PLIEGO PETITORIO ENTREGADO POR APSE EN HUELGA DEL 27 DE JUNIO

La masiva huelga con concentración nacional de APSE del martes 27 de junio de 2017, tuvo como finalidad entregar al Ministerio de Educación Pública, un pliego petitorio donde se indican los 7 ejes de lucha que motivaron el movimiento de protesta. APSE entregó este pliego ante el despacho de la Ministra de Educación, ante el Ministerio de la Presidencia tras reunión en Casa Presidencial, y se entregó copia del mismo al Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

RESUMEN DEL PLIEGO PETITORIO (puede descargar el documento con el pliego petitorio completo en la sección inferior de este sitio web)

  • 1.- POLÍTICA DE SOBRECARGA LABORAL IMPUESTA POR EL MEP, BAJO EL LEMANUESTRA FUNCIÓN ES ENSEÑAR, DÉJENNOS TRABAJAR”*

La APSE y los trabajadores y trabajadoras de la educación rechazamos la Política de Sobrecarga Laboral impuesta por el MEP, que atenta contra una adecuada calidad de la educación y contra la condición profesional de los y las docentes.

Existe un clamor e insatisfacción generalizados de los docentes, administrativo docentes y técnico docentes, pues se encuentran enfrentados a un conjunto de disposiciones que generan exceso de trabajo administrativo del docente en detrimento del tiempo educativo necesario que requieren para la mediación pedagógica. La cantidad de gestiones y el papeleo que debe llenarse ha aumentado en los últimos años. En promedio, los trabajadores docentes deben dedicar entre 4 y 24 horas por semana a tareas de llenado de papeles y labores burocráticas. Se ha identificado una fuerte recarga laboral para las mujeres, quienes sufren una triple jornada laboral.

Propuestas concretas de APSE sobre la política de sobrecarga laboral y exceso de papeleo:**

1. Establecer el planeamiento didáctico de primaria como secundaria, de manera trimestral, con una minuta mensual.
2. Establecer planes remediales de forma trimestral y no por cada prueba.
3. Eliminar los procesos de censos que hoy hacen las maestras de pre-escolar y primaria, sobre peso, talla, vacunación y tamizajes, que corresponden a instituciones del sector salud (EBAIS, CCSS, Ministerio de Salud).
4. Establecer la atención de padres de familia o encargados dentro de la jornada laboral u horario de clases.
5. Racionalizar en el calendario escolar la cantidad de celebraciones extracurriculares y efemérides, que sean estrictamente necesarias.
6. Establecer lineamientos claros a fin de que la documentación solicitada por los jefes inmediatos, sea con una antelación no menor a 8 días hábiles.
7. Detener el traslado de estudiantes de Educación Especial, que tienen altos niveles de compromiso físico y mental a las aulas regulares, hasta tanto no haya un estudio de impacto sobre las cargas laborales que esto puede generar sobre los docentes.
8. Respetar y ejecutar de inmediato la circular vigente sobre rangos de matrícula 842-2014, así como establecer una comisión que permita su análisis y revisión.
9. Revisar los programas: “Con Vos”, “Yo me Apunto”, “Escuela Para el Cambio”, “F.E.A.”, “Juegos Deportivos Estudiantiles”, “Festival de Inglés spelling Bee”, “Feria Científica” y la duplicidad de funciones e informes que estos generan y establecen de manera obligatoria.
10. Que los rangos de matrícula contemplen la cantidad de estudiantes con adecuación curricular significativa.

2.- INCORPORACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LA APSE EN LA JUNTA PARITARIA DE RELACIONES LABORALES

A raíz de que la APSE fue arbitrariamente excluida de la celebración de la Convención Colectiva vigente con la prórroga automática del convenio colectivo por un período de tres años, nuestra organización prácticamente ha quedado privada de todo espacio formal o informal de negociación colectiva, lo que menoscaba la actividad natural de nuestra organización porque el derecho de negociación colectiva constituye una de las principales actividades de los sindicatos.

Afirmamos que la APSE tiene el derecho de incorporarse y participar en la Junta Paritaria de Relaciones Laborales, pues APSE es el sindicato más representativo del MEP, porque reúne la mayor cantidad de trabajadoras y trabajadores afiliados de las distintas categorías de este Ministerio, y ostenta suficiente legitimación para incorporarse a la Junta Paritaria.

Sostener la exclusión de la APSE de la Junta Paritaria supone cohonestar un uso abusivo o fraudulento del convenio colectivo, para ejecutar prácticas contrarias a la Libertad Sindical, que restringen el ejercicio de autotutela colectiva inherente a la Libertad Sindical.

3- SOBRE EL PAGO COMPLETO Y OPORTUNO DE LA ZONA DE MENOR DESARROLLO

Se solicita la NULIDAD ABSOLUTA del Acuerdo MEP-ANDE-SEC-SITRACOME, en torno a la modificación del pago del incentivo por laborar en Zona de Menor Desarrollo, ya que el mismo fue acordado por la Junta Paritaria de la Convención Colectiva, que no tiene las competencias para haber alcanzado tal acuerdo. La Zona de Menor Desarrollo nació en virtud de una negociación colectiva celebrada en 1996 (en la que participó APSE), lo que se ratificó en el Convenio celebrado en 1997. Por lo tanto, ninguna determinación válida en esta materia se puede establecer sin la necesaria participación de APSE; vicio de origen que contiene ese acuerdo de la Junta Paritaria, adoptado sin y contra la participación de la APSE, suficiente para que se declare la nulidad absoluta de ese espurio acuerdo.

En consecuencia, se trata de un acuerdo absolutamente inválido, jurídicamente inexistente por falta de competencia objetiva de la Junta Paritaria, que se arrogó atribuciones que el Convenio Colectivo no le concede y por tanto, no produce ningún efecto jurídico.

Por otra parte, el acuerdo alcanzado por el MEP-ANDE-SEC-SITRACOME, ES LESIVO PARA LOS INTERESES ECONÓMICOS DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN. El pago de la Zona de Menor Desarrollo se corresponde a 50% de su salario completo por año a todos los docentes, administrativo-docentes y técnico-docentes de las instituciones educativas por el hecho de laborar en instituciones de una zona de menor desarrollo socioeconómico.

Históricamente el método de pago de la Zona de Menor Desarrollo se estableció en dozavos, que en la práctica, el MEP lo he efectuado en un solo pago por el monto total, ya sea en junio para los funcionarios nombrados por todo el año lectivo o en diciembre para aquellos nombrados en fracciones del año lectivo.

Sin embargo, el acuerdo MEP-ANDE-SEC-SITRACOME, establece:
“1. Un primer pago que se realizará a finales del mes de octubre que comprende los meses de febrero a octubre inclusive, con el fin de ser considerado para efectos del cálculo del aguinaldo y el salario escolar”.
2. Un segundo pago que se realizará a finales del mes de diciembre, proporcional a los meses de noviembre y diciembre 2017.
3. El depósito del pago no coincidirá con el pago salarial ordinario”

Esto implica, que el pago acordado por MEP-ANDE-SEC-SITRACOME solo abarca 11 meses del año lectivo 2017, pues no menciona en ninguna parte lo correspondiente al mes de enero 2018, mes asociado al año lectivo 2017. O sea, los trabajadores solo percibirán 11 meses efectivos; lo que significa un 91,66% del monto total del IDS. Es decir, se está reduciendo el pago del IDS en cerca de un 8,34%.

En realidad lo que aceptaron ANDE-SEC-SITRACOME fue la negligencia por parte del MEP al no tener configurado oportunamente el sistema Integra2 para el pago del IDS. Es decir hubo una total complacencia de dicha Coalición Sindical con el MEP, para no aplicar el pago en forma proporcional en el mes de junio 2017.

Propuesta de APSE sobre pago de Zona de Menor Desarrollo:

– Realizar un primer pago de forma inmediata, en el mes de julio, concerniente a los meses de febrero a julio inclusive. – Mantener el pago de octubre, abarcando únicamente los meses de agosto, setiembre y octubre. Así mismo, mantener el tracto de diciembre. – Incorporar un pago en enero 2018 correspondiente a dicho mes, con el fin de respetar el monto total pagado históricamente, acorde con los términos del acuerdo inicial y las resoluciones de la DGSC. – Exigir que cualquier negociación vinculada al IDS incluya TODOS las agrupaciones que firmaron el acuerdo inicial; en especial, la APSE. – Exigir un espacio para presentar la propuesta formulada por la APSE desde hace más de 2 años, tiempo en el cual, el MEP ha cerrado todos las puertas de negociación. – Exigir, hasta tanto no se concrete un nuevo acuerdo, una definición formal por parte del MEP sobre el mecanismo de pago para el curso lectivo 2018.

4.- DEMANDAMOS LA RESTITUCIÓN INMEDIATA POR PARTE DEL MEP, DE LOS MONTOS DE SALARIO REBAJADOS ILEGÍTIMAMENTE POR LA PARTICIPACIÓN EN EL MOVIMIENTO DE HUELGA DEL 01 DE SETIEMBRE DEL 2015.

Ante el rebajo ilegítimo de los salarios de nuestros afiliados, ejecutado por el MEP, con ocasión de su participación en el movimiento de huelga convocado por la APSE, para el día 01 de setiembre de 2015, demandamos su restitución inmediata y de oficio.

Nuestra petición se fundamenta en el gran triunfo legal obtenido por la APSE, en la Jurisdicción Laboral, y lo resuelto en la sentencia dictada por el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía N° 1.395-2017 de las 10:57 horas del 19 de mayo de 2017, en la que queda claramente establecido que el rebajo de salario con ocasión de la participación en un movimiento de huelga, procede a partir de la declaratoria de ilegalidad y no antes.

5. EN CONTRA DEL AUMENTO DEL 1% DE LA CUOTA OBRERA AL RÉGIMEN DE PENSIONES DE IVM DE LA CCSS.

La APSE condena el aumento de la cuota obrera del régimen IVM de la CCSS, pues constituye un atropello intolerable a la clase trabajadora del país, que tendrá duros efectos en la economía de los trabajadores y sus familias, en especial los que laboran en el sector privado. Es por ello que exigimos a la Junta Directiva de la CCSS, que revierta el aumento acordado y además rechazamos que la Seguridad Social sea financiada directamente del bolsillo de los trabajadores, mientras los patronos y el Estado no sufrirán incremento alguno en el aporte al régimen de IVM.
*
6.- POR LA APROBACIÓN DEL PROYECTO N° 17.561*

APSE continúa en la defensa del Proyecto de Ley N° 17.561 que pretende hacer justicia con cerca de 1200 personas trabajadoras de la educación, a efecto de que puedan retornar al Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, que es el régimen natural al que deben pertenecer. Los datos reales arrojan que se trata de 1179 personas que podrán trasladarse, y quienes decidan retornar, deben pagar las diferencias de cotización entre el IVM y el Régimen del Magisterio Nacional.

7.- POR UN AUMENTO SALARIAL DIGNO PARA EL II SEMESTRE DEL AÑO 2017
Es reconocido por el mismo Gobierno que la política salarial vigente para el Sector Público Central, incluyendo todo el cuerpo docente, es reducir el impacto del crecimiento del costo de vida, en menoscabo al mejoramiento de las condiciones salariales. Históricamente los salarios bases de muchas clases de puestos han estado por debajo de los salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo.

Propuesta de APSE sobre la fórmula de cálculo para aumento salarial:
APSE propone un cambio en la metodología de ajuste salarial vigente, por lo que demandamos nuevamente el espacio de discusión, en todos sus extremos, en aras de analizar la propuesta de cambio de metodología de la APSE y de incremento salarial, que estaremos presentando ante esa instancia oportunamente.

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