Categoría: 2016 abril
APSE solicita al Poder Ejecutivo pronta resolución del conflicto
Razón de ser de la presentación de una justificación por participación en la Huelga
Ante las dudas y cuestionamientos que han surgido en torno a la necesidad de presentar ante el jefe inmediato, la justificación por la participación en el movimiento de huelga convocado para los días 26 y 27 de abril del año en curso; nos permitimos explicar las razones que lo fundamentan:
1.- Desde hace más de 10 años las dirigencias de la APSE han optado por poner a disposición de su afiliación, un “machote” de justificación de huelga, es decir el tema no es nuevo, ni una ocurrencia de la dirigencia actual.
2.- Debe quedar absolutamente claro que su razón de ser, no es la de pedir permiso al Jefe Inmediato para poder asistir al movimiento, ni mucho menos, como se ha dicho por ahí, en constituirse en una prueba en contra del trabajador, para que se proceda con el rebajo de su salario.
3.- Todo lo contrario, la razón de ser de la presentación de la justificación de ausencia por participar en la huelga, es precisamente el constituirse en un medio de prueba, que nos permita demostrar eventualmente, en el caso de que el MEP abra el procedimiento de rebajo de salario o gestión de despido, que el motivo de la ausencia no obedeció a una ausencia o abandono injustificado puro y simple, sino que se da con ocasión del ejercicio de un derecho humano fundamental, como lo es el Derecho de Huelga.
4.- En el eventual caso en que debamos defender a nuestra afiliación, ante acciones legales que se tomen en su contra, la justificación de participación en la huelga, se constituirá en un elemento de prueba valioso, con el que lograremos comprobar ante la Jurisdicción Legal correspondiente, no solo la violación a la libertad sindical sino la nulidad del acto administrativo que ordenó los rebajos o despidos, sin que se hubiese cumplido con un elemento esencial del acto administrativo, como lo es la previa declaratoria de ilegalidad del movimiento.
Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal APSE
Justificación por participación en movimiento de Huelga 26 y 27 de abril
JUSTIFICACIÓN POR PARTICIPACIÓN EN MOVIMIENTO DE HUELGA
Fecha:________________________________
Señor (a) ________________________________________
Director (a) del centro Educativo______________________________________
Yo, ________________________________________,cédula de identidad__________________, procedo a justificar la ausencia correspondiente a ___________ del mes abril del año en curso, ya que como trabajador (a) de la educación, me sumé al movimiento de huelga general convocado por la APSE y demás Organizaciones Sindicales, a fin de luchar entre otros ejes de lucha, contra el Proyecto de Ley de Empleo Público (Salario Único), (Exp. N°19.506); por el Derecho a mantener los Componentes Salariales adicionales al Salario Base, (Exp. N° 19.431); contra el Proyecto de Ley de Educación Dual (Exp. N° 19019); por el retiro del Proyecto de Ley sobre la Promoción del Buen Desempeño de los Servidores Públicos para un Gestión Pública de Calidad ( Exp. N° 19787); por la defensa de las Convenciones Colectivas; contra la propuesta de reforma al Régimen de Pensión de la CCSS que elimina la Pensión anticipada y aumenta el tiempo de servicio y la edad de retiro; por la asignación del 8% del PIB a la Educación Pública; por la Negociación de una nueva Fórmula de Cálculo de aumento de salarios en el Sector Público; por el eficaz y oportuno traslado de cuotas entre los Regímenes de IVM y JUPEMA, para el cómputo final de la pensión; por la parametrización del sistema Integra II del MEP, a fin de que se reconozca y remunere como salario, los subsidios por incapacidad.
Esta justificación la sustento en el derecho constitucional a la huelga (Artículo 61 de la Constitución Política) y regulación contenida en el Código de Trabajo (artículos 371,372,373 del Capítulo I De las huelgas legales e ilegales).
En amparo de las normas citadas, me asiste el derecho a no ser sujeto de sanción económica o disciplinaria alguna, hasta tanto un Tribunal de Trabajo de la República no haya declarado ilegal este movimiento de presión.
F)_____________________________
Acciones legales a seguir Huelga 26 Y 27 de abril
ACCIONES LEGALES A SEGUIR ANTE POSIBLES AMENAZAS Y REPRESALIAS DEL MEP
Comisión Jurídica de la APSE
La APSE SINDICATO ha convocado a su afiliación a ejercer el Derecho de Huelga, como un DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL DE LOS TRABAJADORES. Así garantizado por los artículos 61 y 74 de la Constitución Política y que como tal es un DERECHO IRRENUNCIABLE.
SANCIONES DISCIPLINARIAS Y SALARIALES DE LOS DIAS DE HUELGA
Mediante la Circular DRH-4138-2016-DIR, de fecha 21 de abril del año en curso, suscrita por la Msc Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos, el Ministerio de Educación Pública, instruye formalmente a los Directores Regionales de Educación, Jefes y Jefas de Servicios Administrativos y Financieros Supervisores de Circuitos Escolares y Directores de los centros educativos del país, para que, según corresponda, certifiquen las ausencias del personal del Título I y II, o del número de lecciones que se debieron impartir las y los docentes, con el fin de adoptar las medidas administrativas que en derecho correspondan, en el caso de que las y los servidores del Ministerio de Educación Pública suspendan sus labores los días 26 y 27 de abril 2016.
Al respecto debemos manifestar y aclarar lo siguiente:
1.- Siempre que se ha ejercido el Derecho de Huelga, ha sido usual por parte del MEP, tomar acciones de esa naturaleza. De manera que no es nada nuevo ni de extrañar.
2.- Sobre el tema de las sanciones disciplinarias y salariales, que podrían aplicarse a las personas trabajadoras participantes en el movimiento de huelga, cabe aclarar que existe suficiente Jurisprudencia Constitucional y Laboral que ha establecido como presupuesto indispensable, antes de proceder a aplicar rebajos salariales y sanciones disciplinarias, a los participantes en una huelga, la previa Declaratoria de Ilegalidad, En este sentido, ante la eventual ejecución de tales acciones por parte del MEP como patrono, deberemos dirimir cada caso concreto, mediante procesos judiciales ordinarios, bien sea en la vía laboral o contenciosa administrativa.
RECOMENDACIONES:
Ante este llamado a huelga, resulta necesario tomar en consideración las siguientes recomendaciones por parte de los participantes:
a. Llenar el documento de justificación de Huelga entregado por la APSE, que deberá ser entregado al jefe inmediato dentro de los dos días hábiles siguientes de regreso al trabajo, con la respectiva copia para el sello de recibido.
b. Firmar las respectivas listas de asistencia a las manifestaciones o concentraciones, que estarán a cargo del Coordinador Regional en conjunto con los Presidentes de Base.
c. No dejarse amedrentar o intimidar por parte de las autoridades institucionales o regionales. Se solicita COMUNICAR y DENUNCIAR a la Sede Central de APSE, a las personas que de una u otra forma limiten o intimiden el ejercicio del DERECHO DE HUELGA y de LIBERTAD SINDICAL.
d. Tener presente que el Derecho de Huelga, como Derecho Humano fundamental, puede ser ejercido por las personas trabajadoras, sean estas propietarias o interinas.
e. Debe tomarse en consideración la no realización de actos de obstrucción de las vías públicas, ya que esto podría constituir delito, conforme al “Artículo 256 Bis.- Obstrucción de la Vía Pública () del Código Penal.*
f. Cada trabajador y trabajadora de la educación debe conocer con claridad los aspectos legales relacionados con su participación en un movimiento de huelga, con la libertad que le garantiza nuestra Constitución Política y la Legislación Laboral.
g. La APSE en cumplimiento con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de todas las personas trabajadoras de la Educación; procederá a brindar la ASESORÍA Y APOYO LEGAL necesarios, a todas aquellas personas que lo requieran, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SEAN AFILIADOS O NO A LA ORGANIZACIÓN.
Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal Junta Directiva
Licda. Denia Vargas Azofeifa
Coordinadora Departamento Legal
Licda Vivian Chaves Chinchilla
Coordinadora Departamento Laboral
Lic. Johnny Quirós Burgos
Coordinador Departamento de Pensiones