisión Bipartita de Alto Nivel, efectuada el 26 de enero de este año, se informó de que el documento fue enviado al  despacho del ministro de Trabajo, Víctor Morales. No obstante, ha transcurrido más de un mes y no lo ha firmado.

¡APSE en pie de lucha por los derechos del trabajador incapacitado!

APSE insiste en una solución urgente del caso de personas excluidas de la CCSS

APSE insiste en una solución urgente del caso de personas excluidas de la CCSS

Ana Doris  González, presidenta de la APSE, se reunió con el viceministro Marco Fallas,

para buscar una solución inmediata al problema de los excluidos

del registro de la CCSS, entre otros asuntos.

Prensa APSE/Marzo 2015**

La APSE-Sindicato exigió, nuevamente, a las autoridades del Ministerio de Educación Pública, una solución urgente del caso de trabajadores que fueron excluidos del registro de la Caja Costarricense del Seguro Social por un error informático en la plataforma de pago Integra 2.

Los funcionarios del MEP excluidos no han podido recibir atención médica y ni el pago del subsidio de incapacidad por enfermedad o licencia de maternidad.

Ana Doris González, presidenta de la APSE, solicitó una reunión con el viceministro Marco Fallas Díaz y los directores de los departamentos de Planificación, Formulación Presupuestaria y Recursos Humanos, la cual se realizó el jueves 26 de marzo pasado.

En esa ocasión, la directora de Recursos Humanos, Yaxinia Díaz, reiteró que en la segunda quincena de marzo quedaría solucionado el problema de los excluidos de la Caja.

Tras la insistencia de la presidenta González, la directora del departamento de Recursos Humanos, Yaxinia Díaz, se comprometió a gestionar un acuerdo con la CCSS para que a la mayor brevedad los funcionarios no tengan ningún problema al acudir a los centros médicos ni en recibir el subsidio.

La APSE emplazó al MEP a que, a más tardar el 17 de abril, rinda un informe detallado de soluciones concretadas del caso de los excluidos del seguro social y de los demás temas tratados en la reunión efectuada el jueves 26 de marzo.

Comisión acuerda incluir dos distritos más para el pago de zona de menor desarrollo

Comisión acuerda incluir dos distritos más para el pago de zona de menor desarrollo

– Se trata de Carmona de Nandayure y San Pablo de Turrubares

– Líbano de Tilarán recibirá también el pago por estar  calificado  en el estudio de Mideplan de 2013 como

  de bajo desarrollo social

APSE logra que se pague el incentivo a los satélites del Cindea de Turrialba

Los estudios técnicos (en la gráfica, al frente) sirvieron de base para la inclusión de los

distritos de Carmona de Nandayure y San Pablo de Turrubares para el pago del

incentivo. En la imagen, a la der., la representante de la

APSE en la Comisión, Beatriz Ferreto.

Norma Umaña/APSE/Marzo 2015

La Comisión Tripartita, en la cuarta sesión realizada el 18 de marzo de 2015, acordó incorporar en el pago del incentivo de zona de menor desarrollo a los distritos San Pablo de Turrubares y Carmona de Nandayure.

El acuerdo se tomó con base en los estudios técnicos elaborados por apsinos de preescolar, primaria y secundaria, con la asesoría de la representante de la APSE, Beatriz Ferreto López, y que fueron presentados por la presidenta del sindicato, Ana Doris González, en diciembre pasado.

El informe será remitido a la Dirección de Servicio Civil para su ratificación, y se pague  a partir del 2016 y hasta el 2018.

Una Subcomisión de Zona de Menor Desarrollo, integrada por los representantes de los trabajadores, incluyendo la APSE, se encargará de sistematizar la información contenida en los estudios técnicos con base en los parámetros de peligrosidad, riesgo social y familiar, servicios y empleo y salarios, aprobados en la reunión anterior.

En cuanto al distrito de Líbano de Tilarán, la representante apsina indicó que, de acuerdo con el estudio de Mideplan, tiene un puntaje de 55,1; es decir, está ubicado en una zona de bajo desarrollo social y, por lo tanto, de oficio se le pagará el incentivo.

*Logro apsino.*En la misma sesión de la Comisión Tripartita, la Dirección de Recursos Humanos entregó a Ferreto López el resultado de los reclamos presentados por los trabajadores de los satélites del Cindea de Turrialba a través de la APSE. A 11 funcionarios no se les pagó cuando les correspondía, o sea, el año pasado.

Las próximas sesiones  de la Comisión Tripartita se realizarán el 7 y el 21 de abril de 2015.

Actas aprobadas de la Comisión de Zona de Menor Desarrollo

Mobbing acoso moral o psicológico en el trabajo

Las condiciones en las que el colectivo docente desarrolla su labor, casi nunca

son tomadas en cuenta. (Foto con fines ilustrativos)

“MOBBING”, ACOSO MORAL O PSICOLÓGICO EN EL TRABAJO

Prof. Emelda Navarrete

Secretaría de la Mujer

APSE Sindicato

Actualmente, la violencia en sus diferentes manifestaciones constituye un hecho cotidiano en nuestro país y en el mundo. Si bien la violencia se globaliza, no sucede lo mismo con la solidaridad.

En el ámbito laboral, las dimensiones de la violencia, son realmente alarmantes. En esta ocasión, hablamos de una manifestación de violencia, que se ha convertido en una verdadera pandemia, esta patología de la cual el colectivo docente no escapa, se denomina “Mobbing”, acoso moral o psicológico en el trabajo y está constituido por aquellas conductas intencionales, deliberadas individuales o grupales perversas, vejatorias, arbitrarias, frecuentes y repetidas que tienen a la misma persona en la mira y se manifiesta por medio de miradas sátiras, burlas, gestos, chismes, rumores, llamadas telefónicas, imitaciones para ridiculizarla, valoraciones de su vida privada, de su credo, su origen, de su orientación sexual, se le asignan tareas nocivas para la salud, etc.

Es claro que estas conductas perversas no provienen de ningún trastorno psicológico, sino de una fría racionalidad, constituyen un estilo de vida de la parte hostigadora; que ve en la víctima cualidades que ella no tiene y no puede permitir que nada le quite brillo, aunque esas cualidades o comportamientos no constituyen una amenaza real.

El acoso moral tiene cuatro fases dramáticas para la víctima: 1) Incidente crítico, 2) Persecución sistemática, 3) Intervención de la jerarquía y         4) Abandono del trabajo.

Generalmente coexisten varios tipos de acoso moral. Estos se definen a partir de la relación de la víctima con la parte hostigadora: acoso horizontal, acoso vertical descendente y acoso vertical ascendente

Aunque no existen muchos estudios estadísticos de la presencia del “Mobbing” en los  centros  de trabajo, hay algunos que señalan que en Europa el 11% y en USA el 25% de los trabajadores y trabajadoras se ven afectadas por este flagelo, en el caso de América Latina se conocen muy pocos datos.

Múltiples definiciones han sido construidas alrededor de este flagelo que afecta el ámbito laboral, pero podemos afirmar que el acoso moral es una agresión sutil, diplomática y sofisticada de “terrorismo emocional”, cuyo fin es lograr la aniquilación psicológica de la víctima, es decir, “destruir la otredad” para lograr su marginación dentro del entorno laboral y por último la salida de la empresa o institución.

El acoso moral no está determinado tanto por causas directamente relacionadas con el desempeño del trabajo sino más bien por las circunstancias organizacionales, por las relaciones interpersonales patológicas, por el sistema de valores que impera en la institución y por la cultura institucional; esto es lo que se constituye en riesgo laboral.

El acoso moral suele producirse en el ámbito laboral donde la organización del trabajo está fuertemente jerarquizada, existe una fuerte competencia o donde hay una organización caótica del trabajo, sin definiciones claras de funciones, tareas o jerarquías y además es una empresa o institución incompetente para resolver los conflictos interpersonales o de otra índole, no existen canales adecuadas de comunicación.

Es importante señalar que las condiciones en las que el colectivo docente desarrolla su labor, casi nunca son tomadas en cuenta, es decir, que de lo concerniente a la salud ocupacional docente, no se habla. Se ha llegado incluso a afirmar que la labor docente no conlleva ningún riesgo, omitiendo el hecho de que la salud de la clase trabajadora independientemente de la labor, está influida por las condiciones de su trabajo.

Llegando a aseveraciones extremas como la hecha por un alcalde en 1740, que ante la denuncia de un profesor de una escuelita española, en la cual relataba la presencia de una viga a punto  de desplomarse, el primero respondió que bastaba con salir corriendo si veían que efectivamente la viga se caía. Por ridículo que parezca, actualmente la situación en lo fundamental se mantiene en nuestro país.

Terminamos estas líneas con el siguiente proverbio: “No hay necesidad de apagar la luz del prójimo para que brille la nuestra”.