Rangos de matrícula para el curso lectivo 2016

PARA: Presidentes de Base, Directores de los Centros Educativos y Docentes
FECHA: 01 de marzo de 2016

En razón de las múltiples consultas en relación con los rangos de matrícula que rigen para todos los niveles y modalidades de enseñanza, nos permitimos hacer del conocimiento de toda nuestra afiliación, el contenido de la Resolución 842-MEP-2014 de las 11:35 horas del 04 de marzo del 2014, plenamente vigente a la fecha, en la que se establecen los criterios para determinar el tamaño de los grupos, cuando se hayan dado cambios significativos en aspectos como disminución de matrícula o limitaciones en la capacidad locativa del Centro Educativo, favoreciendo una mayor estabilidad en el personal docente nombrado.

Con la aplicación de esta Directriz se continúa cumpliendo el mandato de la APSE, que siempre exigió al MEP, la emisión de las directrices administrativas necesarias a fin de que el Departamento de Control y Evaluación Presupuestaria del MEP, se ajustara a la aplicación del Decreto Ejecutivo Nº 2 del 05 de marzo de 1965 y sus reformas, que es el “Reglamento General de Establecimientos Oficiales de Educación Media”, plenamente vigente, a fin de que se aplicara en todos sus extremos lo dispuesto en su artículo 4, que a la letra señala:

“La matrícula de cada establecimiento será dividida en secciones, ninguna de las cuales contará con más de 35 ALUMNOS NI MENOS DE 15, salvo casos de absoluta necesidad y mediante aprobación previa del Ministerio de Educación.” (El énfasis es nuestro)

Lamentablemente muchos Directores Institucionales desconocen el contenido de esta resolución, poniendo en grave riesgo la estabilidad laboral de los docentes. Es por ello que se hace necesario su pleno conocimiento a fin de que se nos informe sobre su incumplimiento Cualquier consulta al respecto o tramitación de alguna denuncia ante el incumplimiento en la aplicación de los criterios vertidos, sírvanse comunicarse inmediatamente a las Oficinas Centrales de la APSE, Tel 25477826.

Elaborado por:
Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal de la APSE

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