Mes: julio 2015
Día de la Confraternidad de los y las funcionarias al servicio del Ministerio de Educación Pública
APSE INFORMA
DIA DE LA CONFRATERNIDAD DE LOS Y LAS FUNCIONARIAS AL SERVICIO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
PARA: DIRECTORES INSTITUCIONALES, PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO DOCENTE, TECNICO DOCENTE Y ADMINISTRATIVOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
En atención a la gran cantidad de consultas que hemos recibido en nuestra Organización, sobre la celebración del *“Día de la Confraternidad del Maestro Costarricense”,*nos permitimos comunicar y aclarar lo siguiente:
1. Que dicha celebración, fue creada mediante Decreto Nº 9 del 21 de noviembre de 1963, con la idea de que se instaurara el día 23 de noviembre de cada año, como su día de celebración y con el objetivo de que los docentes ( docente que imparte lecciones, técnico-docente y administrativo-docente)**puedan una vez al año, realizar “diversas actividades que alienten la fraternización y estimulen el convivio social y cultural en cada institución educativa.”
2. Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37251-MEP del 30 de mayo del 2012, se reformó el Decreto Ejecutivo N° 9, citado anteriormente, con el fin de hacer extensiva la celebración a todas las personas funcionarias, cuyo trabajo en general, está al servicio del Ministerio de Educación Pública, para fortalecer las relaciones interpersonales y la fraternidad laboral entre estas.
Esto significa que a partir de la vigencia de este Decreto, todos los funcionarios y funcionarias sin excepción, independientemente del puesto que ocupen para el MEP, podrán unirse a esta celebración, es decir se incluye a los conserjes, oficinistas, agentes de seguridad, funcionarios de Direcciones Regionales y de oficinas centrales del MEP.
Esta inclusión hace justicia a los funcionarios que por muchos años fueron excluidos de su celebración
3. Que mediante la Circular DVM-A-48-2012, de fecha 05 de noviembre en curso, suscrita por la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra Administrativa del MEP, se señala que:
“Las instituciones y dependencias del MEP para el cumplimiento del fin del Decreto Ejecutivo N° 37251-MEP podrán organizar su convivio el 23 de noviembre en forma acorde con las preferencias de la mayoría. Los funcionarios que participen en las actividades organizadas, tienen justificada durante el convivio la suspensión de sus labores y, para aquellos que no deseen concurrir a las mismas, deberán permanecer en el cumplimiento de sus funciones dentro del horario normal institucional.” (Ver documento)
ACLARACION SOLICITADA POR LA APSE A LA SEÑORA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA
En razón de las múltiples quejas recibidas por parte de afiliados y afiliadas de distintos centros educativos del país, en el sentido de que en su institución por decisión de la mayoría, se escogió realizar actividades que implicaban una gran erogación económica, que no estaba al alcance de todos; la APSE procedió a solicitar las aclaraciones pertinentes, las cuales dan origen a la Circular DVM-A-50-2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, titulada “ Aclaración a Circular DVM-A-48-2012 sobre Día de la confraternidad de los y las funcionarias al servicio del Ministerio de Educación Pública” (Ver documento),en la que nos fundamentamos para comunicar y aclarar lo siguiente:
Según los términos de la referida Circular, punto número 3: “ Cada dependencia en la estructura organizativa de este Ministerio y, centros educativos, de acuerdo con sus propias circunstancias y características particulares, organizarán el 23 de noviembre LA O LAS ACTIVIDADES SOCIALES QUE CONSIDERE PERTINENTES, y atinentes al fin de la celebración, que es la de buscar espacios para confraternizar.” (El énfasis es nuestro)
De conformidad con lo anterior, se colige con suma claridad, que en cada unidad educativa se puede realizar más de una actividad social para esos efectos, es decir que no todos los funcionarios tienen o deben acudir a la misma actividad. Así tenemos que s si por las razones apuntadas, como lo es el desembolso de grandes erogaciones o cuotas para cubrir la actividad, a algún grupo de funcionarios o funcionarias no les es posible o no desean asistir, éstos pueden juntarse y organizar la actividad que esté al alcance de sus posibilidades, como sería compartir un desayuno o un almuerzo en el lugar que así lo dispongan.
No existe razón alguna para que algún Director institucional se oponga a cualquier otra decisión u organización, toda vez que se está al amparo de lo dispuesto en la Circular de cita.
QUE SUCEDE SI POR RAZONES PERSONALES NO SE PUEDE PARTICIPAR DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALICEN ESE DIA?
La referida circular en el punto 4, al respecto es clara en indicar que:
“*El Decreto N°9 del 21 de noviembre de 1963, reformado por el Decreto N° 37251-MEP, no establece un día feriado o asueto para los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, de ahí que compete a los Jefes de las distintas dependencias y Directores de instituciones, como administradores, distribuir las labores que deben cumplir en la jornada laboral los funcionarios que no asistirán a la o las actividades de confraternización*”
Al respecto debemos señalar que conforme al Calendario Escolar 2012, este día forma parte de los 200 días lectivos, razón por la cual se obliga a su participación, por lo que el funcionario que no desee participar debe presentarse a laborar.
Es precisamente por este último punto, que les instamos a ser creativos, toda vez que al posibilitarse realizar las actividades sociales que sean necesarias y convenientes, se organicen actividades que no impliquen la duración de todo el día y así poder contar con un espacio de tiempo libre para su disposición.
IVM.-
Convocatoria capacitación de Oficinistas
¡APSE presente en la marcha contra la represión policial y laboral!
APSE acusa al Gobierno ante la OIT por violentar la libertad sindical
APSE acusa al Gobierno ante la OIT por violentar la libertad sindical
– Garnier se niega a dialogar e incurre en persecución laboral
La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) presentó, el jueves 25/10/2012, ante el director general de la Oficina Internacional de Trabajo (OIT), “una queja contra el Gobierno por violentar la libertad sindical”:/media/import/2012/10Octubre/fts/DENUNCIA%20OIT.pdf.
“El Gobierno, mediante acciones ejercidas por el Ministerio de Educación Pública (MEP), ha violentado los principios de libertad sindical consagrados en los convenios internacionales de la OIT, debidamente ratificados por Costa Rica”, indica el documento.
La presidenta de la APSE, Beatriz Ferreto López, dijo que la queja se fundamenta en la ausencia de diálogo y consulta regular con el Magisterio en Acción, principalmente con la APSE, por parte del Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo, desde hace más de siete meses.
“Además, el MEP incurre en violación a la libertad sindical por la injerencia y desconocimiento del derecho de la APSE, como organización gremial, de organizar su administración, sus actividades y su programa de acción, al desconocer la constancia de participación en el Congreso Nacional, otorgada por la APSE a sus afiliados, y emprender actos de persecución laboral en que nuestros asociados se exponen al despido sin responsabilidad patronal”, explicó la dirigente.
Afiche manifestación 28 de noviembre Ministerio de Hacienda
Tribunal Contencioso Administrativo no ha rechazado petición de APSE contra planes de Educación para la Vida Cotidiana
Tribunal Contencioso Administrativo no ha rechazado petición de APSE contra planes de Educación para la Vida Cotidiana
Con el fin de aclarar la información que en forma malintencionada ha hecho circular el MEP, en el sentido de que los Tribunales rechazaron la petición de APSE contra los planes de Educación para el Hogar, nos permitimos comunicar que el Proceso Contencioso Administrativo mediante el cual la APSE demandó al Consejo Superior de Educación, por la modificación de los Programas de Estudio de Educación para el Hogar del Tercer Ciclo, que entrarán a regir para el curso lectivo del año 2013, aún no ha sido resuelto.
En esta primera etapa del proceso, lo que el Juez tramitador del Tribunal Contencioso Administrativo resolvió, fue sobre la medida cautelar solicitada por la APSE, con la que se pretendía la suspensión preliminar del acuerdo impugnado y sus efectos, así como del Plan Piloto puesto en ejecución por el MEP, en 19 colegios del país, a partir del segundo trimestre de este año.
El proceso ordinario contencioso administrativo, planteado por la APSE, se inició con la solicitud de medida cautelar y demanda presentada contra el Estado. El juez tramitador del Tribunal procede en primer término a resolver la medida cautelar planteada, y decide no suspender en forma preliminar los nuevos Programas de Estudio, mientras se dicta la sentencia definitiva.
Por su parte nuestra demanda fue revisada, admitida y trasladada al demandado ( El Estado) a fin de que éste proceda a su contestación, en un plazo de 30 días hábiles, lo que a la fecha aún está pendiente.
Una vez contestada la demanda, se señalará fecha para la celebración de una audiencia de conciliación, y si esta fracasa, se pasará a una audiencia preliminar, en la cual se resolverá el saneamiento del proceso y se determinarán los hechos controvertidos. Posteriormente se realiza el juicio oral, concluido el cual los jueces integrantes del Tribunal se retirarán a deliberar y dictarán sentencia.
Como podemos apreciar, el proceso judicial aún está pendiente de su resolución mediante sentencia definitiva, y aún falta por cumplir una serie de etapas procesales, entre las cuales está la celebración del juicio, en el que se estarán evacuando todas la pruebas técnicas, periciales y testimoniales, que dan sustento a nuestras pretensiones, y será hasta después de su celebración que los jueces decidirán si la APSE tenía o no la razón.
Bases apsinas preparadas para iniciar medidas de presión
Huelga regionalizada de un día
¡A defender en las calles lo que nos pertenece!
– Concentración frente a la Casa Presidencial y movilizaciones en el resto del país el martes 23 de octubre
– Contra la represión laboral y la eliminación de incentivos salariales
Norma Umaña/APSE
Octubre 2012
Las bases de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) están listas para iniciar las medidas de presión, para enfrentar al Gobierno y exigirle que desista de su política de eliminación de los incentivos salariales y otros derechos de los trabajadores, así como de la represión laboral contra los afiliados y las afiliadas.
La primera acción tendrá lugar el martes 23 de octubre del 2012, a las 10 a.m. La afiliación de las Regionales de la 1 a la 7, 10, 11,13, 14, 16 y 17 se concentrarán frente a la Casa Presidencial, y el resto en cada una de sus regiones.
La APSE rechazó el diagnóstico Estado de Situación en Materia de Salarios y Remuneraciones del Sector Público, el anteproyecto de Ley para el Ordenamiento de las Retribuciones Adicionales al Salario Base del Sector Público, así como la propuesta de metodología para su aplicación, que fue entregada a los representantes sindicales ante la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, el 11/10/2012.
En las Asambleas de Base de octubre, los dirigentes y capacitadores de la APSE explicaron la forma en que esta política de la Administración Chinchilla impactará en el salario y el empleo.
La APSE acordó comenzar acciones de presión en forma paulatina, y en caso de que el Gobierno decida enviar el proyecto a la Asamblea Legislativa, se declarará una huelga indefinida.
“El anteproyecto vendría a reducir en un 40% el salario de los educadores, al eliminarse incentivos salariales, los cuales no son dádivas, sino conquistas alcanzadas a través de largas y difíciles huelgas”, acotó la presidenta de la APSE, Beatriz Ferreto López, en las charlas impartidas en las Asambleas de Base.
Con la metodología propuesta por el Gobierno quedó clara la posición del Gobierno de cercenar los derechos adquiridos de los actuales y futuros trabajadores, ya que expresamente señala que las anualidades, la dedicación exclusiva y la disponibilidad no son derechos adquiridos, sino expectativas de derecho; por lo tanto, son susceptibles de perderlas.
La presidenta Beatriz Ferreto López dijo a los asambleístas: “O permitirnos que nos arrebaten los derechos y nos empobrezcan o nos vamos a la calle a defender lo que nos pertenece; ustedes deciden”.
Asambleas de Base
16/10/2012
Colegio Édgar Cervantes (Hatillo)
(click sobre la imágen para ampliar)
CTP de Puriscal e IPEC de San José
(click sobre la imágen para ampliar)
Liceo de Moravia
(click sobre la imágen para ampliar)
Finalización del curso lectivo 2012
FINALIZACIÓN DEL CURSO LECTIVO 2012
A raíz de las constantes consultas recibidas en nuestra organización, sobre la finalización del curso lectivo del presente año, nos permitimos manifestar lo siguiente:
1. De conformidad con el Calendario Escolar 2012, el día miércoles 12 de diciembre finaliza el curso lectivo, por lo tanto, los servidores Docentes*, no se encuentran obligados* a presentarse a la institución a partir de esa fecha. Únicamente podrán ser convocados al acto de clausura o graduación, según obligación contenida en el artículo 176 de la Ley de Carrera Docente y artículo 88 de su Reglamento.
2. Con respecto a las fechas de los ACTOS DE GRADUACIÓN, tanto el Calendario Escolar 2012, como la Circular DVM-A-053-2012, de fecha 27 de noviembre del 2012, suscrita por la Viceministra Administrativa, señora Silvia Víquez Ramírez establecen que su celebración puede realizarse desde el propio miércoles 12 de diciembre y hasta el viernes 14 de diciembre.
3. Los servidores Técnico Docentes y Administrativo Docentes concluyen oficialmente sus labores el viernes 14 de diciembre.
4. Los conserjes de los centros educativos, finalizan sus labores conjuntamente con los docentes, el día miércoles 12 de diciembre, de conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 38 del Reglamento de Servicios de Consejería, de manera que no existe obligación de su parte de presentarse a la institución después de esa fecha.
Con respecto a su asistencia a los Actos de Graduación, por no ser esta una actividad inherente a su puesto, no tienen la obligación de asistir.
5. Los Agentes de Seguridad y Vigilancia de las diversas dependencias del M.E.P e instituciones educativas, por la naturaleza de sus funciones, laborarán normalmente, de acuerdo con lo establecido.
6. Para el resto de servidores no comprendidos en la Carrera Docente ( Oficinistas, cocineras de comedores escolares y miembros de equipos interdisciplinarios), que laboran en los centros educativos, su periodo de vacaciones se regula por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, artículo 37 inciso b), razón por la cual su disfrute no se regula en los mismos periodos que las vacaciones de los servidores docentes. De ahí que conforme a la indicada Circular, el Director de cada institución asignará los trabajos indispensables que habrán de cumplir los servidores que no ostentan título docente.
Elaborado por Licda. Ileana Vega Montero
Circular adjunta *DVM – A-053-2012* emitida por la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra Administrativa)