La Escuela Sindical “Luisa González Gutiérrez” de APSE, inició el sábado 18 de mayo de 2019, las lecciones correspondientes al curso lectivo del año 2019.
En esta primera sesión de trabajo, asistieron los afiliados y afiliadas a APSE matriculados en los grupos San José 01 y San Carlos, con participación de más de 60 compañeros y compañeros de estas comunidades y regiones aledañas.
En esta primera clase, se abordaron temas generales, como qué es la APSE, así como la actual coyuntura política y social del país.
Las personas afiliadas a APSE que iniciaron esta nueva experiencia en la Escuela Sindical, manifestaron su interés por participar en este espacio formativo, donde se estudiarán los principios y bases del sindicalismo, los derechos laborales, la legislación vigente, la actualidad política y social, y se analizará el contexto nacional e internacional.
Para el sábado 25 de mayo, están convocados a clases, quienes están matriculados en los grupos San José 02 y Upala.
El mejor torneo deportivo del Magisterio nacional, COPAPSE 2019, inició su segunda etapa de competencia el pasado domingo 12 de mayo, con encuentros en las disciplinas de Voleibol masculino y femenino y Fútbol 11 masculino.
COPAPSE 2019 Resultados de la II ETAPA
Voleibol Femenino:
Regional 11 vs Regional 29 = Ganó Regional 29
Voleibol Masculino:
Regional 11 vs Regional 29 = Ganó Regional 11
Fútbol Sala:
GANADOR: Regional 32
Regional 12 vs Regional 29 = Ganó Regional 29
Regional 11 vs Regional 32= Ganó Regional 32
Final:
Regional 29 vrs 32 = Ganó Regional 32
Fútbol 11:
Regional 12 vs Regional 29= Ganó Regional 29
Regional 11 vs Regional 32= Ganó Regional 11
Partido pendiente el domingo 19 de mayo a las 11:00 am en el Estadio de Grecia: Regional 11 vrs. Regional 29
Las emociones de COPAPSE continúan este fin de semana, con partidos programados para el sábado 18 y domingo 19 de mayo:
Sábado 18 de mayo 2019. Desde las 8:00 a.m., Gimnasio Municipal de San Pablo de León Cortés. Juegos de las disciplinas futsala masculino y femenino, con la participación de las Regionales 02, 03, 04. — 12:00 m.d. Estadio de San Pablo de León Cortés, fogueo Regional 14.
Domingo 19 de mayo 2019, 11:00 am, el Estadio de Grecia. Fútbol 11 masculino, partido Regional 11 vs. Regional 29.
La Escuela Sindical «Luisa González Gutiérrez» de APSE, convoca a la primera sesión del curso lectivo 2019, a las personas matriculadas en los grupos San José 01 y San Carlos, para el sábado 18 de mayo de 2019.
Convocatoria Primera Sesión 2019 – Grupo San José 01
El sábado 18 de MAYO se
realizará la Primera Sesión de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González
Gutiérrez” para el Grupo I de la
Sede de San José.
Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en el Auditorio de APSE, que se ubica en los altos del Parqueo de las Oficinas centrales. Del Colegio de Señoritas, 75 Metros al Sur, en San José.
Convocatoria Primera Sesión 2019 – Grupo San Carlos
El sábado 18 de MAYO se
realizará la Primera Sesión de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González
Gutiérrez” para el Grupo de la Sede
de San Carlos.
Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en la Sala de Vídeo Conferencias del CTPR de San Carlos (COTAI), en Ciudad Quesada.
Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es
obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a
esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón
justificada tienen impedimento de asistir, por favor comunicarlo con
anticipación al día de la actividad para reprogramar la reposición con otro
grupo o si fuera una emergencia del día, deben justificar.
Se pagarán los viáticos
correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga
hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de
Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o
se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite
inconvenientes llegando puntualmente.
Recuerde que esta es una actividad
exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente
matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni
llevar acompañantes.
Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al
correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com
También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook: www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE donde se estará publicando información
relativa a la Escuela.
En sesión ordinaria del Plenario de la Asamblea Legislativa del lunes 13 de mayo de 2019, se aprobó en primer debate, con dispensa de todo trámite y por unanimidad, el proyecto de ley expediente N° 21006, presentado por la diputada Sylvia Patricia Villegas Alvarez del Partido Integración Nacional, para declarar como servicio público y por tanto prohibir el ejercicio de la huelga, en comedores y servicios de alimentación escolares de PANEA y CEN CINAI, entre otros que atienden poblaciones vulnerables.
El proyecto fue aprobado con una moción del diputado José María Villalta, que definió los servicios incluidos en este listado. La redacción del proyecto de ley contempla la adición de un inciso al artículo 376 del Código de Trabajo, Ley N.° 2, de 26 de agosto de 1943, para que se lea de la siguiente manera:
«Artículo 376- Para los efectos del artículo anterior se entienden por servicios públicos: «f) Las labores que desempeñan los trabajadores en la nutrición o la salud pública, como el Programa de Alimentación y Nutrición Escolar y del Adolescente (PANEA), los albergues del PANI, los servicios de comidas servidas y de distribución de alimentos para el consumo en el hogar de la población materna infantil que brinda la Dirección Nacional de CEN CINAI, además de todo comedor o servicio de alimentos, en la atención a poblaciones vulnerables.»
De esta forma, se amplía la prohibición del ejercicio de la huelga establecida en el artículo 375 del Código de Trabajo, para las personas que trabajan en comedores escolares.
Queda pendiente que se brinde segundo debate a este proyecto, así como su firma por el Poder Ejecutivo para que se convierta en Ley de la República.
APSE aclara que los diputados no solicitaron ninguna consulta de criterio a nuestro sindicato acerca de si hay motivos para oponerse a este proyecto. APSE siempre ha manifestado su rechazo a todo proyecto que restrinja el ejercicio del derecho a huelga.
APSE considera que no debe prohibirse de forma absoluta la huelga en los comedores escolares, sino permitir la misma garantizando la prestación del servicio mínimo.
Este proyecto de ley es diferente al expediente 21097, promovido por la diputada Yorleny León, del partido Liberación Nacional, declarada non grata por la Asamblea General de la APSE de mayo de 2019. Dicho proyecto contempla la prohibición de la huelga en un listado ampliado de servicios públicos, incluyendo a los comedores escolares, así como a todo el sistema educativo en general. El proyecto 21097 recibió dictamen positivo de la Comisión de Asuntos Sociales el 24 de abril de 2019, y está pendiente de ser conocido en Plenario legislativo.
APSE rechaza estos proyectos de ley restrictivos del derecho a huelga, como el expediente 21049 del diputado Carlos Ricardo Benavides del PLN, y los expedientes 21156 y 21190.
– Debe darse un pilotaje de las pruebas por dos años, previo a su aplicación para efectos de certificación de los aprendizajes en la educación diversificada.
El pasado 20 de febrero, las autoridades del MEP y del
Consejo Superior de Educación, anunciaron con bombos y platillos, la
eliminación de las tradicionales pruebas de bachillerato, cosa que realmente no
sucedió. Bachillerato fue simplemente reemplazado por Las Pruebas de
Fortalecimiento de Aprendizajes para la Renovación de Oportunidades (FARO), un
modelo de macroevaluación educativa, que no dista significativamente de su
antecesor.
Las Pruebas FARO posiblemente conserven un carácter
memorístico, estandarizado y punitivo, con apenas superficiales cambios con
respecto a lo que se ha venido ejecutando durante las últimas décadas.
No obstante, estos pequeños cambios y la falta de claridad
acerca de ellos, podrían ser factores que impacten negativamente el rendimiento
estudiantil.
Consideramos que las autoridades del MEP y del Consejo Superior
de Educación, se han precipitado al anunciar estas pruebas sin el debido
proceso de pilotaje, capacitación docente, consulta a docentes de aula,
examinación de expertos y otros pasos que resultan obligatorios para el éxito
de las políticas educativas.
ANDE y APSE solicitamos vehementemente al Consejo Superior
de Educación poner en marcha un pilotaje de las pruebas FARO en secundaria,
previo a su aplicación estricta, tal y como se estableció para primaria. Un
pilotaje de al menos dos años (2019 y 2020) podría contribuir a aclarar dudas
con respecto a estas pruebas, y daría un plazo razonable para introducir
mejoras, en favor de una educación más integral y acorde con las necesidades e
intereses de la juventud costarricense.
Así mismo, solicitamos un adecuado tratamiento de los
cambios que se pretenden hacer a la asignatura de Estudios Sociales. Esperamos
que cualquier modificación sea consultada, discutida y consensuada con los
distintos actores, que no se vaya a repetir la mala práctica de los secretismos
y las imposiciones antidemocráticas.
De antemano, manifestamos que vamos a defender el carácter
crítico y cualitativo de la asignatura de Estudios Sociales. Defenderemos un
programa de estudios que promueva la investigación social y el análisis de realidad,
apegándose a criterios objetivos de las Ciencias Sociales.
La asignatura de Estudios Sociales tiene un carácter
cualitativo, crítico, investigativo, dinámico y reflexivo. Su naturaleza no
debe ser cercenada para encajar dentro de un molde memorístico y estandarizado.
Hacemos un llamado a nuestras bases, tanto de primaria como
de secundaria, a continuar realizando una revisión a fondo de FARO para las
distintas asignaturas, con el fin de hacernos llegar sus observaciones,
propuestas y puntos de vista.
ANDE Y APSE POR LA DEFENSA DE UNA EDUCACIÓN PÚBLICA INTEGRAL, CIENTÍFICA Y SOLIDARIA
La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA, APSE, cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de su afiliación INFORMA:
1.- Que algunos directores de centros educativos, proceden a convocar al personal docente fuera de su horario o jornada laboral.
2.- Que dichas convocatorias se fundamentan en lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto de Servicio Civil, Título II, el cual dispone que:
“Son deberes del Personal Docente:
a) Cumplir las leyes y reglamentos, así como toda otra disposición emanada de autoridad en el ramo, siempre que ella no maltrate al servidor en su decoro, ni contraríe disposiciones legales.
…f) Asistir puntualmente a las actividades inherentes a su cargo, conferencias y los actos escolares para los cuales sea convocado por autoridad competente…”.
3.- En aplicación de la citada norma, se fundamenta erróneamente la potestad de convocar al personal docente en múltiples oportunidades, a actividades que si bien son inherentes a su cargo, se realizan fuera de su horario o fuera de su jornada laboral.
4.- Resulta claro que convocatorias de esa naturaleza, constituyen una EXCEPCION EXTRAORDINARIA y como tal conlleva la obligación del patrono, a PAGAR UNA CONTRAPRESTACIÓN ADICIONAL A LA PERSONA TRABAJADORA convocada en esas circunstancias.
5.- Es por lo expuesto que la APSE siempre ha mantenido la tesis que mientras el MEP no tenga un presupuesto para pagar esta clase de contraprestación, un Director o un jefe no puede convocar a los trabajadores en su tiempo libre.
6.- Nuestra tesis se fundamenta en la aplicación de la legislación laboral, sus principios, así como pronunciamientos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Al respecto, debemos resaltar lo dispuesto en el Pronunciamiento N° DAJ-AER-OFP-190-2017, emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de fecha 01 de agosto del 2017, que ante consulta realizada por la Directora de un centro educativo, dictaminó lo siguiente:
“… el patrono no puede exigir a sus trabajadores a asistir a las actividades anteriormente mencionadas, aunque estén relacionadas con el trabajo fuera de la jornada laboral, a menos está, que remunere esas horas como jornada extraordinaria, de lo contrario debe el patrono programarlas dentro de la jornada de trabajo.”
7.- En este mismo sentido véase que mediante Oficio Circular DRH-9335-2017-DIR, de fecha 8 de agosto de 2017, la propia Dirección de Recursos Humanos del MEP, en aplicación del artículo 49 de la Convención Colectiva, sobre el tema de las cargas laborales del personal docente que labora en los centros educativos, dispuso la eliminación “… de todas aquellas actividades que disten de la tarea propiamente docente que compete a los educadores y que poco o nada aportan a su gestión.”
Y además se dispone lo siguiente:
“ 1.- Garantizar que el cuerpo docente de centros educativos sea convocado a reuniones de personal únicamente en horario laboral.
2.-Garantizar que las convocatorias a capacitación se realicen dentro del horario laboral y en las condiciones que determina el artículo 24 de la Convención Colectiva.
…4. Garantizar que no se emitirán convocatorias de carácter obligatorio para que el personal docente participe en actividades ajenas al quehacer del centro educativo. Aquellas convocatorias a actividades que no sean estrictamente curriculares o extracurriculares contrarias a la formación del estudiantado deberán hacerse en calidad de invitación, imposibilitándose la aplicación de sanciones o medidas discriminatorias por la no asistencia.”
POR LO TANTO:
Si un Director o Directora de un centro educativo, se atreve a hacer una convocatoria a actividades, que aún siendo inherentes al cargo del personal docente, se realicen fuera de su horario lectivo, la persona trabajadora no está obligada a asistir y tiene todo el derecho de justificar su no asistencia, en aplicación de las propias disposiciones del Departamento de Recursos Humanos del MEP y también fundamentada su ausencia por compromisos personales adquiridos previamente.
Caso contrario, si la persona trabajadora desea asistir voluntariamente, se recomienda solicitar en todos los casos, una CONSTANCIA DE ASISTENCIA A LA ACTIVIDAD CONVOCADA, con el fin de que con las pruebas correspondientes, podamos proceder en vía judicial a reclamar el cobro del tiempo extraordinario correspondiente.
SE ADJUNTAN LAS DIRECTRICES Y CIRCULARES REFERIDAS
Elaborado por la Licda. Ileana Vega Montero
Asesora Legal Junta Directiva y Consejo Nacional de la APSE
LA FECHA SERÁ DETERMINADA POR LA JUNTA DIRECTIVA Y CONSEJO NACIONAL DEL SINDICATO DE ACUERDO CON EL CONTEXTO POLÍTICO
La Asamblea General de APSE aprobó en firme, en sesión extraordinaria celebrada el sábado 11 de mayo de 2019, una moción para convocar a huelga contra los proyectos de ley que afectan los derechos adquiridos y las condiciones de trabajo de la clase trabajadora.
La modalidad y la fecha de esta huelga, deberán ser acordados por la Junta Directiva y el Consejo Nacional de APSE de acuerdo con la coyuntura política imperante.
Esta moción fue aprobada luego de que la Asamblea General Extraordinaria, analizó diferentes proyectos de ley, tales como Empleo público N°21336 (que incluye el salario único o global), los proyectos N°21049 de prohibición de huelga en el sector público y expediente N°21097 de declaratoria de servicios públicos esenciales, las diferentes iniciativas de ley para unificación de regímenes de pensiones, y el expediente N°20786 Educación dual.
En su intervención, la Presidenta de APSE, Mélida Cedeño Castro, resaltó como APSE y el movimiento sindical dijeron la verdad en la pasada huelga contra el Combo Fiscal al advertir tanto de los efectos negativos para la economía de miles de hogares, sino que además ese fue apenas el primero de una serie de proyectos que amenazan con eliminar derechos laborales y sociales a la vez que imponer nuevas medidas fiscales, como los citados anteriormente.
La moción aprobada indica:
Moción N° 1. Proponente: Roblin Apú Murillo. Secundada por: José Ceferino Casasola Castro. «Esta Asamblea General Extraordinaria, apruebe la convocatoria a un movimiento de huelga en la fecha o fechas que acuerde la Junta Directiva en conjunto con el Consejo Nacional, a ejecutarse en unidad sindical o sin ella, en las modalidades que autoriza el artículo 378 del Código de Trabajo, intermitente, de manera gradual, de forma escalonada o incluso indefinida, si las condiciones políticas y sociales así lo ameritan y que representen un inminente riesgo a los derechos laborales y sindicales del sector educativo y de la clase trabajadora en general, iniciando con una gran marcha nacional convocada por la Directiva y el Consejo Nacional.» Aprobada en firme.
Adicionalmente se aprobaron otras mociones con estrategias de lucha, divulgación y propuestas de acciones contra dichas iniciativas de ley.Estas mociones son:
Moción N° 4 – Proponente: Eric Alberto Zúñiga Montero. Secundada por: Zaray Esquivel Molina. «APSE haga una campaña informativa en redes sociales y medios de comunicación colectiva, incluyendo vallas publicitarias, dirigida a toda la población costarricense, denunciando las implicaciones que conllevan los diferentes proyectos de ley y la política fiscal de este gobierno y la Asamblea Legislativa.» Aprobada en firme.
Moción N° 5 – Proponente: Adonay Artavia Velásquez. Secundada por: Javier Tenorio. «Se declare non-grata a la diputada Yorleny León, principal proponente para que la educación se declare servicio esencial. Además que APSE gestione publicidad en la ruta 32 del porqué se declara non-grata a la diputada y rechazar de plano que se considere la educación como servicio esencial». Aprobada en firme.
Moción N°8 – Proponente: Lucía Hernández Mendoza. Secundada por: Mariela Morales Mora. «1. Elaborar volantes con información clara que llegue a las amas de casa y otros. 2. Hacer conciencia social en mercados, parques, barrios, con padres de familia. 3. Pagar un campo en los medios de comunicación para informar al pueblo de la situación. Y por último llamar a huelga». Aprobada en firme.
La Escuela sindical de APSE «Luisa González Gutiérrez», comenzará en próximos días, los cursos del Nivel Básico correspondientes al curso lectivo del año 2019.
La VIII Promoción de la Escuela Sindical está integrada por 4 grupos: uno en San Carlos, uno en Upala y dos en San José.
Las siguientes, son las personas matriculadas en cada uno de los grupos.
Las clases darán inicio el 18 de mayo para los grupos San José 1 y San Carlos; el 25 de mayo para los grupos San José 2 y Upala.
Para más información comunicarse por correo electrónico a escuelasindicalapse@gmail.como al teléfono 2547-7861, con Ariane Grau, coordinadora.
La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de sus afiliados, INFORMA:
1. Que el pasado 15 de marzo del año en curso, entró en la vigencia la Ley N° 9655, que interpreta auténticamente el transitorio XXVIII de la Ley N°9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre del 2018.
2. Que el objetivo de esta interpretación auténtica, fue mantener para los nuevos contratos de Dedicación Exclusiva, que suscriban los funcionarios y funcionarias del Ministerio de Educación Pública, el porcentaje del 25% para quienes ostenten el título de Bachiller y del 55% para quienes ostenten el título de Licenciatura.
3. No obstante, APSE denuncia que al día de hoy, casi dos meses después de la entrada en vigencia de la Ley 9655, aún se mantienen funcionarios y funcionarias de ese Ministerio, devengando por Dedicación Exclusiva, un beneficio inferior.
4. Se nos manifestó por parte de las autoridades del MEP, que resultaba necesario la emisión de una resolución por parte de la Dirección General de Servicio Civil, a efecto de definir aspectos técnicos en la implementación de esta ley. Sin embargo al día de hoy no existe tal resolución.
Conforme a lo expuesto, la APSE denuncia esta situación y exige al Ministerio de Educación Pública, la implementación inmediata de la Ley N°9655, así como el pago retroactivo de los porcentajes correspondientes a las personas trabajadoras afectadas, con rige 15 de marzo del 2019, de lo contrario nos reservamos el derecho a emprender las acciones legales correspondientes.
Elaborado por Licda. Ileana Vega MonteroAsesora Legal Junta Directiva APSE