APSE INFORMA CUÁLES AGENTES DE SEGURIDAD EN PROPIEDAD DEBEN CUMPLIR REQUISITO DE PORTACIÓN DE ARMAS

*APSE INFORMA CUÁLES AGENTES DE SEGURIDAD EN PROPIEDAD DEBEN CUMPLIR REQUISITO DE PORTACIÓN DE ARMAS

MEP EMITIÓ DIRECTRIZ ACLATATORIA SOBRE ESTE REQUERIMIENTO*

La Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública emitió la directriz DRH-9937-2017-DIR, de fecha 4 de agosto de 2017, en la cual se realiza una aclaración sobre la procedencia de solicitar el requisito de licencia de portación de armas a los agentes de seguridad que laboran para el MEP.

De acuerdo a esta circular, únicamente deben cumplir con el requisito de acreditar su licencia de portación de armas, “aquellos Oficiales de Seguridad con nombramiento en propiedad en fecha posterior al 27 de julio de 1999”, fecha a partir de la cual la Dirección General de Servicio Civil aplicó esta condición. Quienes no han realizado ese trámite aún y están obligados a hacerlo, tienen tiempo para el 16 de noviembre de 2017.

Lo servidores agentes de seguridad nombrados en propiedad antes del 27 de julio de 1999, quedan exentos de cumplir el requisito, siempre y cuando no requieran el arma de fuego para el desempeño de sus funciones. En cambio, si utilizan el arma de fuego, deben cumplir con la licencia señalada.

Esta aclaratoria se logró gracias a las gestiones realizada por APSE ante el Ministerio de Educación Pública, al cual se le solicitó una respuesta que despejase la duda sobre la aplicación de este requisito a los agentes de seguridad del MEP.

—- Trámite para licencia de portación de armas debe ser financiada por la Junta Administrativa o de Educación —-

Se recuerda a los agentes de seguridad que deban cumplir con el requisito de licencia de portación de armas, que los gastos relacionados con la compra del arma, su inscripción y trámites para solicitar la licencia de portación, deben ser cubiertos por la Junta Administrativa o la Junta de Educación, como lo indica el artículo 57 del Reglamento de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia y Auxiliares de Vigilancia del Ministerio de Educación Pública, Decreto 37439-MEP:

Artículo 57.- El o la Agente de Seguridad y Vigilancia designado para portar arma deberá contar previamente con el permiso para uso y portación de armas vigente y aprobar el curso básico de seguridad policial para agentes de seguridad privada de conformidad con la Ley de Armas y Explosivos.

Los gastos por concepto de compra e inscripción del arma, del curso teórico y práctico de portación de armas y el examen psicológico, así como la renovación del permiso de portación de armas y el examen psicológico, deben ser sufragados por la Junta Administrativa o la Junta de Educación, la Dirección Regional de Educación o la Dirección de Servicios Generales, perteneciente al Ministerio de Educación Pública, según corresponda.”

Estas disposiciones son de acatamiento obligatorio según lo establece el Decreto 35513-MEP. Además, los Supervisores de Educación y directores de centros educativos deben hacer extensiva esta instrucción a los servidores nombrados en esta clase de puesto.

7 de setiembre de 2017

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APSE INVITA A LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL OFICINISTA EL VIERNES 22 DE SETIEMBRE 2017

APSE INVITA A LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL OFICINISTA EL VIERNES 22 DE SETIEMBRE 2017

APSE se complace en invitar a sus afiliación que labora en puestos de oficinistas, a la celebración del Día del Oficinista 2017.

La actividad de convivencia se llevará a cabo el viernes 22 de setiembre de 2017, desde las* 9 de la mañana y hasta la 1 de la tarde, en el Salón Pepper’s Club, ubicado en Zapote, San José* (200 metros al este del redondel de toros, contiguo al parqueo de Pricesmart).

Hay permiso oficial del MEP para participar en el evento. Según indica el oficio DVM-A-1429-2017, “se otorga licencia sindical a los funcionarios que laboran exclusivamente en puestos de oficinistas en preescolar, I, II y III Ciclo de la Educación general Básica y Educación Diversificada, quienes laboran en los centros educativos privados subvencionados y cuyo salario es pagado por el MEP, de direcciones regionales y oficinas centrales, para que puedan asistir a una actividad de índole gremial el día 22 de septiembre de 2017 a partir de las 7:00 a.m. hasta las 9:50 p.m.”

Además “las personas autorizadas, deberán presentar el comprobante de asistencia emitido por la APSE, debidamente sellado y firmado el día laboral posterior a la actividad”.

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BOLETÍN APSE INFORMA SETIEMBRE 2017

BOLETÍN APSE INFORMA SETIEMBRE 2017

Estimada afiliación de APSE: Aquí encontrará el Boletín Electrónico APSE INFORMA, el cuál tiene información relevante que puede que debe discutirse en las próximas Asambleas de Base, especialmente el tema relacionado con los cambios de la procesal laboral.

CONTENIDO DE LA EDICIÓN N° 2, SETIEMBRE 2017

APSE celebró V Asamblea General,
-Juramentación de Junta Directiva y Fiscalía para el periodo 2018-2019, – APSE estrena documental acerca de efectos nocivos de la sobrecarga laboral en la educación, que puede observarse https://www.youtube.com/watch?v=3oFSuAdZwIo – APSE gana recurso de amparo contra el MEP por aplicar rebajo de salario en huelga legal, – Inician negociaciones con el MEP sobre pliego petitorio de la huelga del 27 de junio, – Permiso pasa Asambleas de Base, – Comisión Negociadora de Salarios rechazó propuesta de aumento hecha por APSE, – APSE pide claridad sobre falta de liquidez en erario y exige no aprobar nuevos impuestos, – Pensionados y Agentes de Seguridad celebraron su día con diferentes actividades,
Estado de la Educación confirma rezago en el sistema educativo costarricense, – Elementos de la Reforma Procesal Laboral.

https://issuu.com/apseinforma/docs/apse_informa_digital_setiembre_2017

CONSEJO NACIONAL DE APSE JURAMENTÓ A NUEVOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DE ÉTICA

CONSEJO NACIONAL DE APSE JURAMENTA A NUEVOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DE ÉTICA

El Consejo Nacional de APSE tomó juramento a las y los nuevos integrantes del Tribunal de Ética de APSE, en sesión ordinaria celebrada el sábado 2 de setiembre de 2017.

El Tribunal de Ética quedó integrado por Olga López Medrano, Sehiris Aguilar Alvarado y Víctor Cubero Alfaro. Ellos fueron designados para los cargos en la V Asamblea General de APSE el 11 de agosto de 2017, y ejercen sus puestos por una vigencia de dos años.

APSE LOGRA QUE NO SE EXIJA REQUISITO DE PORTACIÓN DE ARMAS A AGENTES DE SEGURIDAD QUE LABORAN PARA EL MEP ANTES DE 1997

APSE LOGRA QUE NO SE EXIJA REQUISITO DE PORTACIÓN DE ARMAS A AGENTES DE SEGURIDAD QUE LABORAN PARA EL MEP ANTES DE 1997

Gracias a las gestiones realizadas por APSE ante el Ministerio de Educación Pública, la División Jurídica del MEP elaboró un criterio mediante el cual se dejó sin efecto el requerimiento de permiso de portación de armas para los Agentes de Seguridad que laboran para el MEP y que ingresaron en puestos en propiedad antes del año 1997.

El MEP confirmó esta información a APSE en conversación sostenida el viernes 1 de setiembre de 2017, e indicó que en próximos días la Dirección de Recursos Humanos emitirá una circular donde se eliminará dicho requisito a los agentes de seguridad que se encuentran en esa condición.

De esta manera, APSE logra hacer valer los derechos de su afiliación, debido a que fue por insistencia de APSE que el MEP tuvo que reconocer la improcedencia del requerimiento del permiso de portación de armas para aquellos agentes de seguridad que entraron a laborar antes del año 1997. Antes de esa fecha, el permiso de portación era opcional. Sin embargo, sí es necesario contar con ese requerimiento en caso de que el centro educativo tenga un arma de fuego a disposición de sus agentes y estos hagan uso de ella.

Una vez sea emitida la circular del MEP sobre este asunto, la estaremos divulgando para conocimiento de nuestra afiliación.

Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General

1 de setiembre 2017

APSE GANA RECURSO DE AMPARO QUE ESTABLECE OBLIGACIÓN DEL ESTADO A PAGAR SALARIOS ADEUDADOS AUNQUE NO ESTÉN PRESUPUESTADOS

APSE GANA RECURSO DE AMPARO QUE ESTABLECE OBLIGACIÓN DEL ESTADO A PAGAR SALARIOS ADEUDADOS AUNQUE NO ESTÉN PRESUPUESTADOS

APSE interpuso y ganó un recurso de amparo constitucional contra el MEP, debido a un caso de una persona trabajadora, a quien se le adeudaba el pago de varias lecciones nombradas, argumentando falta de presupuesto y dificultades para ingresar el nombramiento en el sistema informático INTEGRA2.

A este trabajador de apellidos Benavides López, se le adeudaban ¢96.665,00 por 6 lecciones nombradas. APSE acudió a la vía del amparo el 28 de julio de 2017, ante lo cual la Sala Constitucional admitió el recurso y llamó a cuentas a la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz, quien adujo que se “intentó tramitar” el nombramiento interino de esta persona mediante registro de la respectiva acción de personal, sin embargo, “esto no ha sido posible a la fecha ya que el sistema INTEGRA2 emite una alerta de que no se puede tramitar dicho movimiento por cuanto no existe presupuesto de lecciones”.

Ante ello “se coordinó con el Departamento de Formulación Presupuestaria y el Ministerio de Hacienda para la inclusión de las lecciones a la coletilla respectiva”, según detalla el voto 2017-013416 de la Sala IV. Hacienda señaló su posición como “Pagador a nombre del Estado”, por lo que dicha dependencia no le corresponde el control sobre movimiento de pagos de funcionarios de instituciones como el MEP, ni “ha tenido injerencia alguna en este trámite”.

La Sala Constitucional declaró con lugar el amparo presentado a favor de este afiliado de APSE, mediante el voto 2017-013416 de las 9:15 del 25 de agosto de 2017. Se ordenó al Ministro de Hacienda, Helio Fallas Venegas, y a la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz, a proceder en el plazo de quince días con la cancelación de los salarios adeudados. Además se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

La Sala consideró en su resolución que el derecho al salario está claramente regulado por los artículos 56 y 57 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, además de jurisprudencia como la sentencia 5138-94 de esta misma Sala, por lo que el voto garantiza el respeto a esta garantía constitucional.

APSE celebra esta sentencia que deja claramente establecida la responsabilidad del Estado de cumplir con las deudas salariales a sus funcionarios, sin argumentar como motivo para no hacerlo la falta de presupuesto o los problemas en su sistema informático y de recursos humanos.

De esta forma APSE ejerce la lucha por la defensa efectiva del pago del salario de su afiliación cuando ocurren incidentes que impiden a las personas trabajadoras gozar de este derecho elemental. Este nuevo logro es la segunda victoria obtenida por nuestro sindicato en el transcurso de una semana por la vía constitucional, lo que demuestra que APSE es una organización que da la lucha por todos los medios posibles, como las vías legales, la movilización, las acciones de calle y la huelga. Lo anterior se ha obtenido a pesar de la insistencia del MEP de cerrarnos las puertas a las vías del diálogo por las que tanto hemos presionado y que corresponden a nuestro justo derecho y el de nuestra numerosa afiliación.

Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General

APSE GANA RECURSO DE AMPARO CONTRA EL MEP POR HABER APLICADO REBAJO DE SALARIO A TRABAJADOR CON MOTIVO DE HUELGA DEL 27 DE JUNIO 2017

*VOTO HISTÓRICO DE LA SALA CONSTITUCIONAL FORTALECE EL DERECHO A HUELGA EN COSTA RICA

APSE GANA RECURSO DE AMPARO CONTRA EL MEP POR HABER APLICADO REBAJO DE SALARIO A TRABAJADOR CON MOTIVO DE HUELGA DEL 27 DE JUNIO 2017*

_*- El voto 013173-17 de la Sala Constitucional, dio la razón a la APSE que acudió a la vía del amparo, debido a que el MEP le rebajó un día de salario a varios afiliados por haber asistido a la huelga del 27 de junio 2017, aún cuando dicho movimiento no fue declarado ilegal por ningún tribunal de trabajo.

– Fallo de la Sala reitera que no es procedente la aplicación de sanciones a los trabajadores que se hayan sumado a un movimiento de huelga que no sea declarado ilegal, y que hayan justificado su ausencia con base en ese motivo.*_

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, APSE, ganó un recurso de amparo presentado ante la Sala Constitucional, cuyas implicaciones serán históricas para el movimiento laboral y sindical costarricense, pues fortalece el derecho a la huelga resguardando a las personas trabajadoras de no sufrir sanciones por sumarse a esta protesta mientras la misma no sea declarada ilegal por un Tribunal de Trabajo competente. Este fallo se origina en el llamado hecho por APSE a huelga ocurrido antes de la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral, por lo que el criterio de la Sala Constitucional en este caso, resuelve un vacío legal previo a la reforma del Código de Trabajo.

APSE acudió a la vía del amparo constitucional el 12 de julio, debido a que se registraron varios casos de trabajadores sumados al movimiento de huelga convocado por APSE y el Magisterio en Acción el 27 de junio de este año, a quienes se les rebajó ese día de su salario, aún cuando justificaron su ausencia laboral por estar sumados a la huelga. La Sala Constitucional dio curso al amparo mediante expediente 17-010973-0007-CO, solicitando a la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz, que indicara si la alegada huelga fue declarada legal o ilegal. La respuesta brindada el 20 de julio por la Directora de Recursos Humanos del MEP ante la Sala IV, fue que no tenía conocimiento de ninguna sentencia de ilegalidad de la huelga.

En vista de que la huelga señalada no fue sentenciada como ilegal, la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso presentado por APSE, mediante el voto 013173-17 de las 11:51 horas del 18 de agosto de 2017, donde se ordena la anulación de la acción de personal emitida por el MEP en que aprobó la rebaja salarial por ausencia laboral del recurrido en la fecha indicada. La Sala IV divulgó este 29 de agosto el por tanto de la sentencia, la cual está pendiente de ser publicada integralmente.

Con este histórico fallo, se genera jurisprudencia de acatamiento obligatorio para la administración pública y los sujetos privados, de la cual se colige que no es procedente que los patronos apliquen ninguna clase de sanción contra las personas trabajadoras que justifiquen su ausencia con base en asistencia a una huelga declarada, y que justifiquen su ausencia con base en este motivo. Esta sentencia cobra especial importancia al ser dictada con base en hechos ocurridos antes de la vigencia de la Reforma Procesal Laboral, por constituir jurisprudencia laboral de aplicación universal sobre un tema de tanta relevancia para el movimiento sindical y la clase trabajadora.

APSE celebra el voto 013173-17, e insta al Ministerio de Educación Pública a proceder de oficio con el reintegro de salarios en otros casos que hemos denunciado, de trabajadores que también han sufrido rebajos salariales por sumarse a otros movimientos de protesta en el pasado.

Una vez se publique la sentencia integralmente, APSE estará convocando a los medios de comunicación para analizar el fondo del contenido de la misma, y que sus alcances sean conocidos por todo el país, en especial por otros sindicatos y organizaciones sociales, para tener un panorama claro sobre la jurisprudencia ligada al derecho de huelga.
Este fallo se suma a otros ligados a esta materia, como el logrado por APSE el 19 de mayo de 2017 mediante sentencia 1395 del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, que también dio razón a una trabajadora de APSE por habérsele aplicado un rebajo salarial por la misma causa.

_Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General_

SE ADJUNTA EL “POR TANTO” DEL VOTO 013173-17 DE LA SALA CONSTITUCIONAL
*Expediente: 17-10973-0007-CO
Sentencia: 2017-13173 de las 11:51 hrs. del 18 de agosto de 2017*
Por tanto: “Se declara con lugar el recurso. En consecuencia se anula la acción de personal número 201707-REB-2983896, en la cual, la Dirección General de Personal del ministerio recurrido aprobó la rebaja salarial por ausencia laboral del accionante correspondiente al 27 de junio de 2017. Lo anterior, sin perjuicio de adecuar el procedimiento en los términos señalados en esta sentencia. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese esta resolución a Yaxinia Díaz Mendoza, en su condición de Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, o a quien en su lugar ocupe ese cargo, en forma personal. La Magistrada Hernández López salva el voto y rechaza de plano el recurso.-“

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INFORME DEL ESTADO DE LA EDUCACIÓN CONFIRMA REZAGO EN SISTEMA EDUCATIVO COSTARRICENSE

INFORME DEL ESTADO DE LA EDUCACIÓN CONFIRMA REZAGO EN SISTEMA EDUCATIVO COSTARRICENSE

El Sexto Informe del Estado de la Educación elaborado por el Consejo Nacional de Rectores, presentado el martes 22 de agosto de 2017, confirma que el sistema educativo costarricense registra grandes rezagos en todos los niveles de la enseñanza durante los últimos dos años, alejándose de alcanzar las metas elementales de cobertura y promoción que el país requiere.

Las deficiencias identificadas no son nuevas, sino que corresponden a problemas estructurales y a la carencia de una política educativa integral. Se siguen repitiendo factores identificados en el pasado que no han sido resueltos por el Ministerio de Educación Pública, tales como poco aprovechamiento del tiempo de enseñanza debido a recargos y otras tareas, malas condiciones de infraestructura, deficiencias curriculares y dificultad para cubrir su contenido total en las aulas, desarticulación de los niveles educativos, burocracia y exceso de trámites que alejan al docente de su labor educativa.

Estos problemas han sido denunciados por APSE durante años, señalando la ausencia de una política clara en esta materia. Por eso hemos insistido en la necesidad de que el MEP escuche y asuma las críticas emanadas desde el propio Magisterio para mejorar el sistema educativo. Lamentablemente, durante la gestión de la Ministra Sonia Marta Mora, las puertas del MEP han estado cerradas al diálogo y al análisis, posición que ha fomentado los resultados negativos que hoy se evidencian.

El análisis de los diferentes niveles educativos señala serias deficiencias en los mismos, que se detallan a continuación:

Educación Preescolar: El Informe señala “persistentes brechas en el acceso a la educación preescolar, que cada vez más afectan a los niños y niñas provenientes de hogares de climas educativos bajos”. La observación en salones de clases evidenció niveles mínimos de calidad en espacio físico, mobiliario, manejo de rutinas diarias y disponibilidad de materiales. Se registran “serias deficiencias en prácticas para la promoción de la conciencia fonológica, la fonética, la fluidez, el vocabulario y la comprensión lectora”.

Educación Primaria: Hay datos alarmantes de la poca implementación del currículum educativo en este nivel. A pesar de que se ha presumido de la universalización de la cobertura en primaria, “solo en un 5% de las escuelas del país las y los alumnos reciben el currículo completo”. Esto provoca que entre los estudiantes “la mayoría de ellos apenas está alcanzando las destrezas mínimas”. Indica el Informe que los alumnos “no alcanzan los resultados deseados, principalmente en comprensión lectora y matemáticas”.

Educación Secundaria: Se registra un lento ritmo de avance en la cobertura neta en el Ciclo Diversificado. El informe “refleja problemas de eficiencia interna del sistema –sobreedad, retención y bajo logro educativo- y deja clara la discontinuidad que existe entre los dos ciclos que conforman la enseñanza secundaria”. En materia de recursos humanos y financieros, concluye sobre la “persistencia de procesos administrativos complejos, desarticulados y con criterios que no logran colocar en el centro de sus objetivos los aprendizajes y habilidades que se espera desarrollar en los alumnos…”

Educación superior: Persiste la baja cobertura de los mecanismos de aseguramiento de la calidad y la desvinculación entre las competencias que otorga la formación universitaria y las demandas del mercado laboral. Se mantienen disparidades de acceso en términos geográficos, por diferencia de género y por dificultades de promoción desde la secundaria, debido a la baja graduación. No hay información clara sobre la cantidad real de estudiantes de educación superior y las carreras que cursan.

Un tema que merece particular atención, es la situación del recurso humano en el MEP, cuyo manejo es calificado de complejo. Se evidencia que el cuerpo docente no cuenta con tiempo suficiente para desempeñar sus funciones, debido a una gran cantidad de recargos de labores. La asignación de estos recargos es discrecional de parte de los directores, lo que provoca disparidades entre el personal, tanto salariales como en materia de responsabilidades laborales. Resulta irónico que los mismos directores señalen que la asignación de recargas se ha vuelto una carga más para ellos mismos, debido a la cantidad de trámites y papelería que deben llevar a cabo.

Esto evidencia que la asignación de tareas en el MEP no está debidamente sistematizada, generando un desorden que resta tiempo de enseñanza a los docentes. Este es un tema que ha sido señalado por APSE en diversos espacios, como ocurrió recientemente con el lanzamiento del documental “La Guerra de los Papeles” (que narra esas mismas dificultades para enseñar de parte del cuerpo docente que se indican en el Estado de la Educación) así como la presentación ante la Dirección General del Servicio Civil de un estudio sobre Gestión del Recurso Humano, elaborado por APSE cuyo fin es ordenar gran cantidad de procesos administrativos y de gestión del MEP, documento al que este Ministerio no ha dado ningún seguimiento ni importancia. Es lamentable que existan multitud de funciones ajenas a la enseñanza que son asignadas de forma impositiva y desordenada a los docentes, y que el MEP siga aplicando esa política sin hacer atención a los graves efectos que la misma provoca.

Para el criterio de APSE, este Sexto Informe del Estado de la Educación, merece una lectura crítica acerca de los motivos que provocan la persistencia de los errores que ya deberían estar solucionados. Además, refuerza la necesidad de que el MEP abra las mesas de diálogo a la totalidad de miembros de la comunidad educativa, para construir conjuntamente una política educativa que solucione las deficiencias reiteradas que se identifican en estos informes, pero que no son corregidas por las autoridades.

ENLACES AL SEXTO INFORME DEL ESTADO DE LA EDUCACIÓN COSTARRICENSE:

DESCARGA DEL 6to INFORME ESTADO DE LA EDUCACION, RESUMEN Y OTROS CONTENIDOS:
http://www.estadonacion.or.cr/ed…/informe-para-descarga.html

MAPA DE CENTROS EDUCATIVOS DEL PAÍS (PRIMARIA Y SECUNDARIA, EN PRIMARIA SE INCLUYE PREESCOLAR): http://www.conozcasuescuela.ac.cr/

*ATLAS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR COSTARRICENSE: *http://www.universidades.estadonacion.or.cr/

COMISIÓN NEGOCIADORA DE SALARIOS DEL SECTOR PÚBLICO, RECHAZA PROPUESTAS DE INCREMENTO SALARIAL PÚBLICO PARA II SEMESTRE

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En sesión de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público celebrada este lunes 21 de agosto de 2017, la representación del Gobierno de la República comunicó a APSE y a otras organizaciones sindicales presentes, el rechazo de lad diferentes propuestas de reajuste salarial para el II Semestre 2017.

APSE presentó ante la Comisión Negociadora de Salarios, una iniciativa para que el ajuste salarial de los trabajadores públicos sea de un 4,66%. Sin embargo, el Gobierno rechazó esta propuesta bajo el argumento de “las condiciones fiscales y de liquidez que atraviesa el país”, aduciendo una supuesta incapacidad financiera del Estado para cubrir el aumento solicitado.

APSE lamenta esta respuesta de parte del Poder Ejecutivo, debido a que nuestra propuesta está bien fundamentada con respecto al impacto que tiene para el bolsillo de las personas trabajadoras la inflación acumulada, la dinámica financiera nacional y el incremento del 1% de la cuota obrera para aquellos trabajadores que cotizan en el IVM. Por ello, condenamos que el Poder Ejecutivo no haya brindado una respuesta fundamentada a estos requerimientos, limitándose únicamente a usar el argumento de la falta de liquidez para rechazar tanto nuestra propuesta como la de los otros sindicatos.

En la reunión de hoy no se entregó la propuesta definitiva de parte del Gobierno sobre el incremento salarial para el II semestre. APSE denuncia que este Gobierno no ha observado ni respetado como mínimo, el acuerdo suscrito en 2007 entre organizaciones sindicales y el Ejecutivo para reconocer la inflación acumulada en el reajuste salarial, pues la propuesta presentada previamente por el Gobierno no cubre siquiera el índice de precios al consumidor. No es posible que el argumento de la crisis tributaria sí sea aplicado a la clase trabajadora para justificar un reducido incremento salarial, pero se mantengan vivas las prácticas que provocan este déficit fiscal, tales como la elusión, la evasión fiscal, y el mal manejo de los recursos públicos.

Estaremos a la espera de la respuesta oficial del Gobierno sobre el porcentaje de incremento salarial para el II semestre en el sector público, para tomar las decisiones pertinentes.

APSE ESTRENA DOCUMENTAL SOBRE EFECTOS NOCIVOS DE LA SOBRECARGA LABORAL EN TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN

La sobrecarga de trabajo es un problema común entre los funcionarios que laboran en el sistema educativo costarricense, debido a los numerosos requisitos y trámites exigidos de parte del Ministerio de Educación Pública, que los obligan a dedicar mas tiempo y esfuerzos para cumplir estos procesos, provocando graves consecuencias para su salud física y mental.

La realidad de la sobrecarga laboral en el sistema y los efectos nocivos en los trabajadores de la educación son los temas que denuncia el documental “La guerra de los papeles” producido por APSE en asociación con la empresa Cosmovisiones.

Este audiovisual muestra con testimonios reales las difíciles condiciones laborales que sufren miles de trabajadores de la docentes, quienes de desgastan cumpliendo con llenar a diario numerosos formularios y expedientes, asistiendo a una cantidad cada vez mayor de comisiones de trabajo, aplicando complicadas evaluaciones y análisis de datos, y realizando toda clase de gestiones administrativas que los alejan de sus labores pedagógicas disminuyendo el tiempo efectivo de clases y afectando negativamente el rendimiento de los docentes.

Pero también los trabajadores administrativos y del Título I se ven afectados por esta política ministerial de generar complicados procesos burocráticos a la cuales deben dar seguimiento diario, incrementando el volumen de trabajo en menoscabo de su salud y rendimiento.

APSE denuncia con este documental un tema que es sensible y afecta a miles de compañeras y compañeros del Magisterio, por lo que la proyección de este documental irá acompañada de la entrega ante el Ministerio de Educación Pública de un estudio detallado sobre la sobrecarga laboral en el sistema educativo.

El documental puede ser visto en el enlace