APSE LLEVA AL DIRECTOR DE PLANIFICACIÓN INSTITUCIONAL DEL MEP CASOS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DONDE SE HICIERON REBAJOS DE GRUPOS, ATENDIENDO A UNA POSIBLE REBAJA PRESUPUESTARIA

APSE se reunió este miércoles 19 de febrero de 2020 con funcionarios del Ministerio de Educación Pública (MEP) para presentarles dudas puntuales recibidas por el sindicato acerca de impedir el aumento de grupos en los centros educativos, incumpliendo la Resolución N° 2728-MEP-2017 firmada por la Ministra, en ese entonces Sonia Marta Mora Escalante.


La reunión se efectuó en presencia de Zaray Esquivel, Presidenta de APSE; Jorge Lobo, Tesorero General. Por el MEP, participaron Reynaldo Ruiz, Director de Planificación Institucional y Pablo Jiménez, Jefe de Formulación Presupuestaria.


En ese encuentro, se canalizaron dudas acerca de la creación de nuevos grupos en centros educativos donde ha variado la matrícula entre este año y el año pasado. En ese sentido, Jiménez explicó que la cantidad de grupos por nivel se mantiene vigente, siempre y cuando no haya disminución de la matrícula total, como ocurre con los casos reportados por APSE y que fueron revisados en ese momento.


Sobre este asunto, el personal del MEP fue enfático en señalar que en este momento la prioridad es proporcionar las condiciones mínimas necesarias para garantizar el acceso a la educación de los estudiantes y respetar la capacidad locativa de los centros educativos.


Explicaron los funcionarios que lo que ellos hacen es aplicar la resolución mencionada, donde dice “si la matrícula por nivel se mantiene de un año a otro dentro del rango establecido, debe conservarse la misma cantidad de secciones”. Además de lo anterior, si cada grupo contiene más de 35 estudiantes, por aumento de matrícula, se daría apertura a un grupo o más, mientras estén en los rangos indicados. Esto implica que no se están reduciendo grupos, y esto garantiza que se mantiene el personal que estaba nombrado desde el año pasado.


Además aseguran que no han pasado ninguna directriz que diga que se vaya a hacer un recorte en el presupuesto asignado al MEP, exceptuando que se mantiene la misma cantidad que el año pasado.

El MEP se comprometió con APSE a mantener vigentes los canales de comunicación establecidos con el sindicato, a efectos de aclarar dudas futuras.


Como apsinos debemos estar vigilantes de las situaciones que se nos presenten en las instituciones, dar lo mejor de nosotros, mantenernos informados y denunciar cualquier situación especial, porque recordemos que APSE sí lucha.


Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General


Prensa APSE – 20 de febrero de 2020.

PROMOTORES DE APSE PREPARAN MATERIALES PARA REPARTIR EN SU BASES

Las personas nombradas como promotores/as de APSE se encuentran preparando el material que repartirán en sus Bases en próximos días.

Por este motivo es que todos los promotores nombrados se encuentran trabajando estos días en las oficinas de APSE Central, a efectos de alistar el material físico necesario para llevar a cabo esta importante labor. Entre los documentos que preparan, se encuentran los formularios para la integración de directivas de Base, las plantillas para solicitar becas, y otros documentos de uso de toda la afiliación apsina.

Se espera que la totalidad de los contenidos por distribuir quedé listo esta semana.

Manuel González Arce, coordinador del cuerpo de promotores, manifestó la importancia del material que pronto van a empezar a entregar, de cara a las Asambleas de Base solicitadas por APSE al MEP durante la última semana de marzo y primera semana de abril de 2020. Él agradeció a la afiliación apsina y a la dirigencia nacional por la confianza depositada en ellos para fungir como voceros institucionales.

Les recordamos los medios de contacto y las regionales a cargo de cada promotor de APSE, a efectos de que pueda comunicarse con ellos y así establecer una vía directa de comunicación con ellos.

– Adolfo Campos Jiménez, Reg. 10, 11, 38 y 53 // Celular: 8920-5643// Correo electrónico: campitos05@hotmail.com
– María del Carmen Venegas Oviedo, Reg. 04,07,35 // Celular: 8830-0562// Correo electrónico: mariavene@gmail.com
– Gerardo Anchía Hernández, Reg. 08, 23, 33,41,49 // Celular: 8815-9968// Correo electrónico: geranchi@hotmail.com
– Manuel González Arce, Reg. 01,02,03,05,34 // Celular: 8820-0337 // Correo electrónico: manuiis1353@hotmail.com
– Ramón Canales Flores, Reg. 20,57 // Celular: 8823-1585 // Correo electrónico: monra86@gmail.com
– Santiago Araya Barboza, Reg. 16,17,31,36,47 // Celular: 8735-1248 // Correo electrónico: sanaraya08@gmail.com
– Errol Pereira Torres, Reg. 13,15,37// Celular: 8310-8819 // Correo electrónico: errolpere@gmail.com
– Román Espinoza Gómez, Reg. 09,27,28,46,55 // Celular: 8927-5844 // Correo electrónico: romanespinozagomez@gmail.com
– Rodolfo Morice Mejía, Reg. 25,44,51// Celular: 8629-8267// Correo electrónico: rodolfomorise@hotmail.com
– Didier Gamboa Solano, Reg. 18,40,42,52 // Celular: 8380-4281 // Correo electrónico: gamboadidier@yahoo.com
– Luis Pérez López, Reg. 19, 21, 22, 50, 42 // Celular: 8937-7723 // Correo electrónico: ciafoes@hotmail.com
– Marco A. Mora Villalta, Reg. 06,12,14,39,58 // Celular: 8365-3314 // Correo electrónico: macorant@gmail.com
Mario González Agüero, Reg. 29, 32, 48, 54 // Celular: 8729-4867 // Correo electrónico: mgonzag58@gmail.com
Jorge Eduardo Gutiérrez Arroyo, Reg. 24, 30, 43, 56 // Celular: 8940-7289// Correo electrónico: jegagutierrez@hotmail.com

Zaray Esquivel Molina, Presidenta
Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta
Dennis Solís Cruz, Secretario General

Prensa APSE – 20 de febrero de 2020.

APSE SE SOLIDARIZA CON LOS TRABAJADORES COSTARRICENSES

Posición de nuestro sindicato ante proyecto de ley de jornada 4/3.

Según el proyecto de ley N° 21.182 “reforma de los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo, para actualizar las jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los derechos de las personas trabajadoras”, que busca cambiar la jornada laboral acumulativa para los trabajadores que así lo acuerden con su patrono para laborar 4 días seguidos y tener 3 días libres (jornada 4/3).

Es muy importante analizar muy bien esta propuesta, ya que desde el punto de vista educativo, con este proyecto se verían truncadas las posibilidades de que los estudiantes de modalidades nocturnas del MEP tales como: colegios nocturnos, CINDEA, IPEL, y CTP Nocturnos NO tendrían posibilidades de estudiar, pues su jornada laboral no se lo permitiría. Si esta posibilidad se permitiera, el trabajador se expondría a no tener acceso al estudio, afectando a los sectores más vulnerables de la población.

Aunque el proyecto hace menos de 1 semana se retiró de la corriente legislativa, el peligro aún existe…

Esperamos que los proponentes del proyecto recapaciten y piensen primero en la persona y luego en los intereses económicos de algunos.

Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General

Prensa APSE – 20 de febrero de 2020.

APSE DEFINE POSICIÓN RESPECTO A PROYECTO DE LEY QUE PRETENDE IMPLEMENTAR LA PRUEBA DE IDONEIDAD PARA DOCENTES

APSE participó el jueves 13 de febrero en una audiencia acerca del proyecto de ley 21.631 que pretende reformar el artículo 55 de la Ley de Carrera Docente, para incluir un inciso d) que diría “aprobar el examen de idoneidad que al efecto establezca la Dirección General de Servicio Civil”.

Esta audiencia se llevó a cabo en la Asamblea Legislativa ante la Comisión de Ciencia y Tecnología. APSE fue representada por su Presidenta, Zaray Esquivel, el secretario General, Dennis Solís, el tesorero Jorge Lobo y la asesora legal Ileana Vega.

La presidenta de APSE, Zaray Esquivel, hizo lectura del la ponencia de APSE, en la cual dejó clara la posición de rechazo de nuestro sindicato a esta iniciativa, por estar ya contemplada en el mismo artículo 55 inciso ) punto b) al referirse al artículo 20 del Estatuto, donde dice “demostrar idoneidad sometiéndose a las pruebas, exámenes o concursos que contemplan esta ley y sus reglamentos(…)”

En segundo lugar, señaló que debe quedar claro que las instancias encargadas de preparar estas pruebas son el Servicio Civil y el Ministerio de Educación Pública, y no buscar otras instancias como está sucediendo con las pruebas de inglés para docentes.

En tercer lugar, indicó que también es imperativo revisar los programas de estudio de las universidades públicas y privadas en las carreras de preparación docente. Esto por cuando no sería justo que hayan personas que inviertan parte de su salario para prepararse como docente y que con título en mano, realice una prueba de idoneidad y le digan que no la aprueba. Se cuestionó si esto sería justo después de tanto sacrificio.

El diputado Presidente de la Comisión, Wagner Jiménez, dio por recibida la posición de APSE sobre este proyecto, y reiteró que en varias ocasiones que esto aplicaría para los docentes nuevo. Fundamentó este proyecto en el 7° Informe del Estado de la Educación 2019.

La Presidenta de APSE reiteró su posición insistiendo que el problema no son las pruebas sino la construcción e implementación de las mismas, que deben estar a cargo del el Servicio Civil y el Ministerio de Educación Pública.

De esta manera, la APSE reitera su posición en defensa del respeto a los trabajadores de la educación.

Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General

Prensa APSE – 20 de febrero de 2020.

APSE CUESTIONA A LA DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS DEL MEP POR LA GRAN CANTIDAD DE REPORTES DE PROBLEMAS DE PAGO QUE SE PRESENTARON EN LA PRIMERA QUINCENA DE FEBRERO

    APSE se reunió hoy lunes 17 de febrero con Yaxinia Díaz Mendoza, directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública (MEP) para solucionar los cientos de reportes de problemas de pago registrados con el pago de esta quincena.

    Según explicó Yaxinia Díaz, el problema de fondo fue la implementación forzosa del mecanismo de nominalización de los pagos de incentivos  y otros componentes salariales. Atribuyó el problema a la implementación de la ley #9635 (Fortalecimiento de las Finanzas Públicas), producto de la huelga del 2018 y que supuestamente vendría a solucionar los problemas fiscales de este país.

    APSE le hizo entrega de un listado con unos 250 reportes de problemas de pago, quedando pendiente unos 150 casos más que que los afiliados hicieron llegar por correo electrónico, estos primeros fueron revisados por el MEP, para incluirlos en la planilla de la segunda quincena de febrero. Su compromiso fue pagar los montos salariales  pendientes durante el mes de marzo 2020.

    Como acciones a seguir la APSE se compromete a: 1-  estar atenta a que los casos presentados a la Dirección de Recursos Humanos sean resueltas. 2- Estar  vigilantes para que en marzo se cumpla con el derecho al pago correspondiente de los trabajadores del MEP. 3- Analizar las diferentes resoluciones del MEP y Servicio Civil, con respecto a la aplicación de la nominalización, para definir posibles denuncias o recursos en vía judicial. 4- Presentar al Consejo Nacional las implicaciones de la aplicación de la Ley #9635 y la situación con la nominalización salarial.

Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General

Prenss APSE, 17 de febrero de 2020

APSE SOLICITA AL MEP SOLUCIÓN ANTE REPORTES POR PROBLEMAS DE PAGO

APSE  informa que hoy viernes 14 de febrero se ha presentado una enorme cantidad de reportes de incumplimiento de pago salarial por parte del Ministerio de Educación Pública a personas afiliadas a esta organización.

Parece ser que esta situación se está dando a  causa del proceso de nominalización de  incentivos y componentes salariales producto de la Ley de Fortalecimiento de las finanzas públicas #9635 y la interpretación y pronunciamiento de la Procuraduría General de la República de fecha 1 de octubre del 2019, la cual indica que esta medida se aplicará también a los funcionarios del MEP,  para lo cual  la Dirección de Servicio Civil debe emitir las resoluciones correspondientes y Hacienda hacer los cambios pertinentes en el sistema de pagos INTEGRA2, situación que no ha sido implementada hasta el momento.

Lo anterior fue comunicado en el Consejo Nacional de APSE el 1 de febrero 2020 a los coordinadores de cada Regional. Además en enero pasado,  algunos compañeros indicaron que el MEP les había hecho llegar un  correo donde se les informaba que el recargo se les pagaría hasta en la segunda quincena de febrero. De hecho, el 5 de febrero 202,0 la Junta Paritaria,  emitió un comunicado donde ratifica esta información y agrega que el pago del recargo se realizará en forma retroactiva.   A esto se une el hecho de que el MEP lleva varios años donde únicamente paga las lecciones en propiedad en la primer quincena de febrero y tampoco se están entregando las  prórrogas correspondientes.

Hasta la fecha el MEP no  ha emitido un comunicado oficial aclarando la situación del proceso de nominalización, que afecta el funcionamiento del mecanismo de pago que el MEP ejecuta.

La dirigencia de la APSE sostuvo una reunión esta mañana con los funcionarios de los departamentos legal y laboral, para informarles lo sucedido e indicarles la manera de proceder en la atención a los afiliados en estas condiciones.

La APSE solicita a su afiliación  que  de presentarse algún problema  de pago o prórroga,  envíe un correo a las siguientes direcciones: apseasesorialaboral@gmail.com y legal@apse.cr.

El día lunes 17 de febrero la APSE sostendrá una reunión con la Directora de la Dirección de Recursos Humanos del MEP, Lic. Yaxinia Díaz Mendoza, donde se le expondrá la problemática que está afectando a nuestra afiliación, esto con la finalidad de encontrar una pronta solución a los diversos problemas de pago.

Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General

Prensa APSE, 14 de febrero de 2020.

MEP DEBERÍA ADECUAR RETROACTIVAMENTE PORCENTAJES DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA

La  ASOCIACION  DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA ( APSE) cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de sus afiliados  INFORMA:

Que el día 07 de febrero en curso, se hizo entrega vía correo electrónico, a la señora Ministra de Educación Pública, Giselle Cruz Maduro y a la señora Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos del MEP,  el documento adjunto,  en el que se solicita, que  en aras del respeto de los derechos adquiridos de los funcionarios activos  a la entrada en vigencia de la Ley 9635, que no pueden sufrir menoscabo alguno;  el   Ministerio de  Educación Pública, proceda a plantear las gestiones pertinentes e inmediatas ante la Dirección General de Servicio Civil, a efecto de que esa Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de Servicio Civil y sus Reglamentos proceda a emitir la resolución correspondiente, que permita la ADECUACIÓN  Y EL RECONOCIMIENTO RETROACTIVO DEL PAGO DE LOS PORCENTAJES DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA,  quefueron erróneamente disminuidos a los funcionarios con Contratos de Dedicación Exclusiva, con contratos vigentes a la entrada en vigencia de la Ley;  todo en razón de una errónea interpretación en el tema de  su continuidad laboral. Nos fundamentamos en las siguientes consideraciones:

  1. Que el pasado 29 de enero del año en curso, entró en vigencia  el Decreto Ejecutivo N° 42163-MIDEPLAN-H, publicado en el Alcance N°10 a La Gaceta N°18,  que viene a reformar el Decreto Ejecutivo N°41564-MIDEPLAN-H del 11 de febrero de 2019, que es el Reglamento del Título III de la Ley N°9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre del 2018, que entró a regir desde el pasado 4 de diciembre de 2018 con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
  • Que el Decreto Ejecutivo N° 42163-MIDEPLAN-H, entre otras modificaciones, viene a adicionar los incisos m).n) y o) al artículo 1 del Reglamento del Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N°9635, Decreto Ejecutivo N°41564-H-MIDEPLAN, para que se lean de la siguiente manera:

“Artículo 1.- Definiciones:

[…]

m) Traslado: Movimiento de una persona servidora pública de un puesto a otro, sea en la misma organización en la que labora o entre instituciones, órganos y empresas del Estado indicadas en el artículo 26 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, N°2166 de 9 de octubre de 1957, con independencia de la modalidad de cese que se aplique de previo al traslado.

n) Continuidad laboral: Servicio público que se brinda de forma continua para el Estado, con independencia de la institución, órgano o empresa del Estado, indicada en el artículo 26 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, N°2166 de 9 de octubre de 1957, para la que se preste el servicio. Se entenderá que existe un rompimiento de la continuidad laboral luego de transcurrido el plazo de un mes calendario de no prestar servicios para el Estado.

o) Ascenso: Toda promoción de un puesto a otro, cambio en la clasificación de un puesto o cambio de grupo clasificatorio de un puesto dentro de una misma clase, cuyo resultado concreto genere un incremento en la base salarial de la persona servidora pública.”

  • Que conforme con la introducción de esas nuevas definiciones en el Reglamento del Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N°9635, se aclaran los conceptos de traslado, ascenso, y continuidad laboral.
  • Que en el Voto N°2030-2019 de la Sala Constitucional de las 15:10 horas del 1° de noviembre de 2019, en relación con el tema de la continuidad laboral, se resolvió: “… la Sala estima apegado a las reglas de la equidad, razonabilidad y proporcionalidad emanadas del Derecho de la Constitución que la continuidad se interrumpe cuando entre un nombramiento y otro ha transcurrido  un plazo mayor a un mes.”
  • Que conforme a lo expuesto, no resulta aplicable los nuevos porcentajes de la ley en casos de ascensos, descensos, traslados o reubicaciones sea en la misma institución en que se labore o entre instituciones, bajo la figura de Estado único o Patrono Único, para personas funcionarias públicas que se encontraban laborando antes de la entrada en vigencia de la Ley N°9635 de 3 de diciembre del 2018,  que hubieran estado sujetos al Régimen de Dedicación Exclusiva y a quienes por disposiciones de la Dirección General de Servicio Civil, se les consideró  interrumpida la continuidad laboral, con el transcurso de  un  día entre un nombramiento y otro.

Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General

Prensa APSE – 8 de febrero de 2020

SENTENCIA JUDICIAL CONFIRMA LEGALIDAD DE LA HUELGA POLÍTICA DEL AÑO 2019


El Tribunal de Apelaciones de Trabajo, Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, emitió una sentencia el 23 de enero de 2020, la cual confirma el carácter de legalidad de la huelga llevada a cabo por trabajadores de la educación en el año 2019, cuando este colectivo se lanzó a la calle en rechazo al proyecto de ley 21049 (Ley 9808, Ley para brindar seguridad jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos, aprobada en enero de 2020).


Según el Tribunal “se ha revisado el procedimiento y no se notan vicios capaces de generar nulidad o indefensión”. El motivo original de la apelación “es que dicha huelga (contra políticas públicas) no se encuentra autorizada en nuestro ordenamiento jurídico”, razón por la cual el Estado solicitó revisar el carácter de legalidad de la huelga dictado en primera instancia.


El Tribunal vuelve a dar razón a APSE y ANDE, que al ejercer esta modalidad de huelga, deja la misma abierta a “una imposibilidad jurídica y material para que se puedan cumplir o agotar dichos procedimientos de conciliación dispuestos legalmente”.


Cabe señalar que se consideró que “estamos frente a una huelga con connotaciones políticas y sociales en las que la organización de trabajadores protestan por algunos proyectos de ley que se encuentran para su discusión en la Asamblea Legislativa y que estos afectaran los intereses de los trabajadores… En esta clase de movimientos confluyen otros aspectos que rebasan la libertad sindical, por cuanto están en juego por ejemplo la libertad de expresión y la defensa de los principios democráticos sobre los que se cierne el Estado de Derecho, es decir se trata de una protesta social ejercida por medio de las organizaciones gremiales. Dicho motivo ha sido catalogado como válido para el ejercicio del derecho a huelga por los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo…” (el resaltado no es parte del texto original).


El Tribunal de Apelaciones del Trabajo cita al Comité de Libertad Sindical afirmando que “las organizaciones sindicales deberían tener la posibilidad de recurrir a huelgas de protesta, en particular con miras a ejercer una crítica con respecto a la política económica y social de los gobiernos”. El hecho de que la huelga de naturaleza política “no se contempló y no se incorporó dentro del Código de Trabajo, no implica la prohibición de la misma, ya que los tratados y recomendaciones citadas y que han sido suscritos por Costa Rica la contemplan y por ende a criterio de este Tribunal es válido…” tal y como dicta la sentencia. Además la legislación nacional “no prevé mecanismos de solución, como sí lo dispone en la hipótesis de la huelga contractual”, lo cual hace imposible que el patrono establezca mecanismos de conciliación o arreglo del conflicto que no sean los propios de la protesta en sí misma.


A criterio del Tribunal, “el patrono está en la obligación de soportar que los trabajadores ejerzan el derecho a huelga en casos de protesta social”. Es por ello que el fallo judicial “confirma la sentencia impugnada” o sea, declara con lugar el derecho de huelga política y la legalidad en el ejercicio de la misma, siempre que esta no pierda su carácter de ser justificada y proporcional, principios que esta huelga sí observó. Con esta sentencia, se dan por agotadas las vías formales de apelación de parte del Estado al fallo emitido en el año 2019, donde se declaró la legalidad del movimiento de protesta.


APSE celebra este fallo porque asegura a nuestra afiliación que los procedimientos seguidos en las huelgas realizadas han sido los correctos. Lo lamentable es cómo este derecho fundamental de los trabajadores se ha llevado al extremo de la judicialización.


Zaray Esquivel Molina, Presidenta.

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta.

Dennis Solís Cruz, Secretario General.


Prensa APSE – 7 de febrero de 2020.

HORARIO ESPECIAL JUEVES 6 DE FEBRERO 2020 HASTA LAS 2.45 P.M.

Informamos a nuestra afiliación y público en general que el día


JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2020


Las oficinas centrales de APSE tendránhorario especial y atenderán únicamente de7:30 A.M. A 2.45 P.M.


Con gusto le atenderemos este viernes 7 de febrero, en horario habitual de 7:30 a.m. a 4:30 p.m.ó el sábado 8, de 9:00 a.m. a 12:00 m.d.


Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General


Prensa APSE, 6 de febrero de 2020.

PROMOTORES DE APSE SE REÚNEN PARA DISTRIBUIR LABORES Y PLANEAR CALENDARIO DE VISITAS A CENTROS EDUCATIVOS


Las personas nombradas como Promotores/as de APSE se reunieron este lunes 3 de febrero de 2020 para planear su calendario de visitas a centros educativos y distribuirse labores que inicia esta semana.


Para planificar estos actos, celebraron una reunión con Zaray Esquivel, Presidenta y Dennis Solís, Secretario General, además de Alexander Leiva Badilla, Fiscal General de APSE.


Tal y como manifestó Zaray Esquivel, Presidenta de APSE, es sumamente importante para el cuerpo de promotores conocer cómo funciona la Plataforma Virtual, que servirá a efectos de que la afiliación actualice su información personal y así puedan realizar sus acciones para mantener sus datos personales al día.


La mayoría de los Promotores están nombrados a tiempo completo, excepto cuatro que están nombrados por menos de la jornada completa.


La distribución de Promotores de APSE se mantiene similar a la del año pasado, 2019, aunque con modificaciones debido a la creación de dos nuevas estructuras Regionales (57 y 58), resultando de la siguiente manera:


– Adolfo Campos Jiménez, Reg. 10, 11, 38 y 53 // Celular: 8920-5643// Correo electrónico: campitos05@hotmail.com


– María del Carmen Venegas Oviedo, Reg. 04,07,35 // Celular: 8830-0562// Correo electrónico: mariavene@gmail.com


– Gerardo Anchía Hernández, Reg. 08, 23, 33,41,49 // Celular: 8815-9968// Correo electrónico: geranchi@hotmail.com


– Manuel González Arce, Reg. 01,02,03,05,34 // Celular: 8820-0337 // Correo electrónico: manuiis1353@hotmail.com


– Ramón Canales Flores, Reg. 20,57 // Celular: 8823-1585 // Correo electrónico: monra86@gmail.com


– Santiago Araya Barboza, Reg. 16,17,31,36,47 // Celular: 8735-1248 // Correo electrónico: sanaraya08@gmail.com


– Errol Pereira Torres, Reg. 13,15,37// Celular: 8310-8819 // Correo electrónico: errolpere@gmail.com


– Román Espinoza Gómez, Reg. 09,27,28,46,55 // Celular: 8927-5844 // Correo electrónico: romanespinozagomez@gmail.com


– Rodolfo Morice Mejía, Reg. 25,44,51// Celular: 8629-8267// Correo electrónico: rodolfomorise@hotmail.com


– Didier Gamboa Solano, Reg. 18,40,42,52 // Celular: 8380-4281 // Correo electrónico: gamboadidier@yahoo.com


– Luis Pérez López, Reg. 19, 21, 22, 50, 42 // Celular: 8937-7723 // Correo electrónico: ciafoes@hotmail.com


– Marco A. Mora Villalta, Reg. 06,12,14,39,58 // Celular: 8365-3314 // Correo electrónico: macorant@gmail.com


Mario González Agüero, Reg. 29, 32, 48, 54 // Celular: 8729-4867 // Correo electrónico: mgonzag58@gmail.com


Jorge Eduardo Gutiérrez Arroyo, Reg. 24, 30, 43, 56 // Celular: 8940-7289// Correo electrónico: jegagutierrez@hotmail.com


Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General


Prensa APSE, 4 de febrero de 2020.