Proyecto de reforma de pensiones del Magisterio tiene carácter social

Para el Régimen de Capitalización Colectiva (RCC) cotizan un 8% los trabajadores, un 6.75% los patronos y un 0.58% el Estado. Los rendimientos generados por las inversiones en el mercado de valores y en la cartera de crédito garantizan el pago oportuno de las pensiones.

Pertenecen a este régimen, creado por la Ley Marco de Pensiones N.° 7302, los trabajadores del sector educativo nacional que empezaron a laborar desde el 15 de julio de 1992.

Incluye a los trabajadores del Magisterio Nacional (primaria, secundaria y universitaria), tanto del sector público como del privado. Circunscribe, también, a los funcionarios del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).

Con las cotizaciones y los rendimientos obtenidos a través de las inversiones se pretende garantizar el pago presente y futuro de las pensiones de sus afiliados.

El RCC es administrado por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (Jupema), ente encargado de cobrar las cotizaciones, invertir los recursos, controlar el nivel de riesgo de las inversiones y pagar las pensiones.

Iniciativa de ley. El proyecto de Reforma de la Ley N.° 7531 del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, expediente N.° 18.888, pretende garantizar el pago oportuno y eficiente de las pensiones del RCC por las siguientes razones:

– Diversifica el portafolio de inversiones: fomenta nuevas posibilidades de inversión en obra pública o privada, resguarda los principios de seguridad, liquidez y rentabilidad de los recursos que invierte. Amplía los programas de crédito, brindando préstamos con las garantías que aseguren la inversión.

– Mejora la recaudación de las cotizaciones por medio de instrumentos jurídicos, principalmente en los centros educativos privados, que, bajo la cultura de la evasión fiscal, lesionan a la clase trabajadora.

Debemos defender el RCC mejorando el portafolio de inversión, recaudando mejor las cotizaciones, manteniendo la edad de retiro, el número de cotizaciones y el monto de pensión.

Falacias del proyecto de ley

– No es verdad que Jupema otorgue créditos sin ningún tipo de respaldo. La unidad de riesgo otorga y controla la tasa de morosidad.

– Es falso que el proyecto es de carácter neoliberal. Más bien tiene un carácter social, que garantiza el pago de las pensiones.

– Es falso que pone en riesgo el fondo de pensiones. Lo que busca es garantizar y resguardar los dineros del RCC. Jupema garantiza el derecho de los (as) trabajadores (as) del disfrute de una pensión digna y, además, garantiza la estabilidad del RCC.

Conquista laboral para personal de centros privados subvencionados


La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de sus asociados, INFORMA:

I.- Que mediante escrito de fecha 07 de abril del 2014, la señora Ana Doris González González, Presidenta de la APSE, manifestó al señor Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública, la imperiosa necesidad de plantear una nueva consulta a la Procuraduría General de la República, en la que se argumentaran una serie de aspectos nunca antes expuestos, y que habían provocado que en los dictámenes vertidos, se considerara que el personal que labora en estos centros educativos, mantenía una relación laboral de subordinación con el centro educativo privado, no con el Estado. Fundamentamos la necesidad de la consulta en lo siguiente:

1.- Que existen trabajadores y trabajadoras que laboran en estos centros educativos, en condición de propietarios ingresados por el Régimen del Servicio Civil y a quienes indistintamente de su condición de interinos o propietarios, se les debe considerar para todos los efectos como “funcionarios públicos” destacados en estas instituciones.

2.- Que resulta fundamental considerar que el MEP no solo se limita al pago de sus salarios, sino que también para efectos del régimen de seguridad social, el MEP les inscribe como empleados del MEP ante la CCSS, pagando las cuotas patronales y realizando la retención de la cuota obrera.

3.- Que el MEP en su condición de patrono, cubre lo relativo al pago de las póliza de riesgos del trabajo, del Fondo de Capitalización Laboral y el pago de las prestaciones legales.( auxilio de cesantía).

4.- Que precisamente por su condición de funcionarios públicos, es que estos trabajadores figuran como accionistas de la Caja de Ahorro y Préstamos de la ANDE, cuyos cotizantes según lo dispone su ley constitutiva, son únicamente los funcionarios que laboran para el Ministerio de Educación Pública.

5.- Que como funcionarios pagados por el MEP, y como afiliados a las organizaciones gremiales y sindicales del Magisterio Nacional, les asiste no solo el Derecho de Sindicalización, sino también el Derechos a gozar de las Licencias o Permisos sindicales otorgados por el MEP en su condición de patrono público, para su participación en actividades, congresos y asambleas.

II.- El señor Ministro de Educación Pública, atendiendo nuestra petición, que recogía el clamor de todos los compañeros y compañeras que laboran en esos centros educativos; procedió a dejar planteada ante la Procuraduría General de la República, la consulta requerida, la cual se recoge en el Oficio DM-608-05-2014 de fecha 06 de mayo del 2014 y recibida por en la Procuraduría el día 07 de mayo del 2014, a las 10:21 horas, es decir a escaza hora y media que el señor Ministro de Educación, dejara su mandato.

III.- Con gran júbilo, recientemente hemos conocido el histórico, relevante y trascendental criterio jurídico emitido por la Procuraduría General de la República, N° C-057-2015 de fecha 16 de marzo del 2015, en el que este ente cambia sus anteriores criterios jurídicos sobre este tema, y de una forma que incluso reinterpreta la jurisprudencia constitucional y laboral, últimamente vertida, arriba a conclusiones, que rescatan la condición de funcionarios públicos destacados en esos centros educativos, a quienes el MEP haya contratado mediante una relación de empleo público.

Lo anterior significa que quienes así se encuentren nombrados por el MEP, quedarán cubiertos por todos los derechos, beneficios y estabilidad que otorga el Régimen de Servicio Civil, así como el goce de los permisos sindicales previstos en el Código de Trabajo.

Con el fin de explicar los alcances de este histórico pronunciamiento, se convoca a una reunión de Presidentes de Base (o en su defecto algún representante de la directiva, o afiliado de la institución), para el día martes 16 de junio en curso, 5:00 p.m., en las instalaciones de la APSE.

Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero

Gobierno pretende que proyecto de educación dual se apruebe antes de fin de año

– El Estado entregaría la política educativa para que la clase empresarial se enriquezca aún más

– Algunas implicaciones del proyecto: docentes sin empleo y jóvenes sin formación integral, sin estabilidad laboral y explotados por las corporaciones

Los docentes de colegios técnicos analizaron las iniciativas de educación dual, en la reunión convocada por la APSE el sábado 13 de junio.

Prensa APSE/Junio 2015

La Administración de Guillermo Solís está haciendo ingentes esfuerzos para que, antes de finalizar el 2015, la Asamblea Legislativa apruebe el proyecto de Ley para la Regulación de la Educación o Formación Profesional-Técnica en la Modalidad Dual en Costa Rica, expediente N.° 19.019.

El mecanismo dual combina la instrucción académica en las aulas de los centros educativos con la formación práctica en las empresas.

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) ha advertido sobre la gravedad de la aplicación de esta modalidad debido a que la educación pública estará sujeta a los intereses privados corporativos y al ciclo de los mercados, en detrimento de la educación formación humana-social integral.

“Con las iniciativas de formación dual, las instituciones educativas estarían al servicio de las empresas y los trabajadores serían sus esclavos”, alertó la presidenta de la APSE, Ana Doris González, en la reunión con los profesores de los colegios técnicos.

Los estudiantes tendrían un mínimo de educación general o académica, lo que implica menos tiempo de estudio con menos requisitos y una sustancial reducción del número de docentes tanto del área técnica como académica.

Otro de los aspectos graves de la educación dual es la participación directa de las empresas en las mallas curriculares, para ajustarlas a sus intereses económicos. El proceso para seleccionar las especialidades que impartirán los colegios técnicos ya empezó.

La iniciativa de ley estaría atando la educación a las posibilidades de empleo (mal remunerado) a los vaivenes del mercado de trabajo y, por consiguiente, a la inseguridad laboral.

Una intensa campaña informativa sobre el proyecto de formación profesional-técnica realiza el sindicato en este momento, para evitar su aprobación y previendo que los diputados podrían votarlo mediante el trámite abreviado a fin de que se convierta en ley antes de finalizar este año.

La APSE rechaza los dos proyectos de Ley que pretenden imponer la formación dual: el N.° 19.019, del anterior gobierno liberacionista, que se tramita en la Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación, y el N.° 19.378, del Movimiento Libertario, y que se encuentra en la Comisión Permanente de Asuntos Económicos.

Al Gobierno le urge que se apruebe el proyecto de ley N.° 19.019, para poder aplicar la Estrategia Nacional de Empleo y Producción, a la cual la APSE se opone rotundamente y no participará en la mesa de discusión que convoca el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Este plan va dirigido a los jóvenes de 15 a 24 años que no están insertos en la educación formal. Contempla que las empresas no tendrán que pagar la cuota patronal por estos muchachos, y estos recibirán una beca del IMAS.

Consejo Superior de Educación rechaza en forma unánime el Proyecto de Ley de Educación dual Expediente Legislativo n° 19.019

La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de sus asociados, INFORMA:

1.- Que el Consejo Superior de Educación, mediante el acuerdo N° 03-41-2014, acordó en firme y por unanimidad, comunicar a la Asamblea Legislativa, su decisión de no avalar el proyecto de ley: “LEY PARA LA REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN O FORMACIÓN PROFESIONAL-TÉCNICA EN LA MODALIDAD DUAL EN COSTA RICA”.

2.- La posición del Consejo Superior de Educación se fundamentó en los siguientes aspectos:

a.- La población objetivo no es clara, lo que podría convertirse en un flanco para la deserción en la educación diversificada, al incorporar a los estudiantes a la fuerza laboral de las empresas; contraviniendo esto con la Ley 7739 del 6 de enero de 1998, “Código de la Niñez y Adolescencia”.

b.- Presenta ambigüedades, no se define con claridad a qué tipo de carreras o cursos, programas de formación o planes de estudio, capacitación o formación se refiere.

c.- No indica cual ente u órgano será el responsable de la elaboración de un mapa funcional según las necesidades de las empresas para convertirlas en perfiles para los estudiantes y de establecer las necesidades de formación por zonas geográficas.

d.- No establece el órgano encargado de aprobar la malla curricular, tampoco indica quién será el responsable del seguimiento sistemático.

e.- El proyecto de ley crea la Comisión Nacional de Fomento de la Educación y Formación Dual, pero en su integración dejan excluidos a sectores representativos de la educación, como por ejemplo el Consejo Superior de Educación.

f.- No se indica que tipo de acreditación es la que otorgará esta Comisión a las empresas y a las instituciones.

g.- Incongruencia entre las funciones asignadas a la Comisión y las potestades asignadas a las instituciones educativas.

h.- No se establece los requisitos mínimos que deben fundamentar el convenio para el desarrollo de la carrera, en cuanto al cumplimiento de los fines docentes dentro de las empresas.

i.- El proyecto de ley no específica cuales condiciones mínimas debe tener la empresa para ser acreditada en cuanto a la parte curricular.

j.- Existe un vacío normativo en cuanto a la resolución de controversias entre la institución educativa, el estudiante y las empresas. Aspectos específicos de horas de estudio, horas prácticas.

Resulta sumamente relevante, que el propio Consejo Superior de Educación, al que por norma constitucional, le corresponde la dirección general de la enseñanza oficial de nuestro país, haya advertido al igual que lo ha hecho la APSE, de las nefastas consecuencias que un proyecto de esta naturaleza traería a la educación costarricense.

Corresponde compañeros y compañeras, continuar ejerciendo la lucha para evitar la aprobación de este Proyecto, que cuenta con el aval del Gobierno de la República y del Proyecto de Ley N° 19.378, que como iniciativa del Movimiento Libertario, pretenden imponer la formación dual en nuestro país

Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero

Salarios: Gobierno acepta que salario único no resuelve déficit Fiscal

Sesión de Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público

Gobierno acepta que imponer salario único o modificar el régimen de empleo público no resuelve el déficit fiscal

– Bloque Unitario Sindical exige un reajuste salarial que garantice condiciones de vida dignas

La presidenta de la APSE, Ana Doris González (de segunda al fondo), pidió al Gobierno que aclare ante la opinión pública que el problema del déficit fiscal no es ocasionado por los salarios del sector público.

“El Gobierno no va a abordar el tema del empleo público desde una vía fiscalista. Lo que nos interesa es promover la eficiencia, los servicios y las mejores condiciones laborales”.

Así respondió el viceministro de la Presidencia, Luis Paulino Mora Lizano, a la pregunta de la presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), Ana Doris González, sobre los términos en que se estaría fundamentando la propuesta gubernamental de empleo público.

En la sesión de la Comisión Negociadora, realizada el 7 de julio de 2015, los representantes gubernamentales expusieron sobre la situación fiscal del país y las acciones a tomar en la tercera fase, que contempla la presentación de proyectos de ley relacionados con el fraude fiscal, pensiones con cargo al Presupuesto Nacional (excepto las del Magisterio y el RCC), empleo público, entre otros.

“No creemos en el recorte de gastos para disminuir el déficit fiscal. Ninguna institución ha podido señalar cuáles ítems están dispuestos a recortar”, manifestó el viceministro Mora.

La posición de Mora fue secundada por el viceministro de Trabajo, Alfredo Hasbum, quien dijo: “Promover una mayor eficiencia en empleo público es diferente a cercenar los derechos de los trabajadores”.

La dirigente González conminó al Gobierno a dar a conocer a la opinión pública las manifestaciones vertidas ante los representantes de los trabajadores; es decir, que reconoce que el recorte de los salarios, despidos y disminución de los componentes salariales de los empleados públicos no resuelve el problema del déficit fiscal.

El Bloque Sindical y Social exige un reajuste salarial que garantice una vida digna.

Salarios. El Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense (Bussco), del que forma parte la APSE, presentó en la Comisión Negociadora un pronunciamiento político respecto al reajuste salarial para el segundo semestre de 2015.

En el documento dejó claro que no acepta “una negociación salarial que parta de los supuestos neoliberales de que quienes tienen que sacrificarse somos los trabajadores con salarios congelados, mientras los sectores empresariales y, particularmente, el exportador reciben en exoneraciones fiscales ¢1.763.129 millones en el 2015. Este mismo sector evade cerca del 70% del pago de impuesto de renta y un 30% del pago del impuesto de ventas”.

Exige un reajuste salarial que garantice condiciones de vida dignas para la clase trabajadora del sector público, con particular interés en las categorías y salarios más bajos.

El Bussco reiteró que “se hace necesario avanzar de inmediato en la discusión de una nueva fórmula de cálculo de reajuste salarial para el sector público, que tome en cuenta los diversos factores de la realidad económica del país y de las familias y que tenga como principio fundamental salarios dignos para los trabajadores”.

El Gobierno dará a conocer la propuesta de ajuste salarial en la segunda sesión de la Comisión Negociadora, la cual se efectuará el martes 14 de julio, a la 1 p.m.

Apse logra respeto a conserjes


La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE), cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de su afiliación, INFORMA:

1.- Que de una forma totalmente arbitraria y contraviniendo la normativa existente, la Dirección de Recursos Humanos del MEP ordenó la apertura de sendos procedimientos disciplinarios, contra dos compañeros conserjes que laboran en el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí, producto de la denuncia presentada por la Directora de ese centro educativo, atribuyéndoles la presunta comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones, al haberse ausentado los días 02,03,04,05 y 06 de febrero del 2015 ( semana previa al inicio del curso lectivo.)

2.- Que posteriormente y pese a la firme defensa legal de la APSE, esa Dirección emitió las correspondientes resoluciones, en la cuales se sanciona estos compañeros conserjes, mediante la suspensión por ocho días sin goce de salario.

3.- Que ante la improcedencia de una sanción de esa naturaleza, la asesoría legal de la APSE, interpone Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio, solicitando se dejen sin efecto las sanciones impuestas. Sin embargo, en primera instancia, la Dirección de Recursos Humanos procede a declarar sin lugar los recursos de revocatoria planteados.

4.- Finalmente, el día 23 de junio del año en curso, en las oficinas centrales de la APSE, se recibe la notificación de la resolución N° 2368-15, de las 9:00 horas del 16 de junio del 2015, emitida por el Despacho de la señora Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante, en la que con gran júbilo logramos constatar, que en esta instancia se nos da la razón a favor de uno de los compañeros conserjes, ( queda pendiente la notificación del otro caso) y se ordena dejar sin efecto la suspensión sin goce de salario dictada.

5.- Hoy queremos resaltar este fallo, con el que se reivindica y se respeta el derecho de los compañeros y compañeras conserjes a gozar del mismo período de vacaciones de los docentes, esbozando la tesis que siempre ha sido proclamada y garantizada por la APSE, en el sentido de que conforme al artículo 37 del Reglamento de Consejería:

“…los directores no pueden convocar con carácter de obligatoriedad sino de colaboración, por lo que efectivamente llevaría razón la recurrente en el tanto la directora institucional no puede violentar lo dispuesto mediante directrices y la normativa dispuesta por este Despacho, por lo que acusar ausentismo de los días en cuestión devendría arbitrario e improcedente, dado que el inicio del curso lectivo se encuentra puntualmente establecido, por lo que denunciar ausencias en días fuera de dicho período, sería contrario a la ley y demás disposiciones que regulen el tema de las vacaciones en cuestión.”

Elaborado por
Licda. Ileana Vega Montero

Zona de Menor Desarrollo


Con visto bueno de doña Yaxinia, procedo a remitirle la información solicitada, la cual contiene 3 pestañitas con información

Es importante aclarar que el distrito Gutiérrez Brown se incluirá de manera manual, por lo que las Unidades del Departamento de Asignación, se encuentran realizando dicha gestión.

SITUACIÓN DE LAS PERSONAS REUBICADAS EN CUANTO AL PAGO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO, SEGÚN CONSULTA REALIZADA AL DEPARTAMENTO DE ASIGNACIÓN Y PROMOCIÓN DEL RECURSO HUMANO DEL MEP

– Personas reubicadas por conflicto: De conformidad con el artículo 39 de la Constitución Política en cuanto al Debido Proceso, *el MEP tendría que cancelar el pago de la Zona de Menor Desarrollo a todas las personas que se encuentren reubicadas por conflicto.
*
– Personas reubicadas por salud: Las personas reubicadas por salud, podrían estar en cuatro situaciones o status diferentes.

1- Las que se encuentran reubicadas en la misma institución en la que tiene su propiedad o su nombramiento interino y esta se encuentra en un distrito en el cual sí le corresponde el pago. A estas personas sí se les debe de cancelar el incentivo DE Zona de Menor Desarrollo.

2- las personas que tienen su propiedad o su nombramiento interino en una institución que se encuentra en un distrito en el que no les corresponde pago del incentivo de Zona de Menor Desarrollo, pero que están reubicadas en otra institución que se encuentra en un distrito en el que sí corresponde el pago del incentivo de Zona de Menor Desarrollo. A ESTAS PERSONAS SÍ SE LES DEBE DE CANCELAR EL INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO.

3- Las personas que tienen su propiedad o su nombramiento interino en una institución que se encuentra en un distrito en el que sí les corresponde el pago del incentivo de Zona de Menor Desarrollo, pero que están reubicadas en otra institución que se encuentra en un distrito en el que no les corresponde el pago del Incentivo de Zona de Menor Desarrollo. A ESTAS PERSONAS NO SE LES CANCELARÁ EL INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO.

4- Las personas que se encuentran reubicadas en supervisiones o Direcciones Regionales. A ESTAS PERSONAS NO SE LES CANCELARÁ EL INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO.

Sobre estos casos puede consultar en nuestro Departamento Laboral

Licda. . Vivian Chaves Chinchilla
Coordinadora Departamento Laboral
APSE SINDICATO

El ajuste salarial fantasma


APSE califica de ridícula la propuesta presentada por el Gobierno para el aumento salarial del sector público. De hacerse efectiva se estaría demostrando el incumplimiento de la palabra de la administración Solís y el PAC de que ningún aumento iba a ser por vía del decreto. En este momento las Organizaciones sindicales que integran el BUSSCO (Bloque Unitario Social y Sindical Costarricense) han tomado la decisión de reunirse el próximo lunes para tomar decisiones conjuntas y coordinadas. Ante la presión, el Viceministro de Trabajo ha vuelto convocar a reunión a la Comisión Negociadora de Salarios para el próximo jueves 23 de Julio. A continuación les dejamos una copia de la propuesta presentada por el Gobierno:

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