Salario total de un empleado público nunca debe estar por debajo del salario mínimo de ley

“Los salarios que prevalezcan en la empresa privada para puestos análogos

se deben tener como referencia para fijar los salarios del sector público”,

dijo la presidenta Ana Doris Gonzalez al refutar declaraciones del

ministro Olman Segura. La foto corresponde a la conferencia de

prensa ofrecida el 17/1/2014.

Respuesta de APSE  y Sinpae al Ministro de Trabajo

Salario total de un empleado público nunca debe estar por debajo del salario mínimo de ley

– La jurisprudencia supone que el  salariobruto del empleado público   siempre  

 *_es  superior  al  mínimo  del sector privado_*

– Centenares  de  empleados   públicos de las  categorías  inferiores  perciben salarios

 *_brutos  por  debajo del mínimo de puestos similares en el sector privado_*

A raíz de la denuncia pública que hicieran la APSE y el Sinpae sobre el no pago del “salario mínimo” para un importante grupo de empleados públicos del Gobierno Central, el Ministro de Trabajo responde con una verdad a medias.

Ciertamente, los “salarios mínimos” fijados por el Consejo Nacional de Salarios para la empresa privada, no se aplican de manera directa a los empleados públicos.  Pero no es cierto que la jurisprudencia simplemente afirme que los salarios del sector privado y público se rigen por normas diferentes y que el “salario mínimo” para el primer grupo de trabajadores no deba tomarse en consideración para fijar el de los empleados públicos.

Al contrario, el supuesto de todos los dictámenes de la Procuraduría y de la jurisprudencia de la Sala Constitucional y de la Sala Segunda es el siguiente: aunque no se aplica el “salario mínimo” a los empleados públicos, el salario total de estos siempre va a estar por encima del “mínimo” porque a su salario base se adicionan otros pluses salariales, tales como las anualidades, la dedicación exclusiva y la carrera profesional.

1- La jurisprudencia tiene como supuesto que el salario total de los empleados públicos es superior al “salario mínimo”.

Reproducimos extractos de la Resolución N.° 2013-00115 de la Sala Segunda del 12 de diciembre del año 2012 en que queda demostrado que el salario total de los empleados públicos (salario base + pluses salariales) debe ser igual o superior al “salario mínimo” para la empresa privada.

Resolución N.°  2012-00115 de  la Sala Segunda (12/12/2012):

Apartado III:

“Mientras que el concepto de salario mínimo es el legalmente establecido para una actividad en el Sector Privado, el salario base es el establecido en razón de la categoría salarial prevista en las leyes de salarios, entre otras escalas de sueldos como parámetro base para una contratación en el Sector Público, al cual se le suman otros complementos salariales, (que en el caso del citado sector lo constituyen otros pluses como el pago por anualidades, disponibilidad, carrera profesional, etc.) para configurar la obligación del empleador público con respecto a sus servidores. (…) Como puede notarse, existe diferencia entre los conceptos de “salario base” y “salario mínimo”, pues no es cierto que en el decreto de salarios mínimos se indique o señale que el salario mínimo es lo mismo que el salario base. Además, los pluses salariales aplicables al Sector Público constituyen un mecanismo ideado para aumentar el salario a los trabajadores de ese sector, superando así la fijación salarial para casos homólogos en el Sector Privado._(…) La Sala no encuentra que se le esté dando un trato discriminatorio, pues aún si el salario base fuese menor que el salario mínimo establecido para el Sector Privado, lo cierto es que los pluses salariales establecidos para los trabajadores del Sector Público, hacen que el salario base de éstos sea mayor que el recibido por sus homólogos en el Sector Privado…”._   (…) Por consiguiente, a los accionantes no les asiste el derecho al pago de diferencias de salario entre el salario mínimo fijado por el Decreto de salarios mínimos para el sector privado y el salario base que se les ha venido pagando, pues no existe prueba de que el salario total percibido sea inferior al mínimo legal, lo que hace improcedente el reclamo, tal y como con acierto lo resolvieron las instancias precedentes.”  (El destacado no pertenece al original).

Apartado VI:

“… La Sala estima que el ad-quem no ha incurrido en discriminación o errónea interpretación de lo dispuesto en el numeral 178. Esto, por cuanto, la situación de los demandante resulta disímil a la de sus pares que se desempeñan en el sector privado. El régimen salarial del sector público está regido por normas especiales de acuerdo a las clases o categorías de puestos en la escala de salarios,**la cual garantiza un equilibrio presupuestario*y una retribución a sus destinatarios que supera siempre los salarios que el órgano competente fija semestralmente, para sus homólogos del sector privado, por ello, aún cuando el salario base fijado para los cargos ocupados por los demandantes resulten inferiores a los establecidos en el sector privado, su remuneración siempre termina siendo mayor, debido a los pluses y otras garantías que gozan los servidores públicos, que no disfrutan los trabajadores del sector privado.”* (El destacado no pertenece al original).

Tenemos prueba de que dentro del Ministerio de Trabajo y el de Educación, un importante grupo de empleados, choferes, conserjes, vigilantes y hasta oficinistas tiene un salario total (con pluses incluidos) por debajo del “salario mínimo” de las respectivas categorías del sector privado.   Esto es así por cuanto esos puestos no tienen otro plus salarial más que la anualidad y, por tanto, los empleados de reciente ingreso (con menos de tres o cuatro años) perciben salarios totales por debajo del salario mínimo de puestos similares en el sector privado.

2- El Servicio Civil está obligado a considerar los “salarios mínimos” como criterio para fijar los salarios del sector público.

El Ministro de Trabajo, amparándose en interpretaciones sesgadas de la jurisprudencia, se contenta con afirmar que las “diferencias” entre los salarios del sector privado y del sector público están avalados por las normas legales y por pronunciamientos de la Procuraduría y de la Sala Constitucional.  Desatiende con esa actitud una cuestión de justicia salarial que atenta contra el principio constitucional de la igualdad salarial prescrito en el artículo 57.  Pero, además, evade su deber como tutelar del cumplimiento de las normas laborales al no intervenir ante el Servicio Civil por el incumplimiento de lo dispuesto en el inciso c) del artículo 48 del Estatuto de Servicio Civil que dice textualmente:

Artículo 48.- Los sueldos de los funcionarios y empleados protegidos por esta ley se regirán de acuerdo con las siguientes reglas:

c) Para la fijación de sueldos se tomarán en cuenta las condiciones fiscales, las modalidades de cada clase de trabajo, el costo de la vida en las distintas regiones, los salarios que prevalezcan en las empresas privadas para puestos análogos y los demás factores que estipula el Código de Trabajo.

Es evidente que no solo la jurisprudencia de la Sala Segunda, ya citada arriba, sino las propias normas obligan a la Dirección General de Servicio Civil a tener como un punto de referencia para fijar los salarios de los empleados públicos, “los salarios que prevalezcan en las empresas privadas para puestos análogos”.  Evidentemente, el cuidado que debe tener el Servicio Civil y por supuesto el Ministro de Trabajo es el de que ningún empleado público devengue un salario total por debajo del salario mínimo establecido por un puesto similar en la empresa privada.

Por tanto, reiteramos nuestro llamado para que el Gobierno y el Servicio Civil realicen los ajustes necesarios para que los empleados amparados al Régimen de Servicio Civil y de las instituciones homologas a este, no perciben un salario bruto por debajo del salario mínimo de los puestos similares del sector privado.

San José, 20 de enero del 2014

Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE)

Sindicato Patriótico de la Educación (SINPAE)

Central General de Trabajadores (CGT)

Conserjes no pueden ser convocados a limpiar antes del inicio de las clases el próximo 10 de febrero

APSE INFORMA

CONSERJES NO PUEDEN SER CONVOCADOS A LIMPIAR ANTES DEL INICIO DE LAS CLASES EL PROXIMO 10 DE FEBRERO

DE: ANA DORIS GONZÁLEZ GONZÁLEZ

PRESIDENTA DE APSE

PARA: CONSERJES DE CENTROS EDUCATIVOS

La APSE recuerda a todos los y las conserjes que laboran en los centros educativos del país, que previo al inicio de las clases el próximo 10 de febrero, los Directores  solo pueden cursar convocatoria de asistencia a fin de atender actividades relacionadas con la organización de la limpieza para el  curso lectivo 2014, sin que esto signifique  obligación de cumplir horario todos los días a partir del lunes 03 de febrero.

La convocatoria previa al inicio de las clases, no le da atribución alguna a los Directores, para convocar a los y las conserjes a que brinden servicios de limpieza, y únicamente pueden solicitar este servicio a manera de  colaboración en el horario y fechas definidas, como parte del apoyo que se debe brindar para garantizar el inicio del curso lectivo y las condiciones óptimas del centro educativo.

Fundamentamos nuestra posición y aclaración en lo establecido en el artículo 207 del Código de Educación, el artículo 37 del Reglamento de Consejería, así como en el Oficio adjunto DVM-A-4-2010, suscrito por la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra Administrativa.

Elaborado por la Licda. Ileana Vega Monter

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Capacitación comisiones de trabajo, jueves 23 de enero 2014

APSE  SINDICATO

CONVOCATORIA

COMISIONES DE TRABAJO

Se convoca a los integrantes de las comisiones de trabajo, excepto la Comisión de primaria,  nombradas para el período 2014, al encuentro de inducción y orientación para el ejercicio de sus funciones, por llevarse a cabo el jueves 23 de enero de   8:00 a.m. a 1:00 p.m. en el Auditorio de la Junta de Pensiones, ubicado 50 metros al sur de la esquina sureste de los Tribunales de Justicia, San José.

La actividad inicia con el desayuno de 8:00 a 9:00 a.m. y concluye con el pago de viáticos.

Agradecemos que nos acompañen en esta capacitación.

Nota: La Comisión de primaria se reúne el viernes 24 de enero 2014 en las oficinas

de APSE Sindicato a las 9:00 a.m.

Gobierno no presentó ninguna propuesta salarial en primer día de negociación

Sesión de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Pública. En la gráfica,

a la der., la presidenta de la APSE, Ana Doris González González.

Gobierno no presentó ninguna propuesta salarial en primer día de negociación

– La sesión del Comisión de Salarios continuará el 20 de enero

Prensa APSE/Enero 2014

La primera sesión de la Comisión Negociadora de Salarios para el Sector Público se realizó el jueves 9/1/2014, sin que se conociera la propuesta del Gobierno de ajuste salarial para el primer semestre.

Los sectores sindical y gubernamental acordaron continuar la negociación el lunes 20 de enero, a las 2 p.m., para presentar las propuestas salariales.

La presidenta de la APSE-Sindicato, Ana Doris González González, manifestó el movimiento sindical considera que la convocatoria de la negociación el jueves 9 de enero fue apresurada.

Los representantes sindicales se reunieron el jueves 9 de enero de 2014 en la

APSE para definir la posición consensuada que llevaron

a la negociación con el Gobierno.

En la reunión efectuada en la sede de la APSE, los representantes sindicales decidieron acudir a la negociación para escuchar primero la propuesta del Gobierno.

El ministro de Trabajo y Seguridad Social, Olman Segura, dijo que “el Gobierno ha planteado que estamos abiertos al diálogo”. Sin embargo, insistió que tienen que “cumplir con el convenio de ajustar el porcentaje salarial a la inflación”, la cual fue de 0,42% en el segundo semestre de 2013.

El Gobierno no paga el salario mínimo de ley a un importante grupo de sus empleados

La presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), Ana

Doris González, hizo la denuncia el viernes 17/1/2014 en conferencia de prensa.

La acompañó Mario Torres, secretario general del Sinpae.

El Gobierno no paga el salario mínimo de ley a un importante grupo de sus empleados

Las organizaciones suscritas, en ocasión de la sesión de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público (CNSSP) que se llevará a cabo el próximo 20 de enero, le manifiesta a la opinión pública lo siguiente:

1- Mientras el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, lleva a cabo una “campaña para garantizar el pago del salario mínimo”, un importante grupo de sus propios empleados no perciben ni el salario mínimo de ley.

2- Sin que se puede determinar con precisión su número, estimamos que  unos 2500 de los empleados que han ingresado hace tres años o menos tiempo, están percibiendo salarios por debajo del mínimo.  Los afectados pertenecen, principalmente, a las categorías de oficinistas, choferes, misceláneos y otras no calificadas.

3- Tal situación se presenta por cuanto el salario de ingreso para los funcionarios del Servicio Civil e instituciones homologadas, es igual al salario base y este último está por debajo del salario mínimo de ley para las respectivas clases.  Se debe recordar que para las categorías no profesionales el salario total se compone de su salario base y de los pluses, que para éstas se restringe a los aumentos anuales y, en algunos casos, a “zonaje” y algún otro incentivo.  De manera que un empleado con tres o menos años, estará percibiendo un salario total por debajo del mínimo legal.

4- Los siguientes cuadros comparan los salarios base y total de Servicio Civil y los de la escala salarial para el sector privado, según el decreto de salarios mínimos que rige a partir del 1 de enero del 2014.  El primero no toma en cuenta los pluses salariales.

Comparación de Salario Base y Salario Mínimo para algunas categorías

de puestos (sin tomar en cuenta ningún plus salarial)

Categoría

1

2

Diferencia

Salario Mínimo

Salario Base

Absoluta

Porcentual

Oficinista

287547.2

258600.0

28947.2

10.1

Chofer

292160.4

256970.0

35190.4

12.0

Guarda

287547.21

236150.0

51397.2

17.9

Conserje

266942.69

238950.0

27992.7

10.5

Fuente:*_ _**_Escala de Salarios Base del Servicio Civil para el II semestre del 2013 y Tabla de salarios Mínimos  del MTSS para I semestre del 2014.**_*

Comparación del Salario Total de Empleados del Gobierno Central respecto

al Salario Mínimo de su respectiva categoría (tomando en cuenta pluses)

Categoría

1

2

Diferencia (1 – 2)

Salario Mínimo

Salario Base

Absoluta

Porcentual

Oficinista1

287547.2

274028.0

13519.2

4.7

Chofer2

292160.4

256970.0

35190.4

12.0

Guarda3

287547.21

251578.0

35969.2

12.5

Conserje4

266942.69

261011.2

5931.5

2.2

 *_Fuente:_**_ _**_Para los choferes: Certificación del Depto. de Recursos Humanos del MTSS._**_ _* Para el resto de las categorías se utiliza un caso real según la Acción de Personal respectiva emitida por el Ministerio de Educación Pública.

5- Como se observa en los cuadros anteriores, los salarios base de las categorías no calificadas y semicalificadas están por debajo del Salario Mínimo en un porcentaje que va del  10.1% al 17.9%.  Cuando se comparan los salarios totales de los empleados del Gobierno Central la diferencia se reduce por cuanto los tres casos del Ministerio de Educación que analizamos tienen pluses (zonaje).  Aún así, los salarios de los tres empleados del MEP están por debajo del Salario Mínimo de su respectiva categoría entre un 2.2% y un 12.5%.

6- Mediante Oficio Afumitra-SG-042-2013 del 19 de agosto del 2013, se puso en conocimiento del señor Olman Segura, Ministro de Trabajo, la existencia dentro de ésta institución de al menos 10 funcionarios cuyos salarios totales no alcanzan el Mínimo de Ley de su respectiva categoría.  Se le advirtió también que seguramente esa violación de la Ley de Salarios Mínimos no se estaba presentando tan solo dentro del Ministerio de Trabajo, sino que probablemente ese problema se extendería a los empleados de otras instituciones del Gobierno Central pertenecientes a categorías de puestos no calificados y semicalificados, de reciente ingreso.   Se le solicitó en ese momento que, dadas las facultades que le concedía la ley como Ministro de Trabajo, le solicitara una “revaloración de los salarios base” de los puestos de conductor y otros puestos de similar o menor categoría y que, por ser una materia propia, se convocara a la mayor brevedad a la CNSSP.

7- A la fecha, el Ministro de Trabajo no ha dado respuesta a la problemática sobre el incumplimiento del salario mínimo en el Gobierno Central, puesto en su conocimiento desde hace más de tres meses.

Por todo lo anterior, hacemos del conocimiento de la opinión pública que:

1- Contraviniendo su propia “campaña por el pago de los salarios mínimos”, un importante grupo de empleados del Gobierno Central cuyo número no ha sido determinado aún, pero que creemos puede rondar las 2500 personas, no perciben siquiera  el salario mínimo de ley.

2- Tenemos pruebas concretas de esta violación a las leyes de trabajo para el caso del  Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación Pública.

3- Exigimos al Gobierno que incorpore  a la agenda para la negociación del reajuste salarial del primer semestre  del año 2014, tal y como se le solicito desde agosto del año pasado, el tema del incumplimiento de la Ley de Salarios Mínimos para los empleados del Gobierno Central y de las instituciones homologadas al Régimen de Servicio Civil.

4- En un plazo que no debe ir más allá del 28 de febrero del presente año, la Dirección de Servicio Civil defina un reajuste sobre los salarios base de todas aquellas categorías  de puestos no calificados, semi-calificados y los calificados que estén por debajo del Salario Mínimo de Ley de su similar clase y, que a más tardar en al 30 de abril del 2013 se aplique tal reajuste salarial.

San José, 17 de enero del 2014.

Central General de Trabajadores (CGT)

Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE)

Unión Nacional de Empleados de la Caja (UNDECA)

Gobierno retrasa negociación salarial por cálculo electorero

Gobierno retrasa negociación salarial por cálculo electorero

– Sindicatos proponen un ajuste de 4,48%. Un ajuste de 5% para los no profesionales y la

 *actualización del percentil 50*

– Representación gubernamental presentará su contrapropuesta el lunes 27 de enero

En la sesión de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, el Gobierno

se limitó a conocer la propuesta de ajuste salarial de la representación

de los trabajadores. En la gráfica, a la der., la presidenta

de la APSE, Ana Doris González.

Prensa APSE/Enero 2014

“Mientras los sindicatos han asumido una actitud responsable al entregar una propuesta ante la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, la parte gubernamental le da largas a la negociación por puro cálculo electorero”, denunció la presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE-sindicato), Ana Doris González González.

El lunes 21/1/2014, la representación de los trabajadores solicitó un ajuste de 4,48%, que es la suma de un ajuste salarial de 3,62%  y un ajuste  del salario escolar de 0,86%, para el primer semestre de este año. En este momento, los empleados públicos solo reciben el 98.28% del salario escolar.

Para los estratos operativos, calificados y técnicos, se solicita un ajuste técnico equivalente al 5% del salario base.

La propuesta sindical incluye la actualización del ajuste al percentil 50 para los profesionales del Gobierno Central e instituciones homologadas al Régimen de Servicio Civil, a efecto de evitar el ensanchamiento de la brecha con el resto del sector público.

Suma risible. La presidenta González González dijo que la tónica del Gobierno ha sido no negociar y decretar un miserable ajuste salarial que no compensa el costo de vida. “Sin embargo, como se acerca el día de las elecciones quiere dar la impresión de que está negociando, pero sabemos que finalmente va a decretar un ajuste risible alegando la situación fiscal, la cual es provocada por los actos de corrupción, la evasión y la elusión tributaria”.

La secretaria general de la APSE, Rosa Mata Carmona (centro), le recriminó a la

representación gubernamental que no hubiera presentado la propuesta de

ajuste salarial el lunes 20 de enero, tal y como se había acordado en

la sesión anterior.

En la sesión de la Comisión Negociadora, el lunes 20 de enero, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Olman Segura, afirmó: “Vamos a separarnos de la fórmula (del 2007, basada en la inflación atrasada), para mejorar el ajuste salarial de 0,43%”.

Mecanismo de cálculo. Cuando la representación de los trabajadores le preguntó si había voluntad del Gobierno para negociar una nueva fórmula de cálculo para evitar la pérdida del poder adquisitivo, el ministro Segura dio respuestas ambiguas y no asumió un compromiso.

“Ahora no me estoy comprometiendo al cambio de fórmula, tal vez sale del proceso de negociación”, “Abogaría por mejorar la fórmula”, fueron algunas de sus respuestas.

El Gobierno dará a conocer su contrapropuesta salarial el lunes 27 de enero del 2014, a la 1 p.m.

APSE llama a ejercer el voto consciente

APSE llama a ejercer el voto consciente

Partidos políticos lacayos de las empresas nacionales y multinacionales han orquestado una campaña de miedo dirigida a los trabajadores, las trabajadoras y al pueblo de Costa Rica.

Estos partidos quieren hacernos creer que si no votamos por el MODELO NEOLIBERAL somos enemigos de la Patria.

La realidad es que quieren sostener la injusticia social su mejor negocio, ese que mantiene a uno de cada cuatro costarricenses por debajo de la línea de la pobreza, mientras que un reducido 10% de la población concentra y aumenta el poder económico  y al mismo tiempo político, desde donde se insertan las grandes maquinarias de corrupción y clientelismo que han generado, en nuestro país, una crisis fiscal y moral sin precedentes.

Los últimos gobiernos han profundizado el modelo, promoviendo la explotación del ser humano por el ser humano, imponiendo nefastas decisiones políticas que han provocado una escandalosa desigualdad social, injusticias y miseria para las grandes mayorías, precipitándolo en una profunda crisis económica. Es el modelo de los TLC, las concesiones, la privatización, los privilegios fiscales, entre otros,  que solo favorecen a los grandes empresarios, nacionales y extranjeros, que se enriquecen con todos esos “negocios”.

Esos políticos son los responsables del abandono del agro y del pequeño empresario, del pequeño productor y de las clases desposeídas, de los aumentos de precios de la canasta básica, del deterioro de los servicios de salud y educación.

Las personas trabajadoras y el pueblo costarricense no nos hemos beneficiado con este modelo.

Medite su voto, analice quién verdaderamente representa sus intereses y defiende sus derechos: libre determinación, salario digno, servicios públicos de salud y educación, vivienda, soberanía alimentaria, agua y desarrollo verdaderamente sostenible.

¡Ya basta de partidos que gobiernan para enriquecer a los más ricos!

¡No se deje engañar!

“Porque si una sociedad no cambia, perece”