La Secretaria Permanente de la Mujer, ante los niveles preocupantes de discriminación y violencia que sufren las mujeres por ser mujeres:

COMUNICADO
SETIEMBRE 2016
SECRETARÍA PERMANENTE DE LA MUJER
APSE- SINDICATO

La Secretaria Permanente de la Mujer, ante los niveles preocupantes de discriminación y violencia que sufren las mujeres por ser mujeres:

– Violencia intrafamiliar: psicológica, física, sexual, económica o patrimonial. – Invisibilización de los aportes de las mujeres; – Discriminación o invisibilización lingüística. – Acoso sexual callejero; – Hostigamiento sexual laboral; – Violencia sexual incluyendo la violación sexual; – Violencia gineco-obstétrica; – Discriminación laboral; – Violencia simbólica en los medios de comunicación.

Y considerando:

– Que las mujeres en Costa Rica constituyen la mitad de la población y que son parte fundamental de la sociedad, contribuyendo con sus saberes, sentires, luchas y trabajo cotidiano (asalariado y no asalariado) a sostener el tejido social de nuestro país.

– Que según datos de la Defensoría de los Habitantes el 58% de las mujeres mayores de 16 años, han vivido al menos un episodio de violencia física y / o sexual.

– Que al igual que en América Latina, en Costa Rica “la pobreza tiene rostro de mujer”.

– Que este año en lo que va de enero al 23 de febrero hubo un total de 10 asesinatos de mujeres, de los cuales 7 fueron declarados como femicidio.

– Que las labores domésticas y de cuido recaen mayoritariamente sobre las espaldas de las mujeres.

– Que las mujeres en iguales condiciones que los varones ganan aproximadamente un 20% menos.

– Que el lenguaje es un factor fundamental en la socialización, a través del cual se expresa y transmite lo que sentimos, pensamos, vemos, oímos y actuamos. – Que la afiliación apsina aumenta sostenidamente, dentro de la cual las mujeres representan aproximadamente un 70 %.

– Que el llamado ámbito privado, como espacio regido por la autoridad y ejercicios del poder del varón, se ha transformado en un espacio regulado por los derechos civiles y el respeto a las garantía individuales, como reconocimiento y ampliación de ciudadanía, particularmente de las mujeres.

– Que la violencia contra las mujeres, cualquiera sea su manifestación, constituye una flagrante violación de derechos humanos y por ende absolutamente inaceptable.

– Se conocen casos que cuando la mujer víctima se atreve a denunciar es juzgada por el agresor y por diferentes instancias de la sociedad; llegando incluso a señalarla como la culpable. Incluso en el Sistema Judicial la sentencia y descalifica por “mentirosa”, dejando libre al agresor quien aprovecha para tomar venganza y la asesina, como varios de los terribles femicidios conocidos recientemente.

– La falta de autonomía de la política con lo religioso desde el Estado, incide en que los fundamentalismos continúen atentando contra los derechos de las mujeres, fomentando la discriminación y la violencia.

– Que cuando hablamos de discriminación y violencia contra las mujeres, no hablamos de un hecho particular ni aislados, sino de un fenómeno estructural y sistemático que afecta a la sociedad entera, hombres y mujeres.

– Que en Costa Rica existe un vasto marco normativo jurídico a través de decretos, leyes y convenciones internacionales ratificadas por el Estado costarricense que lo obligan a “promover acciones que incidan y busque cambiar los patrones socioculturales que justifican y alientan las conductas violentas, para propiciar un estilo de relaciones humanas no violentas, basadas en el respeto a la individualidad y la diferencia (DE N°26664).

Por tanto:

– A través de esta Secretaría, la APSE Sindicato se solidariza con las mujeres víctima de violencia y con sus familias.

– Hacemos un llamado a la afiliación apsina a que no se naturalice, ni se tolere la violencia de género en ninguna de sus formas y espacios, ya sea en el ámbito laboral, ámbito sindical en la calle o el hogar y hacer los esfuerzos para contribuir a l avance del ejercicio real de los derechos humanos de las mujeres como eje fundamental de los derechos humanos en nuestros quehaceres.

– Esta toma de conciencia va hacer liberadora, tanto para las mujeres como para los hombres. Nos servirá para entendernos mejor y vivir un mundo solidario, respetuoso y inclusivo sin el peso tan nefasto para mujeres y hombres, de lo que implica ser mujer o ser hombre en una sociedad patriarcal, machista y neoliberal que vivimos.

Urgimos a mujeres y hombres apsinos a unirnos contra el enemigo común: el patriarcado y el modelo y estado neoliberal que nos gobierna y que es el que sostiene y fortalece la violencia contra las mujeres.

Exhortamos a las mujeres apsinas y no apsinas para activarnos, organizarnos y movilizarnos para lograr la fuerza necesaria en este largo camino de la conquista para el acceso de nuestros derechos y para el fortalecimiento social.

Profesora: Emelda Navarrete Dueñas
Secretaría Permanente de la Mujer

APSE CELEBRA CON LAS COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS OFICINISTAS SU DÍA

El centro de Recreo de APSE en San Pablo de Heredia se llenó hoy de cientos de oficinistas apsinos. Las y los oficinistas recibieron información valiosa sobre aspectos laborales y legales; hubo muchas consultas a la licenciada Ileana Vega, se analizaron situaciones y documentos relativos a este sector apsino. Por otra parte se gozo de actos culturales y el cierre de la actividad. APSE logra concienciar a sus afiliados de la lucha y resguardo de sus derechos laborales, en un contexto donde están en riesgo los derechos de los trabajadores de la educación y del resto del sector público. Es trascendental la unidad de todos los trabajadores de la educación en este momento de ataque a los empleados públicos.
¡Por que nunca dejaremos de luchar!

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APSE LOGRA VOTO HISTÓRICO: SALA CONSTITUCIONAL ORDENA CUMPLIR CON MANDATO DEL 8% DEL PIB PARA EDUCACIÓN EN COSTA RICA

Desde el 2011 se implantó la reforma constitucional que obliga al Estado a dar el 8% del Producto Interno Bruto (PIB) a la educación pública estatal, pero desde la fecha hasta hoy ningún presupuesto nacional ha contemplado este este porcentaje, lo que indica que ningún gobierno lo ha cumplido. Esto es importante e histórico porque le da un respaldo a la Educación Costarricense.

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) en el periodo presidencial de Ana Doris González, presentó el 1° de setiembre del 2015 una acción de inconstitucionalidad para exigirle al Gobierno que se le asignara el 8% de la producción nacional -Producto Interno Bruto (PIB) para financiar la educación pública costarricense. La Sala le da la razón a APSE y manifiesta que nunca más puede volverse a presentar esta situación de no dar el 8% que corresponde.

APSE celebra esta sentencia de la Sala Constitucional que fue acogida por unanimidad por que no es solo dar a la educación los recursos necesarios para infraestructura, becas, transporte, plazas de funcionarios; es también un logro en la defensa del Estado Social de derecho que nos quieren arrebatar. Esto implica que la educación sigue siendo pública y que nuestro Estado le debe garantizar los recursos para que todos sus ciudadanos tengan acceso a una educación de calidad, acceso a infraestructura y condiciones educativas dignas.

APSE lucha y seguirá luchando por la defensa del Estado social, de la educación pública y de los derechos sociales. Estamos a la espera de la redacción final y de la notificación de la sentencia a la APSE.
¡NUNCA DEJAREMOS DE LUCHAR!

Ver el siguiente enlace
http://www.elmundo.cr/sala-constitucional-ordena-cumplir-m…/

APSE aporta más de dos mil firmas para la ratificación de la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

El 8 de setiembre pasado se firmó en el Teatro Nacional, La Convención Interamericana para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, lo que se convierte en un hecho histórico de gran trascendencia en materia de de derechos humanos. APSE presente a través de la Secretaría de Asuntos del Pensionado, el Jubilado y el Adulto Mayor logró consignar más de 2000 firmas para lograr la ratificación de dicha Convención. Con lo anterior Costa Rica se convierte en el primer país en tener una Convención que proteja los derechos de las personas adultas mayores.

Queremos brindar un agradecimiento a nuestra afiliación apsina por dar su apoyo a este proceso en defensa de la población adulta mayor y al Departamento de Prestaciones Sociales de la Junta de Pensiones del Magisterio por su valioso aporte en la consolidación nuestros derechos.

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SOBRE ASISTENCIA LOS DIAS 14 Y 15 DE SETIEMBRE DEL 2016

DE: RICARDO MOLINA VEGA
PRESIDENTE DE APSE
PARA: AFILIACIÓN APSINA

En virtud de las consultas realizadas por nuestra afiliación, en relación con la obligación de asistencia el próximo miércoles 14 y jueves 15 de setiembre del año en curso, con ocasión de la celebración de las actividades patrias; nos permitimos hacer de su conocimiento, la posición oficial de la APSE, sustentada legalmente en el Calendario Escolar 2016, en el Decreto Ejecutivo Nº 32609-MEP, denominado “Regulación general para la realización de celebraciones patrias (actos cívicos y desfiles) de los centros educativos públicos del Ministerio de Educación Pública” y en la Segunda Convención Colectiva MEP-SEC-ANDE del 31 de mayo del 2016.

I. SOBRE LA PARTICIPACION EN EL DESFILE DE FAROLES: El Calendario Escolar correspondiente al presente curso lectivo, establece para el día miércoles 14 de setiembre la celebración del “Desfile de Faroles”

Por su parte el referido Decreto Ejecutivo, artículo 3° dispone que el “ Desfile de Faroles” es una celebración patria obligatoria por realizarse en todas las instituciones educativas del país.

Surge entonces la interrogante en el sentido de si resulta obligatorio para el personal docente, administrativo docente y técnico docente, asistir y participar en el Desfile de Faroles?

Conforme con las fuentes legales citadas, resulta claro que si bien en cada centro educativo se debe conmemorar esta actividad, la misma NO RESULTA DE CARÁCTER OBLIGATORIO PARA LOS DOCENTES, ADMINISTRATIVO-DOCENTES Y TÉCNICO DOCENTES, en el tanto su celebración se realice FUERA DEL HORARIO DE LA INSTITUCION o del HORARIO DE LECCIONES.

Nótese como la citada norma no indica el horario ni el lugar de realización de esta actividad, de manera que bien puede ser celebrada dentro de las instalaciones del centro educativo y dentro del horario institucional. No obstante si a criterio de la Dirección se decide y se requiere que su celebración sea fuera de la jornada institucional, debemos regirnos por lo que al efecto disponen los artículos 5 y 11 del citado Decreto:

“Artículo 5.- El Director o Directores institucionales, según sea el caso, conformarán una Comisión para la organización de los desfiles, que estará integrada por éstos, docentes, estudiantes y padres de familia.

“Artículo 11.-QUIENES DEBEN PARTICIPAR EN LOS DESFILES”: En los desfiles deberán participar los estudiantes. El Director Institucional y el personal docente de la institución (entiéndase personal administrativo docente y técnico docente), que brindarán el apoyo necesario para su debido desarrollo.La Dirección de la institución educativa invitará a los padres de familia o sus representantes para que colaboren en el orden y la seguridad durante el evento.”

Así las cosas, quienes deben participar del Desfile de Faroles, son los ESTUDIANTES y el DIRECTOR, conjuntamente con el PERSONAL ADMINISTRATIVO DOCENTE y TÉCNICO DOCENTE, que forme parte del Comité de Organización de Desfiles, a efecto de brindar el apoyo necesario para su debido desarrollo.

A los DOCENTES (que imparten propiamente lecciones), no se les puede obligar a participar en dicho desfile, toda vez que su participación se torna de carácter voluntario.
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II.- SOBRE LA PARTICIPACION EN EL ACTOVICO DEL 15 DE SETIEMBRE*

Conforme al Calendario Escolar y según lo dispone el artículo 3 del Decreto Ejecutivo citado, resulta obligatorio para los docentes, administrativo-docentes y técnico docentes, asistir al ACTO CÍVICO que como actividad escolar se debe celebrar en cada institución educativa, en este caso, el jueves 15 de setiembre. Debemos recordar que el 15 de setiembre es considerado como un DIA LECTIVO y por ende parte de los 200 días efectivos de clase.

III.- PARTICIPACIÓN EN LOS DESFILES DEL 15 DE SETIEMBRE
La participación en los DESFILES que se programen para este día, no resulta de carácter obligatorio para ninguna persona trabajadora de centros educativos, toda vez que el desfile constituye un evento propio de la festividad de la comunidad, con la participación de las Municipalidades y diferentes instituciones educativas del cantón.

Obligar a su participación, aduciendo que se trata de un deber inherente al cargo de quienes ostentan título docente, es atentar contra los principios jurídicos de razonabilidad y proporcionalidad.

No obstante, aquellos docentes que voluntariamente hayan decidido formar parte de la Comisión de organización del desfile, tal y como lo establece el artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 32609-MEP, sí les asistiría la responsabilidad de participar, a fin de apoyar y poner en marcha toda la logística que una actividad como ésta requiere.
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IV.- PARTICIPACION DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO-DOCENTE Y TECNICO DOCENTE EN EL DESFILE DEL 15 DE SETIEMBRE*

Con respecto al personal Administrativo-Docente y Técnico –Docente, debe quedar claro que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 11 del referido Decreto Ejecutivo, su participación en los desfiles es únicamente de “apoyo para su debido desarrollo”, por lo que corresponde a la Dirección institucional, determinar la forma en la que se implementará el apoyo correspondiente.

V.- PARTICIPACION DE SERVIDORES ADMINISTRATIVOS

Al personal administrativo de los centros educativos, no les resulta obligatorio asistir ni al Desfile de Faroles ni a al acto cívico programado para el 15 de setiembre, por tratarse de funcionarios regulados por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, y a quienes dentro de sus funciones no les compete la participación en labores propiamente docentes.

VI.-ASUETO PARA EL DÍA 16 DE SETIEMBRE DEL 2016

El artículo 47 de la II Convención Colectiva dispone:
“Celebración del 15 de setiembre. En el marco de la celebración de la semana cívica, el MEP concederá licencia con goce de salario para el día hábil siguiente al 15 de setiembre al personal docente y administrativo de los centros educativos de todos los niveles y modalidades: educación preescolar, I y II ciclo, III ciclo y educación diversificada, educación técnica-diurno y nocturno, de todo el país; así como a las personas trabajadoras de las Direcciones Regionales del MEP, que hubiesen participado activamente en la organización y celebración de los actos del 15 de setiembre.”

Conforme a lo anterior, se colige con suma claridad que la indicada Licencia con goce de Salario, cubre al personal que haya participado del Acto Cívico programado para el día 15 de setiembre en cada centro educativo, por tratarse este de un día feriado, conforme el artículo 148 del Código de Trabajo.

Resulta necesario aclarar y resaltar, que la Licencia con goce de Salario para el día 16 de setiembre, lo es por la participación en el acto cívico del 15 de setiembre. Así las cosas ningún Director Institucional o Autoridades Regionales pueden condicionar esa Licencia a cambio de la participación en la semana cívica que inicia el lunes 12 de setiembre, ni por la participación en el desfile de faroles, ni en el desfile del 15 de setiembre, tal y como se desprende claramente de la letra del artículo 47 indicado.
En el caso de las personas trabajadoras reguladas por el Título I ( Agentes de Seguridad, Oficinistas, Profesionales de Equipos Interdisciplinarios, conserjes, trabajadoras de comedores escolares), que como se indicó líneas atrás no están obligados a asistir al acto cívico del 15 de setiembre, bien podrían asistir en forma voluntaria, a fin de tener asueto el día 16.

Elaborado por la Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal APSE