Ampliación del Periodo de Inscripcion – Regionales 14 y 16

COMUNICADO DEL TEAPSE

A los Asociados y Asociadas de la APSE

El Tribunal Electoral (TEAPSE), informa que se AMPLÍA el período de inscripción del 22 DE MAYO DEL 2019 al 23 DE MAYO DEL 2019 (hasta las 8:00 a.m.) para las elecciones de las Directivas Regionales, que se celebrarán la próxima semana.

Aclaramos que ÚNICAMENTE para las regionales y puestos que se especifican en los cuadros anexos:

REGIONAL PUESTO
14 SECRETARIO (A) RIGE: (01-06-2019 AL 31-12-2020)
REGIONAL PUESTO
16 SECRETARIO (A) RIGE: (01-06-2019 AL 31-12-2020)

Nota: Por renuncia o pérdida de credenciales, después de la apertura de los puestos a elección que inició el 01 de abril del  2019, se amplió el plazo para completar periodo; debido a consultas realizadas al TEAPSE.

Juan José Martínez Quesada

Presidente del TEAPSE

APSE MANIFIESTA SU APOYO AL PROYECTO DE LEY N°21.309 PARA QUE TODAS LAS PERSONAS PENSIONADAS PUEDAN RETIRAR EL 100% DEL MONTO DEL ROP

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, APSE, manifiesta su apoyo al proyecto de ley expediente N° 21.309, «Ley para resguardar el derecho del trabajador a retirar los recursos de la pensión complementaria», presentado por varios diputados y diputadas, que permitiría a todas las personas que se pensionan, retirar el 100% de los fondos de su Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP), en vez de recibirlo en tractos mensuales, como ocurre actualmente en miles de casos.

Retiro del 100% del ROP corrige injusticia contra trabajadores/as

APSE considera que se ha cometido una injusticia histórica contra la clase trabajadora y su patrimonio económico, con la reglamentación de la Ley de Protección al Trabajador N°7983, del 16 de febrero del 2000.

De acuerdo con el actual Reglamento de beneficios del régimen de capitalización individual, en su artículo 6 se dispone que los titulares del ROP podrán retirar este dinero bajo tres modalidades: retiros programados, rentas permanentes o rentas vitalicias.

Para determinar si el pensionado puede retirar todo su dinero del ROP, la operadora de pensiones calcula si el monto a recibir es igual o mayor a un 10% del monto de la pensión del régimen básico (que puede ser el IVM de la CCSS, los regímenes transitorio de reparto ó de capitalización colectiva de JUPEMA, etc.).

Si el monto de esta diferencia es menor al 10%, el pensionado puede retirar la totalidad de su ROP. Pero, si el monto de la diferencia es superior al 10%, se le entregará el ROP por tractos mensuales, hasta agotar todo el dinero.

Debido a esta reglamentación, miles de trabajadores que percibieron salarios bajos durante su vida laboral, no pueden retirar todo el ROP cuando se jubilan y los obligan a recibirlo en pequeñas cuotas. De esta manera se le impide al pensionado invertir su dinero, cubrir gastos urgentes, ó utilizar sus ahorros según sus necesidades.

Mientras tanto, quienes gozaron de grandes salarios en su vida laboral, sí pueden retirar el 100% del ROP por superar el cálculo indicado, y pueden invertir su dinero como les parezca.

Otra injusticia que ocurre con la ley actual, es que restringe a la persona jubilada para determinar los beneficiarios del ROP en caso de fallecimiento.

El resultado final es una gran decepción para el trabajador pensionado y una gran injusticia contra su patrimonio, pues ese dinero fue acumulado durante años de esfuerzo y sacrificio, esperando poder utilizarlo para su proyecto de vida cuando se pensione.

El proyecto de ley N°21.309 busca modificar los artículos 20 y 22 de la Ley de Protección al Trabajador, para corregir esta norma perjudicial para los pensionados.

Retiro del ROP no implica menoscabo de sistemas de pensiones

APSE considera falso el argumento de que el retiro del 100% del ROP vaya a menoscabar los regímenes de pensiones complementarios.

La alta cotización de trabajadores para estos regímenes, les han brindado a las operadoras de pensiones, una solidez y estabilidad financiera que les garantizan su funcionamiento a largo plazo, obteniendo dividendos en su beneficio a partir de los ahorros forzosos que resguardan.

Rechazamos la postura asumida por algunos sectores opuestos al proyecto, que argumentan que la gente no sabe invertir sus recursos y por tanto hay que «protegerla». Los fondos que administran estas operadoras, son patrimonio personal de las personas jubiladas, quienes deberían ser los únicos que decidan qué hacer con su dinero.

Este es un asunto que ha causado graves conflictos sociales en otros países de la región, como por ejemplo en Chile, donde las Administradoras de fondos de pensiones (AFP) aplican normas que perjudican al pensionado, lo que ha dado cabida a grandes protestas y una enorme frustración social.

APSE considera necesario un debate nacional sobre este tema, para lograr una reforma legal en beneficio de la clase trabajadora, en especial de quienes perciben salarios más bajos y tienen pensiones más reducidas.

APSE RESPALDA EL PROYECTO DE LEY N° 21.309 PARA RETIRAR EL 100% DEL ROP

¡ES HORA DE CORREGIR ESTA INJUSTICIA CONTRA LA CLASE TRABAJADORA!

Mélida Cedeño Castro

Presidenta

Roblin Apú Murillo

Secretario General

Prensa APSE

21 de mayo de 2019


TEXTO BASE – PROYECTO DE LEY N° 21.309

21309


MANTÉNGASE INFORMADO SOBRE ESTE TEMA HACIENDO CLICK SOBRE EL SIGUIENTE ENLACE:

CONTINÚAN LAS EMOCIONES EN LAS CANCHAS DURANTE LA SEGUNDA ETAPA DE COPAPSE 2019

Este fin de semana continuaron las emociones en las canchas , al jugarse los encuentros correspondientes a la segunda etapa de competencia de COPAPSE 2019.

Estos son los marcadores de los partidos disputados los días 18 y 19 de mayo de 2019.

FUTSALA MASCULINO

Marcadores, sábado 18 de mayo 2019

  • Regional 02 y Regional 03: 4-2
  • Regional 14 y Regional 04: 24-1
  • Regional 14 y Regional 02: 4-1.

Clasificó en futsala masculino, la Regional 14.


FUTSALA FEMENINO:
Marcadores, sábado 18 de mayo 2019

  • Regional 02 clasificó, debido a ausencia del rival (Regional 04)
  • Regional 32 vs Regional 29: 6-2

FUTBOL 11
Marcador, domingo 19 de mayo 2019
Estadio Allen Rigioni Grecia
Fútbol 11 Masculino, Segunda fase

  • Regional 11 vs Regional 29: 6-0

Regional 11 pasa a la siguiente fase.

ESCUELA SINDICAL DE APSE INICIÓ CURSO LECTIVO 2019

La Escuela Sindical “Luisa González Gutiérrez” de APSE, inició el sábado 18 de mayo de 2019, las lecciones correspondientes al curso lectivo del año 2019.


En esta primera sesión de trabajo, asistieron los afiliados y afiliadas a APSE matriculados en los grupos San José 01 y San Carlos, con participación de más de 60 compañeros y compañeros de estas comunidades y regiones aledañas.


En esta primera clase, se abordaron temas generales, como qué es la APSE, así como la actual coyuntura política y social del país.


Las personas afiliadas a APSE que iniciaron esta nueva experiencia en la Escuela Sindical, manifestaron su interés por participar en este espacio formativo, donde se estudiarán los principios y bases del sindicalismo, los derechos laborales, la legislación vigente, la actualidad política y social, y se analizará el contexto nacional e internacional.


Para el sábado 25 de mayo, están convocados a clases, quienes están matriculados en los grupos San José 02 y Upala.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


Prensa APSE

20 de mayo 2019

COPAPSE 2019 ARRANCÓ SU SEGUNDA ETAPA DE JUEGOS

El mejor torneo deportivo del Magisterio nacional, COPAPSE 2019, inició su segunda etapa de competencia el pasado domingo 12 de mayo, con encuentros en las disciplinas de Voleibol masculino y femenino y Fútbol 11 masculino.

COPAPSE 2019
Resultados de la II ETAPA

Voleibol Femenino:


Regional 11 vs Regional 29 = Ganó Regional 29


Voleibol Masculino:


Regional 11 vs Regional 29 = Ganó Regional 11

Fútbol Sala:

GANADOR: Regional 32

  • Regional 12 vs Regional 29 = Ganó Regional 29
  • Regional 11 vs Regional 32= Ganó Regional 32

Final:

  • Regional 29 vrs 32 = Ganó Regional 32

Fútbol 11:

  • Regional 12 vs Regional 29= Ganó Regional 29
  • Regional 11 vs Regional 32= Ganó Regional 11
  • Partido pendiente el domingo 19 de mayo a las 11:00 am en el Estadio de Grecia: Regional 11 vrs. Regional 29

Las emociones de COPAPSE continúan este fin de semana, con partidos programados para el sábado 18 y domingo 19 de mayo:

  • Sábado 18 de mayo 2019. Desde las 8:00 a.m., Gimnasio Municipal de San Pablo de León Cortés. Juegos de las disciplinas futsala masculino y femenino, con la participación de las Regionales 02, 03, 04. — 12:00 m.d. Estadio de San Pablo de León Cortés, fogueo Regional 14.
  • Domingo 19 de mayo 2019, 11:00 am, el Estadio de Grecia. Fútbol 11 masculino, partido Regional 11 vs. Regional 29.

ESCUELA SINDICAL – CONVOCATORIAS – Primera sesión 2019 – Grupos San José 01 y San Carlos

La Escuela Sindical «Luisa González Gutiérrez» de APSE, convoca a la primera sesión del curso lectivo 2019, a las personas matriculadas en los grupos San José 01 y San Carlos, para el sábado 18 de mayo de 2019.

Convocatoria Primera Sesión 2019 – Grupo San José 01

El sábado 18 de MAYO se realizará la Primera Sesión de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez” para el Grupo I de la Sede de San José.

Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en el Auditorio de APSE, que se ubica en los altos del Parqueo de las Oficinas centrales. Del Colegio de Señoritas, 75 Metros al Sur, en San José.

Convocatoria Primera Sesión 2019 – Grupo San Carlos

El sábado 18 de MAYO se realizará la Primera Sesión de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez” para el Grupo de la Sede de San Carlos.

Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en la Sala de Vídeo Conferencias del CTPR de San Carlos (COTAI), en Ciudad Quesada.


Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor comunicarlo con anticipación al día de la actividad para reprogramar la reposición con otro grupo o si fuera una emergencia del día, deben justificar.

Se  pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.

Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.  

Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook:  www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE   donde se estará publicando información relativa a la Escuela.

Mélida Cedeño Castro

Presidenta de APSE

DIPUTADOS APROBARON EN PRIMER DEBATE PROHIBICIÓN DE LA HUELGA EN COMEDORES ESCOLARES


En sesión ordinaria del Plenario de la Asamblea Legislativa del lunes 13 de mayo de 2019, se aprobó en primer debate, con dispensa de todo trámite y por unanimidad, el proyecto de ley expediente N° 21006, presentado por la diputada Sylvia Patricia Villegas Alvarez del Partido Integración Nacional, para declarar como servicio público y por tanto prohibir el ejercicio de la huelga, en comedores y servicios de alimentación escolares de PANEA y CEN CINAI, entre otros que atienden poblaciones vulnerables.


El proyecto fue aprobado con una moción del diputado José María Villalta, que definió los servicios incluidos en este listado. La redacción del proyecto de ley contempla la adición de un inciso al artículo 376 del Código de Trabajo, Ley N.° 2, de 26 de agosto de 1943, para que se lea de la siguiente manera:


«Artículo 376- Para los efectos del artículo anterior se entienden por servicios públicos:
«f) Las labores que desempeñan los trabajadores en la nutrición o la salud pública, como el Programa de Alimentación y Nutrición Escolar y del Adolescente (PANEA), los albergues del PANI, los servicios de comidas servidas y de distribución de alimentos para el consumo en el hogar de la población materna infantil que brinda la Dirección Nacional de CEN CINAI, además de todo comedor o servicio de alimentos, en la atención a poblaciones vulnerables.»


De esta forma, se amplía la prohibición del ejercicio de la huelga establecida en el artículo 375 del Código de Trabajo, para las personas que trabajan en comedores escolares.


Queda pendiente que se brinde segundo debate a este proyecto, así como su firma por el Poder Ejecutivo para que se convierta en Ley de la República.


APSE aclara que los diputados no solicitaron ninguna consulta de criterio a nuestro sindicato acerca de si hay motivos para oponerse a este proyecto. APSE siempre ha manifestado su rechazo a todo proyecto que restrinja el ejercicio del derecho a huelga.


APSE considera que no debe prohibirse de forma absoluta la huelga en los comedores escolares, sino permitir la misma garantizando la prestación del servicio mínimo.


Este proyecto de ley es diferente al expediente 21097, promovido por la diputada Yorleny León, del partido Liberación Nacional, declarada non grata por la Asamblea General de la APSE de mayo de 2019. Dicho proyecto contempla la prohibición de la huelga en un listado ampliado de servicios públicos, incluyendo a los comedores escolares, así como a todo el sistema educativo en general. El proyecto 21097 recibió dictamen positivo de la Comisión de Asuntos Sociales el 24 de abril de 2019, y está pendiente de ser conocido en Plenario legislativo.


APSE rechaza estos proyectos de ley restrictivos del derecho a huelga, como el expediente 21049 del diputado Carlos Ricardo Benavides del PLN, y los expedientes 21156 y 21190.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


14 de mayo de 2019

Prensa APSE

ANDE Y APSE SOLICITAN AL CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN UN PILOTAJE DE LAS PRUEBAS FARO EN SECUNDARIA

– Debe darse un pilotaje de las pruebas por dos años, previo a su aplicación para efectos de certificación de los aprendizajes en la educación diversificada.

El pasado 20 de febrero, las autoridades del MEP y del Consejo Superior de Educación, anunciaron con bombos y platillos, la eliminación de las tradicionales pruebas de bachillerato, cosa que realmente no sucedió. Bachillerato fue simplemente reemplazado por Las Pruebas de Fortalecimiento de Aprendizajes para la Renovación de Oportunidades (FARO), un modelo de macroevaluación educativa, que no dista significativamente de su antecesor.

Las Pruebas FARO posiblemente conserven un carácter memorístico, estandarizado y punitivo, con apenas superficiales cambios con respecto a lo que se ha venido ejecutando durante las últimas décadas.

No obstante, estos pequeños cambios y la falta de claridad acerca de ellos, podrían ser factores que impacten negativamente el rendimiento estudiantil.

Consideramos que las autoridades del MEP y del Consejo Superior de Educación, se han precipitado al anunciar estas pruebas sin el debido proceso de pilotaje, capacitación docente, consulta a docentes de aula, examinación de expertos y otros pasos que resultan obligatorios para el éxito de las políticas educativas.

ANDE y APSE solicitamos vehementemente al Consejo Superior de Educación poner en marcha un pilotaje de las pruebas FARO en secundaria, previo a su aplicación estricta, tal y como se estableció para primaria. Un pilotaje de al menos dos años (2019 y 2020) podría contribuir a aclarar dudas con respecto a estas pruebas, y daría un plazo razonable para introducir mejoras, en favor de una educación más integral y acorde con las necesidades e intereses de la juventud costarricense.

Así mismo, solicitamos un adecuado tratamiento de los cambios que se pretenden hacer a la asignatura de Estudios Sociales. Esperamos que cualquier modificación sea consultada, discutida y consensuada con los distintos actores, que no se vaya a repetir la mala práctica de los secretismos y las imposiciones antidemocráticas.

De antemano, manifestamos que vamos a defender el carácter crítico y cualitativo de la asignatura de Estudios Sociales. Defenderemos un programa de estudios que promueva la investigación social y el análisis de realidad, apegándose a criterios objetivos de las Ciencias Sociales.

La asignatura de Estudios Sociales tiene un carácter cualitativo, crítico, investigativo, dinámico y reflexivo. Su naturaleza no debe ser cercenada para encajar dentro de un molde memorístico y estandarizado.

Hacemos un llamado a nuestras bases, tanto de primaria como de secundaria, a continuar realizando una revisión a fondo de FARO para las distintas asignaturas, con el fin de hacernos llegar sus observaciones, propuestas y puntos de vista.

ANDE Y APSE POR LA DEFENSA DE UNA EDUCACIÓN PÚBLICA INTEGRAL, CIENTÍFICA Y SOLIDARIA

14 de mayo de 2019

APSE INFORMA SOBRE CONVOCATORIA A ACTIVIDADES INHERENTES AL PUESTO FUERA DEL HORARIO LECTIVO DE LOS DOCENTES


La ASOCIACION DE PROFESORES DE SEGUNDA ENSEÑANZA, APSE, cumpliendo con el compromiso de defensa y reivindicación de los derechos de su afiliación INFORMA:


1.- Que algunos directores de centros educativos, proceden a convocar al personal docente fuera de su horario o jornada laboral.


2.- Que dichas convocatorias se fundamentan en lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto de Servicio Civil, Título II, el cual dispone que:


“Son deberes del Personal Docente:

a) Cumplir las leyes y reglamentos, así como toda otra disposición emanada de autoridad en el ramo, siempre que ella no maltrate al servidor en su decoro, ni contraríe disposiciones legales.

…f) Asistir puntualmente a las actividades inherentes a su cargo, conferencias y los actos escolares para los cuales sea convocado por autoridad competente…”.


3.- En aplicación de la citada norma, se fundamenta erróneamente la potestad de convocar al personal docente en múltiples oportunidades, a actividades que si bien son inherentes a su cargo, se realizan fuera de su horario o fuera de su jornada laboral.


4.- Resulta claro que convocatorias de esa naturaleza, constituyen una EXCEPCION EXTRAORDINARIA y como tal conlleva la obligación del patrono, a PAGAR UNA CONTRAPRESTACIÓN ADICIONAL A LA PERSONA TRABAJADORA convocada en esas circunstancias.


5.- Es por lo expuesto que la APSE siempre ha mantenido la tesis que mientras el MEP no tenga un presupuesto para pagar esta clase de contraprestación, un Director o un jefe no puede convocar a los trabajadores en su tiempo libre.


6.- Nuestra tesis se fundamenta en la aplicación de la legislación laboral, sus principios, así como pronunciamientos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Al respecto, debemos resaltar lo dispuesto en el Pronunciamiento N° DAJ-AER-OFP-190-2017, emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de fecha 01 de agosto del 2017, que ante consulta realizada por la Directora de un centro educativo, dictaminó lo siguiente:


“… el patrono no puede exigir a sus trabajadores a asistir a las actividades anteriormente mencionadas, aunque estén relacionadas con el trabajo fuera de la jornada laboral, a menos está, que remunere esas horas como jornada extraordinaria, de lo contrario debe el patrono programarlas dentro de la jornada de trabajo.”

7.- En este mismo sentido véase que mediante Oficio Circular DRH-9335-2017-DIR, de fecha 8 de agosto de 2017, la propia Dirección de Recursos Humanos del MEP, en aplicación del artículo 49 de la Convención Colectiva, sobre el tema de las cargas laborales del personal docente que labora en los centros educativos, dispuso la eliminación “… de todas aquellas actividades que disten de la tarea propiamente docente que compete a los educadores y que poco o nada aportan a su gestión.”


Y además se dispone lo siguiente:

“ 1.- Garantizar que el cuerpo docente de centros educativos sea convocado a reuniones de personal únicamente en horario laboral.

2.-Garantizar que las convocatorias a capacitación se realicen dentro del horario laboral y en las condiciones que determina el artículo 24 de la Convención Colectiva.

…4. Garantizar que no se emitirán convocatorias de carácter obligatorio para que el personal docente participe en actividades ajenas al quehacer del centro educativo. Aquellas convocatorias a actividades que no sean estrictamente curriculares o extracurriculares contrarias a la formación del estudiantado deberán hacerse en calidad de invitación, imposibilitándose la aplicación de sanciones o medidas discriminatorias por la no asistencia.”


POR LO TANTO:


Si un Director o Directora de un centro educativo, se atreve a hacer una convocatoria a actividades, que aún siendo inherentes al cargo del personal docente, se realicen fuera de su horario lectivo, la persona trabajadora no está obligada a asistir y tiene todo el derecho de justificar su no asistencia, en aplicación de las propias disposiciones del Departamento de Recursos Humanos del MEP y también fundamentada su ausencia por compromisos personales adquiridos previamente.


Caso contrario, si la persona trabajadora desea asistir voluntariamente, se recomienda solicitar en todos los casos, una CONSTANCIA DE ASISTENCIA A LA ACTIVIDAD CONVOCADA, con el fin de que con las pruebas correspondientes, podamos proceder en vía judicial a reclamar el cobro del tiempo extraordinario correspondiente.


SE ADJUNTAN LAS DIRECTRICES Y CIRCULARES REFERIDAS


Elaborado por la Licda. Ileana Vega Montero

Asesora Legal Junta Directiva y Consejo Nacional de la APSE


Mélida Cedeño Castro

Presidenta


Roblin Apú Murillo

Secretario General


13 de mayo de 2019

Prensa APSE

ASAMBLEA GENERAL DE APSE APROBÓ CONVOCATORIA A HUELGA CONTRA PROYECTOS DE LEY LESIVOS A DERECHOS LABORALES

LA FECHA SERÁ DETERMINADA POR LA JUNTA DIRECTIVA Y CONSEJO NACIONAL DEL SINDICATO DE ACUERDO CON EL CONTEXTO POLÍTICO

La Asamblea General de APSE aprobó en firme, en sesión extraordinaria celebrada el sábado 11 de mayo de 2019, una moción para convocar a huelga contra los proyectos de ley que afectan los derechos adquiridos y las condiciones de trabajo de la clase trabajadora.

La modalidad y la fecha de esta huelga, deberán ser acordados por la Junta Directiva y el Consejo Nacional de APSE de acuerdo con la coyuntura política imperante.


Esta moción fue aprobada luego de que la Asamblea General Extraordinaria, analizó diferentes proyectos de ley, tales como Empleo público N°21336 (que incluye el salario único o global), los proyectos N°21049 de prohibición de huelga en el sector público y expediente N°21097 de declaratoria de servicios públicos esenciales, las diferentes iniciativas de ley para unificación de regímenes de pensiones, y el expediente N°20786 Educación dual.


En su intervención, la Presidenta de APSE, Mélida Cedeño Castro, resaltó como APSE y el movimiento sindical dijeron la verdad en la pasada huelga contra el Combo Fiscal al advertir tanto de los efectos negativos para la economía de miles de hogares, sino que además ese fue apenas el primero de una serie de proyectos que amenazan con eliminar derechos laborales y sociales a la vez que imponer nuevas medidas fiscales, como los citados anteriormente.


La moción aprobada indica:

Moción N° 1. Proponente: Roblin Apú Murillo. Secundada por: José Ceferino Casasola Castro. «Esta Asamblea General Extraordinaria, apruebe la convocatoria a un movimiento de huelga en la fecha o fechas que acuerde la Junta Directiva en conjunto con el Consejo Nacional, a ejecutarse en unidad sindical o sin ella, en las modalidades que autoriza el artículo 378 del Código de Trabajo, intermitente, de manera gradual, de forma escalonada o incluso indefinida, si las condiciones políticas y sociales así lo ameritan y que representen un inminente riesgo a los derechos laborales y sindicales del sector educativo y de la clase trabajadora en general, iniciando con una gran marcha nacional convocada por la Directiva y el Consejo NacionalAprobada en firme.


Adicionalmente se aprobaron otras mociones con estrategias de lucha, divulgación y propuestas de acciones contra dichas iniciativas de ley.Estas mociones son:


Moción N° 4 – Proponente: Eric Alberto Zúñiga Montero. Secundada por: Zaray Esquivel Molina. «APSE haga una campaña informativa en redes sociales y medios de comunicación colectiva, incluyendo vallas publicitarias, dirigida a toda la población costarricense, denunciando las implicaciones que conllevan los diferentes proyectos de ley y la política fiscal de este gobierno y la Asamblea Legislativa.» Aprobada en firme.


Moción N° 5 – Proponente: Adonay Artavia Velásquez. Secundada por: Javier Tenorio. «Se declare non-grata a la diputada Yorleny León, principal proponente para que la educación se declare servicio esencial. Además que APSE gestione publicidad en la ruta 32 del porqué se declara non-grata a la diputada y rechazar de plano que se considere la educación como servicio esencial». Aprobada en firme.


Moción N°8 – Proponente: Lucía Hernández Mendoza. Secundada por: Mariela Morales Mora. «1. Elaborar volantes con información clara que llegue a las amas de casa y otros. 2. Hacer conciencia social en mercados, parques, barrios, con padres de familia. 3. Pagar un campo en los medios de comunicación para informar al pueblo de la situación. Y por último llamar a huelga». Aprobada en firme.


Mélida Cedeño Castro

Presidenta
Roblin Apú Murillo

Secretario General
Prensa APSE

11 de mayo de 2019