A raíz de las constantes consultas y dudas de nuestra afiliación, en
relación a la Celebración del Día de la Confraternidad y por solicitud
de la APSE, el MEP emite la circular DVM-A-10-2019, donde se aclara la
posibilidad de realizar una o varias actividades ese día.
Se adjunta archivo original de dicha circular para su conocimiento.
Melida Cedeño Castro Roblin Apú Murillo Presidenta Secretario General
Ante la saturación de usuarios en la Plataforma Digital de la
Dirección General de Servicio Civil, acontecida el día de ayer 05 de
noviembre en curso, último día del Concurso Ordinario para puestos
propiamente Docentes N°PD-01-2019, muchos oferentes se vieron
imposibilitados de finalizar su proceso de reclutamiento, al no poder
accesar para obtener la cita en alguna de las Direcciones Regionales, para la entrega de sus atestados y demás documentos.
Ante esta situación, la APSE coordinó con la Dirección General de
Servicio Civil, Área de Carrera Docente, a efecto de que previo envío de
documento explicativo de los oferentes afectados, el Área de Carrera
Docente procederá a otorgar una cita directamente en sus oficinas en San
José, Edificio Numar, para la entrega de la documentación.
Todas
las personas afiliadas que se encuentren en esta situación sírvanse a
la mayor brevedad posible contactarse con el Departamento Legal ó
Laboral de APSE, teléfonos 2547-7836, 2547-7837, 2547-7851, 2547-7848 ó
al 2547-7841.
Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero. Asesora Legal de la APSE
Melida Cedeño Castro Roblin Apú Presidenta Secretario General
El sábado 19 de OCTUBRE continuamos
con las clases del Nivel Superiorde
la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez”. El Grupo II de la Sede de San José tendrá
la Segunda Sesión.
Por este medio se les convoca formalmente
a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se
realizará en el Auditorio de APSE . San José.
Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es
obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a
esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón
justificada tienen impedimento de asistir, por favor justificar lo antes
posible.
Se pagarán los viáticos
correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga
hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos
de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira
antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes
llegando puntualmente.
Recuerde que esta es una actividad
exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente
matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni
llevar acompañantes.
Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook:
El sábado 19 de OCTUBRE de 2019 continuamos con las clases del Nivel Superior de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez”. El Grupo de la Sede de UPALA tendrá la Segunda Sesión.
Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en el Hotel Wilson, que se ubica de la pista de Aterrizaje, 600 metros, Carretera a Guatuso, en Upala.
Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor justificar.
Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.
Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.
Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook:
www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE
donde se estará publicando información relativa a la Escuela.
El Ministerio de Educación Pública (MEP), mediante oficio DVM-A-1580-10-2019, trasladó al viernes 18 de octubre de 2019 las Asambleas de Base de APSE programadas para el lunes 14 de los corrientes.
Esto debido al traslado del feriado del sábado 12 de octubre, Día de las Culturas, para que su goce se lleve a cabo el lunes 14 de octubre.
De esta forma, las Asambleas programadas para el lunes 14, se trasladan por completo, para que se lleven a cabo el viernes 18 de octubre.
Las demás Asambleas de Base programada para la próxima semana, se mantienen vigentes en la fecha señaladas en el permiso oficio DVM-A-1450-09-2019, suscrito por Steven González Cortés, Viceministro Administrativo del MEP.
Cabe recordar que según este oficio:
”…se les recuerda, que los funcionarios autorizados deberán comunicar y remitir con anticipación a su superior, el permiso concedido, así como presentar en un plazo no mayor a tres días hábiles después de concluida cada una de las actividades, el correspondiente documento con firma y sello originales extendido por la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) que acredite y certifique la asistencia y participación en cada una de las actividades autorizadas…”
Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE Roblin Apú Murillo, Secretario General de APSE 10 de octubre de 2019, Prensa APSE
El Tribunal Electoral de la APSE (TEAPSE), informa que cumpliendo con lo establecido del Reglamento del TEAPSE, Artículo 4, inciso b: “El Tribunal nombrará de su seno, cada año, un Directorio, integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Vocal y un Fiscal, con derecho a reelección; el día 07 de setiembre se procedió a elegir la nueva directiva del Tribunal Electoral para el correspondiente periodo (07 de setiembre del 2019 hasta el 31 de agosto del 2020), una vez realizada la elección la directiva queda conformada de la siguiente manera:
El miércoles 02 de octubre de 2019, APSE realizó un foro
sobre la importancia histórica de la huelga en Costa Rica y los riesgos del
proyecto de ley N° 21049, que contó con las exposiciones de la Dra. Marielos
Aguilar Hernández, historiadora y docente; el Dr. Esteban Calvo Rodríguez,
abogado laboralista, y de José María Villalta Florez-Estrada, abogado y
diputado de la República.
La Dra. Marielos Aguilar, realizó una exposición sobre el
origen e impacto histórico de las huelgas, poniendo como ejemplo varios
movimientos de protesta simbólicos de la historia costarricense ocurridos en el
siglo XX, como la huelga por la jornada de 8 horas en 1920, la Gran Huelga
Bananera de 1934, la huelga por el pago de aguinaldos en el sector privado en
1959, la huelga de los trabajadores del ICE en 1976, y la huelga de bananeros
en la Zona Sur en 1984.
Sobre estos movimientos, señaló que sirvieron de referente
para la clase trabajadora de cómo organizarse y defender sus derechos, además
de consolidar la legislación actual en materia de huelga, a pesar de la fuerte
presión ejercida por el Poder Ejecutivo y los sectores económicamente poderosos
para impedir que se cumplieran las demandas obreras.
El Dr. Esteban Calvo expuso los principales elementos que
convierte el actual proyecto de ley N° 21049 en una verdadera contrarreforma
laboral, echando abajo tanto la legislación producto de las huelgas históricas,
como la reciente Reforma Procesal Laboral.
Recordó que la libertad sindical se compone del ejercicio de
la negociación colectiva, la libertad de asociación sindical y el derecho a
huelga, pero el proyecto de ley 21049 busca restringir o prohibir solapadamente
esta libertad ,imponiendo condiciones sin fundamento y que resultan inclusive
contradictorias. Recordó que ya Costa Rica fue advertida en el pasado por la
OIT por otras iniciativas prohibicionistas.
El diputado José María Villalta ahondó en las incoherencias
en la redacción del proyecto 21049 y en la prohibición solapada del ejercicio
de la huelga, explicando cómo la redacción de este proyecto fue modificada
respecto a la propuesta original introduciendo elementos aún más radicales,
como la moción de Pedro Muñoz para prohibir el pago de salarios en una huelga,
sea esta legal o no.
Señaló que la intención de estos grupos de poder fue
introducir normas extremas para forzar a la clase trabajadora a negociar una
redacción que no fuera tan lesiva, utilizando la intención de implementar estas
prohibiciones como caballo de batalla para imponer al final una serie de
reformas al Código de Trabajo que ni siquiera tienen fundamento o claridad, por
lo que consideró que el proyecto está plagado de vicios e inconstitucionalidades.
El video del foro y los materiales de las exposiciones pueden consultarse en el sitio web de APSE: www.apse.cr
MATERIALES DE LOS EXPOSITORES/A:
Principales Huelgas en Costa Rica en el siglo XX. Dra Marielos Aguilar Hernández:
— Descargue el documento en PDF del siguiente enlace:
APSE y ANDE participaron la tarde de este martes 1° de octubre de 2019, en una audiencia en la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, para externar su posición de rechazo al proyecto de ley N° 21336 «Ley Marco de Empleo Público».
Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE, explicó en su intervención, que el Empleo Público es uno de los principales motores que inciden directamente en la generación de valor público, por lo que es necesario promover una gestión justa, bien remunerada, con claro respeto a los derechos de los trabajadores, donde se anteponga el bienestar laboral sobre los intereses políticos, para mejorar las condiciones laborales de los empleados públicos y por lo tanto el valor que su trabajo brinda a todos los costarricenses.
Tras el análisis del proyecto de ley 21336, concluyó que se trata de un proyecto de ley incompleto, sesgado, particularmente enfocado en definir nuevas estructuras de control, más que en definir nuevas políticas de gestión en pro de los trabajadores, lo que es inaceptable para nuestra organización sindical. Este análisis fue compartido con la Ministra de Planificación en la mesa de trabajo previa a la presentación del proyecto.
Indicó que el proyecto reúne afirmaciones carentes de sustento técnico y científico, como mencionar que el déficit fiscal es producto de la estructura salarial del sector público, y que todos los salarios del sector público son excesivamente altos y desproporcionados en comparación al sector privado. También desmintió otras falacias, como que la solución del déficit fiscal recae en forma integral en una reforma al Empleo Público como mecanismo para retener el excesivo incremento del gasto público, o que la evaluación del desempeño debe servirse como mecanismo de exclusión del trabajador ineficiente. Señaló que la mayoría de estas afirmaciones nace de estigmas sociales y de un imaginario social que dibuja un sector público ineficiente, caro y burocrático, todo ello producto de la manipulación hecha por sectores poderosos.
Consideró que es una realidad que la gestión pública actualmente carece de múltiples componentes para una adecuada producción de bienes y servicios, lo que provoca que el resultado final sea altamente cuestionable por el usuario final. Puso como ejemplo, la anteposición de criterios políticos para la construcción de las escuelas y colegios, conllevando a un estado deficitario de la infraestructura y equipamiento educativo.
Se refirió a algunos estudios, como el de la Academia de Centroamérica, el cual pretende comprobar que la estructura salarial del sector público supera la del sector privado, a partir de una grosera comparación de las diferencias existentes entre el sector público y privado, desconociendo que el sector privado supera por mucho el tamaño del sector público, y obviando que el sector público está compuesto en su mayoría por grupos profesionales, mientras que en el sector privado la mayoría son trabajadores operativos, siendo además la dispersión del sector privado otro factor que incide en su peso, pues posee grupos profesionales en algunos rangos y en otros se trata de trabajadores con malos salarios, algunos inferiores a los salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo, todo lo cual considera que representa una falencia técnica significativa de dicho informe.
Por ello, considera que este y todo proyecto de ley debe basarse en estudios que desmitifiquen al empleo público como disparador del déficit fiscal, o que en consecuencia considere que la solución al déficit sea el congelamiento de los salarios públicos. Para analizar y proponer mejoras al Empleo Público, deben reconocerse las diferencias entre los diversos subregímenes que lo componen y los factores que inciden en su correcto desarrollo.
Señaló algunos componentes específico del proyecto de ley 21336 que son de suma preocupación:
Uno de los problemas más serios es que el Empleo Público pasa a la rectoría de MIDEPLAN, primero porque históricamente se ha contado con el apoyo de la Dirección General de Servicio Civil, así como por ser un Ministerio del Gobierno central, sin haber claridad sobre si esta rectoría es o no vinculante para los diferentes regímenes.
Se propone la creación de un Consejo Técnico Consultivo de Empleo Público, donde extrañamente sólo se incluye representación de 3 de los 8 subregímenes que plantea el proyecto, lo que evidencia una carencia en la definición y es una falencia inadmisible y poco equitativa.
No se define claramente en el artículo 15, el subregimen propio del sistema educativo, ya que no se entiende si su alcance abarca a todos los trabajadores del Título I del Régimen de Servicio Civil del Ministerio de Educación Pública, o solo los laboran en centros educativos.
Se incluye el concepto de Alta Dirección Pública, careciendo de una definición clara y objetiva, susceptible a una gestión con tintes políticos y partidarios, situación contraria a una verdadera reforma del Empleo Público.
En lo que corresponde a la gestión de la compensación del trabajo (capítulo 7 del proyecto de ley) propone postulados rectores para la compensación salarial usando los estudios de mercado para fijar los salarios del sector público. En el caso de educación, el sector público contrata el 90% de profesionales en educación, por lo que la representatividad del mercado privado carece de validez técnica y representa un alto riesgo de precarización de los salarios de las personas trabajadoras del sector educativo.
Establece un incentivo monetario a aquellas personas trabajadoras que hayan obtenido una calificación de «excelente» en su evaluación del desempeño, que se podrá pagar solo a 30% de los funcionarios. Indicó que no se oponen al incentivo en sí, sino al tope de 30%, preguntándose que ocurrirá si más del 30% de funcionarios alcanza esa calificación, y poniendo en duda el criterio para determinar ese límite.
Respecto al proceso de reclutamiento y selección, es un serio retroceso en el proceso de selección y una duplicidad de funciones, ya que primero establece que el Servicio Civil debe realizar un proceso preliminar de selección mediante la medición psicométrica del oferente, y posteriormente cada institución contratante deberá realizar pruebas técnicas, anteponiendo el factor psicométrico al conocimiento técnico, además se requiere una inversión de parte de todas las instituciones públicas para implementar pruebas de conocimiento, se adicionan funciones en el proceso de reclutamiento sin atender que son funciones propias de Servicio Civil, promoviendo más burocratización del proceso.
En la definición de salario global (salario único) considera que el proceso conlleva un retroceso en las condiciones y derechos adquiridos de los trabajadores, cometiéndose además el error de aplicar esta metodología solo para 3 subregímenes.
En función de lo anterior, se concluye que este proyecto de ley carece de elementos sustantivos para lograr mejorar la gestión de la función pública, además de carecer de una articulación operativa que explique la relación jerárquica, política y técnica entre las diferentes instancias y de la definición rectora de diferentes ámbitos, como las municipalidades o las universidades públicas. Consideró que este proyecto no es una solución integral ni articulada de lo que debe ser la política pública sobre Empleo Público, sino parece más bien una carrera contrarreloj por cumplir con un compromiso político en menoscabo de una solución integral, consensuada y armónica.
Por estas y otras razones, APSE expresa su rechazo al proyecto de ley 21336 y alerta sobre los riesgos de aprobar una propuesta parcial y desarticulada.
La Dirección General de Servicio Civil, publicó hoy lunes 30 de setiembre de 2019, el cartel del Concurso Propiamente Docente PD-01-2019, donde se detallan los requisitos, condiciones y trámites que deben realizarse para optar por una plaza propiamente docente en Propiedad o Interina en el Ministerio de Educación Pública.