Categoría: 2018 Abril
REPROGRAMACIÓN DE ELECCIONES REGIONALES 52-53-54-55-56
COMUNICADO DEL TRIBUNAL DE ELECCIONES DE APSE
TEAPSE:
A TODOS LOS AFILIADOS Y AFILIADAS, PREESCOLAR Y PRIMARIA
REPROGRAMACIÓN DE ELECCIONES REGIONALES 52-53-54-55-56
El Tribunal Electoral de la APSE, le informa que las elecciones del viernes 04 de mayo del presente año, de las regionales 52-53-54-55-56, se reprograman para las siguientes fechas:
REGIONAL 52: 20 DE JUNIO DEL 2018
REGIONAL 53: 19 DE JUNIO DEL 2018
REGIONAL 54: 21 DE JUNIO DEL 2018
REGIONAL 55: 21 DE JUNIO DEL 2018
REGIONAL 56:
–LAS ESCUELAS QUE PERTENEN A LA REGIONAL 51 LES CORRESPONDEN EL: 18 DE JUNIO DEL 2018
– LAS ESCUELAS QUE PERTENEN A LA REGIONAL 43 LES CORRESPONDEN EL: 20 DE JUNIO DEL 2018
MARCHEMOS ESTE 1° DE MAYO, DÍA INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, EN RECHAZO AL COMBO FISCAL
MARCHEMOS ESTE 1° DE MAYO, DÍA INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, EN RECHAZO AL COMBO FISCAL
APSE saluda y agradece a toda nuestra afiliación y al pueblo costarricense, que marchó masivamente en unidad sindical y social este 25 de abril, en la Gran Huelga Nacional contra el Combo Fiscal.
Pero no podemos bajar la guardia. Debemos seguir en la lucha contra los nuevos impuestos.
Por eso llamamos a toda la afiliación apsina y al pueblo de Costa Rica, a marchar de nuevo este 1° de Mayo, Día Internacional de las y los Trabajadores.
Tomemos de nuevo las calles en rechazo al Combo Fiscal.
Marchemos este 1° de Mayo a partir de las 9:00 de la mañana desde el Parque de la Merced, San José.
¡Todas y todos marchemos con la camiseta roja de APSE!
¡PORQUE EL PUEBLO UNIDO JAMÁS SERÁ VENCIDO!
ESCUELA SINDICAL – CONVOCATORIA, SEGUNDA SESIÓN, GRUPOS PUNTARENAS
ESCUELA SINDICAL – CONVOCATORIA, SEGUNDA SESIÓN, GRUPOS PUNTARENAS
Escuela Sindical “Luisa González Gutiérrez”
Convocatoria Segunda Sesión Grupos Puntarenas
El sábado 28 de ABRIL se realizará la Segunda Sesión de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez” para los Grupos de la Sede de Puntarenas.
Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 A.M. a 3:00 P.M. La actividad se realizará en el Hotel Puerto Azul (Antiguo Hotel Colonial), que está ubicado en el Cocal, Puntarenas, después de la Angostura.
Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor comunicarlo con anticipación al día de la actividad para reprogramar la reposición con otro grupo.
Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.
Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.
Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook: www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE donde se estará poniendo información relativa a la Escuela.
(f)
Mélida Cedeño Castro
Presidenta de APSE
ESCUELA SINDICAL – CONVOCATORIA, SEGUNDA SESIÓN, GRUPO III SAN JOSÉ
ESCUELA SINDICAL – CONVOCATORIA, SEGUNDA SESIÓN, GRUPO III SAN JOSÉ
Escuela Sindical “Luisa González Gutiérrez”
Convocatoria Segunda Sesión Grupo III – San José
El sábado 28 de ABRIL se realizará la Segunda Sesión de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez” para el Grupo III de la Sede de San José.
Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 A.M. a 3:00 P.M. La actividad se realizará en el Auditorio de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, que se ubica del Banco Popular en Avenida Segunda, 300 Metros al Sur. Edificio esquinero con espejos, San José (la entrada es por el parqueo).
Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor comunicarlo con anticipación al día de la actividad para reprogramar la reposición con otro grupo.
Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.
Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.
Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook: www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE donde se estará poniendo información relativa a la Escuela.
(f)
Mélida Cedeño Castro
Presidenta de APSE
APSE ENTREGA AL MEP DOCUMENTO QUE DETALLA MOTIVOS DE LLAMADO A HUELGA CONTRA EL COMBO FISCAL
APSE ENTREGA AL MEP DOCUMENTO QUE DETALLA MOTIVOS DE LLAMADO A HUELGA CONTRA EL COMBO FISCALRA EL COMBO FISCAL
APSE entregó ante el Ministerio de Educación Pública, un documento donde detalla los motivos de la convocatoria de la masiva huelga contra el Combo Fiscal, llevada a cabo este miércoles 25 de abril de 2018.
MULTITUDINARIA HUELGA CONTRA EL COMBO FISCAL REUNIÓ A MILES DE PERSONAS EN LAS CALLES DE SAN JOSÉ
MULTITUDINARIA HUELGA CONTRA EL COMBO FISCAL REUNIÓ A MILES DE PERSONAS EN LAS CALLES DE SAN JOSÉ
Miles de personas se sumaron al llamado de las organizaciones sindicales y sociales, para llevar a cabo una multitudinaria manifestación de absoluto rechazo al Combo Fiscal, proyecto de ley 20.580, con una masiva marcha ocurrida este miércoles 25 de abril de 2018 en San José, Costa Rica.
El llamado de unidad sindical y social desbordó todas las expectativas, pues fueron miles y miles de personas las que marcharon hoy por la capital expresando su oposición al plan fiscal impulsado por el Gobierno.
APSE marchó por las calles de San José con una nutrida asistencia de afiliadas y afiliados, quienes viajaron desde todos los rincones del país para sumarse a esta masiva protesta contra el Combo Fiscal.
La Presidenta de APSE, Mélida Cedeño Castro, reiteró en su discurso frente a la Asamblea Legislativa, que este Combo Fiscal solo incorpora nuevos impuestos que afectarán al pueblo y la clase trabajadora, pero no afectará los grandes capitales, ni a los evasores fiscales.
El Secretario General de APSE, Roblin Apú Murillo, recalcó durante la marcha, que el Combo Fiscal es injusto, carga con más impuestos al pueblo y a los servicios que usan y los productos que requieren las personas a diario, por lo que convierte este asunto en un tema país.
La afiliación apsina se sumó a miles de personas más, que se unieron en una sola voz contra el Combo Fiscal, exigiendo el retiro del proyecto de la corriente legislativa, la anulación de su trámite por vía rápida, y la apertura de una mesa de diálogo con participación de todos los sectores políticos y sociales, para efectos de construir una reforma fisca que sí sea justa y progresiva.
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VIDEOS DE LA MARCHA CONTRA EL COMBO FISCAL:
Mensaje de la Presidenta de APSE Mélida Cedeño Castro en la huelga contra el Combo Fiscal:
Costa Rica se lanzó a las calles en protesta contra el Combo Fiscal:
APSE presente contra el Combo Fiscal:
JUSTIFICACIÓN POR PARTICIPACIÓN EN EL MOVIMIENTO DE HUELGA DEL 25 DE ABRIL DEL 2018
JUSTIFICACIÓN POR PARTICIPACIÓN EN EL MOVIMIENTO DE HUELGA DEL 25 DE ABRIL DEL 2018
Este documento elaborado por APSE para uso de su afiliación, permite justificar la participación en el movimiento de huelga en rechazo al Combo Fiscal proyecto de ley 20.580, convocada por APSE y diversas organizaciones sociales y sindicales.
RECOMENDACIONES
– Llenar el “machote” de Justificación de Huelga elaborado por la APSE.
– Deberá ser entregado al jefe inmediato dentro de los dos días hábiles siguientes de regreso al trabajo.
– Copie su Justificación de Huelga y conserve un recibido de la entrega del mismo.
Este requisito es fundamental cumplirlo, para posteriormente demostrar que la razón de la ausencia de ese día, no obedeció a una ausencia injustificada pura y simple, sino que la misma es producto del ejercicio de un derecho humano fundamental. Además eventualmente resultaría ser un elemento de prueba ante los Tribunales de Trabajo.
Recuerde no dejarse amedrentar o intimidar por parte de las autoridades institucionales o regionales. Se solicita COMUNICAR y DENUNCIAR a la Sede Central de APSE, a aquellas personas que de una u otra forma limiten o intimiden el ejercicio del DERECHO DE HUELGA y de LIBERTAD SINDICAL.
No debe existir temor alguno por parte de los participantes, sean estos interinos o propietarios, de posibles despidos o sanciones por parte del M.E.P. Todos independientemente de su condición o el puesto que desempeñen, tienen pleno derecho a participar del movimiento.
Mientras no haya declaratoria de ilegalidad del movimiento de huelga, es ilegal que el MEP proceda al rebajo de los salarios, o a sancionar a las personas trabajadoras por su participación. ( art 379 del Código de Trabajo).
DESCARGUE LA JUSTIFICACIÓN POR PARTICIPACIÓN EN EL MOVIMIENTO DE HUELGA:
PDF:
IMAGEN:
MÁS INFORMACIÓN EN EL MANUAL DE HUELGA
DESCARGUE AQUÍ: https://apse.cr/wp-content/uploads/media/uploads/documents/manual-de-huelga-25-abril-2018.pdf
MANUAL DE HUELGA – 25 DE ABRIL DE 2018
MANUAL DE HUELGA
Huelga contra el Combo Fiscal
25 DE ABRIL DE 2018
La APSE en conjunto con otras Organizaciones Sindicales del país, ha convocado a su afiliación a un día de Huelga, para el miércoles 25 de abril en curso, considerado como el ejercicio de un derecho fundamental de las personas trabajadores y de sus organizaciones.
Es por esta razón que hemos preparado un documento explicativo a fin de delimitar el ámbito en que debe enmarcarse su ejercicio, a la luz de nuestra normativa constitucional y legal, así como de los principios que sobre el derecho de huelga ha sentado el Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
1.- PRINCIPIO BÁSICO EN MATERIA DE DERECHO DE HUELGA CONFORME LA O.I.T
“El derecho de huelga es uno de los medios legítimos fundamentales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.” ( OIT 1996).
Sobre la base de este principio, a lo largo de los años el Comité de Libertad Sindical, además reconoce que LA HUELGA ES UN DERECHO Y NO SIMPLEMENTE UN HECHO SOCIAL.
2.- FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y DEFINICIÓN DEL DERECHO DE HUELGA EN COSTA RICA
a.- CONSTITUCIÓN POLÍTICA:
El artículo 61 de la Constitución Política consagra la huelga como un DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL, que como tal es IRRENUNCIABLE.
“ARTÍCULO 61.- Se reconoce el derecho de los patronos al paro y el de los trabajadores a la huelga, salvo en los servicios públicos, de acuerdo con la determinación que de éstos haga la ley y conforme a las regulaciones que la misma establezca, las cuales deberán desautorizar todo acto de coacción o de violencia.”
b.- CÓDIGO DE TRABAJO ( Reforma Procesal Laboral):
Conforme a la definición de Huelga incorporada en nuestro Código de Trabajo, con la Reforma Procesal Laboral, artículo 371, se dispone que:
*“La huelga legal es un derecho que consiste en la suspensión concertada y pacífica del trabajo en una empresa, institución, establecimiento o centro de trabajo, acordada y ejecutada por una pluralidad de tres personas trabajadoras como mínimo, que represente más de la mitad de los votos emitidos conforme al artículo 381, por los empleados o las empleadas involucrados en un conflicto colectivo de trabajo, para lo siguiente:
a. La defensa y promoción de sus intereses económicos y sociales
b. La defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos colectivos señalados en el artículo 386…”* ( El énfasis es nuestro)
Con la nueva conceptualización del Derecho de Huelga (RPL), el ejercicio de la Huelga, YA NO implica el ABANDONO DEL LUGAR DE TRABAJO, como se contemplaba en la legislación anterior, sino *LA SUSPENSIÓN DEL TRABAJO QUE EL COLECTIVO LABORAL CONCIERTE. *
3.- CONDICIONES DE EJERCICIO DEL DERECHO DE HUELGA
Nuestro Código de Trabajo vigente establece en los artículos 371, 377 y 381, una serie de requisitos o condiciones, a efecto de que el movimiento de huelga sea declarado legal. No obstante en este momento las Organizaciones Sindicales y Sociales del país hacen un llamado a participar de un movimiento de huelga, con características propias, que conllevan la afectación no solo de intereses económicos y sociales propios de las personas trabajadoras en su centro de trabajo o institución, sino que en este caso se trata de una HUELGA DE CARÁCTER GENERAL.
Sobre este particular, me permito citar al ilustre jurista costarricense, Dr. Fernando Bolaños Céspedes, que en relación con las Huelgas por sectores o generales, motivadas por acciones estatales, que afectan a grupos o a la clase asalariada en general, señala:
_*“ Lo importante en todo caso, desde nuestro punto de vista, es que la delimitación de la huelga a fines económicos y sociales no impide la movilización huelguística en procura de intereses generales comunes a todos los grupos asalariados teniendo como contraparte a las autoridades políticas del país.”* _( El Derecho Colectivo de Trabajo en la Reforma Procesal Laboral del año 2016, Editorial Jurídica Continental, Primera Edición , Año 2016, pág 125)
Al respecto además invocamos lo dispuesto por el Comité de Libertad Sindical de la OIT, que sobre la Huelgas Generales de naturaleza política o contra políticas pública, dispuso:
* “Si bien las huelgas de naturaleza puramente política no están cubiertas por los principios de la libertad sindical, los sindicatos deberían poder organizar huelgas de protesta en particular para ejercer una crítica contra la política económica y social del gobierno… La declaración de ilegalidad de una huelga nacional en protesta por las consecuencias sociales y laborales de la política económica del gobierno y su prohibición constituyen una grave violación de la libertad sindical.”* ( OIT, 1996, párrafo 493)
4.- SOBRE EVENTUALES SANCIONES DISCIPLINARIAS Y REBAJAS SALARIALES POR LA PARTICIPACIÓN EN EL DIA DE HUELGA
1.- Siempre que la APSE ha llamado a huelga, ha sido usual que el MEP instruya a las autoridades regionales y administradores de centros educativos, a emprender acciones tendientes a comprobar las ausencias del personal docente o administrativo que debe laborar o impartir lecciones durante el día o días de huelga. De manera que se trata acciones que no son nada nuevas ni de extrañar que así se disponga para esta ocasión.
2.- Sobre el tema de las sanciones disciplinarias y rebajas salariales, debemos aclarar que a partir de la vigencia de la Reforma Procesal laboral, en el mes de julio del 2017, no resulta procedente la aplicación de sanciones disciplinarias o rebajos de salario, mientras no se haya declarado ilegal el movimiento. Así lo dispone el artículo 379 del Código de Trabajo reformado, que resulta ser una novedad en esta materia y una garantía para las personas trabajadoras. Veamos:
*Artículo 379 RPL: “ La terminación de los contratos de trabajo o, en su defecto, el rebajo salarial o cualquier tipo de sanción, +sólo será procedente a partir de la declaratoria de ilegalidad de la huelga+” * ( El énfasis es nuestro)
Así las cosas, antes de esa declaratoria de ilegalidad de huelga, no se permite el rebajo de salarios.
5.- RECOMENDACIONES:
1.- Llenar el “machote” de Justificación de Huelga elaborado por la APSE, que deberá ser entregado al jefe inmediato dentro de los dos días hábiles siguientes de regreso al trabajo. Este requisito es fundamental cumplirlo, para posteriormente demostrar que la razón de la ausencia de ese día, no obedeció a una ausencia injustificada pura y simple, sino que la misma es producto del ejercicio de un derecho humano fundamental. Además eventualmente resultaría ser un elemento de prueba ante los Tribunales de Trabajo.
2.- No dejarse amedrentar o intimidar por parte de las autoridades institucionales o regionales. Se solicita COMUNICAR y DENUNCIAR a la Sede Central de APSE, a aquellas personas que de una u otra forma limiten o intimiden el ejercicio del DERECHO DE HUELGA y de LIBERTAD SINDICAL.
3.- No debe existir temor alguno por parte de los participantes, sean estos interinos o propietarios, de posibles despidos o sanciones por parte del M.E.P. Todos independientemente de su condición o el puesto que desempeñen, tienen pleno derecho a participar del movimiento.
4.- Tener claro, que mientras no haya declaratoria de ilegalidad del movimiento de huelga, es ilegal que el MEP proceda al rebajo de los salarios, o a sancionar a las personas trabajadoras por su participación. ( art 379 del Código de Trabajo)
5.- Debe tomarse en consideración la no realización de actos de obstrucción de las vías públicas, ya que esto podría constituir delito, conforme al “Artículo 256 Bis.- Obstrucción de la Vía Pública (*)
6.- Cada trabajador y trabajadora de la educación debe conocer con claridad los aspectos legales relacionados con su participación en un movimiento de huelga y tomar la decisión que le dicte su conciencia, con la libertad que le garantiza nuestra Constitución Política y la Legislación Laboral.
Mélida Cedeño Castro
Presidenta de APSE
Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal de la Junta Directiva y Consejo Nacional de APSE
HORARIO ESPECIAL DE OFICINAS DE APSE – MIÉRCOLES 25 DE ABRIL 2018
HORARIO ESPECIAL DE OFICINAS DE APSE
MIÉRCOLES 25 DE ABRIL 2018
1:00 P.M. – 4:30 P.M.
Informamos a nuestra afiliación y público en general, que las oficinas centrales de APSE en San José atenderán el día miércoles 25 de abril de 2018 en horario de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., debido a la organización y participación en el movimiento de huelga convocado para esa fecha.
Mélida Cedeño Castro
Presidenta
Giannina Francesa Blanco
Vicepresidenta
Rolin Apú Murillo
Secretario General