APSE INFORMA REGULACIÓN DEL TRABAJO EN PERÍODOS DE DESCANSO DE MEDIO CURSO Y VACACIONES ANUALES Circular de Teletrabajo

En razón de que el régimen de vacaciones  de los funcionarios no comprendidos en la Carrera Docente  (personal profesional y de oficina, a excepción de los funcionarios  y funcionarias  que desempeñan el puesto de conserje en los  centros educativos) , se regula por el Estatuto de Servicio Civil, Título I, artículo 37;  les asiste la obligación de laborar durante los períodos de descanso de medio curso y vacaciones anuales, del personal   docente, cuyo régimen de vacaciones se regula en el Título II del Estatuto de Servicio Civil ( Ley de Carrera Docente).

Es por lo expuesto que nos permitimos comunicar, que ante la inconveniencia que genera la obligación de laborar durante ese período, la señora Ministra de Educación Pública, Guiselle Cruz Maduro, procedió a emitir la Circular DM-0043-12-2019 de fecha 03 de diciembre  de 2019, en la que se establece la REGULACION DEL TRABAJO DURANTE EN PERIODOS DE DESCANSO DE MEDIO CURSO Y  VACACIONES ANUALES,  que  rige  para los cursos lectivos 2019 a 2022.

En la citada circular  se dispone como excepción a la obligación de prestar los servicios en el centro educativo  para el personal indicado y en el horario regular durante ese período, las dos siguientes modalidades:

  • TELETRABAJO TEMPORAL:

“De considerarlo viable el Director o Directora de cada centro educativo podrá autorizar que el personal profesional de los equipos interdisciplinarios  y el personal de oficina, realicen las labores indispensables de organización, proyección, control y mejoramiento de sus funciones mediante el desarrollo de tareas que realizará desde su domicilio, bajo la modalidad de teletrabajo por resultados, con lo cual, al ingreso de los períodos de descanso de medio curso o el de vacaciones anuales,   el servidor se reintegrará a prestar sus servicios regulares en la institución, debiendo presentar no solo su trabajo debidamente realizado, sino también los respectivos informes parciales debidamente recibidos por la supervisión de circuito y un informe final detallado de lo actuado durante  el período de trabajo domiciliar conforme lo establecido en el artículo 3 y 4 de la presente circular.”

  • TRASLADO TEMPORAL DEL PERSONAL A OFICINAS CENTRALES O REGIONALES

“ Artículo 11.- Modalidad de apoyo en las oficinas centrales o regionales:  La persona Directora del centro educativo, valorando la pertinencia e indispensable necesidad del trabajo en el centro educativo durante el período de vacaciones  a SOLICITUD VOLUNTARIA  Y EXPRESA DEL PERSONAL PROFESIONAL Y DE OFICINA, podrá autorizar que el servidor(a) temporalmente se destaque como apoyo en las oficinas centrales o regionales del Ministerio de Educación Pública, con el fin de colaborar en las diferentes tareas propias de estas dependencias públicas y que permitan también al servidor, aprender de esta otra parte del quehacer institucional.

La persona servidora que temporalmente labore en oficinas centrales y regionales, conserva íntegramente todos sus derechos y deberes como funcionario público.

Se excluye de la posibilidad de autorizarle la modalidad de traslado temporal en oficinas centrales o regionales , a aquel personal no profesional ni de oficina tales como agentes de seguridad y vigilancia y personal de comedores escolares.”

 ( El énfasis es nuestro)

COMENTARIO: Cabe advertir, que la posibilidad de laborar en otra sede de trabajo, procede única y exclusivamente si el servidor o servidora voluntariamente así lo acepta, y no puede mediar ninguna imposición o coacción al respecto.

  • A QUIÉN CORRESPONDE AUTORIZAR EL TELETRABAJO U OTRA MODALIDAD? ( Artículo 6)

 Conforme se dispone en la circular, el Director o Directora  del Centro Educativo es quien  única y exclusivamente autoriza la modalidad de Teletrabajo o el Traslado Temporal a oficinas centrales o regionales. Los Supervisores de Circuito no tienen esa competencia.

El Director únicamente informa a la Supervisión  acerca del personal que se someterá al régimen de teletrabajo, para efectos de control y registro.

  • CUÁLES SON LOS  REQUISITOS PARA LA AUTORIZACION DEL TELETRABAJO POR PARTE DEL DIRECTOR: ( Artículo 7)

Se debe cumplir con lo siguiente:

a.-   Se dispone de común acuerdo con el funcionario ( Director- funcionario)

b.- El servidor(a) designado deberá demostrar que voluntariamente y por su cuenta pone a disposición de su trabajo al menos lo siguiente:

b.1 Equipo de cómputo con posibilidades

b.2 Teléfono o fax para recibir o emitir comunicaciones

b.3 Cuenta de correo electrónico ( sea institucional o personal) disponible durante todo el teletrabajo.

b.4  La protección de la información y materiales institucionales puestos en su custodia para el cumplimiento de las labores asignadas.

b.5 Dejar clara la dirección de su domicilio y estar dispuesto a recibir, en horario laboral, la visita del Supervisor de Circuito y de alguna otra autoridad ministerial, debidamente identificados

c.- Se debe garantizar que cumple  con los aspectos mínimos de seguridad y confidencialidad en el manejo de la información y material para desarrollar la labor.

d.- Ser personal profesional o que realice labores de oficina

e.- Suscribir el documento de compromiso o acuerdo voluntario de teletrabajo.

  •  CUÁLES FUNCIONARIOS SE  EXCLUYEN  DE LA MODALIDAD DE TELETRABAJO?

Se excluye de la posibilidad de conceder la modalidad de teletrabajo o de destacamento temporal de apoyo de labores en oficinas centrales o regionales, a aquel personal no profesional ni de oficina que por la propia naturaleza de sus funciones deba permanecer

en el centro educativo, tales como  los Agentes de Seguridad y vigilancia y cocineras de comedores escolares.

  • QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE LA APERTURA DEL CENTRO EDUCATIVO EN CASO DE NO SER SUJETO DEL TELETRABAJO?

En el artículo 14 de la Circular se dispone que:

“El o la Directora del centro educativo, en estrecha coordinación con las autoridades regionales y las juntas de educación y juntas administrativas, tiene la obligación de garantizar la apertura de las instalaciones educativas, con el fin de que los funcionarios no comprendidos en la Carrera Docente, y que por la naturaleza de sus funciones no sean sujetos de mecanismo de trabajo alternos, ejecuten con normalidad las labores encomendadas a su cargo dentro del centro educativo.”

  • ACCIONES Y RECOMENDACIONES  A SEGUIR SI A USTED NO SE LE CONCEDE LA MODALIDAD DE TELETRABAJO O BIEN QUE POR LA NATURALEZA DE SUS FUNCIONES NO APLICA.

En  caso de que algún  Director O Directora  de centro educativo, se niegue a conceder a los funcionarios que así lo requieren, esta opción laboral durante el período de las vacaciones docentes, pese a que los solicitantes cumplen a cabalidad con los requisitos establecidos, dado el carácter discrecional que se les  otorga para su aprobación, o bien si estamos ante el caso,  que por la naturaleza de sus funciones no aplica esta modalidad; deben  tomarse en consideración las siguientes acciones y recomendaciones:

1.- Al no estar presente el Director institucional, no  se puede trasladar a los funcionarios (as), la responsabilidad del centro educativo, pues no existen condiciones mínimas de seguridad, para que éstos permanezcan en la institución, máxime si se trata de instituciones educativas nocturnas  o que se sitúan en zonas urbano-marginales.

2.- Durante las vacaciones de fin de curso lectivo, no se cuenta con la presencia del  Director, como funcionario  competente para abrir el centro educativo y las respectivas áreas de trabajo,  de manera que tal y como se señaló anteriormente, es obligación del  “Director o Directora del centro educativo, en estrecha coordinación con las autoridades regionales y las juntas de educación y juntas administrativas, la de   garantizar la apertura de las instalaciones educativas.”

3.- Conforme a lo anterior,  la apertura del centro educativo es una responsabilidad que legalmente no puede ser trasladada al Agente de Seguridad y mucho menos al propio servidor, quien bajo ningún concepto debe hacerse responsable de las llaves de acceso a las respectivas oficinas o áreas de trabajo.

4.-La función de asignar, vigilar y controlar el trabajo de los subalternos,  es propia de los Directores Institucionales, de manera que tales  responsabilidades  legalmente no pueden ser trasladadas a ningún miembro de la Junta Administrativa o Junta de Educación.

Con base en las consideraciones expuestas, hacemos un llamado y una recomendación en el sentido de que en el tanto se encuentre cerrado el centro de trabajo por vacaciones de los jefes, NO ES DEBER DEL TRABAJADOR PROCURARSE LOS MEDIOS PARA INGRESAR A LABORAR AL CENTRO DE TRABAJO, POR LO QUE  SI AL MOMENTO DE SU INGRESO, SE ENCUENTRA CERRADA LA SEDE DE TRABAJO,  NO PUEDE IMPUTARSE NINGUNA RESPONSABILIDAD AL TRABAJADOR O TRABAJADORA, POR LO ESTA SITUACIÓN DEBE SER CONOCIDA DE INMEDIATO POR LAS AUTORIDADES REGIONALES DEL CIRCUITO, A FIN DE  TOMAR LAS MEDIDAS DEL CASO.

-SOBRE EL PERSONAL DE CONSERJERÍA

Tal y como lo dispone la citada circular en su artículo 1 (pie de página):

Personal de Conserjería: En atención a las disposiciones presentes en los artículos 37 y 38 del Decreto Ejecutivo N° 29773-MP, denominado Reglamento de conserjería de las Instituciones Educativas Oficiales”, las vacaciones  de los funcionarios y funcionarias que desempeñan el puesto de conserje en centros educativos, corresponde a los mismos periodos de vacaciones establecidos por ley para el personal docente”

Se adjunta la Circular DM-0043-12-2019

Elaborado por la  Licda. Ileana Vega Montero.

Mélida Cedeño Castro                  Roblin Apú Murillo

Presidenta                                                Secretario General

ESCUELA SINDICAL DE APSE- Convocatoria Segunda Sesión Nivel Superior – Grupo San José II – Sábado 19 de Octubre 2019

El sábado 19 de OCTUBRE continuamos con las clases del Nivel Superiorde la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez”. El Grupo II de la Sede de San José tendrá la Segunda Sesión.

Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en el Auditorio de APSE .  San José.

Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor justificar lo antes posible.

Se  pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.

Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.  

Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook: 

www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE  

donde se estará publicando información relativa a la Escuela.

ESCUELA SINDICAL DE APSE- Convocatoria Segunda Sesión Nivel Superior – Grupo Upala – Sábado 19 de octubre 2019

El sábado 19 de OCTUBRE de 2019  continuamos con las clases del Nivel Superior de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez”. El Grupo de la Sede de UPALA  tendrá la Segunda Sesión.

Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM.  La actividad se realizará en el Hotel Wilson, que se ubica de la pista de Aterrizaje, 600 metros, Carretera a Guatuso, en Upala


Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor justificar.


Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.


Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.


Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook:


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Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE

INTEGRACIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DEL TEAPSE 2019-2020

COMUNICADO DEL TEAPSE

Para: Los afiliados y las afiliadas de la APSE
De: Ernesto Ramos Barquero, Presidente TEAPSE (f)
Fecha: 21 de setiembre del 2019
Asunto: Nueva Junta Directiva del TEAPSE

Estimados(as) compañeros(as): 

El Tribunal Electoral de la APSE (TEAPSE), informa que cumpliendo con lo establecido del Reglamento del TEAPSE, Artículo 4, inciso b: “El Tribunal nombrará de su seno, cada año, un Directorio, integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Vocal y un Fiscal, con derecho a reelección; el día 07 de setiembre se procedió a elegir la nueva directiva del Tribunal Electoral para el correspondiente periodo  (07 de setiembre del 2019 hasta el 31 de agosto del 2020), una vez realizada la elección la directiva queda conformada de la siguiente manera:

PUESTO NOMBRE
PRESIDENTE ERNESTO RAMOS BARQUERO
VICEPRESIDENTE JUAN JOSÉ MARTÍNEZ QUESADA
SECRETARÍA CINDY GABRIELA AZOFEIFA RECIO
TESORERÍA JORGE CAMPOS RAMÍREZ
VOCALÍA EULOGIA MARÍA BEITA CHACÓN
FISCALÍA ALBERTO JIMÉNEZ MONTOYA



HOY MIÉRCOLES, 5:00 P.M.: FORO»LA IMPORTANCIA HISTÓRICA DE LA HUELGA EN COSTA RICA Y LOS PELIGROS DEL PROYECTO DE LEY 21049″

HOY MIÉRCOLES, 5:00 P.M.


Invita a su afiliación y público en general, al


FORO»LA IMPORTANCIA HISTÓRICA DE LA HUELGA EN COSTA RICA Y LOS PELIGROS DEL PROYECTO DE LEY 21049″


Panelistas:

  • Dra. Marielos Aguilar Hernández, Historiadora
  • Dr. Esteban Calvo Rodríguez, Abogado laboralista
  • José María Villalta Florez-Estada, Diputado de la República
  • MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2019
  • 5:00 P.M.
  • AUDITORIO DE APSE, SAN JOSÉ (Oficinas centrales, 75 metros al sur del Colegio Superior de Señoritas)

Transmisión en vivo por el canal de Facebook «APSE Informa».

DOCUMENTOS IMPORTANTES – CONCURSO PD-01-2019 PARA PLAZAS PROPIAMENTE DOCENTES EN PROPIEDAD E INTERINAS EN EL MEP


La Dirección General de Servicio Civil, publicó hoy lunes 30 de setiembre de 2019, el cartel del Concurso Propiamente Docente PD-01-2019, donde se detallan los requisitos, condiciones y trámites que deben realizarse para optar por una plaza propiamente docente en Propiedad o Interina en el Ministerio de Educación Pública.


DOCUMENTOS IMPORTANTES



– Afiche Concurso propiamente Docente N°PD-01-2019


http://www.dgsc.go.cr/documentos/AFICHE%20CONCURSO%20N%C2%B0PD-01-2019%2030%20setiembre%202019.pdf



– Instructivo Digital, Concurso Propiamente Docente N°PD-01-2019


http://www.dgsc.go.cr/documentos/INSTRUCTIVO%20DIGITAL%20CONCURSO%20DOCENTE%20N%20PD-01-2019.pdf



– Guía para la presentación de Oferta y DVD


http://www.dgsc.go.cr/documentos/Gu%C3%ADa%20para%20la%20presentaci%C3%B3n%20de%20la%20Oferta%20de%20Servicios%20y%20DVD%20PD-01-2019.pdf

PÁGINA WEB, DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

http://www.dgsc.go.cr

SERVICIO CIVIL ABRE CONCURSO PARA CUBRIR PLAZAS PROPIAMENTE DOCENTES EN PROPIEDAD E INTERINAS EN EL MEP


La Dirección General de Servicio Civil, publicó hoy lunes 30 de setiembre de 2019, el cartel del Concurso Propiamente Docente PD-01-2019, donde se detallan los requisitos, condiciones y trámites que deben realizarse para optar por una plaza propiamente docente en Propiedad o Interina en el Ministerio de Educación Pública.


Los detalles del cártel del concurso pueden ser consultados en la página web http://www.dgsc.go.cr ó en la edición impresa Diario Extra de esta fecha.


De acuerdo con la circular VM-A-DRH-09-040-2019 de la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz Mendoza, la inscripción para el Registro de Elegibles se podrá realizar ÚNICAMENTE VÍA INTERNET en la dirección electrónica http://www.dgsc.go.cr del 15 de octubre al 05 de noviembre de 2019.


Las personas oferentes deben realizar el traslado de de su documentación y atestados (de manera digital, escaneados y almacenados en DVD) entregándolos DIRECTAMENTE EN LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN DEL MEP. Este cambio busca agilizar la entrega de los materiales necesarios para optar por ser incluido en el Registro de Elegibles necesario para el concurso.


En el caso del documento denominado Oferta de Servicios, este documento será el único que deberá ser entregado de forma impresa y firmada, dado su carácter de declaración jurada, siempre en las propias Direcciones Regionales del MEP.


Las fechas para la entrega ante las Direcciones Regionales del MEP, de esta documentación digital en DVD, así como la Oferta de Servicios impresa, será realizada en TODAS las Direcciones Regionales del MEP en el periodo comprendido entre el 11 al 14 de noviembre y entre el 18 y 22 de noviembre, en horario de atención de 7:30 a.m. a 2:00 p.m.

PERMISO DEL MEP PARA LAS ASAMBLEAS DE BASE DE APSE – II SEMESTRE DEL AÑO 2019


El Ministerio de Educación Pública (MEP) otorgó licencia sindical con goce de salario (permiso) para toda la afiliación de APSE, “para la asistencia y participación de sus agremiados en las Asambleas de Base que han de celebrarse del 14 al 18 de octubre de conformidad con el siguiente cuadro de fechas y Regionales”.

El permiso es válido para que TODA la afiliación apsina participe en las Asambleas de su Base, programadas según el siguiente calendario:

Lunes 14 Octubre: Bases de las Regionales 01, 04, 06, 11, 15, 17, 18, 20, 23, 27, 54, 56.

– Martes 15 Octubre: Bases de las Regionales 05, 07, 13, 14, 28, 30, 32, 33, 36, 40, 42, 44, 53.

Miércoles 16 Octubre: Bases de las Regionales 03, 10, 16, 22, 35, 37, 39, 43, 45, 48, 49, 51, 55.

– Jueves 17 Octubre: Bases de las Regionales 08, 12, 21, 24, 25, 29, 34, 38, 46, 47, 50, 52.

Viernes 18 Octubre: Bases de las Regionales 02, 09, 19, 31, 41.

El permiso, emitido bajo oficio DVM-A-1450-09-2019 y suscrito por Steven González Cortés, Viceministro Administrativo del MEP, señala que “corresponde a la solicitud de permisos sindicales para los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, afiliados a su representación gremial, para que asistan y participen en la celebración de las Asambleas de BASE del II Semestre del año 2019, de conformidad con el cronograma supra descrito.”

“Es importante recordar que el artículo cuarto de la Ley General de la Administración Pública, prescribe que la actividad de los entes públicos -incluido el Ministerio de Educación Pública- deberá regirse por principios fundamentales como la continuidad y la eficiencia. Siendo, en consecuencia, obligación de todo funcionario público cumplir con tales principios.”

“En virtud de lo anterior, este Despacho concede el permiso con goce de salario correspondiente para que los trabajadores de la educación afiliados a la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) participen en las actividades gremiales del II Semestre del año en curso.

”Aunado a ello, se les recuerda, que los funcionarios autorizados deberán comunicar y remitir con anticipación a su superior, el permiso concedido, así como presentar en un plazo no mayor a tres días hábiles después de concluida cada una de las actividades, el correspondiente documento con firma y sello originales extendido por la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) que acredite y certifique la asistencia y participación en cada una de las actividades autorizadas.”

“En lo que concierne a los Agentes de Seguridad, Oficinistas, Servidoras de Comedores Escolares, Conserjes en centros educativos, Misceláneos 2 y Misceláneos 1 de Direcciones Regionales Educativas que asistan a la actividad, éstos deberán coordinar con el superior inmediato y las Juntas de Educación o Juntas Administrativas, la forma en que se va a organizar la institución para que se brinde continuidad a las funciones que ellos desarrollan. Los afiliados de APSE que no asistan a dichas actividades deben cumplir con su jornada regular de trabajo.”

Los lugares donde se llevarán a cabo las Asambleas de Base, pueden ser consultados directamente con las Juntas Directivas de Base, que están a cargo de la organización de estas Asambleas de Base.

Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE
Roblin Apú Murillo, Secretario General de APSE
25 de setiembre de 2019 – – Prensa APSE

ESCUELA SINDICAL DE APSE CONVOCATORIA – SEGUNDA SESIÓN NIVEL SUPERIOR – GRUPO SAN CARLOS – SÁBADO 28 DE SETIEMBRE DE 2019

El sábado 28 de SETIEMBRE DE 2019 tenemos la segunda sesión del Nivel Superior de la Escuela Sindical de la APSE “Luisa González Gutiérrez” para el Grupo de la sede de SAN CARLOS.

Por este medio se les convoca formalmente a quienes pertenecen a este grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 AM a 3:00 PM. La actividad se realizará en el CAFÉ ITABO que se ubica 300 metros al norte del Hospital de San Carlos, frente a la Nissan, en Ciudad Quesada.


Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir, por favor justificar.


Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan quince minutos después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.


Recuerde que esta es una actividad exclusiva para cursistas de la Escuela Sindical, debidamente matriculados. Por favor, no reenviar esta convocatoria a otras personas ni llevar acompañantes.


Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse@gmail.com También le sugerimos darle me gusta a nuestra página en Facebook:


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donde se estará publicando información relativa a la Escuela.


Mélida Cedeño Castro, Presidenta de APSE