SALA CONSTITUCIONAL DA CURSO A LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PLANTEADA POR APSE CONTRA LA LEY N°9999

La  ASOCIACION  DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA  (APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de su afiliación  INFORMA:

1.- A las quince horas ocho minutos del veintiuno de enero del dos mil veintidós, la Sala Constitucional emitió una resolución interlocutoria, en que se notificó a la APSE, que la acción presentada el pasado 16 de diciembre, contra la Ley N° 9999 “LEY PARA PREVENIR LA REVICTIMIZACIÓN Y GARANTIZAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO COSTARRICENSE.”; se admitía para estudio.

2.- Con esta acción, que se tramita en el Expediente 21-025850-0007-CO, la APSE impugnó para que se declaren inconstitucionales, los  artículos 7, 10, 14 inciso a) y 43 inciso a) de la Ley N° 9999 y los numerales 62, 66 y 71 del Estatuto de Servicio Civil, reformados por esa misma ley, por estimarlos contrarios al derecho al debido proceso, derecho de defensa y a los principios de inocencia, razonabilidad, proporcionalidad, igualdad y no discriminación de las personas trabajadoras que laboran en los centros educativos del Ministerio de Educación Pública.

3.- En relación con los efectos jurídicos de la interposición y admisión de esta acción, la Sala Constitucional dispuso que:    

“La publicación prevista en el numeral 81 de la Ley de Jurisdicción Constitucional tiene por objeto poner en conocimiento de los tribunales y los órganos que agotan la vía  administrativa, que la demanda de inconstitucionalidad ha sido establecida, a los efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho pronunciamiento del caso… Es decir, la suspensión de la aplicación de las normas impugnadas, en sede administrativa, solo opera en aquellos casos donde existe un proceso de agotamiento de vía administrativa, lo cual supone la interposición de un recurso de alzada o de reposición, contra el acto final por parte de un administrado. Donde no existe contención en relación con la aplicación de la norma, no procede la suspensión de su eficacia y aplicabilidad…”

Lo anterior significa que la aplicación y eficacia de la Ley  N° 9999, no quedó suspendida de manera general, salvo en aquellos supuestos individualizados que expresamente dispone la misma la Sala; es decir en aquellos procedimientos administrativo-disciplinarios abiertos contra alguna persona trabajadora del MEP y que se encuentre en trámite, en los que se deba resolver algún recurso contra el acto final y que agote la vía administrativa o bien en procesos judiciales  abiertos. En ambos casos, quedaría suspendido el dictado del acto final, hasta que la Sala no resuelva esta acción.

4.- En esta misma resolución, se está confiriendoaudiencia  por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministro de Educación Pública, al Director General del Servicio Civil, y a la Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia.

5.- Por lo expuesto, la APSE se mantendrá a la espera  de un resultado positivo, a efecto de que la Sala Constitucional resuelva la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, en protección  de los intereses de los trabajadores afiliadas a la APSE y en general de los trabajadores de la educación, que injustamente podrían ser afectados y expuestos a su despido, por la aplicación de las normas de esta ley.

Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General


Prensa APSE, 29 de enero de 2022

APSE EXIGE CUENTAS A LOS PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO POR NO APROBAR PROYECTO DE LEY QUE EVITARÍA REDUCCIÓN SALARIAL A LOS DOCENTES


APSE exige cuentas a los poderes Ejecutivo y Legislativo, debido a que el Plenario de la Asamblea Legislativa sesiona por última vez hoy jueves 27 de enero, sin haber aprobado el proyecto de ley N.° 22.744 para “Prevenir la Reducción de los Salarios de los Educadores Costarricenses”, el cual fue convocado dentro de la agenda legislativa de sesiones extraordinarias apenas este lunes 24 de enero.


Este proyecto pretender corregir la contradicción entre la Ley de Salarios de la Administración Pública N° 2.166 y la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas N° 9.635. La Ley 9.635, el llamado “Combo Fiscal”, ordena convertir en montos fijos todos los incentivos salariales con referencia al salario base de cada puesto, incluyendo el Incentivo para el Desarrollo de la Docencia, pero que se calcula sobre el salario total de la persona docente. Esto causaría una disminución salarial a los funcionarios docente del MEP que oscila entre los ₡50.000 y hasta los ₡200.000 mensuales.


La principal responsabilidad de este golpe a los ingresos de los trabajadores de la educación pública, es del Poder Ejecutivo, que propuso el Combo Fiscal sin escuchar a los argumentos de sectores que nos oponíamos a este proyecto.


El Poder Ejecutivo, en un acto desesperado, optó por dejar la convocatoria a este expediente hasta la última semana de sesiones previa a las elecciones nacionales, a pesar de que el proyecto fue entregado desde octubre de 2021.


Igual responsabilidad tiene el Poder Legislativo, por no haber iniciado el debate de dicho proyecto. De hecho, ayer miércoles ni siquiera hubo quórum suficiente para celebrar la sesión.
APSE exige una pronta solución a esta injusticia salarial, que afecta a miles de trabajadores de la educación, en momentos donde la situación económica no es positiva, sumado a una creciente inflación y la inestabilidad política propia del proceso electoral que se avecina.


Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General


Prensa APSE, 27 de enero de 2022

HABILITADA LA RESERVACIÓN EN CENTROS RECREO DE APSE PARA LOS MESES DE MARZO, ABRIL Y MAYO 2022

Informamos a nuestra afiliación, que a partir del próximo 1° de febrero de 2022, se habilitará la reservación en los Centros de Recreo de APSE (Dominical, Tamarindo y Puerto Viejo de Limón) para los meses de Marzo, Abril y Mayo de 2022.

Puede reservar mediante la Plataforma Virtual de APSE virtual-apse.cr o por la nueva app APSE Virtual disponible en las tiendas Play Store, App Store y App Gallery.

El aforo y costo de los servicios se mantiene igual.

Recuerde utilizar los Centros de Recreo en estricto acatamiento de los protocolos sanitarios.

Para más información, visite nuestro sitio web: https://www.apse.cr/centros-de-recreo

Cabinas habilitadas:

  • Playa Negra: Cabinas N°1, 2, 3 y 5, para 6 personas cada una.
  • Playa Tamarindo: Cabinas N° 2, 3, 4 y 5, para 6 personas cada una.
  • Playa Dominical: Cabina N° 1, para 6 personas.

APSE SINDICATO LANZA CAMPAÑA “NO ELIJA CONTRA USTED” PARA ELECCIONES 2022

  • #NoElijaContraUsted es una campaña en redes sociales para que los trabajadores tomen conciencia del poder de su elección, y no elijan contra sí mismos.

  • APSE ofrece una guía para que la gente conozca la posición de candidatos y partidos sobre: Corrupción, Empleo, Educación, Economía, y Protestas Sociales.

  • Memoria histórica y conciencia social son claves para que la población elija a favor de sus intereses y los de Costa Rica.

APSE Sindicato lanza la Campaña #NoElijaContraUsted con el fin de transparentar cuáles políticas apoyan los partidos y los candidatos, con el fin de que las personas trabajadoras elijan mejor, y sin que la propaganda electoral les engañe.


Antes de elegir a los próximos representantes nacionales, para APSE es vital que las personas trabajadoras hagan memoria histórica y recuerden cuáles fueron los políticos y partidos que nos llevaron a la crisis que vivimos hoy en día.


Desde la presidencia de la APSE, Ana Doris González González, ejemplifica: “Para que recordemos, ¿quiénes aprobaron el combo fiscal del 2018 que tanto daño le ha hecho a Costa Rica?, ¿cuáles fueron los partidos que aprobaron la ley anti huelgas?, ¿cuáles partidos han vendido el país al FMI? Esto es por nuestros compañeros, no podemos elegir en contra de nosotros mismos.”

Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General

Prensa APSE, 20 de enero de 2022



EL USO DE LAS LICENCIAS SINDICALES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ES UN DERECHO RECONOCIDO POR LEY

Ante la manifestaciones realizadas por el Ministro de Educación Pública, Steven González, al periódico La Nación, respecto al uso de licencias establecida por la III Convención Colectiva, para dirigentes de la organización sindical, APSE se permite aclarar a la opinión pública, que las licencias sindicales a las que se refiere dicho artículo, constituyen un derecho de los trabajadores, correspondientes a su libertad de sindicalización, reconocida por nuestra Constitución Política.

Cabe señalar, que la III Convención Colectiva que rige en el MEP, fue sometida a un proceso de homologación, y sus contenidos fueron validados por el Ministerio de Trabajo tras contrastar la legislación vigente con el texto negociado entre las partes.

Ante ello, denunciamos la intención oculta de esta nota de prensa, que es pretender que los trabajadores de la educación se intimiden y vean limitado el goce de las licencias reconocidas por la III Convención Colectiva. De hecho, la nota de prensa, está redactada con tal grado de desinformación, que refiere el disfrute de estos derechos solamente a “docentes” afiliados, cuando nuestro sindicato es de carácter industrial, por lo que reúne no solamente a docentes, sino a toda clase de trabajadores de la educación.

Finalmente, respecto a las 5 licencias que señala la nota, reconocidas por el MEP para dirigentes sindicales, APSE aclara que no hace uso de las mismas, ya que el salario de los dirigentes de planta, proviene de los mismos recursos económicos que nuestra afiliación aporta.

EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN A SINDICALIZARSE, NO PUEDE SER LIMITADO NI IMPEDIDO DE NINGUNA MANERA.

Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General

Prensa APSE, 18 de enero de 2022

PROTOCOLO DE CITAS PARA ATENCIÓN PRESENCIAL


Debido al incremento crítico de casos de Covid-19 ocurrido durante los últimos días, APSE brindará atención presencial ÚNICAMENTE CON CITA PREVIA, para trámites que realmente ameriten la presencialidad.


Las citas se otorgarán en horario de lunes a viernes, entre las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m.


1. Los Departamentos de Legal, Laboral, Pensiones y Afiliación y Subsidios, solamente atenderán con cita previa.


2. Las citas deben solicitarse a los siguientes teléfonos, en los cuales se brindará atención de lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.:


– Laboral: 2547-7841 / 8722-7545– Legal: 2547-7825 / 2547-7837 / 2547-7836– Pensiones: 2547-7824– Afiliación y Subsidios: 2547-7874 / 8471-2334


3. No se brindará servicio de parqueo.


4. Solo podrá ingresar al edificio de APSE la persona afiliada que ya tiene cita previa. NO podrán ingresar con acompañantes.5. Se debe portar mascarilla y seguir todas las instrucciones que le brinde el personal de APSE, acorde con el protocolo sanitario vigente.


6. Una vez finalizado el trámite, la persona afiliada deberá retirarse del edificio.


Se insta a nuestra afiliación, a utilizar la plataforma virtual para la realización de trámites, por medio de mensaje de texto o voz, al número de whatsapp 8956-2476.


ATENCIÓN VIRTUAL DE CASOS:
Se le recuerda a nuestra afiliación, que nuestros abogados y técnicos especialistas, estarán respondiendo sus preguntas de carácter Legal, Laboral, Pensiones, Afiliación y Subsidios, Amparos de Legalidad y cobros administrativos. Escríbanos un mensaje de whatsapp al número 8956-2476 y con gusto le atenderemos.


Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General


Prensa APSE, 14 de enero de 2022

SOBRE “MACHOTE DE DECLARACIÓN JURADA” Y TRÁMITE DE EXCEPCIÓN DE VACUNACIÓN COVID-19 POR CONTRAINDICACIÓN MÉDICA

La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA (APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de su afiliación INFORMA:

Que ante las dudas surgidas en relación con el “Machote de declaración jurada” como requisito para vacuna Covid-19, así como sobre el requerimiento de contar con un dictamen médico extendido por la CCSS para demostrar la contraindicación médica para la inoculación, nos permitimos manifestar lo siguiente:

1.- Que ninguna jefatura inmediata se puede arrogar la potestad de solicitar el código QR, para verificar la vacunación por Covid-19, toda vez que la aplicación e implementación del Código QR en nuestro país, se encuentra suspendida, en virtud de la medida cautelar dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, desde el pasado mes de noviembre del 2021.

2.- Que para aquellas personas trabajadoras del MEP que posean contraindicaciones médicas para recibir las vacunas contra el COVID-19, y que se han visto afectadas ante el requerimiento del MEP, de contar con un dictamen médico extendido por la CCSS; nos permitimos informar, que hemos realizado gestiones inmediatas ante el Despacho ministerial, y hemos exigido que se haga cumplir el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud, en su sitio web (ministeriodesalud.go.cr), denominado “Procedimiento para solicitar código QR de excepción de vacunación COVID-19 por contraindicación médica”.

Dicho procedimiento establece lo siguiente:

Procedimiento para solicitar código QR de excepción de vacunación COVID-19 por contraindicación médica

  1. Llenar el formulario en línea habilitado en este apartado.
  2. Enviar la siguiente documentación al correo electrónico certificado.sinvacuna@misalud.go.cr
  3. 2.1. Certificado médico oficial de CCSS, Certificado médico del Ministerio de Justicia y Paz, en casos de privados de libertad.
  4. Certificado médico digital del Colegio de Médicos y Cirujanos, en casos de personas en control en medicina privada, que incluye medicina de empresa y medicina mixta:
    • El certificado debe contener la historia clínica precisa y detallada sobre las condiciones médicas que conllevan a la contraindicación de la vacunación.
    • Los diagnósticos finales indicados en el certificado médico deben ser coincidentes con la historia clínica y las contraindicaciones médicas.
    • Solo se aceptarán contraindicaciones médicas descritas en el Manual de Procedimientos para la ejecución de vacunación contra COVID-19 en los establecimientos de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social en la versión que se encuentre vigente al momento de la solicitud. Estas contraindicaciones coinciden con las establecidas por los laboratorios fabricantes de las vacunas.
    • En el caso de determinarse que la contraindicación a la vacunación se debe a antecedente médico de alergia a uno de los componentes del biológico, esa información debe fundamentarse en los datos existentes en el expediente médico.
  5. 2 leer, comprender y firmar la declaración de información y responsabilidades. (Puede ser firma física o digital)
    3.3 Copia de la cédula.
    4.4 Menores de edad son los mismos requisitos, la declaración de información y responsabilidades debe ser firmada por el responsable legal del menor.
    El tiempo de respuesta de este certificado es de 22 días naturales. Si en el proceso existen dudas por parte del Ministerio de Salud y se solicitan documentos adicionales o aclaraciones, el tiempo se puede extender hasta 30 días naturales para la respuesta definitiva.
    ( El subrayado no es del original)

4.- Conforme al procedimiento indicado, resulta totalmente válido acreditar la contraindicación médica para la vacunación por COVID-19, mediante un certificado médico extendido por un médico privado, siempre que se cumpla con los requerimientos indicados para su validez.

5.– En virtud de que el tiempo de respuesta por parte del Ministerio de Salud, ante una gestión de esa naturaleza, es de 22 días naturales y eventualmente se puede extender hasta 30 días naturales para una respuesta definitiva; igualmente hemos realizado las gestiones pertinentes ante las autoridades ministeriales, a afecto de que no se vea afectado el nombramiento de personal, ascensos y prórrogas, hasta tanto la persona funcionaria objeto del movimiento, pueda demostrar su situación de salud.

6.– Conforme a lo anterior y de resultar acogidas nuestras demandas, deberá la Dirección de Recursos Humanos del MEP, proceder a modificar y adaptar el “machote de declaración jurada” que hará llegar a los correos MEP de cada uno de las personas funcionarias.

APSE pone a disposición de nuestra afiliación, el asesoramiento y orientación necesarios para el llenado de este formulario, para lo cual puede llamar al teléfono 2547-7800 o escribir un mensaje de texto al número 8956-2476, opción 8.

Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General

Prensa APSE, 11 de enero de 2022

NOMBRAMIENTO DE PROMOTORES(AS) REGIONALES DE APSE PARA EL PERIODO DEL 1 DE MARZO AL 2 DE DICIEMBRE DE 2022


La APSE abre concurso de antecedentes entre sus afiliados(as) para el nombramiento de los Promotores y Promotoras Nacionales. El período contractual comprenderá del 1° de marzo al 2 de diciembre de 2022.
Los compañeros y/o compañeras interesados(as) pueden presentar sus atestados en las oficinas centrales de la APSE, sita 75 metros al sur de la entrada principal del Colegio Superior de Señoritas, San José, o remitirlos al correo electrónico psgapse2012@gmail.com, a partir del 20 de enero y hasta las quince horas del 26 de enero de 2022.


REQUISITOS:

1. Ser afiliado o afiliada del Sindicato, mínimo dos años de afiliación.

2. Experiencia como dirigente de base.

3. Experiencia como administrativo o docente en instituciones educativas del sector público costarricense.

4. Conocedor o conocedora de la estructura organizativa de la APSE.

5. Disponibilidad, según las necesidades de la organización, para atender las regionales de primaria y secundaria que le sean asignadas en cualquier parte del país.

6. Disponibilidad para trabajar de conformidad con el tiempo establecido para cada promotor, ya sea de medio tiempo, tres cuartos de tiempo o tiempo completo.

7. Afinidad sindical.

8. Tener licencia de conducir al día, mínimo tipo B1.

9. Contar con vehículo propio y que esté al día con el pago de marchamo, revisión técnica y seguro vehicular.

10. Firmar el respectivo contrato.

11. Manejo de paquetes Office de informática.

12. Realizar prueba de manejo de paquetes Office en la plataforma virtual de APSE.


APORTAR:

– Datos personales,

– Currículum académico,

– Constancia de afiliación,

– Currículum gremial,

– Fotografía tamaño pasaporte,

– Copia de licencia,

– Copia de documentación del vehículo.

– Lugar de residencia.


Ana Doris González González, Presidenta
Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta
Marvin Padilla Lemus, Secretario General


Prensa APSE, 11 de enero de 2022.


NOTA: información publicada como campo pagado en la edición impresa del día de hoy en Diario Extra.

APSE DENUNCIA NUEVA FALLA EN PLATAFORMA DIGITAL DEL MEP


APSE denuncia ante la opinión pública, la nueva falla ocurrida en el Ministerio de Educación Pública, MEP, a nivel de su plataforma para el acceso de los cursos de la Oferta Formativa Priorizada, mediante la cual se pretendía brindar capacitaciones a todo el cuerpo docente de cara al curso lectivo 2022.


Aunque el uso de dicha plataforma para impartir estos talleres, estaba programado para arrancar hoy lunes 10 de enero de 2022, desde horas de la mañana dicho ministerio se limitó a anunciar mediante redes sociales de la existencia de “un problema técnico” sobre el cual afirman que “se está trabajando para solucionar el inconveniente en el transcurso de la tarde.


El caso despierta las alarmas e indignación entre la población, ya que no se trata de la primera ocasión en la cual una de las plataformas digitales del MEP falla sin explicación ni posterior rendición de cuentas.
Esta situación es algo similar a lo ocurrido con la plataforma SIRIMEP, diseñada para el registro de notas estudiantiles, la cual ha registrado fallas constantes desde su lanzamiento, a mediados del año 2021.

Sobre los frecuentes problemas con este mecanismo se refirió la viceministra académica, María Alexandra Ulate, quien se dejó decir que este mecanismo no funciona porque “los docentes no saben usarlo”.
Desde APSE exigimos una explicación detallada a toda la comunidad educativa, acerca de los motivos reales de la falla de esta nueva plataforma.


Ana Doris González González, Presidenta

Nydia Durán Rodríguez, Vicepresidenta

Marvin Padilla Lemus, Secretario General


Prensa APSE, 10 de enero de 2022