UNA REFORMA FISCAL JUSTA Y SOLIDARIA PARA COSTA RICA – PROPUESTA SINDICAL COMÚN

Mensaje de la Mesa de Unidad Sindical

UNA REFORMA FISCAL JUSTA Y SOLIDARIA PARA COSTA RICA

PROPUESTA SINDICAL COMÚN

La Mesa de Unidad Sindical hizo entrega el lunes 30 de julio de 2018, en manos del Presidente de la República, e igualmente ante la Conferencia Episcopal de Costa Rica (en calidad de garante mediador) de la siguiente propuesta sindical, elaborada por nuestra mesa técnica, en el marco del diseño de una reforma fiscal alternativa y no complementaria al proyecto de ley 20.580, que permita alcanzar soluciones tanto estructurales (de mediano plazo) como de impacto inmediato (de corto plazo) al déficit fiscal que Costa Rica atraviesa actualmente.

La Mesa de Unidad Sindical, presenta a la opinión pública y a la sociedad costarricense, esta propuesta de plan fiscal alternativo, con el fin de aportar soluciones sin afectar la calidad de vida de las familias costarricenses. Es un aporte responsable con el análisis de expertos en la materia. Hemos agrupado las iniciativas en dos bloques según el plazo en el cual actúan sobre el déficit: a) Soluciones estructurales y b) Medidas de impacto inmediato.

¿EXISTE REALMENTE EL DÉFICIT FISCAL?
El déficit fiscal existe. Nuestro problema financiero es real e insostenible. De acuerdo con los datos preliminares del Ministerio de Hacienda durante este año 2018 el déficit financiero del Gobierno Central ha rondado el 6.2% del PIB y el déficit primario, el 3.1% del PIB. Con ello, la presión sobre el crecimiento de la deuda (la cual ya roza el 50% del PIB) ha aumentado drásticamente. Permitir que el déficit fiscal siga aumentando tiene serias consecuencias: desde el desfinanciamiento de programas sociales, recortes en empleo público y pensiones, hasta la erosión de la soberanía nacional en busca de financiamiento internacional a cualquier costo.

¿ES POSIBLE SOLUCIONAR EL DÉFICIT SIN EMPOBRECER AL PUEBLO?
Sí, es posible. Las soluciones tradicionales para el déficit fiscal han sido: aumento del IVA, recortes al gasto público y medidas de empleo público. Y sin embargo, después de 30 años de aplicar variantes de estas medidas, seguimos sin solucionar el déficit. Es evidente que estas soluciones son paliativos que en el largo plazo no han constituido una solución a nuestro problema fiscal. ¿Por qué? Porque estas medidas no atacan las causas estructurales del déficit fiscal y por lo tanto, no son soluciones reales.

Las causas estructurales del déficit fiscal son:
1) Altos niveles de fraude fiscal (evasión y elusión). El incumplimiento tributario o fraude fiscal, fue estimado por el Ministerio de Hacienda en 8.22% del PIB.
2) Sistema tributario regresivo y baja carga impositiva. Costa Rica tiene una carga tributaria baja si se le compara con los países de la OCDE. Pero no es sólo que cobramos pocos impuestos con respecto a los “países desarrollados”, es que además se los cobramos a los que menos tienen (sistema tributario regresivo).
3) Economía poco dinámica. El crecimiento de nuestro PIB durante los últimos años se ha desacelerado y la tasa de desempleo abierto ha aumentado (para este año ya alcanzó el 10.3% según datos del INEC).

A lo anterior, deben sumarse los recursos que año tras año el Gobierno Central pierde a causa de la corrupción.

NUESTRA PROPUESTA SINDICAL COMÚN
La Mesa de Unidad Sindical ha elaborado un paquete fiscal progresivo, justo y solidario que permite solventar al menos el déficit fiscal primario (aporta entre 2.387% PIB y 4.208%PIB), sin empobrecer a la clase trabajadora de Costa Rica y que aporta soluciones tanto estructurales como de impacto inmediato.


SOLUCIONES ESTRUCTURALES

• OCHO MEDIDAS PARA COMBATIR EL FRAUDE FISCAL:
1. Levantar el velo de la personalidad jurídica
2. Desjudicializar el requerimiento de información tributaria
3. Reformar la ley orgánica del Banco Central de Costa Rica n° 7558 y sus reformas, para la supervisión consolidada de los grupos financieros
4. Reformar la sección primera, segunda y tercera del capítulo III, del título II, y a los artículos 41, 195 y 197 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, ley n°4755, para modernizar las definiciones de obligados tributarios, sus deberes, y el regimen jurídico de las responsabilidades tributarias.
5. Reformar y adicionar a la Ley de Impuesto sobre la Renta, ley n° 7092 de 21 abril de 1988, una ley para fortalecer la lucha contra el fraude fiscal.
6. Establecer una clausula antielusiva general, adición de un artículo 12 bis al Código de Normas y Procedimientos Tributarios, ley n° 4755, de 3 de mayo de 1971, y sus reformas.
7. Concretar una ley contra la participación de servidores públicos en paraísos fiscales.
8. Concretar una ley para la transparencia de las sociedades inactivas.

• OCHO MEDIDAS PARA CONSOLIDAR UN SISTEMA TRIBUTARIO PROGRESIVO:
1. Reforma a la ley n° 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, del 19 de mayo de 1988 y sus reformas, para gravar a las herencias, legados y donaciones de lujo.
2. Establecer una escala tarifaria progresiva para las personas jurídicas en el impuesto de renta.
3. Gravar las ganacias de capital
4. Concretar el paso transitorio hacia un esquema completo de renta mundial y renta global.
5. Mejorar la eficacia de la valoración aduanera. Ley de ejecución eficaz de la valoración aduanera.
6. Proteger la progresividad de la carga tributaria en bienes y servicios de consumo necesarios para la vida.
7. Establecer un impuesto a las transacciones financieras (tasa tobin).
8. Implementar el escaneo de contenedores para la inspección intrusiva.

• CUATRO MEDIDAS PARA IMPULSAR LA ACTIVIDAD ECONÓMICA NACIONAL:
1. Establecer el empleo como objetivo primordial del banco central, no solo la inflación.
2. Generar recursos frescos al sistema de banca para el desarrollo para apoyar emprendimientos en zonas rurales.
3. Establecer iniciativas de mujeres y personas jóvenes como prioridad del sistema de banca para el desarrollo.
4. Ley contra la usura.

• CUATRO MEDIDAS PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN:
1. Fortalecer el combate a la corrupción y transparentar los patrimonios y los intereses económicos de los altos mandos del sector público.
2. Fortalecer a la procuraduría de la ética.
3. Garantizar el conocimiento de los informes de las comisiones especiales de investigación.
4. Eliminar la inmunidad de miembros de los supremos poderes investigados por delitos de corrupción.


SOLUCIONES DE IMPACTO INMEDIATO

– Crear un impuesto sobre ganancias extraordinarias obtenidas por los bancos con altas tasas de interés.
– Hacer que los bancos asuman el costo de la supervisión.
– Aumentar, temporalmente, la tarifa de impuesto sobre grandes utilidades, de 30% a 36%, solamente a los grandes contribuyentes (empresas que tributan 250 millones o más, o con renta bruta de 40 mil millones o más, o con activos de 40 mil millones o más, que corresponde aproximadamente las 400 empresas más grandes del país).
– Eliminar los privilegios tributarios para los rendimientos de los fondos de inversión
– Congelar los salarios de lujo de toda la alta jerarquía del sector público y de funcionarios con remuneraciones superiores a 5 millones, por dos años.
– Congelar los montos de las dietas pagadas a miembros de juntas directivas de entidades públicas por dos años.
– Aumentar temporalmente (2 años) impuesto sobre dividendos en 1,5 puntos porcentuales.
– Prohibir que se otorguen y mantengan exoneraciones a personas físicas o jurídicas que no están al día con el fisco o con la CCSS.
– Bajar el impuesto sobre la renta de los salarios pequeños y subirlo para los salarios de lujo.
– Hacer que los bancos paguen una contribución especial temporal para financiar la educación pública. Crear una exoneración temporal para el alquiler de locales comerciales por parte de micro, pequeñas y medianas empresas.
– Crear un impuesto extraordinario al existente sobre los casinos y las salas de juego.
– Detener las pensiones de lujo de ex Presidentes de la República.
– Reducir el financiamiento de los partidos políticos para las próximas elecciones municipales y nacionales.
– Establecer temporalmente una contribución especial solidaria de apoyo a las finanzas públicas proveniente de las empresas que se acogen al régimen de zona franca.

La Mesa de Unidad Sindical, reitera el requerimiento elevado ante el Poder Ejecutivo, para que se desconvoque el proyecto de ley 20.580, y en su lugar, se abra una mesa de diálogo multisectorial, con participación de diversos sectores sociales y económicos.

 

04 de agosto de 2018

CALENDARIO DE SEMIFINALES Y FINALES 2018 – COPAPSE 2018

SEMIFINAL

FÚTBOL 11
Sábado 4 de agosto
Estadio Ernestro Rohrmoser, Pavas, San José
– Regional 11 vs Regional 21 5:00 p.m.
– Regional 09 vs Regional 15 7:00 p.m.

TRANSMISIÓN EN VIVO POR CANAL 13


FINALES

FÚTBOL 11
Miércoles 8 de agosto, 6:00 p.m.
Estadio Ernestro Rohrmoser, Pavas, San José
— Contrincantes por definir —

AJEDREZ
Jueves 9 de agosto 9:00 a.m.
Liceo del Sur, Barrio Cuba, San José
Regional 38 vs. Regional 23

FÚTSALA FEMENINO
Jueves 9 de agosto 9:00 a.m.
Liceo del Sur, Barrio Cuba, San José
Regional 28 Boruca vs. Regional 25 Limón

FÚTSALA MASCULINO
Jueves 9 de agosto 10:00 a.m.
Liceo del Sur, Barrio Cuba, San José
Regional 27 Guápiles vs. Regional 31 Sarapiquí

VOLEIBOLL MASCULINO
Jueves 9 de agosto 12:00 m.d.
Liceo del Sur, Barrio Cuba, San José
Regional 18 Puntarenas vs. Regional 27 Coto Brus

VOLEIBOLL FEMENINO
Jueves 9 de agosto 1:00 p.m.
Liceo del Sur, Barrio Cuba, San José
Regional 24 vs. Regional 27

TRANSMISIÓN POR STREAMING EN REDES SOCIALES FACEBOOK: APSE INFORMA

APSE ENTREGA DONACIÓN DE UNIFORMES DEPORTIVOS AL LICEO DEL SUR COMO PARTE DE LA PROYECCIÓN SOCIAL DE COPAPSE

APSE realizó la entrega de una donación de uniformes para varias disciplinas deporitvas, otorgada al Liceo del Sur, San José, como parte de un acuerdo mediante el cual esta institución educativa sirve como sede del torneo deportivo COPAPSE 2018.
 
La entrega de los uniformes deportivos estuvo a cargo de la Presidenta de APSE; Mélida Cedeño Castro, y el Secretario de Asuntos Profesionales, Culturales y Deportivos de APSE, José Luis Bustos. Los uniformes fueron entregados en manos de los profesores Luis Cuadra Carvajal, docente de educación física, y Jorge Bernal Villalta, coordinador del Departamento de Educación Física en el Liceo del Sur.
 
Esta donación se realiza tradicionalmente desde la fundación de COPAPSE, como una forma de agradecimiento por la colaboración brindada por los centros educativos que acogen los juegos del torneo, así como parte de la labor de proyección social de nuestro Sindicato, y como reconocimiento e incentivo al esfuerzo que brinda el estudiantado para alcanzar sus metas académicas y deportivas.

 

PLATAFORMA VIRTUAL – VI Asamblea General 2018

ENLACE DE INGRESO A LA PLATAFORMA:

virtual-apse.cr


INSTRUCCIONES PARA DESCARGAR EL COMPROBANTE DE PARTICIPACIÓN EN LA PLATAFORMA VIRTUAL

INSTRUCCIONES PARA DESCARGAR EL COMPROBANTE DE PARTICIPACIÓN EN LA PLATAFORMA VIRTUAL

Las personas afiliadas a APSE que se inscribieron y participaron mediante la Plataforma Virtual de la VI Asamblea General, pueden descargar su comprobante de participación.

Es muy sencillo.

DESCARGA DESDE EL CORREO ELECTRÓNICO:

– Ingrese a su correo electrónico.
– Allí recibirá un mensaje con el enlace donde puede descargar su comprobante. Haga click en el enlace.
– El comprobante se descargará en su computadora o teléfono
celular.

DESCARGA DESDE LA PLATAFORMA VIRTUAL:
– Ingrese a virtual-apse.cr, al botón “Ingreso a la plataforma”, con sus datos personales y contraseña.
– En el menú de la pantalla principal, haga click en el botón “Certificado de participación”.
– Haga click en el botón “Descargar certificado”
– El comprobante se descargará en su computadora o teléfono
celular.

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DEL COMPROBANTE:
– El comprobante puede ser reenviado al correo de la institución o instituciones donde trabaja.
– Si lo requiere, puede imprimir el comprobante para solicitar recibido de su entrega.
– Cada comprobante viene respaldado por firma digital, además de tener un código único de indentificación que confirma su autenticidad (impreso en el costado superior derecho)

Nota: el servicio de correo electrónico de Hotmail puede estar configurado para bloquear el ingreso de mensajes que no pertenecen a su lista de contactos. Si tiene este inconveniente, puede descargar el comprobante directamente desde la plataforma virtual.

 

 

VIDEO EXPLICATIVO (CREADO Y COMPARTIDO POR LA REGIONAL 30):

 

 


INFORMACIÓN SOBRE LA ENTREGA DE COMPROBANTES DE LA PLATAFORMA VIRTUAL

 

APSE agradece a su afiliación, por la masiva participación registrada en la Sexta Asamblea General, los días 8, 9 y 10 de agosto de 2018.
 
Le recordamos a todas las personas afiliadas inscritas en la plataforma virtual, que el comprobante de asistencia estará llegando a su correo electrónico en el transcurso de este fin de semana. El comprobante tiene un código de verificación que autentica su validez. Una vez recibido, puede ser enviado al correo institucional de su centro o sus centros de trabajo.
 
Aquellas personas afiliadas que registren algún inconveniente con el recibo de su comprobante, debe comunicarse con su Coordinador Regional ó su Promotor, para facilitarle este documento directamente.
 
Mélida Cedeño Castro
Presidenta
 
Giannina Francesa Blanco
Vicepresidenta
 
Roblin Apú Murillo
Secretario General

 


MENSAJE DE LA PRESIDENTA DE APSE SOBRE HABILITACIÓN DE LA PLATAFORMA VIRTUAL LAS 24 HORAS

 

CORREO ELECTRÓNICO PARA SOPORTE Y ASISTENCIA:

ricvin@gmail.com

 

En caso de dudas o problemas, indique su nombre completo, número de documento de identidad, e información de contacto personal.

 


RECOMENDACIONES PARA EL USO DE LA PLATAFORMA DURANTE LOS DÍAS DE ASAMBLEA:

 


POR FAVOR, LEA DETENIDAMENTE LAS INSTRUCCIONES DE USO, Y VEA EL VIDEO TUTORIAL DE LA PLATAFORMA, ANTES DE INICIAR EL PROCESO DE REGISTRO.

Video tutorial:

https://youtu.be/tFlvyIhIe_g

 

APSE les brinda la bienvenida al acceso directo a la Plataforma de Registro y Participación Virtual, disponible para el registro y comprobante de participación en la VI Asamblea General de APSE, los días 08, 09 y 10 de agosto de 2018.

RECUERDE: ES INDISPENSABLE QUE INGRESE A LA PLATAFORMA CADA UNO DE LOS 3 DÍAS DE LA ASAMBLEA (08, 09 Y 10 DE AGOSTO DE 2018), PARA HACER CONSTAR SU PARTICIPACIÓN EN LAS 3 FECHAS Y ASÍ GENERAR EL COMPROBANTE RESPECTIVO.

Para hacer uso de la plataforma, siga las instrucciones que se detallan a continuación:

 


¿CÓMO REGISTRARSE?

Ingrese a la página web de APSE (www.apse.cr). Se dispondrá de un link para accesar a la plataforma virutal de la Asamblea General.

PUEDE ACCEDER A LA PLATAFORMA DESDE SU COMPUTADORA O TELÉFONO CELULAR, EN CUALQUIER SITIO CON ACCESO A INTERNET.

Complete el formulario que se muestra en el sitio web. Cada participante debe crear un usuario y su contraseña.

 

Recibirá un correo electrónico (a la dirección ingresada) con un código de verificación que deberá validarlo en el Registro del Usuario.

Con el primer ingreso la plataforma, realice una actualización de sus datos personales.

Recuerde:

• Todas las personas afiliadas participantes en la Asamblea General, sea de forma presencial (Delegados) o virtual, deben realizar este registro.

• Si usted no está afiliado a APSE al momento de registrarse, el sistema le remitirá una invitación para la realizar su respectiva afiliación.

• En caso de olvidar su contraseña, ingrese a la plataforma virtual de la Asamblea General y seleccione la opción ¿Olvidó su contraseña?

• La actualización de datos puede realizarse cada vez que lo considere oportuno.


PARTICIPACIÓN VIRTUAL

(habilitada del miércoles 08 hasta el viernes 10 de agosto de 2018 inclusive, en horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.)

 

 

1) Ingrese a la plataforma virtual de la Asamblea, desde el link dispuesto en la página del APSE (www.apse.cr). Registre su usuario y contraseña (creados al momento de registrarse).

 

 

2) En la plataforma virtual tendrá acceso a un video diario vinculado con la agenda del día. Así mismo, tendrá a su disposición otros documentos y presentaciones.

3) El ingreso debe realizarse diariamente, ya que cada día se habilitará material específico, que estará disponible exclusivamente esa fecha.

RECUERDE: ES INDISPENSABLE QUE INGRESE A LA PLATAFORMA CADA UNO DE LOS 3 DÍAS DE LA ASAMBLEA (08, 09 Y 10 DE AGOSTO DE 2018), PARA HACER CONSTAR SU PARTICIPACIÓN EN LAS 3 FECHAS Y ASÍ GENERAR EL COMPROBANTE RESPECTIVO.

4) Adicionalmente, cada día usted podrá ingresar sus comentarios, como mecanismo de participación a la Asamblea General de APSE 2018.

Recuerde:

• El acceso a la plataforma se brindará durante el horario de las actividades de la Asamblea (de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.) La plataforma contará con una bitácora de registro de la hora de ingreso y salida de cada usuario.

• De acuerdo a los días y horas que cada persona afiliada participe, se generará un reporte de asistencia que será enviado a su correo electrónico, debidamente firmado por el APSE.

En caso de dudas, reportes de incidentes o cualquier asunto relacionado con el registo y emisión de comprobantes, APSE habilitará un centro de atención de llamadas y correos electrónicos para atender a su afiliación.

 

 

Preguntas frecuentes

Menú de esta página:

REGLAMENTOS, MANUALES Y CIRCULARES DE TRABAJO DEL SECTOR EDUCATIVO

Haga click en el siguiente enlace:

PREGUNTAS FRECUENTES

¿SABÍA USTED QUÉ…?

1.- SABIA USTED: Que si bien el artículo 57 de la Ley de Carrera Docente, establece como deber del personal docente, el asistir puntualmente a las actividades inherentes a su cargo, el docente no esta obligado a asistir a actividades que no sean inherentes a su cargo, tales como bingos, bailes y rifas entre otros, salvo que así lo desee con el animo de colaborar voluntariamente.

2.- SABIA USTED: Que la póliza de seguro del Ministerio de Educación Pública, no cubre al servidor en caso de accidente durante la participación fuera de horario de actividades que no sean inherentes a su puesto.

3.- SABIA USTED: Que los Directores de centros educativos pueden modificar unilateralmente el horario del Agente de Seguridad y Vigilancia, – NO SU JORNADA– siempre y cuando no se le cause grave perjuicio y previa comunicación de los motivos que sustentan tal cambio y la convocatoria a una audiencia formal.

4.- SABIA USTED: Que la remuneración de los Agentes de Seguridad, por laborar los días feriados u horas extras, debe ser coordinada por el Director institucional con la Junta Administrativa del centro educativo, para que proceda a cancelar el pago correspondiente.

5.- SABIA USTED: Que no existe norma jurídica que les imponga a los Docentes de III Ciclo y Educación Diversificada, el deber de presentarse con* 10 minutos de anticipación a su hora de entrada*, como sí la hay para el Docente de I y II Ciclo (Art. 121 inc. 12 del Código de Educación)

6.-SABIA USTED: Que se configura la ausencia a una lección, cuando el profesor de III Ciclo y Educación Diversificada llegue después de 30 minutos de la hora fijada para impartir dicha lección.

7.-SABIA USTED: Que de conformidad con el artículo 75 del Reglamento Interior de Trabajo del M.E.P, tanto para el personal administrativo propiamente dicho, como para el personal docente: “ Se considera llegada tardía la presentación al trabajo después de 5 minutos de la hora señalada para el comienzo de labores”

8.-SABIA USTED: Que de conformidad con la jurisprudencia de la Sala Constitucional, un servidor interino calificado no puede ser cesado para nombrar a otro interino calificado, aunque este último sea de mayor grupo profesional.

10.- SABIA USTED: Que el cese justificado de un servidor interino sólo ocurre cuando se produce un nombramiento o traslado en propiedad en la plaza ocupada por el servidor.

11.- SABIA USTED: Que toda servidora de la educación, puede disponer de un período de lactancia, que deberá mantenerse hasta que la trabajadora concluya el amamantamiento de su hijo o hija, para lo cual en convenio con su jefe inmediato podrá establecerse una hora reloj, al inicio o al final de la jornada y que tal derecho es independiente del número de lecciones que labora la madre.

12.- SABIA USTED: Que es deber de la Junta Administrativa o Junta de Educación, velar porque las instituciones educativas no carezcan del material didáctico necesario, así como procurar la satisfacción de las necesidades económicas, de equipo y mobiliario de la institución a cu cargo.) ( Art. 8 Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas.

13.- SABIA USTED: Que el Incentivo Didáctico también conocido como Incentivo para el Desarrollo de la Docencia, consiste en un porcentaje del 8.33% del salario promedio nominal mensual, y cuyos beneficiarios son los servidores directamente relacionados con el proceso educativo, de modo que le permita actualizarse en sus conocimientos, adquirir instrumentos de trabajo, tales como materiales de apoyo, fichas, guías, reproducir documentos de interés propio, entre otros; pero no para sufragar gastos propios de la institución, como compra de tiza o pago de fotocopias de los estudiantes o tiraje de exámenes.

14.- SABIA USTED: Que de conformidad con el artículo 15 inc. r) del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, no es obligación del docente entregar al Comité de Evaluación, una copia de la prueba o examen antes de su aplicación, sino hasta después de aplicada la misma.

15.- SABIA USTED: Que su jefe inmediato es quien tiene la responsabilidad de dar trámite a cualquier problema de pago que tengan los servidores del centro educativo a su cargo, y que si éste no hace tal diligencia, no puede negar su autorización o licencia para que el servidor realice personalmente el trámite ante las instancias del M.E.P que correspondan.

16.-SABIA USTED: Que su jefe inmediato no puede negarse a conceder permiso o a justificar una ausencia, cuando se trate de: – Asistencia a tratamiento médico o consulta en el Seguro Social y por enfermedad que no incapacite al servidor hasta por cuatro días hábiles.

17.-SABIA USTED: Que sí procede el rebajo del 50% del salario cuando las ausencias no excedan de cuatro días hábiles y se originen en: Permiso para asistir a consulta médica o consulta en el Seguro Social; por enfermedad que no incapacite al servidor o por enfermedad que lo incapacite menor a cuatro días hábiles.

*18.-SABIA USTED: *Que si Usted tiene título docente y está nombrado en propiedad, su jefe inmediato puede autorizarle una LICENCIA SIN GOCE DE SALARIO, hasta por una semana.
*
19.- SABIA USTED:* Que conforme al artículo 165 de la Ley de Carrera Docente, los servidores docentes tienen derecho al goce de licencias con sueldo completo, en caso de: Matrimonio del servidor, fallecimiento del padre, la madre, un hijo o el cónyuge, durante una semana.

21.- SABIA USTED: Que conforme al artículo 165 de la Ley de Carrera Docente, los servidores docentes tienen derecho al goce de licencia con sueldo completo, en caso de: Enfermedad grave debidamente comprobada del padre, la madre, un hijo o el cónyuge, hasta por una semana.

22.- SABIA USTED: Que conforme al artículo 165 de la Ley de Carrera Docente, los servidores docentes tienen derecho al goce de licencia con sueldo completo, en caso de: Fallecimiento de un hermano, hasta por tres días consecutivos.

23.- SABIA USTED: Que no existe norma legal alguna que impida a los servidores docentes el uso de pantalones de mezclilla y que no existe una directriz emanada del M.E.P, relacionada con la* forma de vestir de los servidores de la educación*, lo que si existen son disposiciones generales fundamentadas en las buenas costumbres, principios y valores que rigen la actividad educativa oficial.

Elaborado por la Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal Junta Directiva APSE

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Preguntas frecuentes

Pensiones

1.- ¿A cuál régimen de pensión pertenezco?

Esto depende de la fecha que inicié a laborar en el Magisterio Nacional:

  • Si ingresé por primera vez antes del 15 de julio de 1992 me ubico en el Régimen de Reparto, pero si comienzo del 15 de julio de 1992 en adelante pertenezco al Régimen de Capitalización Colectiva.
  • No obstante, si antes del 15 de julio de 1992 usted hizo Horas Asistente, Estudiante, BECA 11 en la Universidad de Costa Rica y del Instituto Tecnológico de Costa Rica, para efectos de pensión la Junta de Pensiones los ubicaré en el Régimen de Reparto. UNICAMENTE PARA EFECTOS DE PENSION Y NO PARA CAMBIO DE REGIMEN

-¿Cuál es el monto que debo cotizar en cada uno de los regímenes?

  • Régimen de Reparto, se cotiza del 10% al 16% en forma escalonada (Similar al cobro del impuesto de la renta), dependiendo del salario devengado.
  • Régimen de Capitalización Colectiva, se cotiza un 8% del salario devengado en educación.

3-.¿Puedo regresar a los Regímenes del Magisterio Nacional si me trasladé al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte que administra la Caja Costarricense del Seguro Social?

Si le aparecen los documentos que demuestren que se trasladó voluntariamente al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte no se puede, si no aparecen, se inicia el proceso para el regreso a los regímenes del magisterio, servicio que brinda el Departamento de Pensiones .

Los funcionarios administrativos que ingresaron entre el 15 de julio de 1995 y el mes de abril del 2009 cotizan para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte por una omisión en la Ley, para estos casos se elaboró un Reglamento, para la persona que quiera regresar, pero , no ha sido firmado por los Ministerios de Educación, Hacienda, Trabajo y Seguridad Social.

Legal

¿Cuáles son y donde se encuentran estipuladas las vacaciones del personal administrativo (Título I)?

Con excepción de los conserjes de centros educativos, el personal administrativo según el Reglamento Autónomo de Servicios del MEP, dispone de vacaciones de la siguiente manera:

“Artículo 29.—Los servidores administrativos, según se define en el artículo 3°, inciso a) de este Reglamento, disfrutarán de vacaciones anuales en las siguientes proporciones:

a) Quince días hábiles si ha prestado servicios durante un tiempo de cincuenta semanas a cuatro años y cincuenta semanas;

b) Veinte días hábiles si ha prestado servicios durante un tiempo de cinco años y cincuenta semanas a nueve años y cincuenta semanas; y

c) Un mes calendario si ha trabajado durante un tiempo de diez años y cincuenta semanas o más.”

Cuando al funcionario le corresponde un mes calendario de vacaciones y el periodo se fracciona le corresponderán 26 días hábiles.

¿Cuál es el debido proceso que se debe seguir si un funcionario docente no está conforme con la calificación y evaluación de servicios?

El Estatuto del Servicio Civil dispone que:

Artículo 157.-
“Enterado el servidor de su evaluación y calificación de servicios por el jefe inmediato si hubiere disconformidad, podrá dejar constancia de ello en el acto de firmar el documento, o manifestarlo por escrito, en el término del día hábil siguiente. En tal caso, el jefe concederá entrevista al servidor dentro del tercero día; con base en ésta hará la ratificación o enmienda que estimare procedente, y la consignará en el mismo documento.
El superior del jefe inmediato confirmará la calificación o hará las modificaciones que estime pertinentes, dentro del término indicado en el artículo 153 anterior.”

Artículo 159.-
“Recibidas por el servidor la evaluación y calificación de servicios, dispondrá de un período máximo de diez hábiles para formular recurso de apelación, ante el Tribunal de Carrera Docente, cuyo fallo, que será definitivo, deberá dictarse en un plazo no mayor de treinta días, No gozarán de este recurso si de acuerdo con el párrafo primero del artículo 157, el servidor hubiere mostrado conformidad con la evaluación y calificación de sus servicios y éstos se hubiesen mantenido por el superior del jefe inmediato.”

Es decir, que se inicie el debido proceso el funcionario debe indicar su disconformidad en relación con la calificación para que el director dentro del 3 día lo reciba y decida si mantiene la calificación o la cambia, si la mantiene este la debe elevar al superior, quien la revisará y decidirá si ratifica o no la calificación, cuando el supervisor tenga la calificación el funcionario puede solicitar por escrito que se le reciba para conversar sobre la calificación (reunión que no es obligatoria), una vez que se le regresa la calificación al funcionario luego de que el supervisor la revisa, si este mantiene la calificación el funcionario cuenta con tiene 10 días para apelar ante el Tribunal de Carrera Docente.

Cuando el Director califica como insuficiente o inaceptable al funcionario, la evaluación siempre debe contar con una justificación que explique los motivos por los cuales se calificó de esa manera, lo anterior de conformidad con lo que establece el artículo 160 del Estatuto del Servicio Civil.

¿Dónde y qué regula la licencia con goce salarial por una semana del personal docente?

El artículo 165 del Estatuto del Servicio Civil dispone que “Los servidores docentes tendrán derecho al goce de licencias con goce salarial con sueldo completo, en casos de: a) Matrimonio del servidor, fallecimiento del padre, la madre, un hijo o el cónyuge, durante una semana. b) enfermedad Grave debidamente comprobada del padre, madre, un hijo o cónyuge, hasta por una semana. c) fallecimiento de un hermano, hasta por tres días consecutivos. d) Fuerza mayor o caso fortuito, mientras prevalezcan las condiciones que les impidan desempeñar su función. Quedan excluidos de las disposiciones contenidas en los incisos a) y b) los demás parientes por afinidad.”

Quedan excluidas de esta licencia actividades como mudanza del hogar, sobre la cual no existe ningún tipo de licencia para el personal docente o administrativo del Ministerio de Educación Pública.

¿Cuándo y cómo presentar un amparo de legalidad?

Cuando un funcionario del MEP presenta una solicitud o reclamo ante algún departamento o jefatura del Ministerio de Educación Pública, por ejemplo la actualización de la carrera profesional o las anualidades, y la Administración no contesta lo planteado dentro de los dos meses siguiente, lo que procede es presentar un amparo de legalidad.

El amparo de legalidad, es un proceso que se presenta ante un juez que conoce de la materia contencioso administrativa, es un proceso que nos garantiza que el MEP le dé respuesta a su solicitud, y tiene varias etapas, la primera es presentar la denuncia, la segunda que el juez reciba el expediente y le dé parte al MEP es decir, que le comunique que usted presentó ese proceso, luego se llama a conciliación en esta etapa generalmente solo va la abogada, ya que usted cuando presentó el amparo de legalidad, también firmó un poder para que APSE pudiera representarle en el proceso, luego viene la resolución final, que le van a notificar a APSE, en muchos casos ha sucedido que antes de que nos notifiquen la resolución final, el MEP procede al pago de lo que se adeuda, algunas veces lo paga bien y en otras ocasiones no, este pago se puede reclamar hasta que la resolución final sea notificada, la persona se dará cuenta de que la notificación llegó porque la secretaria del Departamento Legal de APSE lo contactará telefónicamente y se lo indicará, en caso de que la persona este disconforme con el resultado de la resolución contará con 3 días para apelar, estos son procesos muy largos que tardan aproximadamente un poco más de un año.

Es importante que tenga presente que para poder presentar el amparo de legalidad la solicitud o el reclamo debe tener el sello del departamento en el que se presentó, indicar la en que se realizó la gestión y la firma de quien recibió el documento.

Descarga y consulta los siguientes documentos