Categoría: 2018 Octubre

APSE RECHAZA NUEVO PROYECTO DE LEY QUE IMPONDRÍA RESTRICCIONES EN EL EJERCICIO DEL DERECHO A HUELGA
APSE RECHAZA NUEVO PROYECTO DE LEY QUE IMPONDRÍA RESTRICCIONES EN EL EJERCICIO DEL DERECHO A HUELGA
APSE manifiesta su absoluto rechazo al nuevo proyecto de ley denominado «Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos», presentado por el diputado Carlos Ricardo Benavides y otros, ya que es un proyecto que en la práctica elimina el derecho a huelga en el sector público, establece fuertes limitaciones al derecho a huelga en general y al ejercicio de la libertad sindical.
ASPECTOS QUE APSE RECHAZA EN ESTE PROYECTO:
Limitaciones a la libertad sindical:
– Obligan a los sindicatos a incluir en sus estatutos un correo electrónico donde recibir notificaciones y a mantenerlo actualizado ante el Poder Judicial y el Ministerio de Trabajo. Actualmente solo es necesario un domicilio.
– Añade como causales de disolución de los sindicatos, la organización o incitación de actividades tales como: bloqueos, sabotajes de bienes públicos, o cualquier conducta que comporte un ilícito penal.
Restricción y sanción del derecho a huelga en general:
– Permite el rebajo de salarios en casos de huelgas ilegales de forma retroactiva desde el momento que se presentó la solicitud de ilegalidad.
– Limita el derecho de los sindicatos a decidir el plazo de duración de la huelga, aún siendo declarada legal. Establece que después de declarada legal tienen 8 días para llegar a un acuerdo y sino la parte patronal puede solicitar al juez la suspensión de la misma. Este trámite se realizará en 48 horas para presentar audiencia y alegatos y 24 horas para resolver. El resultado se puede apelar.
Agilización de procedimientos a favor de la patronal y en detrimento del derecho de los sindicatos:
– Las notificaciones sobre el proceso de calificación de la huelga se harán por medio de correo electrónico a los sindicatos, mientras se mantiene la notificación actual para los empleadores.
– Reduce el plazo para presentar pruebas y alegatos ante la solicitud de calificación. Pasa de 3 días hábiles actualmente, al día hábil siguiente a la notificación.
– Autoriza a Tribunal de Apelaciones o en su defecto a la Sala II como órganos competentes para la calificación de huelga en los servicios públicos.
Prohíbe el derecho a huelga en servicios esenciales:
– Establece de tácito que toda huelga en servicio esencial es ilegal y por tanto no requiere de proceso de calificación.
– Establece un procedimiento especial en el que el patrono solicita al Juzgado de Trabajo emitir una orden judicial de reincorporación al trabajo. Esta orden se emite sin audiencia previa. Puede apelarse en un plazo de dos días, pero esta apelación no suspende la orden de reincorporación. La apelación debe resolverse en 48 horas.
– Permite sanciones disciplinarias por ejercer el derecho a huelga desde que quede en firme la orden judicial de reincorporación al trabajo.
– Permite el rebajo de los salarios desde el primer día de huelga.
Restricciones específicas del derecho a huelga en el sector público:
– Establece un plazo reducido de 24 horas para la sentencia de calificación de la huelga en los servicios públicos. Para el resto es de 3 días.
– Obliga a los jerarcas de entidades públicas a solicitar la calificación de la huelga desde el primer día.
– Reduce el plazo para apelar a 48 horas, actualmente es de 3 días. Y el plazo para resolver el tribunal de apelaciones lo reduce de 5 días a 3 días naturales.
Resumen elaborado por Ariane Grau Crespo, Coordinadora de la Escuela Sindical de APSE “Luisa González Gutiérrez”
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Mélida Cedeño Castro
Presidenta
Roblin Apú Murillo
Secretario General
Prensa APSE – 26 de octubre de 2018

APSE ENTREGÓ APELACIÓN CONTRA SENTENCIA DE ILEGALIDAD DE LA HUELGA
APSE hizo entrega este miércoles 24 de octubre de la apelación de la sentencia de primera instancia N° 2018-1980 del Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, que declaró ilegal la huelga contra el Combo Fiscal en el sector educación.
La entrega del documento de apelación se realizó esta mañana en el II Circuito Judicial de San José, con númerosa presencia de afiliadas y afiliados de APSE y de otros compañeros(as) huelguistas integrantes de otras organizaciones.
La Presidenta de APSE, Mélida Cedeño Castro, afirmó que APSE confía en que el Tribunal de Apelaciones que conocerá la sentencia haga justicia y anule la ilegalidad dictada por el juez de primera instancia.
Ella reafirmó que la huelga que ha realizado el Magisterio nacional ha sido absolutamente pacífica, lo que se demuestra en la apelación. Rechazó tajantemente que la huelga haya sido violenta, como lo argumentó el juez de primera instancia para declara la ilegalidad, basándose además en pruebas aportadas de forma extemporánea; por lo que esperan que el Tribunal de Apelaciones deje sin efecto la primera sentencia de ilegalidad.
APSE mantiene firme el llamado a continuar la huelga indefinida contra el Combo Fiscal, en unidad sindical y social, por lo que continuarán las acciones regionalizadas de huelga en todo el país.
Mélida Cedeño Castro
Presidenta
Roblin Apú Murillo
Secretario General

APSE ADVIERTE A TRABAJADORES(AS) DE LA EDUCACIÓN QUE NO DEBEN FIRMAR NINGÚN DOCUMENTO DE FINIQUITO DE HUELGA

PRESIONES DEL MEP PARA INTIMIDAR A LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN A VOLVER A LABORES CARECEN DE FUNDAMENTO LEGAL
Una vez más el Ministro de Educación incurre en amenazas y acciones antisindicales en absoluto desapego con la normativa laboral vigente, al emitir otra circular, el oficio DM-0066-10-2018 de fecha 11 de octubre de 2018, en la que convoca tanto a docentes como estudiantes a presentarse en los centros educativos a partir del día 16 de octubre de 2018.
APSE aclara que la normativa contenida en el numeral 385 del Código de Trabajo solo corresponde cuando las sentencias han sido dictadas en firme. En este caso, la sentencia del Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José NO ESTÁ EN FIRME Y ESTÁ SUJETA A APELACIÓN.
APSE PRESENTÓ SOLICITUD DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN A SENTENCIA
El viernes 12 de octubre APSE presentó ante el Juzgado de Trabajo una SOLICITUD DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN sobre la sentencia de PRIMERA INSTANCIA que declaró ilegal la huelga contra el Combo Fiscal en el sector educación, en forma previa a plantear el recurso de apelación, conforme lo posibilita el artículo 578 del Código de Trabajo.
Con este mecanismo, se busca que el juez resuelva varios elementos solicitados por APSE en el escrito de defensa que no fueron abordados por el juez. Con la presentación de esta solicitud de adición y aclaración, el plazo de 3 días hábiles para presentar la apelación sobre la sentencia QUEDA INTERRUMPIDO hasta que se resuelva la adición y aclaración planteada, lo que APSE podrá hacer en el tiempo oportuno.
DERECHO A HUELGA ES CONSTITUCIONAL
Debemos recordar que todos los trabajadores del Ministerio de Educación Pública, incluyendo directores y supervisores, tienen el derecho constitucional de participar en la huelga, tal como está establecido en el artículo 61 de la Constitución Política.
Es irresponsable que el MEP cite a los estudiantes a las aulas, cuando es público y notorio el hecho de que los trabajadores se encuentran sumados a un movimiento de huelga indefinida, el cual no ha sido levantado por las bases sindicales y cuenta con un respaldo a nivel nacional.
APSE REPUDIA PRÁCTICAS LABORALES DESLEALES Y ANTISINDICALES
APSE repudia las prácticas desleales en que incurre el Ministro de Educación Pública, Édgar Mora. El Magisterio en todo momento ha mostrado disposición a encontrar una solución al tema del curso lectivo, por lo que no es correcto que ahora se apliquen cambios unilaterales que afectan a los estudiantes, como recortar la evaluación.
Tampoco son correctas prácticas antisindicales como buscar voluntarios para cuidar exámenes de bachillerato, labor que requiere formación y sensibilidad pedagógica, y una gran responsabilidad.
En virtud de lo anterior, APSE llama a toda su afiliación a no dejarse intimidar por esta nueva circular del MEP, por cuanto los trabajadores en huelga siguen ejerciendo su derecho humano y constitucional con total apego a la normativa laboral vigente, y en virtud de los plazos establecidos por el procedimiento judicial.
APSE se mantiene en pie de lucha y sostiene el llamado a continuar en Unidad Sindical, en esta huelga indefinida contra el Combo Fiscal.
Mélida Cedeño Castro
Presidenta
Roblin Apú Murillo
Secretario General
15 de octubre de 2018
CONCLUYÓ SIN NINGUNA NOVEDAD REUNIÓN DE LA JUNTA PARITARIA AMPLIADA DEL MEP CELEBRADA CON REPRESENTANTES SINDICALES

APSE PRESENTÓ SOLICITUD DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN CONTRA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA QUE DECLARÓ ILEGAL LA HUELGA EN EL SECTOR EDUCACIÓN
APSE PRESENTÓ SOLICITUD DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN CONTRA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA QUE DECLARÓ ILEGAL LA HUELGA EN EL SECTOR EDUCACIÓN

PRESIONES DEL MEP PARA INTIMIDAR A LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN A VOLVER A LABORES CARECEN DE FUNDAMENTO LEGAL

APSE DESMIENTE COMUNICADO DEL MEP QUE ORDENA VOLVER AL TRABAJO EN 24 HORAS
APSE DESMIENTE COMUNICADO DEL MEP QUE ORDENA VOLVER AL TRABAJO EN 24 HORAS

APSE SE REFIERE A LA DECLARATORIA DE ILEGALIDAD DE LA HUELGA EN EL MEP
Este martes 9 de octubre fuimos notificados de la sentencia en primera instancia dictada por el Juzgado de Trabajo de II Circuito Judicial de San José, que declara ilegal la huelga de los sindicatos del sector educativo contra el Combo Fiscal.
Al respecto, cabe señalar que SE TRATA DE UNA SENTENCIA QUE NO ESTÁ EN FIRME y que a partir de ahora, procede el recurso de apelación que deberá plantearse ante el Tribunal de Apelaciones dentro de los 3 días hábiles siguientes a su notificación.
APSE REALIZARÁ UN ANÁLISIS MINUCIOSO DE LOS ALCANCES Y CONSIDERANDOS DE ESTA RESOLUCIÓN, A EFECTO DE INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN CORRESPONDIENTE POR LEY.
Mientras no haya una sentencia en firme que confirme la declaratoria de ilegalidad, se mantiene el movimiento de huelga en el sector educativo.
Esta declaratoria de ilegalidad en primera instancia no produce los efectos ni de rebajo de salario, ni de despidos, ni tampoco aplica el plazo de retorno al trabajo en las 24 horas siguientes a la notificación, lo cual solo podrán aplicarse si el Tribunal de Apelaciones confirma el fallo recurrido luego de ser apelado, y a partir de ahí es que se generan los efectos de la ilegalidad de la huelga.
Mélida Cedeño Castro
Presidenta
Roblin Apú Murillo
Secretario General
APSE SE REFIERE A DECLARATORIA DE ILEGALIDAD DE HUELGA EN EL MEP
El Secretario General de APSE, Roblin Apú Murillo, se refiere a la declaratoria de ilegalidad de la huelga contra el Combo Fiscal en el MEP.
Aclaró que una vez que sea oficialmente notificado, este fallo SERÁ APELADO por APSE.
También recordó que AÚN NO CORRE EL PLAZO DE 24 HORAS para regresar al trabajo, debido a que ese plazo solo cuenta cuando se trata de sentencias en firme hasta después de haber sido apelada, lo que no ha ocurrido aún.
MENSAJE A LA AFILIACIÓN DE APSE SOBRE DECLARATORIA DE ILEGALIDAD DE LA HUELGA EN PRIMERA INSTANCIA
La Presidenta de APSE, Mélida Cedeño Castro, llama a toda la afiliación apsina a mantenerse firmes en la huelga.
Indica que APSE ya fue notificada por el Juzgado, por lo que procederá a presentar el recurso de APELACIÓN contra la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José.
ALCANCES Y PORMENORES LEGALES SOBRE SENTENCIA DECLARATORIA DE ILEGALIDAD DE LA HUELGA EN EL MEP
La asesora legal de la Junta Directiva de APSE, Licda. Ileana Vega Montero, comenta los detalles, alcances y efectos de la sentencia dictada en primera instancia que declara ilegal la huelga contra el Combo Fiscal en el sector educación.
Detalla que la sentencia no está en firme, que será apelada por APSE, y que la misma no surte efecto sino hasta que el Tribunal de Apelaciones resuelva la apelación y declare la sentencia en firme.
Por lo tanto, en este momento NO aplica el plazo de 24 horas para regresar contemplado en la Reforma Procesal Laboral, ni tampoco pueden aplicarse sanciones de ninguna clase.