APSE RECHAZA PROYECTO DE LEY N° 21097 Y SU TEXTO SUSTITUTIVO QUE BUSCA AMPLIAR EL LISTADO DE SERVICIOS ESENCIALES DONDE SE PROHÍBE LA HUELGA



– Se propone incluir a la educación pública, los comedores escolares y los servicios de limpieza de centros educativos, en la lista de servicios públicos esenciales donde NO se podrán realizar huelgas.


————————————————-
El texto sustitutivo del proyecto de ley N° 21097, que busca redefinir el concepto de servicios públicos esenciales y limitar el derecho de huelga en los mismos, fue publicado en la edición N° 58 del diario oficial La Gaceta del viernes 22 de marzo. La publicación es un requisito para continuar con el trámite de este expediente en su comisión de la Asamblea Legislativa.
La educación pública, el servicio de comedores escolares y además el servicio de limpieza en los centros educativos (conserjes), serían incluidos en el listado de servicios esenciales con prohibición del ejercicio de la huelga. La legislación vigente NO los contempla como tales.


Actualmente, el artículo 376 del Código de Trabajo considera como servicios públicos esenciales:


– transporte ferroviario, marítimo y aéreo,- trabajadores ocupados en labores de carga y descarga en muelles y atracaderos, especialmente de medicamentos, suministros o equipo médico y bienes perecederos,- los que desempeñen los trabajadores en viaje de cualquiera otra empresa particular de transporte

– Los que desempeñen los trabajadores que sean absolutamente indispensables para mantener el funcionamiento de las empresas particulares que no puedan suspender sus servicios sin causar un daño grave e inmediato a la salud o a la economía públicas, como son las clínicas y hospitales, la higiene, el aseo y el alumbrado en las poblaciones.


De aprobarse el proyecto de ley 21097, este listado se ampliaría significativamente, para incluir además:


– La educación pública y la atención médica y de seguridad de los educandos mientras permanezcan en los centros educativos.

– Protección, cuido y alimentación a la niñez, personas adultas mayores, personas con discapacidad y otras poblaciones vulnerables, la atención de menores de edad en la red de cuido y en comedores escolares, así como los servicios de limpieza indispensables para las personas durante su permanencia en centros educativos, de cuido o albergues.

– Servicios de seguridad pública, policía, tránsito, guardacostas, protección de la infraestructura,

– Controladores aéreos, migratorios y aduanero, servicios de atención a pasajeros,

– Atención de emergencias, incendios, búsqueda de personas, rescate y atención de desastres,

– Suministro de agua potable, alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales.

– Producción, transporte o transmisión, distribución y suministro de energía- Sistemas de telecomunicaciones.

– El acceso a la Administración de Justicia, Complejo Médico Forense, atención de denuncias, pago de Pensión Alimentaria, traslados y custodia en celdas,

– Servicios bancarios de depósito y retiro de dineros;

– Celebración de elección nacionales,


Además, se propone agregar dos artículos al Código de Trabajo para limitar la huelga en servicios que NO son esenciales, pero donde «por la duración de la interrupción de su prestación puedan llegar a amenazar la vida, la salud o la seguridad de las personas, o causar un grave daño a la economía pública.» En esos casos, deberá aplicarse un plan de servicio mínimo suscrito por patronos y trabajadores.


De acuerdo con el proyecto de ley, «para la resolución de los conflictos laborales que se presente tratándose de personas que brinden un servicio público esencial, agotada la conciliación, los trabajadores estarán obligados a acudir la resolución jurisdiccional del conflicto o al arbitramiento de conformidad con los artículos 375, 429, 456 a 458 y 707 de este Código«.


APSE ya ha hecho manifiesto su absoluto rechazo a este proyecto de ley, debido a que limitará sensiblemente el derecho de las personas trabajadoras a defender sus condiciones laborales y sociales mediante el ejercicio de la huelga, derecho contemplado en el artículo 61 de la Constitución Política. APSE externó esta posición en una consulta de criterio ante la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa el 21 de enero de 2019, donde solicitó el archivo de este expediente.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


22 de marzo de 2019

Prensa APSE

PUBLICAN LEY 9655 QUE RESTAURA ESQUEMA DE PAGOS DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y RECARGOSPARA FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN


– Queda pendiente que el Servicio Civil emita la resolución que fundamenta dichos porcentajes de pago y sus condiciones.


APSE informa que el viernes 15 de marzo de 2019, fue publicada en la edición N° 53 del Diario Oficial La Gaceta, la Ley 9655, la cual restaura los porcentajes correspondientes para el cálculo del pago de dedicación exclusiva y recargos, para las personas trabajadoras de la educación a quienes corresponde el reconocimiento de estos equiparamientos salariales.

Esta ley surge como producto de la huelga en contra del Combo Fiscal, Ley N°9635, la cual mandó a reducir sensiblemente los porcentajes por conceptos de pago de la recargos y dedicación exclusiva. Con la entrada en vigencia de esta ley se regresa al esquema de pago anterior.
Sin embargo, aún queda pendiente que la Dirección General de Servicio Civil, emita la resolución que fundamenta dichos porcentajes de pago y sus condiciones.


Una vez emitida dicha resolución, se girarán las instrucciones respectivas a efecto del trámite de los nuevos porcentajes.


APSE estará vigilante de la publicación de dicha resolución y de su aplicación, sobre lo cual estaremos informando.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


20 de marzo de 2019

Prensa APSE

APSE RINDIÓ HOMENAJE A LAS MUJERES QUE DIERON LA LUCHA EN LA HUELGA CONTRA EL COMBO FISCAL

APSE realizó el sábado 16 de marzo de 2019, un acto de homenaje a las mujeres que dieron la lucha con perseverancia y fuerza en la gran huelga contra el Combo Fiscal del año 2018, con motivo del Día Internacional de la Mujer 2019.

La actividad contó con presencia de las mujeres elegidas por cada una de las 56 Regionales de APSE, en representación de las miles de compañeras de lucha que se sumaron a aquella huelga.

Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE, destacó la importancia de la participación de las mujeres en el sindicalismo y la política, y la fuerza que aportó cada una a la lucha. Ella también recibió un reconocimiento simbólico de parte de las presentes por su liderazgo durante la huelga.

Ariane Grau, coordinadora de la Escuela Sindical de APSE “Luisa González Gutiérrez”, también destacó la importancia que revierte el hecho de que las mujeres se organicen y tomen conciencia en la defensa de sus derechos.

La actividad contó con un espacio de reflexión e intercambio de opiniones de todas las presentes, quienes expresaron el significado de esta lucha para cada una de ellas. Esta dinámica estuvo a cargo de Katherine Cerdas, coordinadora de la Regional 13.

Posteriormente se presentó la obra de teatro de títeres denominada ¡Oh Gilda! que reflexiona sobre las relaciones entre hombres y mujeres. El evento cultural concluyó con la declamación de un cuento e interpretación de una canción a cargo de la compañera Nora Gómez.

Las homenajeadas recibieron como obsequio un retablo con su semblanza, que les permitirá recordar por siempre su papel protagónico en esta histórica lucha.

APSE RECHAZA CIRCULAR QUE IMPONE LINEAMIENTOS DE VESTIMENTA A FUNCIONARIOS DEL MEP EN PURISCAL


APSE rechaza el contenido de la circular DREP-0098-2019 elaborada por el Director Regional de Educación de Puriscal, Francisco Corella Rojas, donde establece una serie de lineamientos de vestimenta y de apariencia personal, para quienes laboran en la Dirección Regional de Educación de Puriscal y sus dependencias.

Los lineamientos contenidos en dicha circular exceden las normas y costumbre establecidas para este tema, por lo que consideramos que la misma debe quedar sin efecto.

APSE elevó un recurso de nulidad ante el Ministro de Educación Pública ,por carecer de competencia administrativa el Director Regional de Educación de Puriscal, para emitir un acto administrativo de esa naturaleza.

Mélida Cedeño Castro
Presidenta

Roblin Apú Murillo
Secretario General

04 de marzo de 2019
Prensa APSE

DOCUMENTO DE IMPUGNACIÓN PRESENTADO POR APSE:

CONSEJO NACIONAL DE APSE APROBÓ PLAN ANUAL DE TRABAJO DEL AÑO 2019

En sesión ordinaria N°2 del sábado 16 de febrero de 2019, el Consejo Nacional de APSE conoció y aprobó con algunas modificaciones, el Plan Anual de Trabajo para el año 2019, en el cual se definen los objetivos, estrategias y responsables de implementar las acciones cotidianas de trabajo del sindicato para este año.

Durante esta sesión, se recibió en audiencia a los integrantes del Tribunal Electoral de APSE, quienes expusieron el cronograma de elecciones regionales.

El Consejo otorgó audiencia, a la Sra. Elvira Solano, representante de APSE ante la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional, quien brindó un informe de las gestiones que realiza ante JUPEMA.

También se contó con la participación de los integrantes de la Comisión Técnica de APSE, que tiene a cargo el análisis del proyecto de Ley 20.786, «Ley de Educación Dual». La comisión expuso los últimos cambios realizados a esta iniciativa de ley (que registra numerosos cambios respecto a la redacción original) así su procedimiento legislativo actual. Es posible que se presente una nueva moción de texto sustitutivo que cambiaría de nuevo el contenido de dicho expediente.

En esta sesión ordinaria, se conocieron los informes de Presidencia y Secretaría General, se abordaron asuntos varios y se procedió con la votación de mociones.

Mélida Cedeño Castro

Presidenta

Roblin Apú Murillo

Secretario General

16 de febrero de 2019

Prensa APSE

ESCUELA SINDICAL “LUISA GONZÁLEZ GUTIÉRREZ” DE APSE IMPARTE TALLERES DE CONCLUSIÓN DEL NIVEL SUPERIOR CORRESPONDIENTES AL CURSO LECTIVO 2018


La Escuela Sindical de APSE “Luisa González Gutiérrez” dio inicio el viernes 25 de enero de 2019, al ciclo de talleres de conclusión del programa de estudios del Nivel Superior de la VII Promoción del año 2018, reprogramados tras la participación activa de todas las estructuras de APSE en la huelga contra el Combo Fiscal del año pasado.

Ariane Grau, coordinadora de la Escuela Sindical de APSE “Luisa González Gutiérrez” , indicó que se trata de un taller intensivo sobre temas como economía política, reformas educativas neoliberales, comunicación sindical e introducción al sindicalismo.

Estos contenidos serán abordados en dos días consecutivos de sesiones de trabajo, cubriendo la materia pendiente de ser vista el año pasado.

Se trata de talleres participativos y dinámicos donde los afiliados(as) interactúan entre sí, realizan trabajo de grupos, brindan exposiciones y desarrollan productos que les permiten explicar los fenómenos conocidos en clase.

Los días 25 y 26 de febrero, reciben talleres los grupos de San José 01 y Siquirres. Los días 29 y 30 de enero le toca el turno al grupo San José 02, el 30 y 31 de enero recibirá clases el grupo de Liberia, y el 1 y 2 de febrero corresponde a los grupos San José 03 y Puntarenas.

Una vez concluidos los dos días de lecciones, se procederá con la graduación de los estudiantes de cada grupo.

Como parte del taller, los participantes reciben charlas con especialistas en distintos temas, a cargo de la economista Sofía Guillén, el sociológo José Esquivel, y los profesores de Estudios Sociales José Solano y Hugo Marín.

Mélida Cedeño Castro
Presidenta

Roblin Apú Murillo
Secretario General

25 de enero de 2019
Prensa APSE

APSE DESMIENTE INFORMACIÓN FALSA PUBLICADA POR LA NACIÓN SOBRE LOS INGRESOS RECIBIDOS POR NUESTRO SINDICATO

Texto íntegro del Derecho de respuesta ejercido ante La Nación

SONY DSC

La Nación publicó parcialmente este derecho de respuesta en su edición del 24 de enero de 2019.



Con base en los artículos 66, 67, 68, 69 y 70 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, APSE requirió ante el periódico La Nación el siguiente derecho de respuesta, el cual reproducimos de forma íntegra, y que fue parcialmente publicado por La Nación en su edición del 24 de enero de 2019:


APSE desmiente absolutamente la información falsa publicada en la edición impresa y digital del periódico La Nación de fecha 19 de enero de 2019, titulada «Sindicatos del MEP reciben ¢12.000 millones cada año».


1. Se trata de un titular tendencioso, toda vez que la afiliación de APSE está compuesta no solo por personas trabajadoras del Ministerio de Educación Pública, sino también por personas trabajadoras de las universidades públicas, del Instituto Nacional de Aprendizaje y de centros educativos privados.


2. El dato sobre cantidad de personas afiliadas a APSE no corresponde a la verdad. La membrecía del sindicato sobrepasa las 42.000 personas afiliadas, de manera que la periodista y el medio de prensa se quedan cortos con la cantidad indicada.


3. El dato sobre ingresos financieros anuales que percibe APSE, también es falso. El medio no indica ninguna fuente directa que lo respalde, sino que lo atribuye a un «cálculo anual de aportes» que afirma elaborar con base en «datos oficiales del MEP». Nunca se cita la documentación referida, ni el periodo de tiempo al que corresponde. El cálculo que el medio realiza se basa solo en docentes del MEP y no considera a la afiliación del Título I que labora para ese ministerio.


4. Es falso que el promedio de ingreso de las personas trabajadoras de la educación sea de 1 millón de colones al mes. El medio tampoco indica la fuente de tales afirmaciones.


5. La Nación ignora la composición de la afiliación de APSE, donde no están afiliados únicamente trabajadores(as) docentes, sino también miles de conserjes, agentes de seguridad, personal administrativo, funcionarios de comedores escolares y personas trabajadoras que ocupan diversas clases de puestos, cuyos salarios mensuales no llegan a los 500.000 colones y mucho menos al promedio de 1 millón de colones que afirma el medio de prensa.


6. La naturaleza de los recursos financieros que percibe nuestro sindicato es absolutamente privada. La cuota de afiliación a APSE se origina en la deducción que cada persona, en su condición de afiliada y en virtud de la libertad de asociación, autoriza que le sea rebajada sobre su salario. De ninguna manera se trata de fondos públicos, ni de recursos girados por el MEP, ni por ningún otro ente estatal, como el periódico da a entender.


7. APSE no está en obligación de rendir cuentas públicas sobre sus estados financieros, ni de divulgar esta información ante los medios de comunicación. Cumplimos estrictamente con la ley 8204 y demás regulaciones vigentes sobre actividades financieras privadas, así como con el pago de todos los tributos que corresponden por ley. Debido a que el sindicato NO realiza actividades que persigan el lucro, está sujeto a la aplicación del inciso ch) del artículo 3 de la Ley 7092 del Impuesto sobre la Renta y sus reformas.


8. APSE rinde cuentas anualmente en el seno de su Asamblea General, de manera transparente ante su afiliación, acerca de los ingresos, inversiones y gastos anuales del sindicato. Nuestra afiliación además aprueba los presupuestos anuales conforme lo dispone el Código de Trabajo, y es la única autorizada por ley para conocer los informes financiero-contables. En el Estatuto de APSE se establece la realización de una auditoría externa, que se lleva a cabo anualmente.


9. APSE retribuye a su afiliación mediante diversos servicios, tales como asistencia solidaria, subsidios económicos para gastos médicos y eventualidades, asesoría legal y laboral, asesoría en materia de pensiones, acompañamiento en audiencias y procesos laborales, capacitaciones, foros, cursos de la Escuela Sindical, préstamo de equipo ortopédico, uso y mantenimiento de los centros de recreo, campañas informativas, además de los gastos operativos y pago de personal.


10. Desmentimos por completo la afirmación de que APSE desembolsa parte de sus recursos en rifas de vehículos, como se afirma de manera tendenciosa. Nunca lo hemos hecho.


Por lo expuesto, denunciamos que este reportaje constituye un ataque directo a la integridad de las organizaciones sindicales, cuyo objetivo es generar una mala imagen y la animadversión de la opinión pública contra los gremios. Esta campaña de acoso y persecución sindical de parte de La Nación y su periodista Daniela Cerdas, se ha recrudecido luego de la huelga contra el Combo Fiscal del año 2018, lo que se evidencia en las reiteradas referencias a aquella protesta y en el ataque sistemático contra los sindicatos como organizaciones defensoras de la clase trabajadora y del pueblo costarricense.


Lamentamos que La Nación distraiga al público, en vez de informar al país y profundizar sobre temas sensibles, como por ejemplo el listado de empresas que no reportan utilidades en el Impuesto a las Utilidades, donde curiosamente se incluye a Grupo Nación.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


24 de enero de 2019

Prensa APSE

CONSEJO NACIONAL DE APSE INICIÓ PERIODO DE SESIONES DEL AÑO 2019

El Consejo Nacional de APSE celebró el viernes 18 de enero, su primera sesión ordinaria del periodo del año 2019.

En ocasión de esta primera sesión anual, se tomó juramento a los nuevos coordinadores y coordinadoras regionales electos para ocupar el cargo durante este periodo.

Se brindó audiencia al Lic. Róger Porras, Director Ejecutivo de JUPEMA y a la Licda. Mirna Ramírez, jefa del Departamento de Inversiones de dicha junta, para que expusieran acerca del proyecto de ley que permitiría a JUPEMA invertir los recursos de sus fondos de pensiones en obras públicas, generando dividendos adicionales a futuro que generen sostenibilidad y rentabilidad en beneficio del régimen jubilatorio del RCC.

Fueron conocidos en correspondencia los informes anual de labores del año 2018, de parte de los representantes de APSE ante la Caja de ANDE, Flor Aguilar y Joselito Barquero; y de parte de la representante de APSE ante JUPEMA; Elvira Solano.

La Presidenta de APSE, Mélida Cedeño Castro, expuso con detalle los resultados de las reuniones celebradas con el Ministro de la Presidencia y otros funcionarios de Gobierno para abordar temas de interés. La primera reunión ocurrida el 19 de diciembre fue exploratoria. En las reuniones realizadas los días 11 y 17 de enero se estableció una agenda de temas, entre los cuales cabe resumir:

  • Reforma al Empleo Público: El Gobierno está elaborando un
    nuevo proyecto de ley sobre reformas al Empleo Público que dará a conocer a los sindicatos.
  • Educación Dual: APSE reiteró su absoluto rechazo al proyecto de ley 20786, Ley de Educación Dual. El Poder Ejecutivo no puede excluir el proyecto de la corriente legislativa, pero se comprometió a dar tiempo en el trámite para incluir eventuales cambios.
  • Reformas al Sistema de Pensiones: APSE planteó su rechazo al proyecto de ley 20.927, que pretende unificar los regímenes de pensiones. El Gobierno aseguró que no está convocando dicho proyecto de ley.
  • Proyecto de ley para invertir recursos de JUPEMA en obra pública: Queda pendiente la aprobación del Foro de Presidentes y Secretarios Generales y de la Junta Directiva de JUPEMA sobre el tema.
  • Proyectos de 21.049, 21.097 y otros: Se manifestó el rechazo a estos proyectos de ley que cambiarán la regulación del ejercicio del derecho a huelga, la definición de servicios esenciales, y modificarán el Código de Trabajo vigente.

Los resultados de las reuniones celebradas, han sido expuestos ante la Junta Directiva de APSE, y ante nuestra afiliación por medio de información publicada en el sitio APSE Informa.

En la reunión celebrada con el Gobierno el 17 de enero, se estableció el siguiente calendario de reuniones:

  • Miércoles 23 de enero, 2:00 p.m.: Reunión con los ministros de Educación y de Trabajo para referirse a Educación Dual.
  • Viernes 25 de enero, 8:00 a.m.: Reunión con la Ministra de Planificación sobre Empleo Público.
  • Lunes 28 de enero, 1:00 p.m.: Reunión con el Ministro de Trabajo sobre Empleo Público.
  • Martes 29 de enero, 3:00 p.m.: Reunión en Casa Presidencial con el Presidente de la República.

APSE participará de estas reuniones para conocer la posición del Gobierno y señalar aspectos a los que nos oponemos en materias como reforma al empleo público, evaluación del desempeño y educación dual.

Al término de la sesión del Consejo, el Fiscal General de APSE, Apolo Vivas Rizo, realizó una exposición pormenorizada sobre aspectos relacionados con el funcionamiento, integración y funciones del Consejo Nacional, a efecto de que los nuevos coordinadores y coordinadoras dominen plenamente esta información necesaria para el desempeño de su cargo.

Prensa APSE

21 de enero de 2019

APSE EMITE CONSULTA DE CRITERIO EN RECHAZO AL PROYECTO DE LEY 21097 SOBRE REGULACIÓN DE LA HUELGA EN SERVICIOS ESENCIALES



La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, APSE, elevó el 21 de enero de 2019 ante la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, la respuesta a la consulta de criterio solicitada por los legisladores, acerca del proyecto de ley 21.097 que definiría el listado de servicios esenciales donde se limitará el ejercicio del derecho de huelga.


1. APSE manifestó su rechazo a este proyecto de ley, porque establece en su artículo 2, una lista excesiva y no taxativa de servicios considerados esenciales, que supera por mucho las definiciones emitidas por la legislación vigente y por los criterios de la Organización Internacional del Trabajo.


El listado supera la definición de «servicio esencial» que incluye el propio proyecto, donde considera que son aquellos «cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población.»


Además, el nuevo listado incluye numerosas actividades que el Comité de Libertad Sindical de la OIT considera como «servicios no esenciales». Cabe señalar que la educación NO es considerada un servicio esencial de acuerdo con múltiples criterios emitidos por el Comité de Libertad Sindical.


2. El proyecto permitiría incluir en este listado de servicios esenciales «todos aquellos que se lleguen a determinar en la vía judicial o reglamentaria». Este sistema abierto resulta contrario al ordenamiento jurídico por violentar el principio de reserva de ley contemplado en el artículo 19 de la Ley General de la Administración Pública.


Por ser el derecho a huelga un derecho de rango constitucional (definido en el artículo 61 de la Constitución Política), la regulación y limitaciones al ejercicio del mismo solamente pueden establecerse por ley, nunca por medio de sentencias judiciales ni de reglamentos.


3. El proyecto persigue limitar de forma absoluta el ejercicio de la huelga en servicios esenciales. En el proyecto no se contemplan mecanismos para que el ejercicio de este derecho se reduzca «únicamente a aquellas personas cuyas funciones sean indispensables para que la prestación del servicio público no sea interrumpida, obstaculizada o dificultada».


Se sobreentiende que las demás personas trabajadoras que no resulten indispensables para mantener funcionando ese servicio esencial, si gozan de plena libertad de ejercer el derecho de huelga, al garantizarse la prestación del «servicio mínimo» establecida en el inciso e) del artículo 376 del Código de Trabajo y en los pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical.


El inciso d) del artículo 376 del Código de Trabajo ya define quienes son «los trabajadores que sean absolutamente indispensables para mantener el funcionamiento de las empresas particulares que no pueden suspender sus servicios sin causar un daño grave e inmediato a la salud o a la economía públicas, como lo son las clínicas y hospitales, la higiene, el aseo y alumbrado público en las poblaciones…»


4. Finalmente, cabe recordar que la huelga, además de ser un derecho de rango constitucional que ostenta reconocimiento y protección en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional, constituye en sí mismo un hecho social que expresa las contradicciones de clase y la inconformidad de los trabajadores con el sistema económico imperante. Por tanto, intentar prohibir de manera impositiva su ejercicio, socava las bases del sistema democrático, amenaza la libertad sindical, y vacía de contenido el Estado Social Democrático y de Derecho.


En virtud de lo anterior, APSE se opone a este proyecto de ley y solicita a los diputados(as) que lo archiven de forma definitiva.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


23 de enero de 2019 – Prensa APSE

CONSULTE EL DOCUMENTO CON LA CONSULTA DE CRITERIO COMPLETA:

APSE RECHAZA EL PROYECTO 21.009 POR CAUSAR DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES Y POR LA INTROMISIÓN EN LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS SINDICATOS

APSE se pronunció en rechazo al proyecto de ley 21.009 «Ley de alternancia temporal en las organizaciones sindicales», porque generaría una discriminación contra las mujeres al restringir su derecho a participar libremente en procesos electorales, además de implicar una intromisión en la organización interna de los sindicatos.

Esta posición fue externada por APSE mediante una consulta de criterio requerida por la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, la cual fue contestada en escrito enviado el 14 de enero de 2019.

PROYECTO 21.009 DISCRIMINA A LAS MUJERES

El concepto de «alternancia histórica» que establece el proyecto 21.009 no queda suficientemente claro y carece de sustento jurídico. Actualmente, la ley N° 8901 ya garantiza la paridad de género en los espacios de toma de decisiones de sindicatos, asociaciones y otras organizaciones.

La gran mayoría de trabajadores de la educación costarricense son mujeres,  ocupando un porcentaje mayoritario del sector docente, de trabajadores misceláneos y de personal de comedores escolares (70% o más).  A pesar de esta notable disparidad en la composición de nuestra afiliación, los procesos electorales en APSE se rigen por el principio de paridad, fomentando la libre participación tanto de mujeres como de varones, como lo establece nuestro Estatuto.

El proyecto 21007 es absolutamente injusto, porque pretende impedir a las mujeres el derecho de presentar su candidatura y quedar electas en un puesto en específico en una Junta Directiva, solamente porque el mismo ya fue ejercido por otra mujer en el periodo anterior.

Esta imposición más bien desestimula la libre participación de las mujeres en procesos políticos. De igual forma, también limita el ejercicio del mismo derecho para los hombres. En el caso de un sindicato como APSE, la aplicación de la «alternancia histórica» podría provocar una excesiva representación del género masculino en los puestos directivos.

Este requerimiento se constituye más bien en una discriminación odiosa en función del sexo o género, lo cual está claramente prohibido por los preceptos constitucionales y las normas legales vigente.

PROYECTO 21.009  CAUSA INTROMISIÓN EN LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS SINDICATOS

Se trata de una iniciativa que pretende reformar el inciso e) del artículo 345 del Código de Trabajo, a efecto de imponer en los estatutos de las organizaciones sindicales, como modo de elección, la obligatoria «alternancia histórica de ambos sexos en todos los cargos». Esto implica una intromisión en la organización interna de los sindicatos, como se detalla.

El proyecto 21.009 desconoce los mecanismos electorales internos que rigen en nuestro sindicato, donde la elección de los cargos directivos se realiza de forma nominal (los electores votan por un candidato para cada puesto) y no por papeleta. La «alternancia histórica» impediría a las bases de nuestra afiliación, postularse libremente al cargo para el que se quiera elegir.

El proyecto desconoce la dinámica histórica y política interna de cada sindicato. Si en determinado momento surge un liderazgo político claro, y la voluntad de la afiliación es elegir a quien consideran la persona idónea para ocupar el cargo, no debería existir una ley que impida este ejercicio.

Se violentaría así el ejercicio de la libertad sindical garantizado por el artículo 60 de la Constitución Política, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, y el Convenio N° 87 de la OIT, referente a la autonomía de las organizaciones sindicales para autorregularse.

De conformidad con lo expuesto, APSE hace manifiesto su rechazo absoluto a este proyecto de ley, y solicita que se archive de forma inmediata.


CONSULTE EL DOCUMENTO CON LA CONSULTA DE CRITERIO COMPLETA