ESCUELA SINDICAL LUISA GONZÁLEZ GUTIÉRREZ – Grupo PUNTARENAS / VI Promoción – 2017

*ESCUELA SINDICAL LUISA GONZÁLEZ GUTIÉRREZ
Convocatoria Primera Sesión del Nivel Superior
Grupo PUNTARENAS / VI Promoción – 2017
Sábado 9 de setiembre 2017*

El sábado 9 de setiembre el Grupo 5 que se reúne en Puntarenas, comenzará las clases del Nivel Superior de la Escuela Sindical de la APSE.

Por este medio se les convoca formalmente a todas las personas cursistas de este Grupo para que asistan a las clases este día, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. La actividad se realizará en el Hotel Puerto Azul (antiguo Hotel Colonia) ubicado en El Cocal, ciudad de Puntarenas.

Se les recuerda que la asistencia a todas las sesiones es obligatoria para permanecer en la Escuela, de manera que quienes no asistan a esta sesión serán eliminados automáticamente del Grupo. Favor comunicarse si por alguna razón justificada tienen impedimento de asistir.

Se pagarán los viáticos correspondientes a cada participante. Se les recuerda a quienes se les paga hospedaje y/o alimentación porque vienen de lejos, que según Reglamento de Viáticos de APSE, si llegan media hora después de iniciada la actividad o se retira antes de que se culmine sólo se le reconocerán pasajes. Evite inconvenientes llegando puntualmente.

Para más información, llamar a APSE al 2547-7861, ó escribir al correo electrónico escuelasindicalapse0gmail.com

También le invitamos a darle me gusta a nuestra página en
Facebook: www.facebook.com/EscuelasindicalAPSE donde se estará publicando información relativa a la Escuela.

(f)
Ricardo Molina Vega
Presidente de APSE

Teléfono: 25477861
Fax: 2221 7011
Correo: escuelasindicalapse@gmail.com
Apartado: 5131-1000
San José Costa Rica
www.apse.cr/EscuelasindicalAPSE
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APSE OFRECERÁ SERVICIO DE ASESORÍA LEGAL Y LABORAL EN EL SITIO DE LA ESCUELA SINDICAL

Con motivo de la celebración de la Escuela Sindical Luisa González Gutiérrez en la ciudad de Puntarenas, el sábado 9 de setiembre 2017, el Departamento Legal de APSE estará brindado el servicio de consulta y asesoría legal y laboral, con atención directa de integrantes de nuestro equipo de abogadas y abogados.

Estaremos atendiendo en el Hotel Puerto Azul (antiguo Hotel Colonia) ubicado en El Cocal, ciudad de Puntarenas, el sábado 9 de setiembre 2017, en horario de 8:00 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 3:00 p.m.

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APSE INVITA A LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL OFICINISTA EL VIERNES 22 DE SETIEMBRE 2017

APSE INVITA A LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL OFICINISTA EL VIERNES 22 DE SETIEMBRE 2017

APSE se complace en invitar a sus afiliación que labora en puestos de oficinistas, a la celebración del Día del Oficinista 2017.

La actividad de convivencia se llevará a cabo el viernes 22 de setiembre de 2017, desde las* 9 de la mañana y hasta la 1 de la tarde, en el Salón Pepper’s Club, ubicado en Zapote, San José* (200 metros al este del redondel de toros, contiguo al parqueo de Pricesmart).

Hay permiso oficial del MEP para participar en el evento. Según indica el oficio DVM-A-1429-2017, “se otorga licencia sindical a los funcionarios que laboran exclusivamente en puestos de oficinistas en preescolar, I, II y III Ciclo de la Educación general Básica y Educación Diversificada, quienes laboran en los centros educativos privados subvencionados y cuyo salario es pagado por el MEP, de direcciones regionales y oficinas centrales, para que puedan asistir a una actividad de índole gremial el día 22 de septiembre de 2017 a partir de las 7:00 a.m. hasta las 9:50 p.m.”

Además “las personas autorizadas, deberán presentar el comprobante de asistencia emitido por la APSE, debidamente sellado y firmado el día laboral posterior a la actividad”.

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BOLETÍN APSE INFORMA SETIEMBRE 2017

BOLETÍN APSE INFORMA SETIEMBRE 2017

Estimada afiliación de APSE: Aquí encontrará el Boletín Electrónico APSE INFORMA, el cuál tiene información relevante que puede que debe discutirse en las próximas Asambleas de Base, especialmente el tema relacionado con los cambios de la procesal laboral.

CONTENIDO DE LA EDICIÓN N° 2, SETIEMBRE 2017

APSE celebró V Asamblea General,
-Juramentación de Junta Directiva y Fiscalía para el periodo 2018-2019, – APSE estrena documental acerca de efectos nocivos de la sobrecarga laboral en la educación, que puede observarse https://www.youtube.com/watch?v=3oFSuAdZwIo – APSE gana recurso de amparo contra el MEP por aplicar rebajo de salario en huelga legal, – Inician negociaciones con el MEP sobre pliego petitorio de la huelga del 27 de junio, – Permiso pasa Asambleas de Base, – Comisión Negociadora de Salarios rechazó propuesta de aumento hecha por APSE, – APSE pide claridad sobre falta de liquidez en erario y exige no aprobar nuevos impuestos, – Pensionados y Agentes de Seguridad celebraron su día con diferentes actividades,
Estado de la Educación confirma rezago en el sistema educativo costarricense, – Elementos de la Reforma Procesal Laboral.

https://issuu.com/apseinforma/docs/apse_informa_digital_setiembre_2017

CONSEJO NACIONAL DE APSE JURAMENTÓ A NUEVOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DE ÉTICA

CONSEJO NACIONAL DE APSE JURAMENTA A NUEVOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DE ÉTICA

El Consejo Nacional de APSE tomó juramento a las y los nuevos integrantes del Tribunal de Ética de APSE, en sesión ordinaria celebrada el sábado 2 de setiembre de 2017.

El Tribunal de Ética quedó integrado por Olga López Medrano, Sehiris Aguilar Alvarado y Víctor Cubero Alfaro. Ellos fueron designados para los cargos en la V Asamblea General de APSE el 11 de agosto de 2017, y ejercen sus puestos por una vigencia de dos años.

APSE LOGRA QUE NO SE EXIJA REQUISITO DE PORTACIÓN DE ARMAS A AGENTES DE SEGURIDAD QUE LABORAN PARA EL MEP ANTES DE 1997

APSE LOGRA QUE NO SE EXIJA REQUISITO DE PORTACIÓN DE ARMAS A AGENTES DE SEGURIDAD QUE LABORAN PARA EL MEP ANTES DE 1997

Gracias a las gestiones realizadas por APSE ante el Ministerio de Educación Pública, la División Jurídica del MEP elaboró un criterio mediante el cual se dejó sin efecto el requerimiento de permiso de portación de armas para los Agentes de Seguridad que laboran para el MEP y que ingresaron en puestos en propiedad antes del año 1997.

El MEP confirmó esta información a APSE en conversación sostenida el viernes 1 de setiembre de 2017, e indicó que en próximos días la Dirección de Recursos Humanos emitirá una circular donde se eliminará dicho requisito a los agentes de seguridad que se encuentran en esa condición.

De esta manera, APSE logra hacer valer los derechos de su afiliación, debido a que fue por insistencia de APSE que el MEP tuvo que reconocer la improcedencia del requerimiento del permiso de portación de armas para aquellos agentes de seguridad que entraron a laborar antes del año 1997. Antes de esa fecha, el permiso de portación era opcional. Sin embargo, sí es necesario contar con ese requerimiento en caso de que el centro educativo tenga un arma de fuego a disposición de sus agentes y estos hagan uso de ella.

Una vez sea emitida la circular del MEP sobre este asunto, la estaremos divulgando para conocimiento de nuestra afiliación.

Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General

1 de setiembre 2017

APSE GANA RECURSO DE AMPARO QUE ESTABLECE OBLIGACIÓN DEL ESTADO A PAGAR SALARIOS ADEUDADOS AUNQUE NO ESTÉN PRESUPUESTADOS

APSE GANA RECURSO DE AMPARO QUE ESTABLECE OBLIGACIÓN DEL ESTADO A PAGAR SALARIOS ADEUDADOS AUNQUE NO ESTÉN PRESUPUESTADOS

APSE interpuso y ganó un recurso de amparo constitucional contra el MEP, debido a un caso de una persona trabajadora, a quien se le adeudaba el pago de varias lecciones nombradas, argumentando falta de presupuesto y dificultades para ingresar el nombramiento en el sistema informático INTEGRA2.

A este trabajador de apellidos Benavides López, se le adeudaban ¢96.665,00 por 6 lecciones nombradas. APSE acudió a la vía del amparo el 28 de julio de 2017, ante lo cual la Sala Constitucional admitió el recurso y llamó a cuentas a la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz, quien adujo que se “intentó tramitar” el nombramiento interino de esta persona mediante registro de la respectiva acción de personal, sin embargo, “esto no ha sido posible a la fecha ya que el sistema INTEGRA2 emite una alerta de que no se puede tramitar dicho movimiento por cuanto no existe presupuesto de lecciones”.

Ante ello “se coordinó con el Departamento de Formulación Presupuestaria y el Ministerio de Hacienda para la inclusión de las lecciones a la coletilla respectiva”, según detalla el voto 2017-013416 de la Sala IV. Hacienda señaló su posición como “Pagador a nombre del Estado”, por lo que dicha dependencia no le corresponde el control sobre movimiento de pagos de funcionarios de instituciones como el MEP, ni “ha tenido injerencia alguna en este trámite”.

La Sala Constitucional declaró con lugar el amparo presentado a favor de este afiliado de APSE, mediante el voto 2017-013416 de las 9:15 del 25 de agosto de 2017. Se ordenó al Ministro de Hacienda, Helio Fallas Venegas, y a la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz, a proceder en el plazo de quince días con la cancelación de los salarios adeudados. Además se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

La Sala consideró en su resolución que el derecho al salario está claramente regulado por los artículos 56 y 57 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, además de jurisprudencia como la sentencia 5138-94 de esta misma Sala, por lo que el voto garantiza el respeto a esta garantía constitucional.

APSE celebra esta sentencia que deja claramente establecida la responsabilidad del Estado de cumplir con las deudas salariales a sus funcionarios, sin argumentar como motivo para no hacerlo la falta de presupuesto o los problemas en su sistema informático y de recursos humanos.

De esta forma APSE ejerce la lucha por la defensa efectiva del pago del salario de su afiliación cuando ocurren incidentes que impiden a las personas trabajadoras gozar de este derecho elemental. Este nuevo logro es la segunda victoria obtenida por nuestro sindicato en el transcurso de una semana por la vía constitucional, lo que demuestra que APSE es una organización que da la lucha por todos los medios posibles, como las vías legales, la movilización, las acciones de calle y la huelga. Lo anterior se ha obtenido a pesar de la insistencia del MEP de cerrarnos las puertas a las vías del diálogo por las que tanto hemos presionado y que corresponden a nuestro justo derecho y el de nuestra numerosa afiliación.

Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General

APSE GANA RECURSO DE AMPARO CONTRA EL MEP POR HABER APLICADO REBAJO DE SALARIO A TRABAJADOR CON MOTIVO DE HUELGA DEL 27 DE JUNIO 2017

*VOTO HISTÓRICO DE LA SALA CONSTITUCIONAL FORTALECE EL DERECHO A HUELGA EN COSTA RICA

APSE GANA RECURSO DE AMPARO CONTRA EL MEP POR HABER APLICADO REBAJO DE SALARIO A TRABAJADOR CON MOTIVO DE HUELGA DEL 27 DE JUNIO 2017*

_*- El voto 013173-17 de la Sala Constitucional, dio la razón a la APSE que acudió a la vía del amparo, debido a que el MEP le rebajó un día de salario a varios afiliados por haber asistido a la huelga del 27 de junio 2017, aún cuando dicho movimiento no fue declarado ilegal por ningún tribunal de trabajo.

– Fallo de la Sala reitera que no es procedente la aplicación de sanciones a los trabajadores que se hayan sumado a un movimiento de huelga que no sea declarado ilegal, y que hayan justificado su ausencia con base en ese motivo.*_

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, APSE, ganó un recurso de amparo presentado ante la Sala Constitucional, cuyas implicaciones serán históricas para el movimiento laboral y sindical costarricense, pues fortalece el derecho a la huelga resguardando a las personas trabajadoras de no sufrir sanciones por sumarse a esta protesta mientras la misma no sea declarada ilegal por un Tribunal de Trabajo competente. Este fallo se origina en el llamado hecho por APSE a huelga ocurrido antes de la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral, por lo que el criterio de la Sala Constitucional en este caso, resuelve un vacío legal previo a la reforma del Código de Trabajo.

APSE acudió a la vía del amparo constitucional el 12 de julio, debido a que se registraron varios casos de trabajadores sumados al movimiento de huelga convocado por APSE y el Magisterio en Acción el 27 de junio de este año, a quienes se les rebajó ese día de su salario, aún cuando justificaron su ausencia laboral por estar sumados a la huelga. La Sala Constitucional dio curso al amparo mediante expediente 17-010973-0007-CO, solicitando a la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz, que indicara si la alegada huelga fue declarada legal o ilegal. La respuesta brindada el 20 de julio por la Directora de Recursos Humanos del MEP ante la Sala IV, fue que no tenía conocimiento de ninguna sentencia de ilegalidad de la huelga.

En vista de que la huelga señalada no fue sentenciada como ilegal, la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso presentado por APSE, mediante el voto 013173-17 de las 11:51 horas del 18 de agosto de 2017, donde se ordena la anulación de la acción de personal emitida por el MEP en que aprobó la rebaja salarial por ausencia laboral del recurrido en la fecha indicada. La Sala IV divulgó este 29 de agosto el por tanto de la sentencia, la cual está pendiente de ser publicada integralmente.

Con este histórico fallo, se genera jurisprudencia de acatamiento obligatorio para la administración pública y los sujetos privados, de la cual se colige que no es procedente que los patronos apliquen ninguna clase de sanción contra las personas trabajadoras que justifiquen su ausencia con base en asistencia a una huelga declarada, y que justifiquen su ausencia con base en este motivo. Esta sentencia cobra especial importancia al ser dictada con base en hechos ocurridos antes de la vigencia de la Reforma Procesal Laboral, por constituir jurisprudencia laboral de aplicación universal sobre un tema de tanta relevancia para el movimiento sindical y la clase trabajadora.

APSE celebra el voto 013173-17, e insta al Ministerio de Educación Pública a proceder de oficio con el reintegro de salarios en otros casos que hemos denunciado, de trabajadores que también han sufrido rebajos salariales por sumarse a otros movimientos de protesta en el pasado.

Una vez se publique la sentencia integralmente, APSE estará convocando a los medios de comunicación para analizar el fondo del contenido de la misma, y que sus alcances sean conocidos por todo el país, en especial por otros sindicatos y organizaciones sociales, para tener un panorama claro sobre la jurisprudencia ligada al derecho de huelga.
Este fallo se suma a otros ligados a esta materia, como el logrado por APSE el 19 de mayo de 2017 mediante sentencia 1395 del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, que también dio razón a una trabajadora de APSE por habérsele aplicado un rebajo salarial por la misma causa.

_Ricardo Molina Vega, Presidente
Marvin Padilla Lemus, Vicepresidente
Hugo Marín Guillén, Secretario General_

SE ADJUNTA EL “POR TANTO” DEL VOTO 013173-17 DE LA SALA CONSTITUCIONAL
*Expediente: 17-10973-0007-CO
Sentencia: 2017-13173 de las 11:51 hrs. del 18 de agosto de 2017*
Por tanto: “Se declara con lugar el recurso. En consecuencia se anula la acción de personal número 201707-REB-2983896, en la cual, la Dirección General de Personal del ministerio recurrido aprobó la rebaja salarial por ausencia laboral del accionante correspondiente al 27 de junio de 2017. Lo anterior, sin perjuicio de adecuar el procedimiento en los términos señalados en esta sentencia. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese esta resolución a Yaxinia Díaz Mendoza, en su condición de Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, o a quien en su lugar ocupe ese cargo, en forma personal. La Magistrada Hernández López salva el voto y rechaza de plano el recurso.-“

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PERMISO PARA CELEBRACIÓN DE ASAMBLEA DE BASE DE LA APSE 2017

PERMISO PARA CELEBRACIÓN DE ASAMBLEA DE BASE DE LA APSE 2017

Las personas afiliadas a APSE cuentan con permiso con goce de salario del MEP para asistir a las Asambleas de Base que APSE celebrará en los meses de setiembre y octubre de 2017.

Así lo establece el oficio DVM-A-1424-2017, suscrito por el Viceministro Administrativo del Ministerio de Educación Pública, Marco Fallas Díaz. El permiso es de acatamiento obligatorio para todas las jefaturas y mandos del MEP.

Las personas autorizadas, deberán presentar el comprobante de asistencia emitido por la APSE, debidamente sellado y firmado el día laboral posterior a la fecha de la actividad.

El MEP no otorgó el permiso para los funcionarios después de las 22:00 horas, bajo el argumento de que “puede poner en riesgo la seguridad de las planteles educativos y que la APSE no comprueba que la actividad se vaya a desarrollar en horas de la noche y madrugada”.

El permiso aplica para “funcionarios del MEP afiliados a la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza que laboran en Preescolar, 1, II, III y IV ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada, cubiertos por el Titulo l y il del Estatuto de Servicio Civil, los de educación especial, las personas trabajadoras en los centros educativos privados subvencionados y cuyo salario es pagado por el MEP.”

Indica que “los agentes de seguridad, oficinistas, servidoras de comedores escolares, conserjes de centros educativos, misceláneos 2 y misceláneos 1 de la Dirección Regional de Educación citada que asistan a la actividad, deberán coordinar con el superior inmediato y las Juntas de Educación o Juntas Administrativas, la forma en que se va a organizar la institución para que se brinde continuidad a las funciones que ellos desarrollan.”

FECHAS DE CELEBRACIÓN DE LAS ASAMBLEAS:
Miércoles 27 de setiembre: Regionales 07, 34, 37, 39, 40, 42, 46, 48, 50.
Jueves 28 de setiembre: Regionales 09, 38, 38, 41, 43, 44, 47, 49, 51.
Viernes 29 de setiembre: Regionales 01, 10, 13, 14, 16, 28, 36, 45.
Lunes de octubre: Regionales 02, 05, 11, 15, 19, 22, 25, 27.
Martes 10 de octubre: Regionales 03, 06, 08, 12, 20, 23, 29,30.
Miércoles 11 de octubre: Regionales 04, 17, 18, 21, 24, 31, 32, 33.

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APSE REPUDIA TÁCTICAS ANTISINDICALES CONTRA TRABAJADORES AGRÍCOLAS EN COSTA RICA

APSE REPUDIACTICAS ANTISINDICALES CONTRA TRABAJADORES AGRÍCOLAS EN COSTA RICA

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza repudia el ejercicio de tácticas antisindicales por parte de patronos contra sus trabajadores, ocurridas recientemente en el conflicto laboral que se desarrolla en la finca piñera La Nenita Farm, en San Pablo de Los Chiles.

Empleados de esta plantación constituyeron el 29 de julio de 2017 una filial del Sindicato de Trabajadores del Sector Privado, SITRASEP, para defenderse de lo que aseguran ha sido el incumplimiento de derechos laborales básicos por parte del patrono.

Apenas 3 días después de fundada la filial, los obreros denunciaron que el empresario dueño de la finca amenazó con despedir a quienes estaban sindicalizados. Sus amenazas se hicieron realidad el 1 de agosto, cuando oficiales de seguridad privados de la finca impidieron el ingreso a los trabajadores afiliados al sindicato. Ellos fueron reemplazados por otros obreros, sin haber sido formalmente despedidos.

Más grave aún es que varios de los jornaleros de origen nicaragüense, fueron movilizados en patrullas al puesto fronterizo de Las Tablillas, donde se les obligó a abandonar suelo nacional. Luego de la deportación, el sindicato presentó un recurso de amparo a favor de los expulsados, que la Sala Constitucional falló a su favor, pero ya luego de transcurridas 36 horas de que se vieron forzados a abandonar territorio costarricense.

APSE repudia estos hechos de persecución sindical, los cuales son recurrentes en el sector privado costarricense, donde los patronos han sostenido una feroz campaña contra los trabajadores que se sindicalizan para hacer valer la defensa de sus derechos. Por ello reiteramos nuestra proclama “protestar es un derecho, reprimir es un delito” para evidenciar la realidad de que se recurre a medios ilegales e intimidatorios para tratar de impedir la protesta laboral y social.

La situación particular que se denuncia no puede ser tolerada por las autoridades, porque ocurre luego de entrada en vigencia la Reforma Procesal Laboral, que establece claramente la prohibición de perseguir y despedir trabajadores por pertenecer a un sindicato. APSE urge al Gobierno costarricense a tomar medidas para hacer valer la normativa laboral y el fuero de protección sindical vigentes.

Ricardo Molina Vega
Presidente

Marvin Padilla Lemus
Vicepresidente

Hugo Marín Guillén
Secretario General


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APSE PIDE CLARIDAD AL PODER EJECUTIVO POR ANUNCIA DE FALTA DE LIQUIDEZ EN EL ERARIO Y EXIGE QUE NO SE APRUEBEN NUEVOS IMPUESTOS NI SE AFECTE EL SALARIO DE LOS TRABAJADORES PÚBLICOS

Ante el grave anuncio hecho al país el 1 de agosto por el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, sobre la dificultad para cubrir gastos del sector público por falta de liquidez en el erario; la APSE exige al Poder Ejecutivo, una explicación detallada sobre la situación real de las finanzas estatales, ya que su mensaje ha generado alarmas que pueden llevar a la toma de medidas tributarias y salariales lesivas para la clase trabajadora y de los funcionarios públicos.

Desde que el Presidente Solís emitió este anuncio han surgido contradicciones sobre el estado de las finanzas públicas, inclusive de parte de funcionarios del Gobierno y del Ministerio de Hacienda, que consideran que estas limitaciones de liquidez corresponden a ciclos financieros ya conocidos. Se ha generado gran incertidumbre sobre si el problema anunciado es realista o ha sido sobrevaluado, todo ello en medio de rumores como un posible incumplimiento con el pago de aguinaldos y salarios escolares.

El Presidente Solís argumenta esta falta de liquidez para impulsar la aprobación urgente de un plan fiscal, posición que es imprudente. Este tema ha sido largamente debatido durante varias administraciones, sin encontrar una solución real. La falta de voluntad política ha impedido la reforma fiscal que el país urge, y los proyectos presentados tienen gran rechazo popular por insistir en sobrecargar con más impuestos a la clase trabajadora, sin tocar el bolsillo de los más pudientes.

Sectores políticos, económicos y medios de comunicación, achacan la culpa del problema fiscal a los trabajadores públicos. De nuevo se oyen las voces que exigen eliminar componentes de los salarios públicos señalándolos como privilegios, cuando en realidad corresponden a incentivos que se pagan en reconocimiento de situaciones extraordinarias, por sobrecargas de trabajo que deben ser cubiertas por funcionarios, o en reconocimiento de su antigüedad y experiencia. Además, los salarios del sector público no gozan de un crecimiento real, pues los reajustes salariales apenas cubren la inflación acumulada.

Tampoco es justo que se promueva el incremento a impuestos como Ventas o Renta, o que se creen nuevos tributos como el IVA, pues solo cargarán aún más a la clase trabajadora. Numerosos estudios demuestran cómo la política de exoneraciones fiscales, sumadas a la elusión y evasión fiscal, son los principales responsables del déficit, pero las propuestas planteadas no contemplan tocar las finanzas de los más poderosos.

Por encontrarse la agenda legislativa en manos del Poder Ejecutivo durante las sesiones extraordinarias, exigimos al Presidente Solís que se desconvoquen los proyectos de ley de materia de empleo público y los que componen el plan fiscal, pues los mismos podrían ser aprobados con base en la sensación de alarma generada por esta situación, sin un análisis verdadero del impacto negativo que implicará para la economía nacional y de la clase trabajadora.

Ricardo Molina Vega
Presidente

Marvin Padilla Lemus
Vicepresidente

Hugo Marín Guillén
Secretario General